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1 Dr. Felio Calderon La Torre Doctorado de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO ASIGNATURA DE LEGISLACION AMBIENTAL Escuela.

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1 1 Dr. Felio Calderon La Torre Doctorado de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO ASIGNATURA DE LEGISLACION AMBIENTAL Escuela de Posgrado ASPECTOS CONCEPTUALES Y ACTUAL ENFOQUE DEL DERECHO AMBIENTAL EN EL PERÚ

2 CONCEPTUALIZANDO LOS PROBLEMAS AMBIENTALES Fiscalización Ambiental Derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Depredación de los Recursos Naturales Conservación Uso sostenible de los Recursos Naturales Protección Contaminación y deterioro de las condiciones del medio Agotamiento de los Recursos Naturales Alteración de la calidad ambiental

3 DERECHO AMBIENTAL Protección ambiental Disminución de la depredación y agotamiento de los RR.NN Disminución de los Problemas de contaminación y deterioro del ambiente Conservación y Manejo de los RR.NNA Descontaminación, física. Química y Biológica Uso sostenible de los RR.NN Ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida Regular la conducta ambiental del hombre Normas Jurídicas que regulan las relaciones inmediatas entre la sociedad y la naturaleza.

4 Los aspectos más preocupantes en el orden universal son, entre otros: 1) El calentamiento superficie terrestre por el efecto invernadero. 2) Disminución de la capa de ozono (consecuencias cancerígenas en la piel humana). 3) Las radiaciones nucleares 10 January 2019 4 A esto hay que sumarle la depredación localizada (de un país, provincia o municipio en particular) como: 1) La erosión del suelo. 2) La destrucción de los bosques. 3) Derrame de desechos industriales o nucleares en ríos o mares. 4) La destrucción o desplazamiento de la flora y la fauna. ASPECTOS PREOCUPANTES EN EL ORDEN UNIVERSAL

5 Ley General de Residuos Sólidos Ley de Recursos Hídricos LEGISLACION AMBIENTAL Legislación Ambiental General Constitución Política Legislación Ambiental Sectorial Legislación Ambiental Transectorial Ley General del Ambiente MINERIA Ley de Áreas Naturales Protegidas Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible RRNN AGRICULTURA TURISMO SALUD EDUCACION Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental DERECHO AMBIENTAL

6 Instrumentos de las políticas medioambientales. Jurídicos El conjunto de normas y disposiciones legales respeto al medio ambiente a nivel local, regional, nacional e internacional. administrativo técnicos Evaluaciones, controles, autorizaciones y regulaciones. Algunos ejemplos son las evaluaciones de impacto ambiental y auditorías ambientales. La promoción y aplicación las mejores tecnologías disponibles tanto para acciones preventivas como correctoras Económicos y fiscales sociales Subvenciones, impuestos, tarifas y tasas. La idea es recompensar parte de los costes de acciones positivas y penalizar los que perjudican al medio para internalizar los costes ambientales. Los puntos claves de este instrumento son la información y la participación. Intentan concienciar a la sociedad a través de la educación ambiental, integración en proyectos ambientales.

7 21.08.15 7 Modulo I: Marco Normativo General Modulo II: Institucionalidad y Gestión ambiental Modulo III: Política e Instrumentos de Gestión Ambiental Modulo IV: Aprovechamiento Sostenible de los RRNN Renovables Modulo V: Calidad Ambiental Modulo VI: Legislación Ambiental Sectorial sobre RRNN No renovables, Actividades Industriales y Actividades Estratégicas. Modulo VII: Justicia Ambiental: Defensa de los Derechos Ambientales y Derechos de Pueblos Indígenas Modulo VIII: Evaluación y Fiscalización Ambiental CONTENIDO DEL CURSO DE LEGISLACION AMBIENTAL

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9 9 MARCO NORMATIVO GENERAL Dr. Felio Calderon La Torre Doctorado de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO ASIGNATURA DE LEGISLACION AMBIENTAL Escuela de Posgrado

10 10 SESIÓN 1. MARCO NORMATIVO GENERAL 10 January 2019 CONTENIDO 1.1. Derecho ambiental internacional 1.2. Constitución política del Perú 1.3. Política de estado N° 19 – desarrollo sostenible y gestión ambiental 1.4. Política nacional ambiental 1.5. Ley general ambiental 1.6. Ley marco del sistema nacional de gestión ambiental.

