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Publicada porRoberto González Galindo Modificado hace 5 años
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Acuerdo 11/03/19 por el que se establecen las normas generales para la evaluación del aprendizaje, acreditación, promoción, regularización y certificación… Ciclo Escolar 2018-2019 Secretaría de Educación Servicios Educativos Integrados al Estado de México Dirección de Educación Secundaria y Servicios de Apoyo Toluca, Méx., mayo 2019.
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Acuerdo 11/03/19: Transitorios SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo número 12/05/18 por el que se establecen las normas generales para la evaluación de los aprendizajes esperados, acreditación, regularización, promoción y certificación de los educandos de la educación básica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2018. SÉPTIMO.- Para el ciclo escolar 2018-2019 del primer periodo de evaluación se registrarán en la Boleta de Evaluación los avances de aprendizaje de las asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social, de la siguiente manera: b) Educación primaria y secundaria: con valores numéricos. Artículo 7. Boleta de Evaluación. En la Boleta de Evaluación los Docentes responsables de registro asentarán sus valoraciones respecto al aprendizaje de los alumnos. Artículo 8. Contenido de la Boleta de Evaluación. Deberá incluir la siguiente información: I.En los tres niveles de la educación básica: … c) Nombre del Docente responsable de registro; d) Total de asistencias en el ciclo escolar, y e) En su caso, observaciones o recomendaciones generales del docente a las madres y padres de familia o tutores sobre el apoyo adicional o de atención especializada que requieran los alumnos. SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo número 12/05/18 por el que se establecen las normas generales para la evaluación de los aprendizajes esperados, acreditación, regularización, promoción y certificación de los educandos de la educación básica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2018. SÉPTIMO.- Para el ciclo escolar 2018-2019 del primer periodo de evaluación se registrarán en la Boleta de Evaluación los avances de aprendizaje de las asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social, de la siguiente manera: b) Educación primaria y secundaria: con valores numéricos. Artículo 7. Boleta de Evaluación. En la Boleta de Evaluación los Docentes responsables de registro asentarán sus valoraciones respecto al aprendizaje de los alumnos. Artículo 8. Contenido de la Boleta de Evaluación. Deberá incluir la siguiente información: I.En los tres niveles de la educación básica: … c) Nombre del Docente responsable de registro; d) Total de asistencias en el ciclo escolar, y e) En su caso, observaciones o recomendaciones generales del docente a las madres y padres de familia o tutores sobre el apoyo adicional o de atención especializada que requieran los alumnos.
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Normas Específicas de Control Escolar Norma 2.7. Reportes con información específica: Además de la boleta de evaluación… podrán emitir reportes con información específica para Secundarias Técnicas
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Acuerdo 11/03/19 Artículo 10. Resultados de evaluación y escala de calificaciones. I. … II. En la educación primaria y secundaria: a) Para las asignaturas que conforman el componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social las calificaciones se expresarán en números enteros en una escala de 5 a 10, con la excepción señalada en el inciso c) siguiente, y los promedios con un número entero y un decimal (Tomando el primer decimal). Los clubes del componente curricular Ámbito de la Autonomía Curricular y el área de educación socioemocional … se comunicarán en el momento oportuno a cada estudiante y a las madres, padres de familia o tutores, en forma oral o por escrito, sin utilizar valores numéricos. Estas valoraciones no se consignarán en la Boleta de Evaluación. Artículo 11. Acreditación. Se sujetará a los siguientes criterios: III.- Educación secundaria: a) Primero y segundo grados - Tener un mínimo de 80% de asistencia en el ciclo escolar. - Tener un promedio final en el grado escolar mínimo de 6 y haber obtenido calificación aprobatoria en al menos 6 asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social cursadas. Artículo 10. Resultados de evaluación y escala de calificaciones. I. … II. En la educación primaria y secundaria: a) Para las asignaturas que conforman el componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social las calificaciones se expresarán en números enteros en una escala de 5 a 10, con la excepción señalada en el inciso c) siguiente, y los promedios con un número entero y un decimal (Tomando el primer decimal). Los clubes del componente curricular Ámbito de la Autonomía Curricular y el área de educación socioemocional … se comunicarán en el momento oportuno a cada estudiante y a las madres, padres de familia o tutores, en forma oral o por escrito, sin utilizar valores numéricos. Estas valoraciones no se consignarán en la Boleta de Evaluación. Artículo 11. Acreditación. Se sujetará a los siguientes criterios: III.- Educación secundaria: a) Primero y segundo grados - Tener un mínimo de 80% de asistencia en el ciclo escolar. - Tener un promedio final en el grado escolar mínimo de 6 y haber obtenido calificación aprobatoria en al menos 6 asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social cursadas. Máximo 3 asignaturas/áreas en el ciclo escolar 2018- 2019 y 1 de ciclos escolares anteriores (Total 4). 5 asignaturas/áreas es Repetidor. III.- Educación secundaria: b) Tercer grado - Tener un mínimo de 80% de asistencia en el ciclo escolar. - Tener un promedio final mínimo de 6 en todas las asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social cursadas. III.- Educación secundaria: b) Tercer grado - Tener un mínimo de 80% de asistencia en el ciclo escolar. - Tener un promedio final mínimo de 6 en todas las asignaturas del componente curricular Campos de Formación Académica y las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social cursadas.
