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LEY 1438 DE 2011 “POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.

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1 LEY 1438 DE 2011 “POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.

2 Avances en el Acceso a los Servicios
1. Aumentos en el contenido del POS: Meta: Igualación de planes. Igualación para menores de 18 años. 2. Desmonte de barreras de acceso para la población pobre: la Ley 1122 eliminó las cuotas moderadoras y los pagos compartidos para el nivel I del SISBEN en el Régimen Subsidiado.   3. Periodos de Carencia: La Ley 1122 redujo el requisito de cotización mínima a 26 semanas. El presente proyecto de ley elimina los periodos de carencia para acceder a los servicios. 1. Aumentos en el contenido del POS: desde su creación y hasta 2008 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud (CNSSS) expidió más de veinte acuerdos con adiciones al contenido del POS del Régimen Subsidiado y del Régimen Contributivo. En 2009, por medio de los acuerdos 004 y 005 de Septiembre de 2009 de la Comisión de Regulación en Salud (CRES), se igualaron y unificaron los beneficios cubiertos por el POS-Subsidiado (POS-S) a los niños y las niñas menores de 12 años, respecto a los contenidos del POS-Contributivo. Desde ese momento los beneficios del Régimen Subsidiado para este grupo de edad son los mismos a los establecidos en la normas para Régimen Contributivo. Posteriormente la CRES, por medio del Acuerdo 008 de diciembre de 2009, aclara y actualiza los Planes Obligatorios de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, incluyendo 371 procedimientos: el 11 de enero de 2010, por medio del Acuerdo 011 de la CRES, se unifican los planes de beneficios para los niños y las niñas de los regímenes contributivo y subsidiado, entre los 12 y los 18 años y se hacen los ajustes necesarios a la UPC subsidiada.

3 Sostenibilidad financiera
OBJETO Centro los Usuarios Más incluyente Más equitativo Calidad y oportunidad Sostenibilidad financiera OBJETO: Fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud definiendo un modelo de prestación del servicio público en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano, que brinde servicios de mayor calidad, incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los usuarios del sistema.

4 1. PREVALENCIA DE DERECHOS 6. COMPLEMENTARIEDAD Y CONCURRENCIA
PRINCIPIOS DEL SGSSS 1. PREVALENCIA DE DERECHOS 2. ENFOQUE DIFERENCIAL 3. PROGRESIVIDAD  4. SOSTENIBILIDAD 5.TRANSPARENCIA 6. COMPLEMENTARIEDAD Y CONCURRENCIA 7. CORRESPONSABILIDAD 8. IRRENUNCIABILIDAD 9. INTERSECTORIALIDAD 10. PREVENCIÓN 11. CONTINUIDAD Se articularon los principios del Sistema definidos en la ley 100 de 1993: equidad, obligatoriedad, libre escogencia, participación social, calidad, universalidad, igualdad, solidaridad, unidad, participación, eficiencia, protección integral y descentralización administrativa. Complementándolos de manera que respondan a las propuestas presentadas como Atención primaria en salud, sostenibilidad.

5 SALUD PÚBLICA, PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD
“Plan Decenal para la Salud Pública” Proceso amplio de participación social Definirá los Objetivos, Metas, Acciones, Recursos, Responsables Sectoriales, Indicadores de Seguimiento, Mecanismos de Evaluación Elaborado en el marco de la estrategia de APS Incidencia en los Determinantes en Salud Observatorio Nacional de Salud Pública Adscrito al Instituto Nacional de Salud Realizar seguimiento a las condiciones de salud Soporte Técnico para análisis de la situación en salud Fortalecer el Sistema de Información Epidemiológica

6 PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD
La política de Promoción y Prevención como pilar de la estrategia de Atención Primaria en Salud. El Ministerio de la Protección Social establecerá los objetivos, metas, indicadores de seguimiento sobre resultados e impactos en la salud pública de las actividades de promoción de salud y la prevención de la enfermedad. El Gobierno Nacional determinará la prioridad en el uso de los recursos de P&P que administren las entidades territoriales y las Entidades Promotoras de Salud.