11 11 1.1. DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL Hoy la sociedad internacional ha incorporado el derecho a vivir en un ambiente sano en la categoría de “derechos humanos”, convertido en uno de los ejes centrales de la agenda internacional. Compromiso hacia el futuro es decir lo que se considera el derecho intergeneracional o sea que aquellas persona que van a heredar este ambiente puedan vivir por lo menos en condiciones tan buenas o mejores. ECODERECHO Acción conjunta de todas las naciones Conferencia de Estocolmo: ecodesarrollo e informe Brundtland derecho sustentable Este concepto de desarrollo sustentable cruza toda la norma constitucional, por lo que se debe ver desde este marco de la sostenibilidad, que implica una visión holística, una renuncia al modelo analítico. En todos los países del mundo se legisla porque significa el derecho a la vida.

12 12 Principios generales del Derecho Internacional CONVEMAR, art. 192: “Los Estados tienen la obligación de proteger y preservar el medio marino” 1.Soberanía de los Estados: Ningún Estado puede usar o permitir usar su territorio para acciones que afecten a otros Estados 2. Cooperación Internacional, Ayuda necesaria en caso de emergencias, Buena vecindad Estocolmo Principio 24 - y Río Principios 7,18,27, 3. Deber de Todos los Estados de Proteger el Ambiente Convención de Londres de 1933 Laudo de Fundidora Trial (EEUU, Canadá, 1941) y (R.U, Albania, 1949) Convención Ramsar, 1971 Declaración de Estocolmo, 1972 (principio 21) Declaración de Rio, 1992 (principio 2)

13 10 January 2019 13 Principios generales del Derecho Internacional Los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma gradual., ejm. un estudio de impacto ambiental previo a la protección del ambiente 4. Quien contamina paga 5. Participación, Información, Acceso a la Justicia Principio 10 de Río, Convención de Aarhus, Especial a comunidades vulnerables 6. Prevención Actuar antes del daño, tomar medidas para evitar daños de peligros que se conocen. Principio 16, Río: internalizar costos ambientales 7. Precaución La falta de certeza científica absoluta no deben utilizarse como razón, Río, Ppio15. 8. Progresividad

14 14 2. Carta mundial de la naturaleza - 1982: Naciones Unidas. Reconocimiento de conservar la naturaleza y respetar procesos esenciales. Importancia del deber de todos los Estados y personas de conservar el M.A Inclusión de participación como derecho, en decisiones de “Interés directo” 3. El Informe Bruntland – NN.UU. Madrid 1987 – Comisión mundial sobre el medio ambiente y el desarrollo - “Nuestro futuro común” firmada por 150 países. Urgencia de adoptar las decisiones que permitan asegurar los recursos para sostener a ésta generación y a las siguientes. Proporcionar recursos jurídicos como el reconocimiento de derechos y deberes ambientales, Protección Ambiental, evitar y arreglar controversias ambientales. Proporcionar Principios Jurídicos: La igualdad en el acceso y proceso imparcial en procedimientos administrativos y judiciales ambientales Hitos Internacionales sobre el medio ambiente 1. Conferencia de Estocolmo (1972) “del Hombre y la Biosfera”, Ecodesarrollo.

15 10 January 2019 15 Hitos Internacionales sobre el medio ambiente 5. Declaración de Principios sobre Derechos Humanos y Medio Ambiente (Ginebra, 1994). Principio 22: Para la práctica eficaz de los derechos al ambiente adecuado, se consideraran entre otros los medios de reparación por daños ambientales o el peligro de dichos daños 4. Declaración de Rio - 1992: “Agenda 21”, El medio ambiente y el Desarrollo Sostenible Desarrollo de Instrumentos: Convenciones, Declaraciones, Principios Forestales, GEF (Fondo Mundial para el Medio Ambiente), Cambio climático - La biodiversidad Determinación de Principios Generales (integrar en la educación) Principio 10 y 13, acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, indemnización para el resarcimiento de daños ambientales

16 10 January 2019 16 Hitos Internacionales sobre el medio ambiente 6. Estrategia Mundial para Construir Sociedades Sostenibles (UICN PNUMA / WWF, 1991)- Cuidar la Tierra Proporcionar un marco nacional para la integración del desarrollo y la conservación. Instituir un amplio sistema de derecho ambiental y velar por su aplicación y cumplimiento. (sanciones disuasivas, responsabilidades por pérdidas ambientales irreparables, el derecho a actuar en procedimientos judiciales y administrativos contribuyendo a hacer cumplir la ley e imponer recursos por daños ambientales) 7. Congreso Mundial sobre Educación y Comunicación sobre Ambiente y Desarrollo (Eco-Ed), Toronto Canada 1992, crear redes de educación ambiental para proteger los recursos naturales como el aire, suelo, agua, flora, fauna.

