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GESTIÓN Y REGULACIÓN SOCIO-AMBIENTAL EN EL SECTOR ENERGÍA Y MINAS

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Presentación del tema: "GESTIÓN Y REGULACIÓN SOCIO-AMBIENTAL EN EL SECTOR ENERGÍA Y MINAS"— Transcripción de la presentación:

1 GESTIÓN Y REGULACIÓN SOCIO-AMBIENTAL EN EL SECTOR ENERGÍA Y MINAS
Curso Taller Verano 2011 Augusto Arrasco Díaz Lima, 19 de febrero de 2011

2 2º TEMA: ALCANCES SOBRE EL MARCO NORMATIVO GENERAL APLICABLE A LAS ACITIVDADES DEL SECTOR ENERGÍA Y MINAS PRIMERA CLASE: Actividades mineras SEGUNDA CLASE: Actividades eléctricas TERCERA CLASE: Actividades hidrocarburíferas

3 MARCO NORMATIVO GENERAL APLICABLE A LAS ACTIVIDADES MINERAS EN EL PERÚ
PRIMER TEMA MARCO NORMATIVO GENERAL APLICABLE A LAS ACTIVIDADES MINERAS EN EL PERÚ 3

4 Ciclo de actividades mineras Instituciones competentes
CONTENIDO Ciclo de actividades mineras Instituciones competentes Concesiones mineras Requisitos para ejercer el derecho de concesión Obligaciones del titular minero Información relevante sobre las actividades mineras en el Perú 4

5 CICLO DE LAS ACTIVIDADES MINERAS
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6 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS
Explotación Exploración Lixiviación y concentración Fundición y refinación Comercialización Cateo y prospección 6

7 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: CATEO Y PROSPECCIÓN
Primera etapa del ciclo minero. Consiste en recoger rocas del suelo o cavar zanjas para obtener muestras, que luego se analizan en laboratorios. Si las muestras dan resultados positivos, se continúa con las actividades de exploración. 7

8 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: EXPLORACIÓN
Etapa de mayor precisión que la anterior. Permite identificar los yacimientos de minerales (concentraciones extensas de minerales que se encuentran en las rocas), así como sus dimensiones, posición, características mineralógicas, reservas y valores. 8

9 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: EXPLOTACIÓN
Proceso de extracción de los minerales contenidos en un yacimiento. Si el depósito de minerales se encuentra cerca de la superficie, se trabajo a tajo abierto. Este tipo de extracción implica remover la tierra que cubre el mineral, usando potentes explosivos y grandes equipos móviles. Parte de la tierra removida se guarda para su posterior uso en la revegetación de la zona afectada. Para profundizar las labores de minado, se hacen niveles a manera de escalones, comunicados por rampas a desnivel. 9

10 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: EXPLOTACIÓN
Si el depósito de minerales se encuentra al interior de la tierra, la extracción se realiza a través de la minería subterránea. Implica la realización de excavaciones y la construcción de túneles horizontales (desarrollos), verticales (chimeneas) y diagonales (rampas), hasta llegar a las “vetas de mineral” que son la parte valiosa. Para separar las vetas de minerales de la tierra y rocas sin valor, se usan potentes explosivos en perforaciones realizadas mediante taladros o perforadoras. Previo a ello, se retira a todo el personal de la mina. Luego de la explosión, se introduce aire con potentes equipos de ventilación y luego se aseguran las paredes y techos de los túneles. El mineral es trasladado al exterior por equipos de baja altura (camiones o trenes eléctricos). 10

11 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: LIXIVIACIÓN Y CONCENTRACIÓN
Una vez extraídos los minerales de los yacimientos, es necesario procesarlos con la finalidad de separar los metales valiosos de las rocas que los contienes. Para ello, se realizan procesos de LIXIVACIÓN y CONCENTRACIÓN. A través de los procesos de lixivación, el mineral se coloca sobre depósitos especialmente aislados del suelo, y se disuelven mediante productos químicos que separan los metales valiosos de las rocas que los contienen. En el caso de los procesos de concentración, este se lleva a cabo a través de plantas concentradoras, en las cuales los minerales son pulverizados y luego son mezclados con materiales químicos hasta obtener “concentrados minerales”. 11

