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Fundamento Legal y Conceptual de la Planificación en Colombia

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Presentación del tema: "Fundamento Legal y Conceptual de la Planificación en Colombia"— Transcripción de la presentación:

1

2 Fundamento Legal y Conceptual de la Planificación en Colombia

3 Índice Plan de Desarrollo Marco Fiscal de Mediano plazo
Marco de Gasto de Mediano Plazo Estatuto Presupuestal Sistema Unificado de Inversión Pública

4 Índice Plan de Desarrollo Marco Fiscal de Mediano plazo
Marco de Gasto de Mediano Plazo Estatuto Presupuestal Sistema Unificado de Inversión Pública

5 Proyecto Instrumentos de la Planeación Plan de Desarrollo
Plan de Acción Documento Conpes MFMP MGMP Banco de Proyectos Proyecto

6 Constitución Política de Colombia
Colombia cuenta con un marco legal e institucional muy fuerte en torno al ejercicio de planificación, respaldado desde la Constitución Política lo que lo hace más fuerte y le otorga mayor estabilidad En la Constitución Política se definen las estructuras y los órganos de planeación encargados de liderar el proceso.

7 Constitución Política de Colombia
Son múltiples las disposiciones constitucionales en las cuales se puede identificar la relevancia otorgada a la planeación estatal: Preámbulo (marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo) Título XII Del régimen económico y de la hacienda Pública. Artículo Dirección general de la economía a cargo del Estado. Capítulo II - PLANES DE DESARROLLO. Capítulo III – PRESUPUESTO.

8 Artículo 151 Artículo 334 Artículo 339
Constitución Política de Colombia Contempla la existencia de un plan de desarrollo y de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. Artículo 151 Artículo 334 Economía a cargo del Estado Acceso efectivo a bienes y servicios básicos Plan Nacional de Desarrollo y PTD. Parte general: señalar propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, metas y prioridades de acción de mediano plazo, estrategias de política económica, social y ambiental Artículo 339

9 Artículo 340 Artículo 342 Artículo 343
Constitución Política de Colombia Consejo Nacional (entidades territoriales, sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales) y Consejos Territoriales de Planeación Artículo 340 La correspondiente ley orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales Artículo 342 Artículo 343 Sistema de evaluación de gestión y de resultados

10 Artículo 344 Artículo 352 Constitución Política de Colombia
Sistemas de evaluación de gestión y resultados a nivel territorial La Ley Orgánica de Presupuesto regulará lo relacionado a la aprobación, modificación y ejecución de los presupuestos de la Nación, de las entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el plan de desarrollo. Artículo 352

11 Principios de planeación
Ley 152 de 1.994, artículo 3º Ley orgánica. Reglamenta procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo Dispone los mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos de los presupuestos oficiales. Determina la organización y funciones del Consejo Nacional de Planeación y de los consejos territoriales Determina los procedimientos conforme a los cuales se hará efectiva la participación ciudadana en la discusión de los planes de desarrollo, Modificaciones correspondientes, conforme a lo establecido en la Constitución Autonomía Ordenación de competencias Coordinación Consistencia Prioridad del gasto público social Continuidad Participación Sustentabilidad Ambiental Desarrollo armónico de las Regiones Proceso de planeación Eficiencia Viabilidad Coherencia Conformación: Parte general y plan de inversiones

12 Presidencia de la República
Instancias de la Planificación Ley 152 de 1.994, artículo 8 Presidencia de la República Ministerio de Hacienda y Crédito Público Departamento Nacional de Planeación Ingresos Funcionamiento Deuda Participaciones Org. Rectores Inversión Ministerios y Establecimientos Públicos Organismos Ejecutores Rama Judicial, Organismos de control Empresas y Sociedades de economía mixta Conpes Consejo Superior de política fiscal Congreso de la República Organismos Aprobación Fuente: Sistema Presupuestal Colombiano. DIFP- DNP

