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PREGUNTAS MAS FRECUENTES DGI NICARAGUA

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Presentación del tema: "PREGUNTAS MAS FRECUENTES DGI NICARAGUA"— Transcripción de la presentación:

1 PREGUNTAS MAS FRECUENTES DGI NICARAGUA

2 El presente documento es un resumen de las normas más corrientes aplicables en materia de inspección fiscal. Para una completa información, deberá consultar preferiblemente el código tributario asistido por un profesional competente en materia fiscal.

3 ¿Qué es un contribuyente del Impuesto Sobre la Renta?
Son personas naturales todos los individuos de la especie humana cualquiera que sea su edad, sexo o condición. Son personas jurídicas las entidades morales o personas ficticias, tales como, partidos políticos, iglesias, fundaciones, sociedades mercantiles, cooperativas, etc., que ejercen derechos y contraen obligaciones a través de las personas naturales.

4 ¿Qué son personas naturales y personas jurídicas?
Son personas naturales todos los individuos de la especie humana cualquiera que sea su edad, sexo o condición. Son personas jurídicas las entidades morales o personas ficticias, tales como, partidos políticos, iglesias, fundaciones, sociedades mercantiles, cooperativas, etc., que ejercen derechos y contraen obligaciones a través de las personas naturales.

5 ¿Qué es el Registro Único de Contribuyente (R.U.C.)?
Es el número de identificación tributaria de cada contribuyente, creado por la Dirección General de Ingresos, con el propósito de establecer una mejor justicia tributaria y un control más efectivo del cumplimiento tributario de las personas naturales y jurídicas, que causen o deban retener impuestos en razón de las actividades que desarrollan. Para tales efectos se entenderá que dicho número de identificación tributaria será: a. Para las personas naturales, el mismo número de Cédula de Identidad Personal. Para las personas jurídicas, el número de inscripción en el Registro Público, Sección de Personas Mercantiles.

6 ¿Qué es la declaración de impuesto?
Tal como se indica, es una “declaración” propia de una persona natural o de la sociedad que representa, sobre todos sus ingresos y los gastos originados o causados en Nicaragua para obtener las ganancias que tributan el impuesto sobre la renta.  Esta declaración debe presentarse cada año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del año fiscal del contribuyente, en las oficinas de las Administraciones Regionales de Ingresos. 

7 ¿Quiénes no deben presentar declaración de Renta ?
No están obligados a presentar la declaración jurada anual:   1.      El trabajador que devengue un solo salario, siempre que el empleador haya retenido la totalidad del impuesto conforme a las normas del Código Fiscal y del Decreto Reglamentario del Impuesto sobre la Renta. 2.      Las personas que reciban una jubilación o pensión de la Caja de Seguro Social y no tengan otro empleo o ingreso que esté gravado con el impuesto sobre la renta. 3.      Las personas naturales o jurídicas que hayan tenido en el año fiscal como único ingreso utilidades o dividendos sobre los cuales se haya retenido el impuesto de dividendos del diez por ciento (10%) o veinte por ciento (20%), según corresponda. 4.      Las personas naturales o jurídicas que reciban ingresos provenientes de intereses bancarios. 5.      Las personas que obtengan ingresos que provengan exclusivamente de las actividades indicadas en los numerales anteriores.

8 Citar a contribuyentes responsables y a terceros en general.
¿Con cuáles facultades cuenta el auditor fiscal? Citar a contribuyentes responsables y a terceros en general. Exigir la presentación de comprobantes y demás elementos justificativos relacionados con el hecho imponible. Auditar libros, anotaciones, documentos, comprobantes e inventarios. Requerir bajo su responsabilidad, el auxilio de la fuerza pública para la debida realización de las tareas fiscalizadoras. Realizar allanamientos, requisas y decomisos provisionales.

