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Claustro Universitario IX

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Presentación del tema: "Claustro Universitario IX"— Transcripción de la presentación:

1 Claustro Universitario IX
Consejo Académico de Educación Media Superior Propuestas: Aclaraciones sobre el programa de vinculación Creación de Políticas de apoyo académico Aclaración de distinciones académicas Inclusión del Bachillerato General al Reglamento

2 Integrantes Sofía Zambrano Nelson Manzanero Secretario Adriana Holguín
Presidente Nelson Manzanero Secretario Adriana Holguín Gabriela Garza Imelda González Martín Córdova Mauricio A. Garza Olivia de Lourdes Quiroga Pedro Emilio Esparza Susana Cuilty Integrantes

3 Propuestas REGLAMENTO ACTUAL REGLAMENTO DISCIPLINARIO PROPUESTA
JUSTIFICACIÓN Artículo 6 El estudiante debe presentar una imagen adecuada para asistir a clases o representar a la institución en actividades académicas o extraacadémicas. Se considera imagen inadecuada para asistir a clases: Usar “Short”. Portar prendas de vestir con mensajes ofensivos o en contra de la filosofía de la UDEM. Presentarse desaseado. Usar aretes en otra parte del cuerpo que no sea en el lóbulo de la oreja. Portar tatuajes visibles. Mostrar la ropa interior. En hombres, camiseta sin mangas. En mujeres, blusas con escotes pronunciados, faldas cortas o mallas como pantalones. Cualquier otro elemento de imagen que sea considerado inadecuado por las autoridades correspondientes. Respecto a la vestimenta en actividades especiales y extra académicas, el estudiante deberá acatar el reglamento propio del evento.   El estudiante debe presentar una imagen adecuada para asistir a clases o representar a la institución en actividades académicas o extraacadémicas, de acuerdo a las políticas de la Unidad.  Cada vez que se ha considerado necesario hacer un cambio al artículo anterior, la aprobación y publicación de dichos cambios toma alrededor de dos años. En este tiempo, los rápidos cambios de la moda nos superan.

4 Propuestas TEXTO VIGENTE PROPUESTA JUSTIFICACIÓN
SOBRE EL PROGRAMA DE VINCULACIÓN Artículo 17 Es un programa exclusivo para estudiantes inscritos en el quinto y sexto semestre del Bachillerato en el cual eligen cuatro cursos electivos de entre una gama que se ofrecen en el nivel profesional Es un programa exclusivo para estudiantes inscritos en el quinto y sexto semestre de Prepa UDEM, en donde los estudiantes de BB y BC eligen cuatro cursos electivos, mientras que los de BI y BG eligen dos cursos electivos, dentro entre una gama de asignaturas de vinculación que se ofrecen en el nivel licenciatura. Se precisa el número de cursos electivos de vinculación de acuerdo a las características de los diferentes tipos de bachillerato SOBRE LA ACREDITACIÓN DE LOS CURSOS Artículo 25 Para obtener el título de Bachiller, el estudiante deberá contar con cinco cursos co-curriculares y un servicio social acreditados. En el caso del Programa de Bachillerato Internacional, el programa de Creatividad, Acción y Servicio que exige la Organización de dicho programa es equivalente al servicio social y tres cursos co-curriculares. Para obtener el título de Bachiller, los estudiantes deberán acreditar cursos co-curriculares y el servicio social de acuerdo al siguiente esquema: Para los programas BB y BC deberán acreditar cinco cursos co-curriculares y el programa de servicio social. Para el programa de BI, deberá acreditar dos cursos co-curriculares más el programa de Creatividad, Acción y Servicio de la Organización del Bachillerato Internacional. Para el Programa de Bachillerato General  deberán acreditar cuatro cursos co-curriculares y el programa de servicio social. Diferenciar los requisitos para la acreditación de cursos por tipo de bachillerato en lo referente a los cursos co-curriculares y servicio social por programa 