12 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: FUNDICIÓN Y REFINERÍA
Procesos de purificación de minerales y eliminación de contenidos no valiosos. A través de los procesos de FUNDICIÓN, los concentrados minerales son sometidos a la acción del calor en hornos, aplicando altas temperaturas hasta obtener metales con impurezas. Para lograr el estado de pureza comercial, los metales impuros atraviesan un proceso de ELECTRO –REFINACIÓN. 12

13 CICLO DE ACTIVIDADES MINERAS: COMERCIALIZACIÓN
Última fase del proceso minero, por medio de la cual se venden los productos (usualmente, se exportan). No se requiere de una concesión minera para la realización de esta actividad. Los principales socios comerciales del Perú son Estados Unidos y China. 13

14 OTRAS ACTIVIDADES MINERAS: TRANSPORTE MINERO
El TUO de la Ley General de Minería establece que es transporte minero “todo sistema utilizado para el transporte masivo continuo de productos minerales, por métodos no convencionales”. Son sistemas de transporte mineros: Fajas transportadoras Tuberías Cable Carril Para su realización, se requiere de concesión minera. No están consideradas dentro de este tipo de actividad minera, el transporte de minerales por vía terrestre o vía férrea. 14

15 OTRAS ACTIVIDADES: LABOR GENERAL
Es toda actividad minera que presta servicios auxiliares, tales como ventilación, desagüe, izaje o extracción a dos o más concesiones de distintos concesionarios. Para su realización, se requiere de concesión minera. 15

16 INSTITUCIONES COMPETENTES
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17 INSTITUCIONES COMPETENTES
Ministerio de Energía y Minas (MINEM) Promover la inversión del Sector. Formular la política general del Gobierno en materia de minería. Ejercer la función normativa en materias de su competencia. Otorga autorizaciones y licencias para las de la mediana y gran minería. Cfr. Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Minero y Decreto Supremo Nº EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas. Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) Desarrollar, mantener y actualizar la Carta Geológica Nacional y sus derivaciones temáticas, en coordinación con los organismos competentes. Administrar el Catastro Minero, el Pre catastro y el Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera. Recibir, admitir a trámite y tramitar petitorios de concesión minera a nivel nacional. Otorgar títulos de concesión minera. Cfr. Decreto Supremo Nº EM, Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET. 17

18 INSTITUCIONES COMPETENTES
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas (OSINERGMIN) Supervisión y fiscalización de las actividades de la mediana y gran minería, respecto del cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales en materia de seguridad e higiene minera. Ley Nº 28964, Ley que transfiere competencias de supervisión y fiscalización de las actividades mineras al OSINERG Resolución Nº EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas. Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) Supervisión, fiscalización y sanción ambiental a las empresas de la gran y mediana minería. Ley Nº 29235, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental Decreto Supremo Nº MINAM, Aprueban el inicio del proceso de transferencia de funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental del OSINERGMIN al OEFA Resolución del Consejo Directivo Nº OEFA-CD, sobre la aprobación de los aspectos objeto de la transferencia de supervisión, fiscalización y sanción ambiental en materia de minería entre el OSINERGMIN y el OEFA. 18

19 INSTITUCIONES COMPETENTES
Gobiernos Regionales Propiciar la formalización del acuerdo o contrato de explotación entre el productor minero artesanal y el titular del derecho minero. Aprobar las Declaraciones de Impacto Ambiental y Estudios de Impacto Ambiental Semi-detallado, según corresponda, de los titulares de la pequeña minería y minería artesanal de su circunscripción. Fiscalizar y supervisar las actividades de la pequeña minería, la minería artesanal y la minería informal de la región con arreglo a Ley. Cfr. Ley Nº 27651, Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Minería Artesanal; y, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 19