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Acuerdo 11/03/19 Artículo 12. Promoción. Se sujeta a los siguientes criterios: II. Educación secundaria: a) El alumno de primero y segundo grados será promovido al siguiente grado cuando haya acreditado… en al menos 6 asignaturas del ciclo escolar vigente y adeude hasta 4 asignaturas de manera general. b) El alumno de tercer grado será promovido al siguiente nivel educativo cuando cuente con promedio aprobatorio en todas las asignaturas/áreas. c) El alumno volverá a cursar el grado cuando al concluir el ciclo escolar tenga 5 o más asignaturas … no acreditadas. d) El alumno que se encuentre en situación de riesgo por no haber obtenido calificación aprobatoria en hasta 4 asignaturas …, podrá REGULARIZAR esta situación, en los términos que para tal efecto establezcan las Normas de Control Escolar aplicables. Artículo 12. Promoción. Se sujeta a los siguientes criterios: II. Educación secundaria: a) El alumno de primero y segundo grados será promovido al siguiente grado cuando haya acreditado… en al menos 6 asignaturas del ciclo escolar vigente y adeude hasta 4 asignaturas de manera general. b) El alumno de tercer grado será promovido al siguiente nivel educativo cuando cuente con promedio aprobatorio en todas las asignaturas/áreas. c) El alumno volverá a cursar el grado cuando al concluir el ciclo escolar tenga 5 o más asignaturas … no acreditadas. d) El alumno que se encuentre en situación de riesgo por no haber obtenido calificación aprobatoria en hasta 4 asignaturas …, podrá REGULARIZAR esta situación, en los términos que para tal efecto establezcan las Normas de Control Escolar aplicables. Título V Regularización Norma 5.5.1. De manera exclusiva para los educandos de tercer grado que adeuden Asignaturas de Formación Académica y/o las Artes y Educación Física de 1er y/o 2º grado, el Área de Control Escolar podrá autorizar la aplicación de exámenes extraordinarios durante el tercer periodo de evaluación, con la finalidad de favorecer su egreso de la educación básica. I.Aplica para segundo y tercer grado que cubran con los criterios. II.Se entrega registro de alumnos con total de asignaturas irregulares. III.Se recepta Pre SyRCER con resultados de asignaturas promovidas por grado. Título V Regularización Norma 5.5.1. De manera exclusiva para los educandos de tercer grado que adeuden Asignaturas de Formación Académica y/o las Artes y Educación Física de 1er y/o 2º grado, el Área de Control Escolar podrá autorizar la aplicación de exámenes extraordinarios durante el tercer periodo de evaluación, con la finalidad de favorecer su egreso de la educación básica. I.Aplica para segundo y tercer grado que cubran con los criterios. II.Se entrega registro de alumnos con total de asignaturas irregulares. III.Se recepta Pre SyRCER con resultados de asignaturas promovidas por grado.