7 Responsabilidad y rendición de cuentas de los gobiernos
ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD Valores Derecho al mayor nivel de salud posible Equidad Solidaridad Principios Intersectorialidad Participación Sostenibilidad Justicia social Responsabilidad y rendición de cuentas de los gobiernos Orientación hacia la calidad Dar respuesta a las necesidades de salud de la población Elementos para la implementación Énfasis en la promoción de la salud y prevención de la enfermedad. Acciones Intersectoriales para impactar los determinantes en salud. Cultura del autocuidado. Orientación individual, familiar y comunitaria. Atención integral, integrada y continua. Interculturalidad. Talento humano organizado en equipos multidisciplinarios, motivado, suficiente y cualificado. Fortalecimiento de la baja complejidad para mejorar la resolutividad. Participación activa de la comunidad. Enfoque territorial. Se centra en la persona como base del sistema de salud; se enfoca en la capacidad resolutiva intersectorial; reconoce valores principios y elementos específicos; orienta la atención hacia la calidad; y hace del derecho a alcanzar el mayor nivel de salud posible su principal objetivo, al tiempo que maximiza la equidad y la solidaridad del Sistema. Los valores de la Atención Primaria en Salud concretan el objetivo de la misma que es derecho al mayor nivel de salud posible, la equidad y la solidaridad. Los tres buscan empoderar a las personas en sus derechos, impactar en los determinantes de la salud respondiendo a las necesidades de la sociedad, reconocer la prioridad del concepto de calidad en los sistemas y en la prestación del servicio de salud, disminuir las desigualdades en salud entre las personas, entendida también frente al acceso.

8 FRAGMENTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
Universidades Tercer Nivel Privado alta complejidad Seguro Social VIH-SIDA Materno-Infantil Riesgos Profesionales MPS Segundo Nivel Esta es una radiografia de la fragmentación (desarticulación) que existe en el Sistema de Salud, encontrando que si bien la Ley 100 determinó el Sistema de salud persisten «sistemas» paralelos como son regímenes especiales y el regimen de las universidades públicas; y de igual manera se encuentra el Sistema de Riesgos Profesionales. Esto genera fallas en el proceso de atención y perstación de servicios en detrimento de la salud de los usuarios Malaria-ETV Primer Nivel Medicina Tradicional Privado baja complejidad ONG’s Municipios

9 PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
REDES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS La red municipal Equipos Básicos de Salud Ambito Comunitaria Baja complejidad Fortalecimiento de la Red Pública Hospitalaria para incrementar resolutividad Red de servicios e instituciones garantizan los servicios a sus afiliados.

10 CONFORMACIÓN DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD
Población asignada, referente geográfico Oferta que responda a las necesidades en salud Prestación articulada de servicios de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación. Capacidad resolutiva para atender la mayor parte de los problemas que se presenten. Contar con un sistema de referencia y contrareferencia efectivo Un enfoque centrado en la persona, la familia y la comunidad. Para la conformación de las redes el proyecto de Ley define unos criterios básicos que incluyen entre otros, población y territorio, oferta de servicios, recurso humano, acción intersectorial, esquemas de participación social, mecanismos efectivos de referencia y contrareferencia, sistemas de información y financiamiento adecuado. El proyecto toca también temas de la coordinación de la red la cual estará a cargo de las Entidades Promotoras de Salud con el objetivo de prestar un servicio oportuno, pertinente y de calidad. 10

11 ARTICULACIÓN DE LA RED 1. La articulación y desarrollo conjunto de sistemas de gestión e información clínica como historia clínica única electrónica y reporte de exámenes clínicos.. 2. La garantía de un punto de primer contacto, que serán los Equipos Básicos de Salud 3. El desarrollo de un proceso de vigilancia epidemiológica. 4. La coordinación del portafolio de servicios de los prestadores que la conforman. Información permanente y actualizada a los usuarios sobre los servicios de salud disponibles. 5. Las condiciones de acceso y los principales indicadores de calidad . 6. Facilitación de la gestión de servicios, medicamentos e insumos entre sus integrantes. 7. La coordinación de esquemas de comunicación electrónica, servicios de telemedicina, telecuidado, asistencia y atención domiciliaria y las demás modalidades que convengan a las condiciones del país. La articulación de la red estará a cargo de las entidades territoriales en coordinación con las Entidades Promotoras de Salud, a través de los Consejos Territoriales de la Seguridad Social en Salud , busca que el servicio de salud se brinde de forma precisa, oportuna y pertinente, para garantizar su calidad, reducir complicaciones, optimizar recursos y logar resultados clínicos eficaces y costo-efectivos. La función de coordinación será esencialmente un proceso del ámbito clínico y administrativo, teniendo como objetivos y componentes