13 Proceso de elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, PND
Ley 152 de 1.994, artículo 13 PROCESO PLAN NACIONAL 1. FORMULACIÓN Y APROBACIÓN Gobierno Nacional en cabeza del Presidente desde su posesión Coordinación y apoyo técnico de las autoridades de Planeación, proceso técnico y participativo ELABORACIÓN Consejo Nacional de Política Económica y Social- CONPES ampliado Consejo de Política Fiscal. CONFIS CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN CONSULTA DEL PROYECTO DEL PLAN A MÁS TARDAR 15 DE DICIEMBRE Consejo Nacional de Planeación debe conceptuar y presentar recomendaciones, con copia al Congreso Envío al Congreso por conducto del Ministerio de Hacienda antes del 7 de febrero. Debate sesiones en plenaria de las comisiones económicas de Senado y Cámara (Término de 45 días en cada sesión). Si no se aprueba en 3 meses, el Presidente lo hace por Decreto. APROBACIÓN DEL PROYECTO DEFINITIVO

14 Proceso de elaboración del PND Ley 152 de 1.994, artículo 13
PLAN NACIONAL 2. EJECUCIÓN A través de los Planeas de Acción de los Organismos Públicos para los 4 años, con Planeas Anuales de Inversión. Concepto del DNP y registro de programas y proyectos de inversión nacional. Proceso de elaboración Con base en el sistema de evaluación, de gestión y resultados que diseña y organiza el DNP. 3. EVALUACIÓN DNP informa al CONPES en abril de cada año la ejecución consolidada. El presidente informa al Congreso al inicio de cada legislatura.

15 Proceso de elaboración del PND Ley 152 de 1.994, artículo 13
Elaboración DNP: 6 meses desde posesión Presidente Presentación Congreso: Máximo 7 febrero Discusión Congreso: 3 meses Ley: antes 7 mayo

16 Coordinación y Coherencia
Creación Bancos de Proyectos Entidades Territoriales Ley 152 de 1994, artículo 49 …”entidades territoriales, mediante sus organismos de planeación, organizarán y pondrán en funcionamiento Bancos de Programas y Proyectos y los sistemas de información que los soportan” Programa de Gobierno Coordinación y Coherencia Plan de Desarrollo Planes de Acción Presupuesto

17 Índice Plan de Desarrollo Marco Fiscal de Mediano plazo
Marco de Gasto de Mediano Plazo Estatuto Presupuestal Sistema Unificado de Inversión Pública

18 Marco Fiscal de Mediano Plazo, MFMP
Ley 819 de 2003 El MFMP es un programa macroeconómico y fiscal del cual se derivan las metas anuales de gasto público bajo la coordinación del Ministerio de Hacienda y la participación del Departamento Nacional de Planeación. A través de este Marco, se presenta el cálculo del déficit fiscal y su financiación Define la meta de superávit primario consistente con una senda sostenible de deuda pública. El MFMP incorpora: Un informe de resultados macroeconómicos y fiscales de la vigencia fiscal anterior. Un informe pormenorizado de las vigencias futuras autorizadas y su evolución en el tiempo. Una evaluación de las principales actividades cuasi-fiscales, gastos tributarios, pasivos contingentes y el costo fiscal de las leyes sancionadas en la vigencia fiscal anterior. Programación a 10 años Aprobado por el Congreso

19 Índice Plan de Desarrollo Marco Fiscal de Mediano plazo
Marco de Gasto de Mediano Plazo Estatuto Presupuestal Sistema Unificado de Inversión Pública

20 Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMP
Decretos 4730 de 2005 y de 2007 El MGMP es un proceso estratégico de proyección y priorización de gasto, a través del cual las decisiones presupuestales anuales son conducidas por prioridades de política y disciplinadas por una restricción de recursos de mediano plazo (MFMP). El MGMP es un ejercicio que: Tiene en cuenta los programas establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo comprende la totalidad del gasto (inversión, funcionamiento y servicio de la deuda) y la articula a las prioridades de política; se desarrolla como parte del proceso de programación presupuestal anual; Fija techos por sectores, diferenciando entre políticas y programas de gasto anteriores y nuevos; y se renueva cada año, de tal modo que no se agota en el tiempo sino que se actualiza de acuerdo con el desarrollo de la economía y la revisión de las políticas de gobierno.