20 CONCESIONES MINERAS 20

21 RÉGIMEN DE CONCESIONES MINERAS
Actividad de la industria minera Concepto ¿Requiere concesión? Base Normativa Cateo Acción conducente a poner en evidencia indicios de mineralización por medio de labores mineras elementales NO Art. 1 y 2 del TUO de la Ley General de Minería Prospección Investigación conducente a determinar áreas de posible mineralización, por medio de indicaciones químicas y físicas, medidas con instrumentos y técnicas de precisión Exploración Actividad “tendiente a demostrar las dimensiones, posiciones, características minerológicas, reservas y valores de los yacimientos mineros Art. 8 y 9 del TUO de la Ley General de Minería Explotación Actividad que se realiza para hacer posible la explotación del mineral contenido en un yacimiento Labor General Actividad minera que presta servicios auxiliares, tales como ventilación, desagüe, izaje o extracción a dos o más concesiones de distintos concesionarios Art. 19 y 20 del TUO de la Ley General de Minería Beneficio Conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químico que se realizan para extraer o concentrar las partes valiosas de un agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar metales Art. 16 y 17 del TUO de la Ley General de Minería Comercialización de minerales Acción económica libre, interna y externamente Art. 3 del TUO de la Ley General de Minería Transporte de minerales Todo sistema utilizado para el transporte masivo continuo de productos minerales por métodos no convencionales tales como fajas transportadoras. Art. 20 y 23del TUO de la Ley General de Minería 21

22 REQUISITOS DE LOS PETITORIOS MINEROS (1)
La identificación del peticionario (nombre, apellidos, RUC). Nombre de petitorio. Ubicación del petitorio. Clase de concesión. Identificación de la cuadrícula o la poligonal cerrada del conjunto de cuadrículas solicitadas, con coordenadas UTM, indicando la ubicación del petitorio y el nombre de la carta. Extensión superficial del área solicitada, expresada en hectáreas. Identificación de la cuadrícula o conjunto de cuadrículas colindantes, sobre las que se solicita la concesión, respetando los derechos preexistentes. Nombres y domicilio del propietario del terreno superficial donde se ubica la concesión minera, en caso fuere conocido. Artículo 17º, literal i) del Decreto Supremo Nº EM, Reglamento de Procedimientos Mineros. 22

23 REQUISITOS DE LOS PETITORIOS MINEROS (2)
El compromiso previo, en forma de declaración jurada mediante el cual solicitante se compromete a: Enfoque de Desarrollo Sostenible Excelencia Ambiental y Social Cumplimiento de Acuerdos Relacionamiento Responsable Empleo Local Desarrollo Económico Diálogo Continuo Artículo 1º del Decreto Supremo Nº EM 23

24 REQUISITOS PARA EJERCER LA CONCESIÓN MINERA
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25 REQUISITOS PARA EJERCER LA CONCESIÓN MINERA (1)
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26 REQUISITOS PARA EJERCER LA CONCESIÓN MINERA (2)
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27 ESTUDIOS AMBIENTALES CONFORME CON EL TIPO DE ACTIVIDAD
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28 EVALUACIÓN DE ESTUDIOS AMBIENTALES
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29 ACUERDO PREVIO 29

30 ACUERDO PREVIO Artículo 7:
La utilización de tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos requiere acuerdo previo con el propietario o la culminación del procedimiento de servidumbre que se precisará en el Reglamento de la presente Ley. Ley Nº 26505, Ley de la Inversión Privada en el desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas 30

31 ACUERDO PREVIO 31

32 OBLIGACIONES DELTITULAR MINERO
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33 DECLARACIÓN ANUAL CONSOLIDADA
Es una declaración jurada, mediante la cual se informa al Ministerio de Energía y Minas sobre las actividades que el titular minero desarrolló durante el año previo. Esta información permite producir estadísticas sobre el desempeño de la minería en el Perú –tanto artesanal como pequeña, mediana y grande–; y evaluar así su impacto en la economía nacional. 33