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13 IPS Y ESE 2. Conformación de Juntas Directivas de las ESES
1. Programa de Fortalecimiento de Hóspitales Públicos 2. Conformación de Juntas Directivas de las ESES 3. Condiciones y el debido proceso para el retiro del servicio de los gerentes de las Empresas Sociales del Estado, en el caso de evaluación insatisfactoria de los planes de gestión aprobados por la Junta Directiva. 4. Financiación de la Prestación del Servicio en Zonas Alejadas 5. Programa de Saneamiento Fiscal de Hospitales 13

14 SALUD PREVALENTE Y DIFERENCIAL PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
Atención Prevalente en Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) Servicios y Medicamentos para NNA con discapacidad y enfermedades catastróficas Corresponsabilidad de la familia y el Estado. Obligación de denunciar vulneración de derechos de los NNA Niños, niñas y adolescentes. Ley 1098 de 2006, “Código de la Infancia y la Adolescencia”. Sistema General de Seguridad Social en Salud LO que hay que decir es que existe una coherencia entre la Ley 100 y la Ley 1098 de ARTÍCULO 27. DERECHO A LA SALUD. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud integral. La salud es un estado de bienestar físico, síquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad. Ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña que requiera de atención en salud. En relación con los niños, niñas y adolescentes que no figuren como beneficiarios en el régimen contributivo o en el régimen subsidiado, el costo de tales servicios estará a cargo de la Nación. Incurrirán en multa de hasta 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes las autoridades o personas que omitan la atención médica de niños y menores. 14

15 ASEGURAMIENTO 1. Mecanismo Giro Directo de Recursos del Régimen Subsidiado 2. Portabilidad Nacional 3. Movilidad entre Regímenes 4. Eliminación periodos de carencia 5. Planes Voluntarios de Salud

16 PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE FINANCIAMIENTO.
Sostenibilidad Igualación de los planes de beneficios. Sentencia C -760 Incrementar la eficiencia Mejorar el flujo Mejor utilización de Recursos Recursos Adicionales.

17 ESQUEMA DE FINANCIAMIENTO
Distribución de recursos entre regímenes según necesidad. Hasta el 1.5% de la cotización puede ir al contributivo o al subsidiado. ¼ de punto de las Cajas de Compensación 50% rentas cedidas del D/to y del Distrito Especial 1.5 % de los regímenes especiales Presupuesto de la Nación FONEDE. Seguro del desempleo FONEDE: este es el Fondo de apoyo para desempleados con vinculación anterior a las cajas de compensación familiar. La ley aprobada modificó los porcentajes y la prioridad en la destinación de los recursos asignados frente al mandato legal que se disponía en la Ley 789 de 2002: Se permite el reconocimiento al subsido a las personas jefes cabezas de hogar que presenten la solicitud luego de haber estado vinculados al sistema de Cajas de Compensación Familiar no menos de 1 año dentro de los tres años anteriores a la solicitud de apoyo: Se priorizan a las mujeres cabeza de hogar en la asignación de los recursos Se determina la distribución del 45% del monto del subsidio para afiliación prioritaria al sistema de seguridad social en salud para los afiliados con anterioridad. Anteriormente se disponía del 30% no solo para afiliación al sistema sino para bonos alimentarios y educación. Se determina la distribución del 10% para capacitación para el proceso de inserción laboral y/o educación y/o bonos alimentarios. Anteriormente con la Ley 789 se disponía del 25% para capacitación para el proceso de inserción laboral exclusivamente. Para las personas que no estuvieron vinculadas a las cajas se dispone de un 5% del Fondo para otorgar subsidios, los cuales deberán ser otorgados de manera prioritaria al pago de la afiliación al sistema de salud.

