Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
1
LA RESPONSABILIDAD Ambitos CIVIL PENAL
2
RESPONSABILIDAD PENAL
DEPENDIENDO DE LA GRAVEDAD SANCIÓN PERSONAL AL SUJETO DE PRISION Muerte (art. 84 CP, 2 a 5 años mas inhabilitación) Lesiones leves (art. 89 CP, 1 mes a 3 años) Lesiones graves (art. 90 CP, 6 meses a 3 años mas inhabilitación por 18 meses) MULTA A FAVOR DEL ESTADO
3
RESPONSABILIDAD CIVIL
Es la obligación de reparar los daños causados a otras personas como consecuencia de una acción antijurídica. Busca la recomposición de las cosas al estado anterior al siniestro.
4
RESARCIMIENTO Art CC. El resarcimiento de daños consistirá en la reposición de las cosas a su estado anterior, excepto si fuera imposible, en cuyo caso la indemnización se fijará en dinero. También podrá el damnificado optar por la indemnización en dinero.
5
PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
CONDUCTA ANTIJURÍDICA RELACIÓN ADECUADA DE CAUSALIDAD DAÑO FACTOR DE ATRIBUCIÓN
6
CONDUCTA ANTIJURÍDICA
Conducta reprochable para el derecho. Casos excluidos: daños por actos jurídicos válidos
7
DAÑO Es toda lesión a un derecho subjetivo que genera responsabilidad
Clases: actual, futuro; patrimonial, extrapatrimonial; previsible, imprevisible; cierto, eventual
8
FACTOR DE ATRIBUCIÓN Es el motivo por el cual haremos responsable al sujeto FACTORES SUBJETIVOS CULPA DOLO FACTOR OBJETIVO RESPONSABILIDADES REFLEJAS TEORÍA DEL RIESGO
9
CULPA Omisión de diligencias o imprudencia
Art CC. Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio.
10
DOLO Voluntariedad en la provocación del daño
Art El acto ilícito ejecutado a sabiendas y con intención de dañar la persona o los derechos de otro, se llama en este código "delito". Art Todo delito hace nacer la obligación de reparar el perjuicio que por él resultare a otra persona.
11
RESPONSABILIDAD REFLEJA
Por hechos de dependientes (art primer párrafo CC) Por hechos de los hijos (art 1114 CC) Por daños provocados por animales (art 1124 CC) Del propietario de establecimiento educativo (art 1117 CC)
12
TEORÍA DEL RIESGO Art. 1113, segunda parte del segundo párrafo CC: “…si el daño hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder…”
13
RESARCIMIENTO LOS ELEMENTOS QUE INTEGRAN LA REPARACION AL DAMNIFICADO
Daños patrimoniales actuales: DAÑO EMERGENTE – INCAPACIDAD SOBREVINIENTE – PRIVACIÓN DE USO – DESVALORIZACIÓN DEL VALOR VENAL Daños patrimoniales futuros: PERDIDA DE CHANCE - LUCRO CESANTE Daños extrapatrimoniales: DAÑO MORAL – DAÑO PSICOLÓGICO
14
ORBITAS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
CONTRACTUAL: nace del incumplimiento a una obligación previamente asumida por contrato EXTRACONTRACTUAL: nace de la violación al deber genérico impuesto por la ley de no dañar a otros
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.