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DAVID LUNA SANCHEZ Concejal de Bogotá D.C

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Presentación del tema: "DAVID LUNA SANCHEZ Concejal de Bogotá D.C"— Transcripción de la presentación:

1 DAVID LUNA SANCHEZ Concejal de Bogotá D.C

2 NUEVO CODIGO DE POLICIA DE BOGOTA D
NUEVO CODIGO DE POLICIA DE BOGOTA D.C: UN MANUAL DE CONVIVENCIA CIUDADANA

3 ¿QUE ES UN CODIGO DE POLICIA?
Es la compilación sistemática y organizada de reglas de convivencia para regular las relaciones urbanas y rurales de las personas en el Distrito capital, cuyo fin es proporcionar bienestar y progreso a todas y todos, armonizando los principios de autoridad, autorregulación y corresponsabilidad.

4 IMPORTANCIA DE UN NUEVO CODIGO DE POLICIA
Para que se adapte a la Constitución Política de 1991 en materia de derechos y deberes ciudadanos: libertad, detención preventiva y penas privativas de la libertad. Para que se adapte al régimen especial que la carta atribuye al Distrito Capital de Bogotá.

5 Para que el régimen de la Ciudad se adapte a las transformaciones urbanas, de convivencia y productividad de los últimos 30 años. Para lograr el bienestar, la convivencia armónica y el progreso económico.

6 ¿POR QUÉ MODIFICAR EL CÓDIGO
ACTUAL?

7 Porque la Ciudad llevaba más de 10 años trabajando en un proyecto de actualización de sus normas de convivencia, las tres últimas administraciones distritales intentaron cristalizar su esfuerzo, tal como en esta ocasión, en un acuerdo del Concejo. Era necesario que los ciudadanos construyeran las normas de forma colectiva y se apropiaran de ellas. Para lo cual el texto sometido al Concejo fue el producto de un largo y cuidadoso proceso de concertación y consulta.

8 Para promover la autorregulación mediante la reflexión sobre lo que nos conviene, para lograr una convivencia ciudadana y el compromiso de su aplicación voluntaria. Para que la cultura ciudadana contribuya al embellecimiento y mejora de la calidad de vida de la ciudad, no solo en el mejoramiento de su infraestructura, sino que se vea reflejado en una nueva actitud de respeto en aras de la armonía social. Para que se fortalezcan las relaciones entre los diversos actores de la ciudad.

9 Para que los conflictos se solucionen de manera pacífica mediante el diálogo y la conciliación, en la medida en que la armonía y el respeto no se logran buscando una igualdad de pensamiento y de objetivos, sino mediante el reconocimiento de las ideologías y metas distintas a las propias. Para hacer más eficiente la gestión de las autoridades en la solución de los conflictos.

10 ¿CÓMO FUE EL TRÁMITE DEL NUEVO CÓDIGO DE POLICÍA?

11 Análisis de los Proyectos de Reforma del Código Nacional de Policía.
Análisis de la Jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado en materia de policía. Análisis de los Códigos de Policía Nacional y Distrital vigentes y de la Legislación de otros países en la materia. Revisión de los proyectos administrativos anteriores. Participación de aproximadamente mil organizaciones de carácter público y privado.

12 El proyecto se presentó en Colegios y Universidades, y en la última versión se incluyeron los aportes realizados en los debates del Concejo de Bogotá, en los cuales participaron Concejales y Sociedad Civil. Una vez redactado el primer borrador del proyecto, se consultó nuevamente con todas las entidades distritales y nacionales, entre estas 86 organizaciones no gubernamentales, 56 organizaciones gremiales y sindicales, 122 colegios distritales y no distritales, 15 universidades, entre otros.