9 ¿Qué obligaciones tienen los contribuyentes frente a la Administración Tributaria? 
1.    Pagar el impuesto propio y los retenidos dentro de los plazos legales. 2.    Llevar la contabilidad mediante sistemas o registros referentes a las actividades y operaciones que se vinculan con la tributación.  3.  Inscribirse en el Registro Único de Contribuyente de la Dirección General de Ingresos, aportando los datos necesarios y comunicando oportunamente sus modificaciones. 4.   Conservar en forma ordenada los libros de contabilidad, las máquinas registradoras, sus registros, así como la documentación comprobatoria de los asientos formulados. 5.   Proporcionar, cuando los funcionarios fiscales autorizados lo requieran, los registros y comprobantes de contabilidad, los estados financieros y demás documentación relativa a sus actividades productoras de renta y facilitar las inspecciones o verificaciones. 6.  Presentar o exhibir en las oficinas fiscales o ante los funcionarios autorizados las declaraciones, informaciones, documentos, comprobantes de la legítima procedencia de mercancías relacionadas con hechos generadores de obligaciones tributarias y formular las ampliaciones o aclaraciones que les fueren solicitadas. 7.  Comunicar cualquier cambio en su situación que pueda dar lugar a la alteración de su responsabilidad tributaria. 8.  Comparecer a las oficinas fiscales cuando su presencia sea requerida y 9.  Cualquier otro que la Dirección General de Ingresos estime necesario.

10 ¿Se puede gestionar algún carnet que acredite a un pequeño comerciante?
Un pequeño negocio (Mi pyme) puede inscribirse en la Dirección General de Ingresos (DGI) como persona natural (artículo 21, numeral 2, de la Ley de Equidad Fiscal). El trámite es completamente gratuito y los requisitos puede consultarlos en el siguiente vínculo: bajo este régimen se accede acceder a los beneficios y exoneraciones contempladas en el artículo 126 de la Ley de Equidad Fiscal.

11 ¿Cual es la tarifa de pago mínimos para las empresas que tengan 3 años de operaciones ( nuevas) y se aplica aún cuando la empresa tenga utilidades o es solo si presenta pérdidas?? El artículo 29 de la Ley de Equidad Fiscal exceptúa a las empresas del Pago Mínimo Definitivo (PMD) durante sus primeros 3 años de inicio de operaciones. No obstante, el PMD procede cuando es mayor que el valor resultante de aplicar el 30% IR sobre las utilidades de la empresa, y no exclusivamente cuando haya pérdidas (artículos 31 de la Ley de Equidad Fiscal y 72 de su Reglamento).

12 ¿En las facturas pagadas en dólares, la retención se hace al tipo de cambio de la factura o al tipo de cambio del pago? Según el artículo 37, numeral 1, de la Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua (publicada en La Gaceta Nos. 148 y 149 del 5 y 6 de agosto 2010), el tipo de cambio de una moneda extranjera que pueda ser convertida al Córdoba debe ser aplicado al momento del pago de la obligación. =

13 Es obligatorio que una persona que realice un trabajo como servicio técnico y/o profesional debe emitir factura por el monto total del contrato, y que articulo de ley se usa en este caso? Desde el punto de vista contable todo servicio técnico o profesional debe estar respaldado con una factura como soporte del gasto en la empresa (artículo 12 de la Ley de Equidad Fiscal y 24 de su Reglamento). Sin embargo, en determinadas relaciones sujetas a la legislación civil, por ejemplo, pueden respaldarse mediante la suscripción de un contrato. Te sugiero que este contrato se revista de todas las formalidades y solemnidades de ley, y si fuera mediante escritura pública tendrías una plena prueba con sacrosanto respaldo legal. 

14 ¿Por qué cuando una entidad asume el IR de una retención ya sea del 2 ó del 10%, la DGI suma al valor base el monto asumido y nuevamente vuelve a calcular la retención ya sea el 2 ó 10%?. Pregunto: ¿qué base legal tiene la DGI para hacer esto, y si esto se aplica cuando la entidad toma la decisión de asumir parcialmente el IR laboral? el artículo 89 del reglamento de la ley de equidad fiscal es claro en determinar que la retención a cuenta del ir se efectúa a partir de c$1,000 o sobre el valor total expresado en la factura (en el caso de servicios profesionales, ejemplo), pero es incorrecto aplicar retención sobre retención. considérese que las retenciones asumidas por el contribuyente constituyen un gasto no deducible para la empresa según el artículo 17, numeral 2, de la ley de equidad fiscal.  mucho ojo con la retención del 2% que mencionaste, pues disminuyó del 2% al 1% según el artículo 88, numeral 2b, del reglamento de la ley de equidad fiscal. 