21 Marco de Gasto de Mediano Plazo, MGMP
Decretos 4730 de 2005 y de 2007 Techos Fiscales Integración de las entidades de planeación y presupuestación Definición de la política estratégica y prioritaria bajo restricciones de recursos (reducciones o expansiones) Techos Sectoriales Techos de gasto por ministerio Programación a 4 años Aprobado por el CONPES

22 Articulación entre el Plan Nacional de Desarrollo, el MGFMP y el MGMP
MFMP, MGMP Y PND FUENTE: DNP

23 Índice Plan de Desarrollo Marco Fiscal de Mediano plazo
Marco de Gasto de Mediano Plazo Estatuto Presupuestal Sistema Unificado de Inversión Pública

24 Estatuto Orgánico del Presupuesto, EOP
Decreto 111 de 1996 Ley 38 de 1989 – Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación Ley 179 de 1994 Ejecución proyectos previo registro en banco de proyectos Ley 225 de 1995 Coherencia entre estatuto nacional y los estatutos territoriales

25 Sistema Presupuestal Colombiano
Decreto 111 de 1996 PRESUPUESTO PLAN FINANCIERO PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES Pre. Ingresos Dispos. Generales Pres. Gastos Funcionamiento Inversión Servicio de la deuda Programa Anual de Caja , PAC Programación anual

26 Estructura del Estado desde el ámbito presupuestal
Decreto 111 de 1996 Estructura del estado desde el ámbito presupuestal Órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación Establecimientos públicos u Organismos asimilados Rama ejecutiva del nivel central Organización electoral Ministerio público Rama legislativa Rama judicial Órganos que no conforman el Presupuesto General de la Nación Empresas industriales y Comerciales del Estado Sociedades de Economía Mixta Entes públicos sin ánimo de lucro

27 Composición del Presupuesto General de la Nación, PGN
Decreto 111 de 1996 Presupuesto de Rentas Funcionamiento Servicio de la Deuda Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones Disposiciones Generales PROGRAMA INVERSIÓN SUBPROGRAMA

28 Programa Operativo Anual de Inversiones, POAI
Decreto 111 de 1996 Está conformado por los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas. Éste se elabora con base en el Plan Financiero, el DNP en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El POAI debe guardar concordancia con el Plan Nacional de Inversiones. Una vez aprobado por el CONPES será remitido a la Dirección General del Presupuesto Nacional para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto General de la Nación. La reforma al SGP se considera fundamental para garantizar la sostenibilidad fiscal y macroeconómica.

29 Índice Plan de Desarrollo Marco Fiscal de Mediano plazo
Marco de Gasto de Mediano Plazo Estatuto Presupuestal Sistema Unificado de Inversión Pública

30 Sistema Unificado de Inversión Pública, SUIP
Decreto 2844 de 2010, artículo 1º. A través del Sistema Unificado de Inversión Pública se coordinarán los procesos y operaciones que deben surtir las entidades a las cuales aplica el presente decreto, para la formulación, evaluación previa, registro, programación, ejecución, seguimiento y evaluación posterior de los proyectos de inversión, con el propósito de contar con la información necesaria para la adopción de decisiones y presentación de informes asociados a la inversión pública.