17 17 9. Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible – Johannesburgo - 2002: No puede haber desarrollo sostenible si por un lado hay crecimiento Económico y por otro hay desnutrición infantil, contaminación del ambiente o agotamiento indiscriminado de los recursos naturales. Hitos Internacionales sobre el medio ambiente 8. Declaración de Bizkaia sobre el Derecho al Medio Ambiente (Bilbao, 1999). Art. 4: Transparencia administrativa y derechos de las personas en materia ambiental; acceso a la información y participación, a la organización para defender el medio ambiente Art. 5°: Derecho a un recurso efectivo en instancia nacional e internacional Art. 6° : Derecho a la reparación de personas o grupo de ellas

18 18 10. Conferencia Mundial sobre la Reducción de Desastres (2005) - Hyogo Plan detallado para guiar los esfuerzos destinados a la reducción del riesgo de desastres - Su objetivo principal es, para el 2015, haber reducido considerablemente las pérdidas que ocasionan los desastres 12. Marco de Acción de Sendai - 2015 “Reducción sustancial del riesgo de desastres y de las pérdidas ocasionadas por desastres: vidas, medios de vida, salud, bienes físicos, culturales y ambientales, de las personas, las empresas, las comunidades y países” Hitos Internacionales sobre el medio ambiente

19 19 Tratados Ambientales a nivel Internacional 1. Cambio Climático, atmosfera.  Protocolo de Ginebra – 1925: Prohibición de uso en guerra de gases y similares.  Convención de Viena y Protocolo de Montreal (1987)  Convención Marco de Cambio Climático (1992) Protocolo de Kyoto  Tratado de Nueva York – 1996: Prohibición completa de ensayos nucleares.  (COP21): Paris 2015. 1) mantener el incremento de T°, 2y3) Reducción de emisiones de GEI, 4) Responsabilidad y financiamiento, 5) Adaptación, 6) Perdidas y daños, 7) Mecanismos repotenciados, 8) balance global y transferencia, 9) Forma legal, 10) Aplicación. 2. Materiales y desechos peligrosos.  Convención de Basilea (1989): transporte transfronterizo de desechos peligrosos  Convención de Rotterdam (1989)  Convención de Estocolmo (2002): comercio internacional de ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos Entre las sustancias que se recomiendan regularizar o prohibir su uso en los países del mundo están: el Aldrín, Clordano, DDT, Dieldrín, Dioxinas, Endrín, Furanos, Heptacloro, Hexaclorobenceno, Mirex, Bifenilos Policlorados, y Toxafeno.

20 10 January 2019 20 Tratados celebrados por el Estado Peruano 4. Tratados sobre diversidad biológica.  Convenio Ramsar – 1971, protección de Humedales hábitats de aves acuáticas.  Convención sobre protección del patrimonio mundial, cultural y natural - Paris, 1972  Convención para control de trafico de especies, CITES 1973  Convenio de Biodiversidad (1992)  Protocolo de Cartagena -2004, Diversidad biológica y la biotecnología 5. Tratados sobre el clima.  Convenio de Viena, 1985, Protección de la Capa de Ozono.  Convenio marco de las Naciones Unidas 1992, Cambio Climático  Protocolo sobre el Fenómeno de El Niño en el Pacífico Sudeste, Lima 1992, EFEN  Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación, Paris, 1994  Protocolo de Kyoto, 1997, Convención de las Naciones Unidas sobre cambio Climático Trata de regularizar la emisión de gases de efecto invernadero (GEI), principalmente el bióxido de carbono (CO 2 ) por parte de la mayor parte de los países del mundo, que contribuyen al calentamiento global del planeta 3. Medio Marino.  Convención del Mar – protección de biodiversidad y medio Marino (1998)  Convención Interamericana de Tortugas Marinas

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22 22 1.2 CONSTITUCION POLÍTICA DEL PERU La Política Nacional Ambiental está definida en los siguientes artículos de la Constitución Política del Perú: Que garantizan el derecho a gozar de ese medio ambiente y que ese medio ambiente se preserve. “Artículo 2°. Toda persona tiene derecho: 22) A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.” Artículo 44°. Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación..”