15 ¿Quiero hacer una carta para la DGI solicitando la no presentación de los impuestos en el SAIRI,. Necesito saber que Art. me favorece o que diga que estoy exenta de la presentación  del SAIRI. Desconozco el SAIRI pero me han contado que se presta a que cualquiera puede ver la información que uno lleva en sus registros??   A partir del mes de julio de 2009 todos los contribuyentes con ingresos superiores a los C$ 2 millones de córdobas tienen obligación de llevar SAIRI, según la Disposición Administrativa No , publicada en La Gaceta No. 123 del 2 de julio Ahora bien, si pudiera comprobarse que su empresa tuvo un ingreso excepcional en 2010 bajo circunstancias extraordinarias que no se repetirán, podría solicitar que le permitan realizar el reporte anual. Lo que se podría solicitar es una dispensa de multa, conforme el artículo 129, numeral 5, del Código Tributario en vista no fue notificada en tiempo sobre la apertura de esta nueva obligación. 

16 ¿Cuánto es el techo de los Activos Totales para no pagar impuesto y cuál el es la alícuota aplicarse en el sector agricultura? Hasta diciembre de 2009 los contribuyentes con un promedio de activos menor o igual a US $150, estaban exentos del Pago Mínimo Definitivo (PMD), actualmente no existe dicha regulación, ya que el PMD se calcula con base en la renta bruta anual (artículos 28 y 29 de la Ley de Equidad Fiscal). Y si su negocio está inscrito como persona jurídica deberá aplicar el 30% en concepto de IR, y si es persona natural podrá calcular el impuesto con la tarifa progresiva del artículo 21, numeral 2, de la Ley de Equidad Fiscal. Además, para el caso específico de la actividad agrícola, téngase en cuenta el artículo 60 del Reglamento de la Ley de Equidad Fiscal.    

17 ¿Qué retención se debe aplicar sobre Servicios Profesionales (de Auditoria), a personas no declarantes? El artículo 88, numerales 2 y 6, del Reglamento de la Ley de Equidad Fiscal establece dos tasas de retenciones a los servicios profesionales del 1% (personas jurídicas) y del 10% (personas naturales). La retención del 5% por servicios prestados por personas inactivas o no declarantes fue derogada expresamente por el artículo 8 del Decreto No , publicado en La Gaceta No. 30 del 12 de febrero 2010.

18 Los chatarreros que compran y venden localmente (nacional) pueden ser régimen retenedor y estos están obligados a emitir facturas con retención IVA? Todo contribuyente que realice actividades comerciales tiene la obligación de emitir factura y retener el Impuesto al Valor Agregado (IVA), excepto cuando el producto se encuentre exento de dicho impuesto como es el caso de la chatarra, según el numeral 19, del artículo 52, de la Ley de Equidad Fiscal.

19 Si en un centro de salud se le paga honorarios a enfermeros y personal de laboratorio que van desde los $ 15 hasta los $ 200, ¿qué retención se aplica a ellos y en que carácter, como servicio técnico o como servicio profesional?? Para determinar si el servicio es de carácter profesional o general, téngase en cuenta que lo preceptuado en el artículo 4 de la Ley No. 588, Ley General de Colegiación y del Ejercicio Profesional (La Gaceta No. 9 del 14 de enero 2008): Son profesionales las personas con títulos profesionales con grado académico de licenciatura o equivalente (…). En otras palabras, si el personal contratado posee título universitario y ejerce funciones inherentes a su profesión, deberá considerar tal servicio como profesional y aplicar una retención del 10% de conformidad con el artículo 88, numeral 6, del Reglamento de la Ley de Equidad Fiscal.     

20 ¿A qué nos referimos con la expresión, "por personas naturales inactivas o no declarantes"?.
la retención del 5% a personas naturales inactivas o no declarantes fue creada por la Reforma Tributaria 2010 a través del Decreto No (La Gaceta No. 244 del 30 de diciembre 2009); sin embargo, esta retención no precisó qué se entendía por personas inactivas o no declarantes, y la Dirección General de Ingresos (DGI) tampoco publicó normativa al respecto. Pero después de semejante ambigüedad vino lo más importante y es que ese 5% fue derogado por el presidente Daniel Ortega mediante el artículo 8 del Decreto No (La Gaceta No. 30 del 12 de febrero 2010). De esta manera quedó sin efecto la citada retención a personas inactivas o no declarantes. 