31 Sistema Unificado de Inversión Pública.

32 Gasto de Inversión Decreto 4803 de 2010, artículo 39 literal c:
“..erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a los de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a extinguirse con su empleo. Así mismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. La característica fundamental de este gasto debe ser que su asignación permita acrecentar la capacidad de producción y productividad en el campo de la estructura física, económica y social…”

33 Seguimiento y Evaluación Expost Seguimiento 4
Ciclo de la Inversión Pública Presupuestación 2 2 2 2 2 2 2 2 3 Ejecución Planeación Banco de Proyectos Proyecto 1 1 1 1 1 1 1 1 Seguimiento y Evaluación Expost Seguimiento 4

34 Banco Nacional de Programas y Proyectos, BPIN
Decreto 2844 de 2010, artículo 8º Instrumento para la planeación que registra los programas y proyectos de inversión pública viables, previamente evaluados social, técnica, ambiental y económicamente, susceptibles de financiación con recursos del Presupuesto General de la Nación… La reforma al SGP se considera fundamental para garantizar la sostenibilidad fiscal y macroeconómica.

35 Banco Territorial de Programas y Proyectos
Banco de Proyectos Nacional Bpin- Suifp Territorial Ssepi Mecanismo para materializar los lineamientos de política establecidos en el plan de desarrollo

36 Proyecto de inversión Decreto 2844 de 2010, artículo 5º Los proyectos de inversión pública contemplan actividades limitadas en el tiempo, que utilizan total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción o de provisión de bienes o servicios por parte del Estado La reforma al SGP se considera fundamental para garantizar la sostenibilidad fiscal y macroeconómica.

37 Ámbito geográfico específico
Proyecto de inversión Atributos Atributos Único Temporal Ámbito geográfico específico Actividades Objetivos Beneficiarios Contexto Interdisciplinario

38 Ciclo de los proyecto de inversión
Decreto 2844 de 2010, artículo 6 Es el período que inicia con la formulación del proyecto de inversión pública y termina cuando el proyecto cumpla con los objetivos y metas propuestas, cuando los análisis de conveniencia de las entidades ejecutoras de los proyectos así lo establezcan, o cuando se cancele el registro de los proyectos de inversión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del decreto 2844.

39 Ciclo de vida del proyecto
Idea Perfil Prefactibilidad Factibilidad Evaluación Ex - ante PREINVERSIÓN Impacto Éxito ó fracaso Nuevas problemáticas EVALUACIÓN EXPOST INVERSIÓN Diseño - Construcción Ejecución OPERACIÓN Y MANTEMIENTO Bienes y servicios .……..Seguimiento……….

40 Papel del proyecto en la planificación del desarrollo
Herramienta neutral (elemento técnico) Éxito ejecución planes, depende adecuada selección proyectos Instrumento para reasignar recursos Crecimiento economía: producción de más y mejores bienes y servicios Cumplen con objetivos Planes de Desarrollo Soporte Planes de Desarrollo Materializan mejores índices de bienestar y desarrollo de las comunidades La mejor forma de formular y evaluar proyectos: marco Plan Planes de Desarrollo y Programas Sectoriales bien concebidos descansan sobre un catálogo de proyectos que al ser formulados y sistematizados, pueden integrarse en los “bancos de proyectos”

41 Procedimientos para el registro de proyectos en el Bpin
Decreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14 Formulación y evaluación del proyecto Presentación del proyecto a entidad que pertenezca al PGN Migración del Proyecto al SUIFP El proyecto debe ser formulado y evaluado de manera exante en la MGA3 El proyecto se debe presentar a una entidad del PGN y debe ser afín a la misión y actividades desarrolladas por la entidad. Si el proyecto ha sido aprobado por la entidad este debe ser migrado al SUIP a través de la interfaz de la MGA3. Revisión del proyecto por parte de cada uno los filtros de calidad del SUIFP Alistamiento del proyecto en el SUIFP La entidad responsable del proyecto debe actualizar cada una de las variables que no se encontraban en la MGA en el SUIFP. Una vez actualizado debe ser enviado para su aprobación por parte de cada uno de los filtros de calidad que intervienen en el SUIFP. Control de formulación Viabilidad Control posterior de viabilidad

