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1. 2 Convenio 2976 Secretaría de Educación Distrital Corporación Buscando Ánimo SESIÓN 02: El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)

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2 2 Convenio 2976 Secretaría de Educación Distrital Corporación Buscando Ánimo SESIÓN 02: El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA)

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7 El Código de Infancia y Adolescencia es un manual de carácter jurídico, que establece las normas orientadas a PROTEGER a los NNA (Ley 1098 de 2006). Dicha protección tiene como fin poder garantizar su desarrollo integral. Se fundamenta en los siguiente PRINCIPIOS: Protección integral Interés Superior Corresponsabilidad Perspectiva de género Se reconocen 20 tipos diferentes de derechos para los NNA: a la vida, salud, educación, recreación, participación, protección y más. 7 Código de Infancia y Adolescencia

8 8  El código dice que son tres los agentes que deben garantizar los derechos:  Familia  Estado  Sociedad  El restablecimiento de derechos: Si un derecho de un NNA es vulnerado, lesionado o afectado de alguna forma, se le debe restituir o compensar.  Hay medidas para restablecer derechos:  Amonestación  Retiro del menor  Reubicación  Adopción  Acciones policivas Código de Infancia y Adolescencia

9 9  Instituciones competentes:  ICBF  Comisaría de familia  Ministerio Público: PGN, Defensoría del Pueblo, Personerías distritales y municipales.  Policía Nacional  Procedimientos cuando se vulneran derechos de NNA  Administrativo  Judicial Código de Infancia y Adolescencia

10 10  Técnicamente, el SRPA corresponde al Libro segundo de la ley 1098 de 2006.  Normas para la investigación y juzgamiento de los delitos cometidos por personas > de 14 y < de 18 años.  Su finalidad es establecer las medidas y acciones de carácter pedagógico. Busca privilegiar el interés superior del niño y también garantizar la reparación del daño.  También incluye las medidas de REPARACION A VICTIMAS:  Contrario a la creencia popular, que un menor de edad no tenga medida privativa de la libertad, no significa que alguien no responda. Si… sus padres o cuidadores. Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes

11  Características más relevantes:  El adolescente (>14 <18) es considerado IMPUTABLE con tratamiento especial.  Las sanciones son pedagógicas, protectoras y restaurativas.  Garantía del debido proceso.  Deben existir centros especializados cuando hay privación de la libertad.  La privación de la libertad es excepcional.  Se acoge al SPOA.  Reconocimiento de derechos de las VÍCTIMAS (reparación).  Deben aplicarse mecanismos preferiblemente de justicia restaurativa como la conciliación y la inmediación. 11 Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes

12 12  Medidas:  Amonestación  Reglas de conducta  Prestación de servicio social  Libertad asistida  Internación en medio semi cerrado  Privación de la libertad en centro especializado  ACTORES:  Jueces: de garantías y de conocimiento.  Fiscal: investiga, imputa, acusa.  Defensor de familia: acompaña en todo el proceso.  Ministerio público: Garantiza cumplimiento de derechos y debido proceso. Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes

13 Marco Conceptual Interpretado por la FISCALIA GENERAL DE LA NACION CLICK 13

14 SRPA y Escuela  Se han incorporado nuevas normas y leyes que de manera directa comprometen a los NNA.  Una de ellas y de vital importancia es la 1620 de 2013, coloquialmente conocida como ley anti-bullying. La acompaña el decreto reglamentario 1965 de 2013.  La ley crea el “SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACiÓN PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACiÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCiÓN Y MITIGACiÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR”. 14

15 SRPA y Escuela El decreto 1965 de 2013, en su artículo 40 reza así: Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. –En términos coloquiales, se reconoce a los adolescentes como actores de conductas punibles (delitos). 15

16 Cuando un adolescentes > 14 años presuntamente comete un delito: 1.Coordinador de convivencia Y orientador comunican al rector. Reunión con personas implicadas y se levanta un acta. 2.Citación a padres, se les pone en conocimiento del presunto y se realiza acta. 3.Remisión a CESPA o Policía de IA: cuando dentro del colegio se da expendio de SPA, robo, daño en bien ajeno, lesiones personales o similares. 4.Como complemento, el colegio elabora contrato pedagógico con compromisos por parte de la familia. 16 Ruta pedagógica

17 17 5.Si los padres no cumplen, reporte a ICBF. 6.Comprobado el cumplimiento de los acuerdos, se hace acta de cierre. 7.Es importante hacer seguimiento familiar. SRPA y Escuela

18 ¿Por qué falla el sistema? 1.Omisión de denuncia: La noticia criminal inicia con la instauración de denuncia, querella, actuación de oficio y petición especial. Si no hay denuncia, la fiscalía no actúa porque no hay nada para investigar. Quien investiga es la FISCALIA, no el colegio. 2.Desconocimiento de la norma: Se procede con desconocimiento de las normativas existentes. Ejemplo: desescolarizar a estudiante por consumo, condicionar su reingreso contra prueba de laboratorio. 3.Fallos en el debido proceso: Se omiten pasos o acciones establecidas. Relacionado con el punto anterior. 4.Falta de seguimiento: “Remisionitis” enfermedad consistente en buscar cuanta institución para remitir y ya. Se endosa un problema. 18

19 19 5.Falsa creencia sobre la flagrancia: Se cree que solo existen los delitos si el joven es sorprendido en flagrancia. 6.Se cree que el joven “agresor”, no puede ser víctima: Muchos jóvenes son instrumentalizados por adultos para la comisión de delitos. Por lo mismo, no se trata solo de sancionar al menor, hay que protegerlo. 7.Desconocimiento de rutas de canalización: Se cree que la remisión a EPS, por ejemplo, siempre es algo infructuoso. Existen mecanismos legales para hacer exigibles servicios de calidad.

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