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Publicada porPío Espejo Modificado hace 11 años
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CARRERA PROFESIONAL, PROMOCION INTERNA Y EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
EBEP
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FUNCIONARIOS DE CARRERA
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F.C. - Promoción Interna Procedimientos Selectivos: Igualdad, Mérito y Capacidad (+ Principios Rectores Acceso). Leyes FFPP: determinar Sistemas y C/E a los que podrán acceder de su mismo Subgrupo. AAPPs: Incentivarán Participación en Procesos de Promoción Interna a sus Funcionarios y Progresión Carrera Profesional. Funcionarios deberán reunir: Requisitos Exigidos para Ingreso. 2 años Servicio Activo en inferior Grupo / Subgrupo. Superar Pruebas Selectivas.
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FUNCIONARIOS DE CARRERA
Derecho a la Promoción Profesional. Definición: Conjunto ordenado de Oportunidades de Ascenso y expectativas de Progreso Profesional (Igualdad, Mérito y Capacidad). AAPPs Responsabilidad: Actualización y Perfeccionamiento de Cualificación Profesional.
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FUNCIONARIOS DE CARRERA
Leyes FFPP regularán Carrera Profesional, entre otras, las ss Modalidades: Carrera Horizontal: Progresión de Grado, Categoría, Escalón y Conceptos Análogos sin necesidad de Cambiar de PT. Carrera Vertical: Ascenso en Estructura de PTs mediante Provisión. Promoción Interna Vertical: Ascenso desde C/E de Grupo/Subgrupo a otro Superior. Promoción Interna Horizontal: Acceso a C/E mismo Subgrupo. Simultaneidad Progreso Horizontal/Vertical: si AAPP lo implanta en un mismo ámbito.
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F.C. - Carrera Horizontal
Leyes FFPP, entre otras, las ss Reglas: Articular Sistema de Grados, Categorías o Escalones de Ascenso fijando Remuneración en cada uno. Ascensos Consecutivos, salvo otras posibilidades. Se valorará Trayectoria, Calidad de Trabajos, Conocimientos Adquiridos y Resultado Evaluación del Desempeño. Incluirse Otros Méritos y Aptitudes según Función Desarrollada y Experiencia Adquirida.
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PERSONAL LABORAL
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Tiene Derecho a la Promoción Interna.
PERSONAL LABORAL Tiene Derecho a la Promoción Interna. Efectiva a través de Procedimientos Previstos en: Estatuto de los Trabajadores. Convenios Colectivos.
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EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
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Evaluación Desempeño AAPPs: Establecerán Sistemas de Evaluación del Desempeño de sus Empleados Públicos. Definición: Procedimiento que Mide y Valora la Conducta Profesional y el Rendimiento o Logro de Resultados. Sistemas de EdD se adecuarán a Criterios: Transparencia. Imparcialidad. No Discriminación. Respeto Derechos Empleados Públicos.
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Evaluación Desempeño Efectos en: Carrera Profesional Horizontal (FC).
Formación. Provisión de PTs. Retribuciones Complementarias (FC). Continuidad en PTs obtenidos por Concurso: Vinculada a la Evaluación, Audiencia Interesado y Resolución Motivada.
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Evaluación Desempeño Requiere Aprobación Previa de Sistemas Objetivos que permitan Evaluar el Desempeño (según criterios), la Aplicación a: Carrera Profesional Horizontal (FC). Retribuciones Complementarias (“Productividad”) (FC). Cese PT obtenido por Concurso.
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