42 Proyecto de Inversión Pública
Procedimientos para el registro de proyectos en el Bpin Decreto 2844 de 2010, artículos 9 a 14 CONTROL DE FORMULACIÓN VIABILIDAD CONTROL POSTERIOR DE VIABILIDAD Oficinas de Planeación de las entidades del nivel nacional. Oficinas de Planeación de las entidades líderes sectoriales. Direcciones Técnicas del DNP Criterios La competencia de la entidad ejecutora para ejecutar el proyecto de inversión. Si los proyectos se enmarcan dentro de los lineamientos y estándares técnicos delimitados dentro de su política sectorial. Consistencia técnica del proyecto con ejercicios de planeación como: PND, Conpes y MGMP. REGISTRO DEL PROYECTO EN EL BPIN La pertinencia del proyecto y su grado de asociación a la misión y al Plan de Acción de la entidad ejecutora. La generación de valor agregado de proyecto de inversión para el desarrollo del sector. Articulación del proyecto con políticas transversales. Los estándares técnicos y metodológicos bajo los cuales fue formulado el proyecto de inversión. La viabilidad, consistencia, integralidad y confiabilidad técnica y financiera de los proyectos de inversión. Aseguramiento de la existencia de los elementos necesarios para llevar a cabo el seguimiento al proyecto. Fecha limite optativa 31 de marzo Fecha límite por decreto 30 de abril Fecha límite por decreto 1 de junio Proyecto de Inversión Pública

43 Procedimientos para el registro de proyectos los Bancos de Proyectos Territoriales
Formulación y evaluación en MGA (transmisión ficha EBI) Secretaria Sectorial Gerente de Proyecto Banco de Proyectos territorial (Revisión información básica) Radicación Viabilidad Oficina de Planeación entidad territorial Control Posterior Viabilidad Banco de Proyectos Registro

44 Oportunidad del Registro
Decreto 2844 de 2010, artículo 16 Durante el transcurso del año se podrán registrar proyectos de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos. Para la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones sólo se tendrán en cuenta aquellos proyectos de inversión que hayan sido registrados a más tardar el 1º de junio del año anterior al que se está programando.

45 Proceso programación presupuesto
Decreto 111 de 1996 Programación del proyecto de presupuesto Presentación del proyecto de presupuesto al Congreso de la República Estudio del proyecto y aprobación por parte del Congreso de la República Sanción de la Ley de PGN y expedición del Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, PGN

46 Pasos para la programación presupuestal de los proyectos de inversión
Decreto 111 de 1996 y Decreto 2844 de 2010, artículos 18 al 23 Formulación, evaluación, Viabilidad y Registro de Proyectos BPIN Comités técnicos y sectoriales de gasto Definición de techos de gasto y elaboración POAI Aprobación POAI - Conpes Proyecto de Ley de Presupuesto radicado en el Congreso Estudio Comisiones 3ª y4ta Aprobación del Monto Aprobación comisiones 3ª y 4ta Estudio plenarias Senado y Cámara Aprobación Presupuesto en Plenaria LEY DE PRESUPUESTO Elaboración Decreto de Liquidación Firma y publicación Decreto de Liquidación 30 de Sept. 1 Ene. – 1 Junio 20 de Oct. 15 de Sept. Abril, Mayo y Junio 31 de Dic. 2011 15 de Julio 29 de julio

47 Presupuesto General de la Nación 2012
Decreto 111 de 1996 $ billones

48 Presupuesto General de la Nación 2012
Decreto 111 de 1996

49 Pasos para la ejecución de los proyectos de inversión
Decretos de 2010, artículos 24 al 26 Actualización de proyectos Para garantizar la consistencia entre la estructuración del proyecto y la Ley de Presupuesto con las vigencias futuras Actualizaciones obligatorias de los proyectos Ajuste de las condiciones registradas en Bpin frente a las apropiaciones de la Ley Anual de Presupuesto Previa a la realización de modificaciones a las apropiaciones presupuestales El proyecto de inversión se extenderá a otras vigencias fiscales y se espere recibir recursos del Presupuesto General de la Nación Ajustes que implican la formulación de un nuevo proyecto Revisión y ajuste del nombre del proyecto Modificación del objetivo Inclusión de nuevas actividades que no sean coherentes con el objetivo

