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Derechos Humanos para la Transformación Social Para la Persona Menor de Edad Estudiantes: Raúl Alberto Morales Morales Ileana Castillo Villalobos Maria.

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Presentación del tema: "Derechos Humanos para la Transformación Social Para la Persona Menor de Edad Estudiantes: Raúl Alberto Morales Morales Ileana Castillo Villalobos Maria."— Transcripción de la presentación:

1 Derechos Humanos para la Transformación Social Para la Persona Menor de Edad Estudiantes: Raúl Alberto Morales Morales Ileana Castillo Villalobos Maria Fernanda Murillo Hernández Kimberly Fonseca Bonilla

2 Objeto de tutela a sujeto de Derechos. - Derecho a lo privado, que reconoce a la PME como sujeto de Derecho. Pero sin capacidad de obrar. - Igualdad formal, se exige igualdad de trato. - Desigualdad material, derivada a la familia. - En el año 1989 se aprobó naciones unidas la convención sobre los derechos del niño niña y adolescente: 1.- Instrumento jurídico vinculante. 1.- Instrumento jurídico vinculante. 2.-Concepción tuitiva – niño como sujeto de derechos – libertad, igualdad y seguridad jurídica. 2.-Concepción tuitiva – niño como sujeto de derechos – libertad, igualdad y seguridad jurídica.

3 Tratamiento Socio jurídico de la infancia Infancia surge de una construcción social, económica, cultural. Infancia surge de una construcción social, económica, cultural. S. XVII los niños vivían mezclados con los adultos. S. XVII los niños vivían mezclados con los adultos. Edad Moderna, interés por la educación. Edad Moderna, interés por la educación. Antes del S. XVIII, las madres contrataban nodrizas para que cumplan su rol, existía mortandad debido a la falta de servicios de salud. Antes del S. XVIII, las madres contrataban nodrizas para que cumplan su rol, existía mortandad debido a la falta de servicios de salud.

4 Tratamiento Socio jurídico de la infancia A finales S. XVIII, tribunales de menores, se convierten en herramienta de control de la categoría social del menor. A finales S. XVIII, tribunales de menores, se convierten en herramienta de control de la categoría social del menor. Inicio del S. XIX no existía un Derecho Penal diferenciado, las penas eran privativas de libertad es decir sancionatorias Inicio del S. XIX no existía un Derecho Penal diferenciado, las penas eran privativas de libertad es decir sancionatorias Finales S. XIX se considero que el Derecho Penal debía reservarse a los adultos. Finales S. XIX se considero que el Derecho Penal debía reservarse a los adultos. Movimientos reformadores – tratamiento reeducativo Movimientos reformadores – tratamiento reeducativo

5 Tratamiento Socio jurídico de la infancia 2da etapa – Primer tribunal tutelar en Chicago 1899. 2da etapa – Primer tribunal tutelar en Chicago 1899. 1era Guerra Mundial, trae secuelas de niños desamparados – se extiende el ámbito protector a todos los menores en situación de riesgo. 1era Guerra Mundial, trae secuelas de niños desamparados – se extiende el ámbito protector a todos los menores en situación de riesgo. 1923 se proclama la Declaración de los Derechos del niño por parte de las Naciones Unidas 1923 se proclama la Declaración de los Derechos del niño por parte de las Naciones Unidas Organismos – IIN, UNICEF, Unión Internacional de protección de la infancia – Doctrina jurídica protectora – tutelar. Organismos – IIN, UNICEF, Unión Internacional de protección de la infancia – Doctrina jurídica protectora – tutelar.

6 Doctrina de la situación irregular Finales S. XIX movimientos reformistas – protección y reeducación del niño. Finales S. XIX movimientos reformistas – protección y reeducación del niño. Asimila al infractor de la ley penal con victimas de negligencia familiar Asimila al infractor de la ley penal con victimas de negligencia familiarCARACTERISTICAS: a. Carácter enunciativo de las categorías definidas como menores. b. Menores son objeto de tutela por parte del Estado. c. Amplias facultades discrecionales del juez. d. Juez – defensor. no existe directrices probatorias

7 Doctrina de la situacion irregular Doctrina compasión – represión. Doctrina compasión – represión. CARACTERISTICAS – LATINOAMERICA: a.- División de categorías niños – adolescentes. (PME) b.- Centralización del poder de decisión en el juez. c.- Impunidad – delitos graves d.- Criminalización de la pobreza e.- Consideración de la infancia como objeto de protección. f.- Negación de los principios básicos y elementales del derecho.