21 ¿Al emitir a un cliente una factura comercial, es cierto que ellos me tienen que retener el 5% sobre el valor de compras o servicios por no emitirle una factura con número RUC, ni membretado, pero en otras ocasiones ellos me retenían el 1%? La retención del 5% a personas naturales inactivas o no declarantes fue derogada por el artículo 8 del Decreto No (La Gaceta No. 30 del 12 de febrero 2010), de tal manera que cualquier cobro en este sentido es ilegal. Actualmente sólo está vigente la retención del 1% por prestación de servicios generales de conformidad con el artículo 88, numeral 2, inciso b), del Reglamento de la Ley de Equidad Fiscal.    

22 cómo se calcula el ISC?? El ISC es un tributo que grava las enajenaciones e importaciones de petróleo y sus derivados, cigarrillos, licores, cervezas, y otros bienes considerados suntuarios. Las tasas se especifican en el Anexo de la Ley de Equidad Fiscal. El artículo 83 de esta Ley establece la forma en que deben aplicarse, por ejemplo: en el caso de las importaciones y enajenaciones de bebidas alcohólicas o cigarrillos, la alícuota se aplica sobre el precio al detallista. Para mayor información, leer las páginas 60 y 61 de la 8ª edición de Todo sobre Impuestos en Nicaragua.  

23  ¿Cuál sería el impacto económico en la no aplicación de las NIC 12 sobre el tratamiento contable del impuesto a las ganancias en Nicaragua?. El objetivo de la NIC 12 es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. El problema fundamental es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de los activos y pasivos reconocidos en el balance de la empresa y otras transacciones del período, ya que la NIC 12 obliga a registrar contablemente los resultados fiscales de tales actividades. No obstante, recordemos algo esencial: en nuestro país las NIC son normativas contables cuya aplicación no goza de obligatoriedad legal ya que no han sido aprobadas mediante Ley.

24 ¿Cuánto es la tasa a retener por pago de regalías por derechos de autor (0.025 x canción compuesta x disco producido) y derechos mecánicos ($1.00 x cada álbum distribuido)? Los denominados aranceles por utilización de obras (derechos de uso o reproducción mecánica) fueron creados mediante una disposición de la Sociedad de Gestión (publicada en La Gaceta No. 233 del 17 de noviembre 2005). Sin embargo, estos cobros carecen de legalidad en contraposición con la misma Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos (Ley No. 312), y han sido objeto de recursos administrativos y de Amparo. Te sugiero consultar mayores detalles sobre este caso en la nota 2 de la página 336 de la 8ª edición de Todo sobre Impuestos en Nicaragua.

25 Cuando un empleador, tiene una doble planilla, una con un salario de C$3,000, misma que es la que reporta al INSS, para evadir impuestos, tanto al INSS como a la DGI, y otra con un salario de C$8,000. ¿Qué tipo de multas está sujeto el empleador? Hay que considerar que el hecho de reportar información falsa a cualquiera de estas dos entidades recaudadoras (INSS y DGI), conlleva la aplicación de un ajuste con multa (según los artículos 126 y 127 del Código Tributario, en caso de la DGI; y el artículo 104 del Reglamento de la Ley de Seguridad Social, en lo atinente al INSS), hasta prisión con multa del doble de lo defraudado (artículos 303 y 313 del Código Penal.

26 Durante el periodo de Ene-Oct/10 pague comisiones a los vendedores y no aplique las retenciones de ley Inss Laboral e IR, luego se entera que debió hacerlo. ¿En el periodo Julio/10-Jun/11 se puede aplicar estas retenciones aun cuando ya transcurrieron 4 meses de haberlas pagado? se aduce que no es correcto que después de transcurrido este tiempo se les retenga. ¿Es permitido, para no afectarlos en la deducción, distribuir el monto acumulado y en los meses restante? El artículo 71 del Código Tributario concede la oportunidad de rectificar su declaración presentando una declaración sustitutiva; sin embargo, tales montos pasan a ser gastos no deducibles por cuanto se tratan del período fiscal anterior (artículo 17, numeral 1, de la Ley de Equidad Fiscal). Si se lograse llegar a un acuerdo con los trabajadores, se puede amortizar las retenciones no efectuadas en tiempo, durante los meses subsiguientes, de lo contrario, la empresa tendría que asumirlas. De no hacer un ajuste, la empresa corre el riesgo de ser multada durante una fiscalización del INSS y de la DGI.  


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