50 Proceso de seguimiento a los proyectos de inversión, artículos 27 al 28
Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010 Variables Indicadores y metas de gestión y producto Cronograma Regionalización Información Bpin y SIIF Permitirá conocer el estado del proyecto frente a los objetivos definidos. Reportes Responsables: Entidades ejecutoras Periodicidad: Mensual SIIF: Sistema Integrado de Información Financiera

51 Sistema de Seguimiento a Proyectos de Inversión, SPI
Decretos 3286 de 2004 y 2844 de 2010 Acción Social

52 Evaluación posterior a los proyectos de inversión
Decreto 2844 de 2010, artículo 29 Se realizarán evaluaciones posteriores de los proyectos de inversión que se requieran, de acuerdo a los criterios definidos por el Departamento Nacional de Planeación.

53 Entidades nacionales, departamentales, distritales, municipales
Metodología General Ajustada, Bpin, Ssepi Resolución 806 de 2005 MGA Guías Sectoriales Entidades nacionales, departamentales, distritales, municipales BPIN Entidades nacionales SSEPI Entidades territoriales La reforma al SGP se considera fundamental para garantizar la sostenibilidad fiscal y macroeconómica. MGA: Metodología General Ajustada BPIN: Banco Nacional de Programas y Proyectos SSEPI: Sistema de Seguimiento y Evaluación de Proyectos

54 Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005 PREPARACIÓN PROGRAMACIÓN Mercados IDENTIFICACIÓN EVALUACIÓN Programación Física y financiera. Legal Análisis de problemas Técnico Valoración de costos y beneficios financieros Valoración de costos y beneficios económicos Establecimiento de fuentes de financiación Análisis de participantes Organizacional y Técnico Proyecciones financieras Proyecciones económicas Caracterización población objetivo Administrativo Selección de indicadores y programación de metas Socioeconómico y político Análisis de alternativas Indicadores de evaluación financiera Indicadores de evaluación económica Análisis de Riesgos Naturales Análisis de objetivos Ambiental Financiero FICHA EBI

55 Acceso a la Metodología General Ajustada
Esquema de formulación y evaluación de proyectos Resolución 806 de 2005 Metodología General Ajustada Acceso a la Metodología General Ajustada La resolución 806 de 2005 establece que: “las entidades nacionales, departamentales, distritales y municipales deben diligenciar la Metodología General Ajustada diseñada por el DNP para la identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública”.

56 Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005 Criterios adicionales a tener en cuenta dentro del proceso de formulación de proyectos de inversión pública: Proyecto de Inversión Púbica Asociación con el PND y planes sectoriales Concordancia con el MGMP de la entidad Asociación con Políticas Transversales Elementos suficientes para llevar a cabo actividades de seguimiento Relación con los objetivos y metas de la entidad

57 Esquema de formulación y evaluación de proyectos
Resolución 806 de 2005 Comprende todas las fases del proyecto: preinversión, inversión y operación Permite elaborar la programación de las inversiones (Poai).

58 Lógica de articulación de la Visión a la Práctica, de lo Macro a lo Micro
Documento CONPES Plan de Gobierno MFMP (10 años) MFMP (10 años) Plan Nacional de Desarrollo Planes Sectoriales PLAN FINANCIERO PLAN FINANCIERO Planes Indicativos / Institucionales MGMP (4 años) Programas POAI- PGN (Anual) Proyectos

59 Dirección: Calle 26 No. 13-19 Piso 33 Edificio FONADE
Teléfono: Extensiones: 3333 y 3336 Página web: Link: Programas, Inversiones y Finanzas Públicas Correo electrónico: Sagrario Forero Gil Correo electrónico:

60 Gracias PBX:


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