18 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACION 2015
80% de los recursos van para el régimen subsidiado 10% para subsidio a la oferta 10% para salud pública

19 CALIDAD Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
1. Indicadores en Salud 2. Sistemas de Evaluación y Calificación de los actores del SGSSS 3. Articulación del Sistema de Información (SISPRO) 4. Obligación de Reportar 5. Indicadores de Salud sobre Niños, Niñas y Adolescentes 6. Sanciones En la actualidad el SGSSS cuenta con el son el Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO), el cual integra la información de las instituciones que generan información para la toma de decisiones de política y de aspectos regulatorios, y el monitoreo y evaluación de la gestión de servicios de salud. El SISPRO sirve para consolidar y administrar grandes cantidades de datos de varias fuentes. Durante la última década se han puesto en marcha diversas iniciativas para mejorar la información sobre el SGSSS, que varían en su alcance y grado de consolidación, como son el Sistema de Protección Social (SISPRO), el Registro Único de Afiliados (RUAF), la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), el Sistema de Información de Precios de Medicamentos (SISMED), el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad –SOGC- y los Registros Individuales de Prestación de Servicios (RIPS), entre otros. Pese a los avances, es frecuente que los diferentes agentes del sistema no reporten información relevante para los usuarios y con la periodicidad y la calidad que se requiere. Las medidas para cambiar esta situación no han logrado los resultados esperados y es urgente contar con herramientas para que todos los agentes pongan a disposición de los organismos competentes y de la ciudadanía información relevante y oportuna que permita conocer el desempeño de sus actuaciones

20 INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL
1. Desconcentración de la SNS 2. Multas destinadas al Presupuesto de la SNS 3. Sujetos de IVC de la SNS 4. Presentación de Informes Financieros de las Entidades del SGSSS 5. Función Jurisdiccional de la SNS, Medidas Cautelares 6. Conductas que vulneran el SGSSS y el Derecho a la Salud SUJETOS DE IVC DE LA SNS Las Entidades Promotoras de Salud del Régimen ContributiVo y Subsidiado, las Empresas Solidarias, las Asociadones Mutuales en sus actividades de Salud, las Cajas de Compensadón Familiar en sus actividades de salud, las actividades de salud que realizan las aseguradoras, las Entidades que administren planes adicionales de salud, las entidades obligadas a compensar, las entidades adaptadas de Salud, las administradoras de riesgos profesionales en sus actividades de salud. Las entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud y las universidades en sus actividades de salud, sin perjuido de las competendas de la Superintendencia de Subsidio Familiar.   2. Las Direcciones Territoriales de Salud en el ejercido de las funciones que las mismas desarrollan en el ámbito del sector salud, tales como el aseguramiento, la inspección, vigilanda y control, la prestación de servicios de salud y demás relacionadas con el sector salud.   3. Los prestadores de servicios de salud públicas, privadas o mixtas. 4. La Comisión de Regulación en Salud y el Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA o quienes hagan sus veces. 5. Los que exploten, administren u operen, bajo cualquier modalidad, el monopolio rentístico de loterías, apuestas permanentes y demás modalidades de los juegos de suerte y azar. 6. Las personas naturales o jurídicas que programen, gestionen, recauden, distribuyan, administren, transfieran o asignen los recursos públicos y demás arbitrios rentísticos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 7. Las rentas que produzcan cervezas, sifones, refajos, vinos, aperitivos y similares y quienes importen vinos, aperitivos y similares y cervezas. 8. Los que exploten, administren u operen, bajo cualquier modalidad, el monopolio rentístico de los licores. CONDUCTAS QUE VULNERAN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y EL DERECHO A LA SALUD Violar la Ley 1098 de 2006 en lo relativo a la prestación de servidos de salud. 2. Aplicar preexistencias a los afiliados por parte de la Entidad Promotora de salud. 3. Impedir u obstaculizar la atención inicial de urgencias. 4. Poner en riesgo la vida de las personas de especial protecdón constitucional. 5. No realizar las actividades en salud derivadas de enfermedad general, maternidad, accidentes de trabajo, enfermedad profesional, acddentes de tránsito y eventos catastróficos. 6. Impedir o atentar en cualquier forma contra el derecho a la afiliación y selección de organismos e institudones del Sistema de Seguridad Sodal Integral, por parte del empleador y en general por cualquier persona natural o jurídica. 7. Incumplir las instrucciones y órdenes impartidas por la Superintendenda, así como por la violación de la normatividad vigente sobre la prestadón del servicio público de salud y el Sistema General de Seguridad Sodal en Salud. 8. Incumplir con las normas contratistas, entidades que realindependientes. de afiliadón izan afiliaciones por parte de colectivas los o empleadores, trabajadores. 9. Incumplir la Ley 972 de 2005. 10. Efectuar por un mismo servido o prestación un doble cobro al Sistema General de Seguridad Social en Salud. 11. Efectuar cobros al Sistema General de Seguridad Sodal en Salud con datos inexactos o falsos. 12. No reportar oportunamente la informadón que se le solicite por parte del Ministerio de la Protección Sodal, la Superintendencia Nacional de Salud, por o por la Comisión de Regulación en Salud o quien haga sus veces. 13. Obstruir las Investigadones e incumplir las obligaciones de informadón. 14. Incumplir con el reconodmiento y pago de las prestadones económicas en el Sistema General de SegUridad Social en Salud. Fortalecimiento de la Superintendencia Nacional de Salud como la máxima autoridad que vigila, controla e inspecciona en el sector salud, dándole herramientas más efectivas para determinar las sanciones que se acarreen a sus vigilados. La Ley dispone que la DIAN se integre al sistema de IVC para el control a la evasión, elusión, a los empleadores, en la vigilancia de la afiliación; además de vigilar los recursos del Sistema. Uno de los puntos centrales de este proyecto es la desconcentración de funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, que en la actualidad cuenta con 230 funcionarios, es nacional, y no tiene presencia regional. Se define el marco normativo y la creación de la superintendencia delegada de la función jurisdiccional y de conciliación, la norma que le da vida es el artículo 41 de la Ley 1122 de Se definen cuatro casos en los cuales la SNS puede actuar como juez: i) cuando exista negativa de la cobertura del POS, ii) reembolso de recursos, iii) multiafiliación; y iv) violación a la libre elección y de movilidad.