13 A las mesas de universidades (En la primera y segunda fase) asistieron los representantes de las siguientes instituciones: Universidad Santo Tomás; Universidad Libre; Universidad La Gran Colombia; Pontificia Universidad Javeriana; Universidad Nacional de Colombia; Universidad Jorge Tadeo Lozano; Escuela Nacional de Cadetes General Santander; Universidad Militar Nueva Granada; Universidad Católica; Universidad de los Andes; Universidad Externado de Colombia; Universidad Sergio Arboleda y Universidad de la Salle.

14 Además las siguientes entidades conocieron el proyecto o participaron activamente enviando sus sugerencias a las mesas de trabajo: Caja de Vivienda Popular, Cecam, Concejo de Bogotá, Consejería para la Vida Sagrada, Consejo de Justicia, Corporación La Candelaria, Daaco, Dabs, Dama, Dapd, Defensoría del Espacio Público, Dpae, Eaab, Fondo de Seguridad y Vigilancia, Fondo de Ventas Populares, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Hospital Centro Oriente, Hospital del Sur, Hospital de Chapinero, Hospital de Engativa, Hospital de Suba, Hospital de Fontibón, Hospital Rafael Uribe, Hospital Tunjuelito, Idct, Idep, Idiprom, Idrd, Idu, Jardín Botánico, Lotería de Bogotá, Metrovivienda, Minsalud, Misión Bogotá, Orquesta Filarmónica, Personería Distrital, Policía Metropolitana (Transmilenio y Estación Sexta), Policía Nacional, Secretaría de Educación, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Salud, Secretaría General, Stt, Trasnmilenio, Ucpi, Uesp, Veeduría Distrital.

15 De las 20 Localidades: Alcaldes Locales Asesores de Obras Asesores Jurídicos Inspectores de Policía Comisarios y Comisarias de familia Comandantes de Estación de Policía. Se presentó al Concejo, se tramitó en la Comision de Gobierno y en la sesión Plenaria de la Corporación mediante el Acuerdo No. 79 de 2003.

16 NUEVO CÓDIGO DE POLICÍA

17 PRINCIPIOS Autorregulación. Busca que el ciudadano sepa que sus acciones implican obstáculos para la convivencia y por ende, él mismo se impone límites y se los exige a los demás. Corresponsabilidad. Tanto las autoridades como los ciudadanos son responsables de manera conjunta de la construcción de la convivencia y la paz. Normas con Sanción. El incumplimiento de estas normas conlleva una sanción.

18 Normas sin Sanción. Permiten la construcción individual de la convivencia, mediante herramientas pedagógicas para la propagación de valores políticos y de convivencia. Carácter Pedagógico. El castigo probó no ser efectivo en asuntos de convivencia, concebir el Código de Policía como una herramienta pedagógica supone comunicar al ciudadano un marco normativo que pueda entender, para que él mismo, mediante el aprendizaje, apropie las normas. Solidaridad. El nuevo Código pretende generar un sentido de responsabilidad de uno frente a los otros. Aunque la mayoría de normas que reglamentan este principio no tienen sanción, se busca la construcción de un proyecto de ciudad común.

19 ESTRUCTURA Comportamientos: tienen una finalidad pedagógica, preventiva y reparadora que favorecen la convivencia ciudadana, pero en caso de inobservancia acarreara sanción. Deberes: suponen un dictamen pedagógico para generar convivencia espontánea.

20 NUEVOS ESPACIOS DE REGULACIÓN
Bogotá goza hoy de nuevos espacios que tienen que ser regulados por las normas e incorporados estrechamente al desarrollo social para proteger el desarrollo urbano y para generar identidad en torno a lo “bogotano”, entre estos: Transmilenio Alamedas Ciclorrutas

21 DISCRECIONALIDAD REGLADA
Los artículos que dan lugar a la medida correctiva no establecen exactamente qué sanción se impone y se permite que la autoridad escoja la medida correctiva, dentro de un listado de posibilidades. Esto se debe hacer siguiendo rigurosamente unos criterios estipulados en el código para no violar el principio de legalidad.