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Circular No. 003 Se modificaron los siguientes Lineamientos: La Evaluación en los procesos de Acreditación y Promoción Se sustituye el Nivel de desempeño obtenido en las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social por el valor numérico más alto según corresponda (NI=5, NII=7, NIII=9 y NIV=10). Se realizará la captura en el sistema, del tercer periodo de las Observaciones o Recomendaciones Generales del Docente. El promedio obtenido por asignatura y área se obtiene, sin truncar y sin redondeo (8.5840973), para su difusión en los Documentos Electrónicos de Certificación (DEC), presentarán la decimal (8.5), el resultado total será remitido al SIGED. La Boleta y el Certificado son los únicos documentos oficiales que acreditan un grado o nivel escolar. Referente a la Norma 5.5.11, para los alumnos de 2º y 3er grado de educación secundaria, se pone en práctica la “ Campaña de Regularización Extraordinaria SEIEM ”. Autonomía Curricular: la escuela emitirá un documento interno con resultados cualitativos. Las inasistencias se consideran a partir de la inscripción del alumno al grado y nivel educativo, en caso de alta por traslado se consideran y suman las registradas en la escuela emisora. Para complementar la información de la Boleta de Calificaciones y los registros solicitados por la SEP a través de la DGSIGED, la captura de Nombre completo y CURP de los Directores o Responsables de Plantel de los tres niveles que comprenden la educación básica, se realizará del 3 al 6 de junio del presente. Se modificaron los siguientes Lineamientos: La Evaluación en los procesos de Acreditación y Promoción Se sustituye el Nivel de desempeño obtenido en las áreas de Artes y Educación Física del componente curricular Áreas de Desarrollo Personal y Social por el valor numérico más alto según corresponda (NI=5, NII=7, NIII=9 y NIV=10). Se realizará la captura en el sistema, del tercer periodo de las Observaciones o Recomendaciones Generales del Docente. El promedio obtenido por asignatura y área se obtiene, sin truncar y sin redondeo (8.5840973), para su difusión en los Documentos Electrónicos de Certificación (DEC), presentarán la decimal (8.5), el resultado total será remitido al SIGED. La Boleta y el Certificado son los únicos documentos oficiales que acreditan un grado o nivel escolar. Referente a la Norma 5.5.11, para los alumnos de 2º y 3er grado de educación secundaria, se pone en práctica la “ Campaña de Regularización Extraordinaria SEIEM ”. Autonomía Curricular: la escuela emitirá un documento interno con resultados cualitativos. Las inasistencias se consideran a partir de la inscripción del alumno al grado y nivel educativo, en caso de alta por traslado se consideran y suman las registradas en la escuela emisora. Para complementar la información de la Boleta de Calificaciones y los registros solicitados por la SEP a través de la DGSIGED, la captura de Nombre completo y CURP de los Directores o Responsables de Plantel de los tres niveles que comprenden la educación básica, se realizará del 3 al 6 de junio del presente.
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Requerimientos REQUERIMIENTOS: 1.En toda la educación secundaria, se debe cumplir con el 80% de asistencia para ser promovido, la captura de faltas en el SINCE deberá realizarse por día y no por asignatura. 2.Los promedios se expresarán con un número entero y una decimal (9.9), el 10 se expresa únicamente como entero. 3.La captura de ”observaciones y recomendaciones generales del docente”, se realiza en los tres periodos. 4.Los alumnos de educación secundaria deben adeudar como máximo 3 asignaturas en el ciclo escolar vigente y 4 con la suma de ciclos escolares anteriores. 5.Al cierre de la primer etapa del proceso de regularización (agosto), los alumnos deben tener acreditadas como mínimo 6 asignaturas y/o adeudar hasta 3 asignaturas para ser promovido. 6.El incumplimiento a los puntos 4 y 5 establecen que el alumno es REPETIDOR de grado. 7.Modificar el nivel de desempeño por su sinónimo más alto de valor numérico según corresponda. 8.Carga directa de resultados obtenidos a partir de la “Campaña de Regularización Extraordinaria SEIEM” en las tablas del SINCE. REQUERIMIENTOS: 1.En toda la educación secundaria, se debe cumplir con el 80% de asistencia para ser promovido, la captura de faltas en el SINCE deberá realizarse por día y no por asignatura. 2.Los promedios se expresarán con un número entero y una decimal (9.9), el 10 se expresa únicamente como entero. 3.La captura de ”observaciones y recomendaciones generales del docente”, se realiza en los tres periodos. 4.Los alumnos de educación secundaria deben adeudar como máximo 3 asignaturas en el ciclo escolar vigente y 4 con la suma de ciclos escolares anteriores. 5.Al cierre de la primer etapa del proceso de regularización (agosto), los alumnos deben tener acreditadas como mínimo 6 asignaturas y/o adeudar hasta 3 asignaturas para ser promovido. 6.El incumplimiento a los puntos 4 y 5 establecen que el alumno es REPETIDOR de grado. 7.Modificar el nivel de desempeño por su sinónimo más alto de valor numérico según corresponda. 8.Carga directa de resultados obtenidos a partir de la “Campaña de Regularización Extraordinaria SEIEM” en las tablas del SINCE.
