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LECCION IV.. Primer Etapa: Carácter Divino: Donde el estado actúa por delegación divina para establecer penas, el delito es una falta contra la religión.

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Presentación del tema: "LECCION IV.. Primer Etapa: Carácter Divino: Donde el estado actúa por delegación divina para establecer penas, el delito es una falta contra la religión."— Transcripción de la presentación:

1 LECCION IV.

2 Primer Etapa: Carácter Divino: Donde el estado actúa por delegación divina para establecer penas, el delito es una falta contra la religión y la patria. El delincuente es obligado a purificarse y la pena es una expiación. Segunda Etapa: Función Soberana del ESTADO: Se fortalece el estado, la penalidad se torna mas humana y los castigos tienen base de naturaleza moral, civil y política.

3 Atenas Dracón: Aparecen leyes creadas por el celebre legislador que si bien penalmente eran bastante severas (penas de mutilación y muerte) tuvieron la virtud de determinar la proporcionalidad de las penas al delito cometido. Muchos autores señalan que las leyes de Dracón estaban escritas con sangre. Solón: Constituyo una especie de suavización de las leyes draconianas cuya durezas fueron atemperadas.

4 Esparta. Leyes de Licurgo: Vivió 200 años antes que Solón y Dracón, era un hombre instruido que redacto la constitución que lleva su nombre y es la primera constitución legal y formas que se conoce en la época constituyo un significativo avance denominado principio de legalidad penal.

5 Doctrina Penal de los Filósofos: Pitágoras: Pretendió creer que en la armonía matemática que responde a una LEY NATURAL era posible reglar la conducta humana, a parece la teoría de la pena como expiación a través del sufrimiento por haber roto la armonía natural. Platón: En su obra ´´LEYES´´ a tribuye al estado la obligación de hacer reinar la virtud dictando leyes escritas para que los magistrados la apliquen. Aristóteles: Proclamo la responsabilidad moral del hombre y siendo el hombre principio y fin de todo debe ser considerado especialmente al momento de imponerse alguna pena.

6 Evolución Monarquía: Se hace distinción entre los delitos públicos, que vulneraban el orden publico (castigado por el estado) y los delitos privados (que eran castigado por el páter familia). República: Por el incremento de los delito públicos a parece el llamado Juicio popular por el cual el condenado a muerte podría lograr que la sentencia del magistrado fuera sometido a juicio del pueblo. Imperio: Aumentan las facultades estatales y el magistrado toma a su cargo los pasos del proceso penal: acusación, pruebas y sentencias. Se distinguió entre delitos dolosos y culposos. Se nota un recrudecimiento de las penas.

7 Ley de las 12 Tablas: A raíz de la revolución de los plebeyos y el amotinamiento de los mismos en el monte palatino lograron establecer un derecho escrito para lo cual se enviaron a los decenviros a Grecia para el estudio de las leyes de la ciudad. La ley de las 12 tablas establece la composición como forma de extinguir acciones penales por injurias y hurtos. Tuvieron vigencia la venganza privado el Talión y la composición aun después de establecerse la diferencia entre el Jus (derecho) y el fas(religión).

8 Derecho Penal Germano: El derecho penal en la edad media es una confluencia del Derecho Romano y el Derecho Bárbaro principalmente Germánico. El derecho penal germánico significo una especie de vueltas a las ideas y procedimientos de los primitivos derechos grupales.

9 Instituciones: Faida: Venganza privada colectiva entre personas o familias ofendidas por las acciones de otras. Veregildo: Composición económica del delito cometido que le permitía una tregua, es decir, no ser atacado por los familiares de la victima. Fredus: Es la intromisión del estado en las causas penales, cobrando una contribución por su participación para solucionar los conflictos. Ordalias: Eran los famosos juicios de Dios donde la divinidad se manifestaba a través de los medios utilizados. Duelo, el que ganaba sobrevivía y tenia la bendición divina, azar (cara o cruz, puñal o martillo); fuego o agua (si no se quemaba o ahogaba era inocente)

10 Derecho Feudal: El derecho penal feudal debe estudiarse desde el punto de vista hispánico y eclesiástico. Derecho Hispánico: A través de los fueros locales y reales, las PARTIDAS de Alfonso X El Sabio, las leyes de Toro, el Fuero Juzgo y la Carolina. Derecho Penal Eclesiástico: principalmente a través del derecho canónico, donde fue famosa la inquisición y la caza de brujas realizadas en nombre de Dios, pero que de religioso y divino nada tenia, la prueba confesoria era la reina de las pruebas.

11 Revolución Mercantil e Ilustración: A través de grandes pensadores a parecidos en la edad moderna como Monterquieu, Voltaire y Rosseau conocidos también como los enciclopedistas y grandes representantes de la llamada Epoca de la Ilustración quienes juntamente con Hugo Groccio, Hobbes y Locke avanzan hacia la llamada humanización del derecho penal, movimiento que duro mas de 2 siglos.


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