5 Propuestas TEXTO VIGENTE PROPUESTA JUSTIFICACIÓN Artículo 28.
Si un estudiante cursa y reprueba tres (3) veces el mismo curso (ya sea en dos semestres regulares y uno intensivo o en tres semestres regulares) no podrá continuar su bachillerato hasta que acredite dicho curso. Deberá apegarse a las políticas de apoyo académico que dicte la dirección de la unidad de bachillerato quien: Repruebe cuatro o más materias en un semestre después de exámenes extraordinarios. Acumule seis o más materias reprobadas, después de exámenes extraordinarios, en dos o tres semestres consecutivos. Actualmente los alumnos que presentan dificultades académicas no tienen la obligación de apegarse a las políticas de apoyo que ofrece la unidad. De esta manera, se estandariza el sistema de apoyo académico como alerta temprana para ayudar a los alumnos a bajar su nivel de riesgo académico y/o abandono Artículo 29 Si un estudiante reprueba más de seis materias, después de exámenes extraordinarios, en un semestre causará baja académica. Si un estudiante, después de haber recibido apoyo académico de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior, reprueba cinco a más materias en un semestre, después de extraordinarios, causará baja definitiva.

6 Propuestas TEXTO VIGENTE PROPUESTA JUSTIFICACIÓN
SOBRE EVALUACIONES DE REGULARIZACIÓN PARA ALUMNOS DEL BACHILLERATO GENERAL (Correr la numeración a partir del artículo 53 del reglamento actual sobre evaluaciones de nivelación académica) Artículo 53 Los exámenes de regularización, son exámenes para regularizar la situación académica del estudiante del Bachillerato General. Se ofrece a los estudiantes con alguna materia cursada y no acreditada en la prepa UDEM. Artículo nuevo. Artículo 54 Los requisitos para presentar estos exámenes son los siguientes: No haber acreditado el examen extraordinario de la materia. Realizar los trámites administrativos en tiempo y forma Artículo 55 El estudiante tiene derecho a presentar, con la autorización del Director de la Unidad, un máximo de tres exámenes en cada periodo. Artículo 56 En caso de aprobar un examen de regularización se reportará 70 como calificación final del curso.  Artículo 57 Sólo se podrá presentar examen de regularización de materias cursadas en los 2 semestres anteriores, siempre y cuando no se hayan ofrecido esas materias en el semestre en curso. Artículo 58 En caso de no acreditar el examen de regularización el estudiante deberá recursar la materia en cuestión, ya sea en periodo de verano o en el siguiente semestre que se ofrezca la asignatura. Artículo 59 Para cualquier situación relacionada con los exámenes de regularización, el estudiante deberá dirigirse con el Director de la Unidad.

7 TEXTO VIGENTE PROPUESTA Artículo 84. El estudiante que concluya su programa de Bachillerato Bicultural o Bilingüe en el tiempo regular con un promedio igual o mayor a 95, ninguna materia reprobada y no tenga reporte de Pérdida de Derechos, será distinguido con Mención Honorífica. Artículo 85. El estudiante que concluya sus estudios de Bachillerato y que haya cursado y aprobado cualquier curso de nivel avanzado será considerado Alumno Distinguido en estas materias.  Artículo 86. El estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, con un promedio igual o superior a 9.0 y menor a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos, será distinguido con Mención Honorífica.  Artículo 87. El estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, con un promedio igual o superior a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos, será distinguido con Mención Honorífica de Excelencia. Artículo 88. En cada generación de graduandos, será reconocido como Mejor Bachiller el estudiante con el promedio más alto de cada programa y de cada Unidad. Artículo 83 La Universidad de Monterrey otorga al estudiante de bachillerato los siguientes reconocimientos: Alumno distinguido por semestre: Haber cursado una carga académica completa correspondiente a su programa de bachillerato. No tener materias curriculares o co-curriculares reprobadas. Haber obtenido un promedio integrado de calificaciones igual o mayor a 90. Estar dentro del percentil 90 de la población total del programa académico. No haber recibido reporte de deshonestidad académica. Alumno distinguido por asignatura: : al estudiante que concluya sus estudios de Bachillerato y que haya cursado y aprobado cualquier curso de nivel avanzado será considerado Alumno Distinguido en esa materia. Mención Honorífica: al estudiante que concluya su programa de Bachillerato Bicultural, Bilingüe o General en el tiempo regular con un promedio igual o mayor a 95, ninguna materia reprobada y no tenga reporte de Pérdida de Derechos; o bien, al estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, con un promedio igual o superior a 9.0 y menor a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos. Mención Honorífica de Excelencia: al estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, y con un promedio igual o superior a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos. Mejor Bachiller: el estudiante con el promedio más alto de cada programa y de cada Unidad. Homologar al reglamento de profesional lo referente al reconocimiento de alumnos distinguidos por semestre


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