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Consideraciones éticas
Causal Salud. Interrupción legal del embarazo, ética y derechos humanos.
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Consideraciones éticas
Directrices a considerar al emitir un dictamen médico que evalúe el riesgo a la salud de la mujer embarazada, o al tomar decisiones en el ámbito administrativo, en relación con la interpretación y aplicación de la causal salud. Algunos provienen de la bioética y otros del marco de derechos.
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Respeto de la autonomía
Relación conceptual con los derechos humanos a la autonomía y a la privacidad. Las mujeres son sujetos éticos autónomos con aptitud y capacidad de tomar decisiones, como un medio para alcanzar los fines y la vida que se han propuesto: sus decisiones se basan en sus propias creencias, su conciencia, su idea de bienstar, su proyecto de vida. Es necesario respetarlas como agentes autónomos: no intervenir y garantizar condiciones.
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Respeto de la autonomía y consentimiento informado
En la aplicación de la causal salud tiene dos implicaciones: Imposibilidad de intervenir o controlar la decisión de la mujer sobretodo por tratarse de un riesgo Deber de promover en forma activa que la decisión de la mujer sea efectivamente autónoma.
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Respeto de la autonomía y consentimiento informado
El respeto de la autonomía incluye tanto la decisión de interrumpir el embarazo como la de continuarlo, cuando existe riesgo para la salud de la mujer: La persona que toma la decisión debe actuar: Intencionadamente Con conocimiento En ausencia de influencias externas que pretendan controlar (proteger a las vulnerables)
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Respeto de la autonomía y consentimiento informado
Un elemento fundamental del principio de respeto de la autonomía, es el consentimiento informado: reemplazar el paternalismo médico La información es clave para tomar decisiones autónomas. Los profesionales de la salud tienen un papel protagónico.
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Respeto de la autonomía y consentimiento informado
No basta con la exposición del riesgo, debe asegurarse que la información ha sido transmitida adecuadamente y que se adapta a las condiciones socioculturales de la usuaria para que pueda comprenderla. Cuánta información, cómo, en qué lenguaje, por qué medios y en qué momento, depende de caso concreto
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Respeto de la autonomía y consentimiento informado
Excepcionalmente, hay mujeres que no pueden prestar directamente el consentimiento: Mujeres menores de edad Mujeres en situación de discapacidad cognitiva
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Respeto de la autonomía y consentimiento informado
Directrices para mujeres menores de edad: (i) ofrecer información de acuerdo con sus condiciones y de manera amigable: mejor interés (ii) evaluar la capacidad para decidir en cada caso concreto: evolución de capacidades (iii) agotar todos los esfuerzos para que la menor pueda tomar la decisión autónomamente, (iv) las menores no pueden ser obligadas a informar o solicitar el consentimiento de terceros
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
El principio de no maleficencia consiste en la obligación de no hacer daño intencionadamente.
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
En aplicación de la causal salud, el daño se debe entender en plena correspondencia con los conceptos de bienestar y de salud. Toda acción encaminada a impedir, dilatar u obstaculizar la interrupción del embarazo generará un daño, pues afecta el bienestar, la salud o la vida de la mujer.
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
También se causa daño, y se incumple el principio de no maleficencia, cuando los profesionales de la salud actúan sin la debida diligencia en el cuidado de la salud de la mujer (habilidad, conocimiento, pericia, prontitud). O cuando intencionadamente no se presta el servicio requerido. Se actúa con un descuido tal, que el resultado es la generación de un daño para la salud de la mujer.
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
La obligación de cuidado activo de la salud de las mujeres incluye la obligación de prestar servicios de calidad para el acceso a la interrupción del embarazo.
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
Servicios de calidad para la ILE por la causal salud: (i) disponibilidad de infraestructura para atender los procedimientos de acuerdo a las indicaciones de la OMS (ii) oferta de información completa, clara, veraz y oportuna sobre todos los aspectos relacionados la ILE (iii) disponibilidad de profesionales con capacidad técnica en el manejo integral de ILE por riesgo para la salud,
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
(iv) trato amable y respetuoso por parte del personal de salud, (v) oferta de servicios de planificación y de seguimiento al procedimiento (vi) disponibilidad de servicios de referencia y contra referencia, (vii) ofrecer distintas opciones frente a una situación de afectación de su salud.
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Principios de no maleficiencia y beneficiencia
El principio de beneficencia tiene por objeto el mandato de hacer el bien y maximizarlo. Se deben elegir aquellas alternativas que minimicen el riesgo y los costos y maximicen los beneficios.
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Principio de objetividad y objeción de conciencia
La libertad de manifestar las creencias incluye la de adoptar decisiones relacionadas con la propia salud de conformidad con estas convicciones. Como todas esta libertad tiene límites: hasta donde va la manifestación de las creencias?.
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Principio de objetividad y objeción de conciencia
No se pueden imponer las propias creencias o las creencias mayoritarias a nadie. Las creencias religiosas de los profesionales de la salud no pueden interferir con las decisiones autónomas de las mujeres.
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Principio de objetividad y objeción de conciencia
La objeción de conciencia el mecanismo institucional para que los profesionales de la salud expresen las convicciones que les impiden participar de los procedimientos.
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Objeción de conciencia
Quiénes son titulares de la objeción de conciencia? (i) sólo corresponde a personas, no a instituciones (ii) todo el personal de salud puede ser objetor de conciencia, salvo limitaciones legales, pero se refiere fundamentalmente a los profesionales que participan directamente del procedimiento (iii) las instituciones que presten el servicio de salud tienen la obligación de garantizar la prestación de los servicios cuando estos sean legales; (iv) no constituye un trato discriminatorio indagar por la posición frente a la ILE de las o los candidatos a ocupar vacantes
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Objeción de conciencia
Cuáles son los límites de la objeción de conciencia? (i) cuando la ILE se requiera de manera urgente, no podrá ser alegada la objeción de conciencia; (ii) cuando el procedimiento no sea urgente, se debe derivar a la mujer a un profesional no objetor, en condiciones de respeto y de manera inmediata; (iii) la objeción de conciencia no aplica para la obligación de proporcionar a la mujer información
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Objeción de conciencia
Cómo se debe referir? a un profesional debidamente capacitado que pueda prestar los servicios, en el marco de la información y el respeto de la confidencialidad y de manera respetuosa con la decisión de la mujer.
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