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Publicada porMartín Cordero Sánchez Modificado hace 10 años
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Más de medio millón de uruguayos y cerca de 50.000 niños y adolescentes viven con discapacidad (viviendo en exclusión social con barreras presentes en el acceso a la educación, al empleo y a la posibilidad de contribuir al desarrollo, y lograr una vida plena) El Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo (iiDi), Por ello, nace El Instituto Interamericano sobre Discapacidad y Desarrollo Inclusivo (iiDi), como un punto de encuentro entre personas con y sin discapacidad interesadas en el desafío de acompañar procesos sociales y promover los derechos humanos y el desarrollo inclusivo.
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Tres enfoques: Paradigma tradicional: asociado a una visión que ve y trata de manera inferior a las personas con discapacidad. Se los subestima y se piensa que no están capacitados para llevar a cabo ciertas actividades al igual que los demás. Se les considera objetos de lástima y no sujetos de derechos.
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Paradigma biológico: aquí las personas con discapacidad son consideradas como pacientes que para adaptarse al medio necesitan de la rehabilitación brindada por profesionales. Son considerados un receptor pasivo.
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Paradigma de Derechos Humanos: se centra en la dignidad intrínseca del ser humano, la dignidad que se tiene por el hecho de ser humano, independientemente de sus condiciones. Aquí la discapacidad es colocada como una característica más dentro de la diversidad de los seres humanos y no como la característica que defina a la vida de la persona.
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Antiguamente, predominó una concepción de la discapacidad vista como sinónimo de imposibilidad, lo cual ha redundado en una mirada piadosa acerca de las personas con discapacidad, como objetos de ayuda y protección solidaria. (Lo cual en muchos casos contribuye, en la práctica, a perpetuar el estigma, la dependencia y la exclusión) La discapacidad se considera el producto social que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras actitudinales y de entorno que evitan la actitud plena y efectiva.esta difinicion se encuentra en la convencion sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD año 2006).
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Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad La CDPD, aprobada en el 2006 y ratificada por Uruguay en noviembre del 2008 por medio de la ley n.° 18418, representó un cambio histórico en esta situación La Convención propone orientar las políticas nacionales e internacionales sobre discapacidad en dos tipos de principios o ejes de acción: 1) Principios referidos a la persona, como autodeterminación, inclusión, empoderamiento, productividad, integridad y unidad familiar. 2) Principios referidos al sistema, como el acceso a apoyos y servicios, antidiscriminación, coordinación, colaboración y responsabilidad. La implementación efectiva de la CDPD implica nuevos y grandes desafíos para el Estado, las familias y la sociedad toda, para traducir los derechos en oportunidades tangibles.
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