La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Consejo Profesional de Ciencias Económicas.  La contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo.  Conceptos.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Consejo Profesional de Ciencias Económicas.  La contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo.  Conceptos."— Transcripción de la presentación:

1 Consejo Profesional de Ciencias Económicas

2  La contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo.  Conceptos Remunerativos  Conceptos No Remunerativos

3  Sueldo Bruto  Aportes:  Jubilación 11%  PAMI 3%  Obra Social 3%  Sindicato 2%  FO.RE.SO. 1%

4  Contribuciones.  Jubilación 10,17%  PAMI 1,5%  AAFF 4,44%  FNE 0,89%  Obra Social 6%  ART

5  Ámbito de Aplicación- Todo el país  Categorías:  -Vendedores  -Maestranza  -Administrativo  -Auxiliar: herreros, etc.  -Auxiliar Especializado: letristas, decoradores  -Menores de 16 años  -Menores de 17 años  -Choferes c/ menos de 100Km  -Choferes c/ mas de 100Km.

6  Art. 24- Adicional por antigüedad  0,75% mayo a Noviembre de 2010  1,00% desde Diciembre de 2010  Art. 30- Riesgo de Reposición de faltante de Caja.  Art. 40-Adicional por asistencia y puntualidad

7  Art. 97- Seguro de Vida -Muerte o incapacidad laboral temporaria o permanente Art. 100- Aporte Sindical Art. 101-Faecys Art. 102- Instituto nacional de Capacitación Profesional y Tecnológico. $ 13,74 p/Empleado.

8  Incremento del 27%, calulado sobre el básico de cada categoría  A los no rem. Vigentes se le adicionara $ 75,00.  A)- 15% a partir de mayo de 2010  B)- 7% a partir de Septiembre de 2010  C)- 5% a partir de Diciembre de 2010  “ Adicional no remunerativo Junio de 2010”  Junto a los remunerativos anteriores se tendrán en cuenta para el calculo de adicionales, enfermedades inculpables, Vacaciones, SAC proporcional

9  Todas las sumas que deban abonarse..se aplicaran como no remunerativas…  Sobre la totalidad de las sumas no remunerativas se calculara:  -Aportes y Contribución para OSECAC  -Aporte Art. 100  -Aportes Art. 101  El acuerdo de Enero de 2010 se incorporaba en doce cuotas mensuales y consecutivas a partir del 01/07/2010 al 30/06/2011

10  Incremento del 30% sobre las sumas para cada categoría vigentes a partir de Nov./2011  Incremento no acumulativo:  15% a partir de mayo de 2011  8% a partir de Septiembre de 2011  7% a partir de Diciembre de 2011  Se calcula presentismo  “ Acuerdo colectivo Junio de 2011”

11  Se calcula Aportes y contribuciones para OSECAC  Art. 100  Art. 101  A partir de Abril de 2012, tendrán el carácter de remunerativo, se deberá incorporar los aportes a cargo del empleador para que no sufra una merma.

12  Para la 1º SAC de 2011 se tendrá en cuenta en proporción a lo devengado a los meses de mayo y junio de 2011.  Aportes destinado a OSECAC de $ 100,00 retenida al trabajador de las sumas no remunerativas.  Pago especial a cajeras de cadena de supermercados de “ faltante de caja” $ 3.840 en cuotas mensuales.

13  No rem= 776,00  Present.=64.67  Ret. Suf.=5,50%  A cob.= 794,43  Un Haber= 986,87  Ret. 19,50%  A cob= 794,43  Representa aprox. 17,39% a integrar el básico

14

15

16

17

18


Descargar ppt "Consejo Profesional de Ciencias Económicas.  La contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo.  Conceptos."

Presentaciones similares


Anuncios Google