34 DECLARACIÓN ANUAL CONSOLIDADA
Tipos de declaración: Construcción Exploración Explotación Paralizada Cierre 34

35 DECLARACIÓN ANUAL CONSOLIDADA
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36 OBLIGACIONES AMBIENTALES
Cumplir con los planes aprobados en el respectivo estudio ambiental: plan de manejo ambiental y monitoreo. Cumplir con los Límites Máximos Permisibles del subsector: Para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas, aprobados mediante Decreto Supremo Nº MINAM (21/08/2010). Para elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero-metalúrgicas, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº EM/VMM (15/07/1996). Cumplir con el cierre de minas y rehabilitación ambiental. 36

37 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
Los estudios ambientales establecen las acciones correctivas específicas respecto de los impactos producidos por un proyecto minero. El Plan de manejo ambiental indica las actividades y programas que serán implementados antes y durante el proyecto para garantizar el cumplimiento con los estándares ambientales y prácticas ambientales existentes. Por tanto, esquematiza las obligaciones ambientales en el manejo del proyecto. 37

38 PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL
Sin perjuicio de las medidas de prevención y mitigación establecidas, el plan de manejo ambiental incluye un programa de monitoreo ambiental. Incluye el control de los puntos de operaciones que pueden ocasionar mayores repercusiones ambientales. El programa de monitoreo establece la ubicación de los puntos de monitoreo, el número de muestras que deberán recogidas, la frecuencia de la toma de muestras y los parámetros a ser evaluados. 38

39 PROGRAMA DE MONITOREO AMBIENTAL
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40 LMP EFLUENTES LÍQUIDOS
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41 LMP EMISIONES GASEOSAS
Cuatro parámetros: Partículas mg/m3 medido en cualquier momento en el punto o puntos de control. Plomo.- 25 mg/m3 medido en cualquier momento en el punto o puntos de control. Arsénico.- 25 mg/m3 medido en cualquier momento en el punto o puntos de control. Anhidrido Sulfuroso 41

42 EMISIONES GASEOSAS 42

43 CIERRE DE MINAS Y REHABILITACIÓN AMBIENTAL
Las medidas de prevención, mitigación y corrección de los impactos ambientales negativos establecidas en los estudios de impacto ambiental no son suficiente para garantizar que al término de las respectivas operaciones, se rehabiliten las zonas impactadas por las obras ejecutadas. El titular de operaciones de minado subterráneo y a tajo abierto debe contar con un Plan de Cierre, que contemple medidas contemple: Las medidas de rehabilitación a realizar, tales como estudios, acciones y obras para mitigar y eliminar, en lo posible, los efectos contaminantes y dañinos, al cierre de la operación de la mina; El costo de estas medidas y la oportunidad en que se irán aplicando para las etapas de Operación, Cierre Final y Post cierre (es decir, antes, durante y después del cierre de minas, respectivamente); Los métodos de control y verificación que se aplicarán; y, El monto y plan de constitución de garantías ambientales exigibles. 43

44 CIERRE DE MINAS Y REHABILITACIÓN AMBIENTAL
La Ley Nº 28090, Ley que regula el Cierre de Minas, obliga al titular minero a: Implementar un Plan de Cierre planificado desde el inicio de sus actividades; Reportar semestralmente al Ministerio de Energía y Minas el avance de las labores de recuperación consignadas en el referido Plan; y, Constituir una garantía ambiental que cubra el costo estimado del Plan. 44

45 INFORMACIÓN RELEVANTE SOBRE LAS ACTIVIDADES MINERAS EN EL PERÚ
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46 DERECHOS MINEROS EN EL TERRITORIO NACIONAL
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47 MAPA MINERO Unidades mineras en producción y proyectos en exploración: 47

48 MAPA MINERO 48

49 PASIVOS AMBIENTALES MINEROS
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50 LECTURA RECOMENDADA OSINERGMIN, Panorama de la Minería en el Perú. Lima, 2007. Capítulo 1: La minería en el mercado mundial”, pp. 13 – 42. Capítulo 2: “Historia de la minería en el Perú”, pp. 43 – 52. Capítulo 3: “Clasificación de la minería peruana”, pp. 57 – 69. Sección 6.7 “Instrumentos de fiscalización” del Capítulo 6. “Rol del OSINERGMIN en la fiscalización minera”, pp. 150 – 156.


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