22 Aunque contradice a los juristas tradicionales, esta facultad supone un proceso educativo para las autoridades, pues les permite tener un mínimo de criterio para lograr la justicia concreta. Contribuye a concretar la igualdad, en el sentido de castigar de manera idéntica situaciones y sujetos idénticos y de forma distinta a sujetos y situaciones distintas.

23 INDICE GENERAL El nuevo Código de Policía cuenta con doscientos cincuenta y siete artículos distribuidos en cuatro libros, de los cuales el II constituye la columna vertebral del código, ya que en él se abordan los deberes y comportamientos favorables a la convivencia.

24 LIBRO PRIMERO: NORMAS GENERALES
TITULO I: Principios que orientan el Código. TITULO II: Objeto y finalidad del Código. TITULO III: Derechos y libertades ciudadanas. TITULO IV: Deberes ciudadanos TITULO V: Deberes de las autoridades del Distrito Capital de Bogotá.

25 LIBRO SEGUNDO: DEBERES Y COMPORTAMIENTOS
PARA LA CONVIVENCIA CIUDADANA TITULO I: Para la solidaridad, la tranquilidad y las relaciones de vecindad. TITULO II: Para la seguridad. TITULO III: Para la conservación de la salud pública. TITULO IV: Para la protección de las poblaciones vulnerables. TITULO V: Para conservar y proteger el ambiente. TITULO VI: Para la protección del espacio público. TITULO VII:Para la movilidad, el tránsito y transporte.

26 TITULO VIII: Para la protección del patrimonio cultural.
TITULO IX: Para la libertad de Industria y Comercio y la protección de los consumidores. TITULO X: Para las rifas, juegos, los concursos y los espectáculos públicos.

27 TITULO I: Definiciones. TITULO II: Los medios de Policía.
LIBRO TERCERO: PODER, FUNCIÓN, ACTIVIDAD MEDIDAS DE POLICÍA, MEDIDAS CORRECTIVAS AUTORIDADES DISTRITALES DE POLICÍA, COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTO TITULO I: Definiciones. TITULO II: Los medios de Policía. TITULO III: Medidas correctivas. TITULO IV: Las autoridades distritales de Policía y sus competencias. TITULO V: Las autoridades administrativas distritales de Policía con competencias especiales. TITULO VI: El procedimiento.

28 LIBRO CUARTO: FORMACIÓN Y CULTURA
CIUDADANAS, ESTÍMULOS A LOS BUENOS CIUDADANOS, ASOCIACIONES DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y TARJETA DE COMPROMISO DE CONVIVENCIA TITULO I: La formación y la cultura ciudadana. TITULO II: Estímulos a los comportamientos que favorezcan la cultura ciudadana. TITULO III: Tarjeta de compromiso y convivencia. TITULO IV: Tránsito de legislación. TITULO V: Vigencia y derogatoria.

29 REFLEXIONES Actualización de las multas irrisorias.
Reformulación de la política sancionatoria y creación de una pedagogía basada en la construcción espontánea de convivencia y no tanto en el castigo. Inclusión de la nueva ciudad y creación de identidad respecto a nuevos íconos urbanos (Transmilenio, ciclorrutas, alamedas). Fortalecimiento de las relaciones de convivencia.

30 Percepción de ciudadano como sujeto activo en la construcción de convivencia ciudadana.
Prioridad a la conservación y protección del medio ambiente. Inclusión a las poblaciones vulnerables y discriminadas como la niñez, la tercera edad, entre otros. Respeto a nuevos valores urbanos como la movilidad y la prioridad al espacio público.

31 CONCLUSIONES Si con el nuevo Código logramos los propósitos señalados, se habrá hecho un gran aporte a la Ciudad al haber interpretado sus expectativas, valores, acuerdos y reglas de convivencia. Se demostró durante el trámite de este proyecto que la Administración y el Concejo distrital están en la capacidad de afrontar retos con independencia. Independientemente de los inmorales hechos de corrupción presentados durante la etapa final del trámite del presente Código, se debe reiterar que la norma goza de estabilidad jurídica.


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