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CAMPAÑA DE REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA FÍSICA) La obligatoriedad de la educación básica y media superior, exige esfuerzos importantes a la escuela para fortalecer el libre tránsito de los alumnos en estos niveles educativos. La normatividad permite a la escuela que con los procesos de recuperación (interciclo escolar) y regularización (posterior al ciclo escolar) no contar con alumnos irregulares. Existe en Educación Secundaria una cantidad importante de alumnos irregulares en ciclos escolares anteriores. Existe probabilidad de cambio curricular para el ciclo escolar 2019-2020, lo que obliga al Organismo a mantener una base de datos.
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Acciones a realizar Únicamente para alumnos de Tercer Grado deudores de ciclos pasados PERIODO DE REALIZACION 1.Identificación en la base de datos emitida por Control Escolar de los alumnos irregulares de por escuela. Inmediato. 2.Aplicación de la “Estrategia de Regularización”. Del 27 de mayo al 05 de junio (FECHAS PARA ACTAS Y CONSTANCIAS DE EXAMEN DE REGULARIZACIÓN). 3. Remisión a su Enlace de Región del Formato Pre-SyRCER con calificaciones (separando por grado). 31 de Mayo Concentrado por Supervisión Escolar con firma y sello en tres tantos. NOTA: LA CAPTURA EN SINCE DE CALIFICACIONES E HISTORIALES ACADEMICOS DE LOS ALUMNOS IRREGULARES, LA REALIZARA EL DEPTO. DE CONTROL ESCOLAR TENIENDO COMO BASE LA PRE-SyRCER. NOTA: En caso de ser alumnos repetidores solicitar por Oficio eliminación de Ciclo Escolar.
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RECUPERACION DE ALUMNOS 2018-2019 CAPTURA EN PLATAFORMA SINCE EN LAS FECHAS ESTABLECIDAS POR ESCUELA RECUPERACION: MECANISMOS, ACCIONES O EXAMENES CON LA FINALIDAD DE REGULARIZAR LA SITUACION ACADEMICA DEL ALUMNO DURANTE EL AÑO ESCOLAR (Normas específicas de Control Escolar…29/03/2019). Tipo de IncidenciaPeriodo de ajuste Promover durante el mes de mayo la RECUPERACION de los alumnos reprobados en el primer y/o segundo periodo del año escolar; así como, fortalecer el trabajo académico de los alumnos en riesgo de reprobación. 31 de mayo. ACCIONES ADMINISTRATIVAS: Complemento y modificación de calificaciones y valoraciones cualitativas de las asignaturas, áreas y ámbitos (Primer Periodo).Del 23 al 27 de mayo Complemento y modificación de calificaciones y valoraciones cualitativas de las asignaturas, áreas y ámbitos (Segundo Periodo).Del 28 al 30 de mayo Captura de calificaciones y cualificaciones por Alta por traslado.Del 23 al 27 de mayo Captura de calificaciones y cualificaciones por Alta por traslado.Del 28 al 30 de mayo Captura de observaciones y recomendaciones. (Primer Periodo)Del 23 al 27 de mayo Captura de observaciones y recomendaciones. (Segundo Periodo)Del 28 al 30 de mayo Complemento y modificación de inasistencias (Primer Periodo)Del 23 al 27 de mayo Complemento y modificación de inasistencias (Segundo Periodo)Del 28 al 30 de mayo
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INCONSISTENCIAS EN LA INFORMACION DE LOS ALUMNOS Cambios de Grado, Altas y Bajas por traslado pendientes por ingresar a Plataforma SINCE entregar Formato Recolector por Supervisión Escolar con Firmas y Sellos en 3 tantos el día 31 de Mayo a su enlace de Región. Complemento de resultados de evaluación (captura la escuela en las fechas establecidas). Complemento de captura de recuperación para educación secundaria (captura la escuela en las fechas establecidas). Captura de historial académico (3º grado) (captura la escuela en las fechas establecidas).
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