21 USUARIOS DEL SISTEMA 1. Política Nacional de Participación Social
2. Defensor del Usuario en Salud 3. Antitrámites en Salud

22 Con esta nueva ley, los beneficios para los usuarios son los siguientes:
El centro de la reforma es el usuario para prestar servicios con calidad, oportunidad y equidad. El gobierno nacional realizará la evaluación integral del Sistema General de Seguridad Social en Salud con base en indicadores de resultados en salud que incluyan a todos los niveles de gobierno, instituciones púbicas y privadas y demás actores que participan dentro del Sistema. Fortalecen la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, mediante un modelo de Atención Primaria en Salud que articula las acciones de salud pública, atención básica y atención especializada. El gobierno nacional junto con departamentos, distritos y municipios, establecerá objetivos, metas e indicadores para hacer seguimiento a las actividades de promoción y prevención, mediante grupos interdisciplinarios que identificarán riesgos individual, familiar y colectivo. Se crea el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud, para la evaluación de tecnologías en salud basado en evidencia científica, seguridad, eficacia, efectividad y eficiencia.

23 Mejorar la calidad en la prestación de los servicios, para lo cual es necesario que los actores del sistema hagan pública la información sobre resultados de salud tales como indicadores centinelas y trazadores, de tal manera que los usuarios tengan los elementos suficientes para elegir a los mejores, y los organismos de control puedan ejercer sus funciones. Los niños y adolescentes tendrán por primera vez atención prevalerte y diferencial para sus requerimientos en salud. Restablecimiento de la salud de las mujeres víctimas de la violencia. Se garantiza la prestación de los servicios de salud física y mental para todas las mujeres víctimas de la violencia física o sexual. Garantizan la portabilidad nacional del servicio: para que los colombianos puedan ser atendidos en cualquier lugar del país y no solo en su municipio de residencia. Actualizan y unifican los Planes de Beneficios, empezando en 2011 se actualizará el plan de beneficios de manera integral cada 2 años para que incluya los procedimientos necesarios para atender las condiciones que afectan la salud de los colombianos, se define un cronograma para que en 2015 los afiliados del Régimen Subsidiado y del Régimen Contributivo tengan los mismos servicios. Universalización. Se dispone la obligación de afiliación al Sistema de Salud de todos los residentes en el país.