8 Doctrina de la protección integral Instrumentos jurídicos internacionales: Declaración de los Derechos del niño de 1959. Declaración de los Derechos del niño de 1959. Convención sobre Derechos del niño de 1989. Convención sobre Derechos del niño de 1989. Reglas mínimas de las Naciones unidas para la administración de justicia de menores. R. Beijing. Reglas mínimas de las Naciones unidas para la administración de justicia de menores. R. Beijing. Reglas mínimas para la protección de menores privados de libertad y Directrices para la prevención de la delincuencia. R. Riyadh. Reglas mínimas para la protección de menores privados de libertad y Directrices para la prevención de la delincuencia. R. Riyadh.

9 La convención sobre los Derechos de PME. Tratado Internacional sobre derechos humanos que contiene el catalogo mínimo de derechos específicos de la infancia, con carácter vinculante para los Estados y con mecanismos de supervisión para el cumplimiento de estas obligaciones por parte de los Estados.

10 Pirámide Jurídica Nacional 1.Normas constitucionales y normas con rango constitucional. 2.Leyes de reforma constitucional. 3.Tratados. 4.Aplicabilidad inmediata de los tratado en el Derecho interno.

11 Acuerdos 1.-El cambio de visión de las PME, de objeto de compasión y represión a un sujeto pleno de derechos. 2.-Inclusión de los derechos de las PME dentro de los programas de derechos humanos. 4.-Reconocimiento al niño de derechos y garantías en los casos en los que se encuentre en conflicto con la ley penal.

12 Acuerdos 5.-Tratamiento distinto a los niños que se encuentren abandonados con los infractores de la ley penal. 6.- Adopción de medidas alternativas a la privación de libertad, la cual debe ser una medida excepcional y aplicarse por el mínimo plazo posible. 7.- El principio de igualdad ante la ley y la no discriminación.

13 CARACTERISTICAS DOCTRINA DE PROTECCION INTEGRAL A. Consolidación de la situación jurídica de la PME - Titular de Derechos Fundamentales. B. Protección integral de Derechos Fundamentales. a partir de la consideración de Superior Interés. C. Reconocimiento de autonomía y participación de la PME en el ejercicio de sus derechos fundamentales.

14 Premisas claves en la Construcción de los modelos de Protección Integral. No problematizar la situación individual de la infancia y adolescencia No problematizar la situación individual de la infancia y adolescencia Políticas de control social activo. Políticas de control social activo. Visualizar en las políticas como factor de recurso social a las PME. Visualizar en las políticas como factor de recurso social a las PME. Atender el problema (violación de derechos). Atender el problema (violación de derechos). Potenciar al máximo los recursos y habilidades individuales, familiares, comunitarios y sociales. Potenciar al máximo los recursos y habilidades individuales, familiares, comunitarios y sociales. Descentralización de los programas. Descentralización de los programas. Participación real en la formulación de políticas de defensa y promoción de derechos PME. Participación real en la formulación de políticas de defensa y promoción de derechos PME.

15 Plan de Acción Integrado PME 2009-2021 Parte del establecimiento de una aspiración en materia de protección integral de la infancia y la adolescencia, congruente con el desafío mayor hacia el 2021, hacer de Costa Rica una nación desarrollada e integrada por las oportunidades, contribuyendo con cada una de las cuatro administraciones gubernamentales hasta el año de celebración del bicentenario de la vida republicana, con la identificación de orientaciones estratégicas para definir sus prioridades y establecer compromisos de avance relativos al elenco de objetivos trazados

16 Plan de Acción Integrado PME 2009-2021 El plan deberá contener, al menos, los siguientes elementos: Definición de metas. Definición de metas. Estrategia para la ejecución del PNNA por medio de las acciones estratégicas sugeridas (planes, programas y proyectos). Estrategia para la ejecución del PNNA por medio de las acciones estratégicas sugeridas (planes, programas y proyectos). Enunciación de productos o resultados de las acciones dirigidas a la realización de cada una de las aspiraciones que dan origen a los seis ejes estratégicos de la PNNA. Enunciación de productos o resultados de las acciones dirigidas a la realización de cada una de las aspiraciones que dan origen a los seis ejes estratégicos de la PNNA.

17 Plan de Acción Integrado PME 2009-2021 Sistema de indicadores de cumplimiento de las metas que sirva de base a la evaluación de la PNNA. Sistema de indicadores de cumplimiento de las metas que sirva de base a la evaluación de la PNNA. Especificación precisa de los responsables de las actividades. Especificación precisa de los responsables de las actividades. Mecanismos de coordinación interinstitucional que operen en cada plan. Mecanismos de coordinación interinstitucional que operen en cada plan. Presupuesto desagregado que permita calcular la inversión social en niñez y adolescencia. Presupuesto desagregado que permita calcular la inversión social en niñez y adolescencia.

18 GRACIAS….!!!!


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