24 Permanencia en el Régimen subsidiado
Permanencia en el Régimen subsidiado. Los afiliados al Régimen Subsidiado podrán permanecer en este cuando obtengan un contrato de trabajo y pasen a estar vinculados laboralmente. Garantizan que los recursos de salud se inviertan en salud: se define un porcentaje máximo que las EPS podrán usar en gastos de administración, y se prohíbe rotundamente que los ingresos se destinen a actividades diferentes a la prestación de servicios de salud, exigiendo indicadores de salud. Garantizan la libre escogencia del usuario: con base en información pública sobre resultados de salud, satisfacción y gestión, los usuarios podrán escoger el asegurador de su preferencia, para lo cual es necesario que los actores del sistema hagan pública la información sobre resultados de salud de tal manera que los usuarios tengan los elementos suficientes para elegir a los mejores, y los organismos de control puedan ejercer sus funciones. BUSCAN QUE LOS MEDICAMENTOS SEAN DE MEJOR CALIDAD Y MÁS BARATOS: las medidas propuestas tienen como objetivo común mejorar el acceso a los medicamentos mediante la inclusión de sistemas más eficientes de negociación y compras conjuntas basados en precios de referencia. Se introducen también disposiciones sobre garantía de la calidad de los medicamentos, para que las ganancias de los usuarios sean tanto en precio como en calidad. Esto se complementa con medidas tomadas por el Ministerio de la Protección Social para controlar abusos en los precios de los medicamentos. Queda prohibido el cobro de cualquier tipo de multas por inasistencia a citas médicas a los cotizantes y beneficiarios de los regímenes contributivo y subsidiado, así como la población vinculada.

25 Con esta nueva ley; los beneficios para las IPS, la Red Pública Hospitalaria y las ESE son los siguientes: Agilizan el flujo de recursos y asegurar la sostenibilidad financiera: Se incrementan recursos por $ millones para financiar el sistema. Además, se disminuye la intermediación, mediante el giro directo de los recursos del Régimen Subsidiado a las EPS. Fortalecen la red hospitalaria pública, con nuevos recursos, mayor capacidad de gestión e incentivos para que se actualicen tecnológicamente y que prestarán el servicio con las redes para que haya continuidad en la atención de salud de los usuarios. Se mantiene el 60% en la contratación con la red pública hospitalaria y se crea un fondo para garantizar la estabilidad de los hospitales que se encuentren en problemas. Promueven el saneamiento fiscal y financiero de la red pública: se introducen medidas para agilizar la liquidación de contratos, cobros de cartera y una disposición para que el Fosyga se ponga al día con prestadores y aseguradores durante 2011. Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud (FONSAET). Este fondo tiene como objeto asegurar el pago de las obligaciones que no fuere posible pagar por parte de las Empresas Sociales del Estado, intervenidas por la Superintendencia Nacional de Salud.

26 Pagos a los prestadores de servicios de salud
Pagos a los prestadores de servicios de salud. Se prohíbe el establecimiento de la obligatoriedad de procesos de auditoría previa a la presentación de las facturas por prestación de servicios o cualquier práctica tendiente a impedir la recepción. Se deberán establecer mecanismos que permitan la facturación en línea de los servicios de salud, de acuerdo con los estándares que defina el Ministerio de la Protección Social. Se entienden por recibidas las facturas que hayan sido enviadas por los prestadores de servicios de salud a las Entidades Promotoras de Salud a través de correo certificado. Se dispone un trámite para las glosas. Crédito para el rediseño, modernización y reorganización de los hospitales de la red pública para desarrollo de las redes. Para la financiación de procesos de rediseño, modernización y reorganización de Instituciones Prestadoras de Salud públicas, que garanticen como mínimos, por parte de la entidad hospitalaria, su sostenibilidad durante diez (10) años. Saneamiento de cartera. El Gobierno Nacional pondrá en marcha un Programa para el Saneamiento de cartera de las Empresas Sociales del Estado.

27 En el tema de Inspección, Vigilancia y Control; los beneficios son los siguientes:
Fortalecen la inspección, vigilancia y control, mediante una Superintendencia Nacional de Salud fuerte y con presencia activa en todo el país. Se le incluye una función jurisdiccional como segunda instancia en los casos en que el Comité Técnico Científico falle a favor de prestaciones excluidas del Plan de Beneficios. Se sanciona severamente a quienes incumplan los indicadores de resultado de salud con penas que van desde la multa hasta la revocatoria de la licencia de funcionamiento Retoman la rectoría del Sistema en cabeza del Ministerio de la Protección Social, como órgano rector del sector. Se establece un sistema de retención en la fuente de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud para el pago de la cotización en seguridad social en salud, de las personas naturales y empresas unipersonales o sociedades por acciones simplificada, como mecanismo que evite la evasión y la elusión.


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