23 23 “Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. 1.2 CONSTITUCION POLÍTICA DEL PERU Artículo 69°.- El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada. Artículo 54°. El territorio del Estado es inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. Artículo 67°.- El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales Artículo 68°. El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.

24 24 1.2 CONSTITUCION POLÍTICA DEL PERU Artículo 89°.- Las Comunidades Campesinas y Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior. El Estado respeta la identidad cultural de las Comunidades Campesinas y Nativas. Artículo 88°.- El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario. Garantiza el derecho de propiedad sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquier otra forma asociativa. La ley puede fijar los límites y la extensión de la tierra según las peculiaridades de cada zona.

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26 26 1.3. - POLÍTICA DE ESTADO N° 19 - DESARROLLO SOSTENIBLE Y GESTIÓN AMBIENTAL La Política de Estado Nº 19 se encuentra enmarcada en el artículo 67º de La Constitución Política del Perú, que promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. El Grupo de Objetivos para lograr la Competitividad del País con metas hasta el año 2021. Tiene como finalidad fortalecer la institucionalidad de la gestión ambiental mejorando y fortaleciendo la coordinación entre la sociedad civil, la autoridad ambiental nacional, las sectoriales y los niveles regionales y locales, en el marco de un sistema nacional de gestión ambiental, descentralizada y desconcentrada, con la participación del sector empresarial y la sociedad civil. Con ese objetivo el Estado: a.Fortalecerá la Institucionalidad de la gestión ambiental, b.Promoverá la Participación responsable del sector privado y de la sociedad civil c.Promoverá el Ordenamiento territorial, manejo de cuencas, bosques y zonas marino costeras, recuperación de ambientes degradados. d.Impulsara la Aplicación de instrumentos de gestión ambiental (prevención y producción limpias). e.Incorporara en las cuentas nacionales la valoración de la oferta de los RRNN y ambientales Adoptada en el Marco del Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio de 2002. Sigue…

27 27 Política de estado N° 19 Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental f. Estimulara la inversión ambiental y transferencia tecnológica (industriales, mineros, transporte, saneamiento, energías limpias, aprovechamiento sostenible de recursos forestales, biotecnología, biocomercio y el turismo). g.Promoverá la Evaluación permanente del uso eficiente, la preservación y conservación del suelo, subsuelo, agua y aire. h. Reconocerá y defenderá el Conocimiento y la cultura tradicionales Indígenas. i.Promoverá el Ordenamiento urbano, manejo integrado de residuos urbanos e industriales. j. Promoverá la Educación y la investigación ambiental k. Implementara el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental l. Regulara la eliminación de la contaminación sonora ll. Cumplirá con los tratados internacionales (Gestión ambiental, equilibrio ecológico) n. Desarrollara de la Estrategia Nacional de Comercio y Ambiente. Adoptada en el Marco del Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio de 2002.

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29 29 1.4. POLÍTICA NACIONAL AMBIENTAL D.S. Nº 012-2009- MINAM, 23 de Mayo del 2009 La Política Nacional Ambiental, se enmarca dentro de lo establecido en los Artículos 67º y 68º de la Constitución Política del Perú; así como dentro de lo contenido en los convenios, tratados y declaraciones internacionales suscritos y ratificados por el Perú en materia ambiental. Considera lineamientos de la ley N°29158 ley orgánica del poder ejecutivo y las disposiciones de la ley N°28611 ley general del ambiente. Eje de Política 1. Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica. Eje de Política 2. Gestión Integral de la calidad ambiental Eje de Política 3. Gobernanza ambiental Eje de Política 4. Compromisos y oportunidades

30 30 Principios de la Política Ambiental D.S. Nº 012-2009- MINAM, 23 de Mayo del 2009 Principios: 1.Transectorialidad: (coordinada y articulada, sectorial y gobiernos subnacionales) 2.Análisis Costo Beneficio: (retornos sociales, ambientales y económicos) 3.Competitividad: en el marco del desarrollo sostenible 4.Gestión por resultados: incluir mecanismos de incentivo y sanciones. 5.Seguridad jurídica: normas y criterios claros, coherentes y consistentes en el tiempo, con la finalidad de lograr la predictibilidad, confianza y gradualismo de la gestión pública en materia ambiental. 6. Mejora continua, esfuerzos progresivos que generen mejoras incrementales 7.Cooperación publico privada y sociedad civil, objetivos comunes, responsabilidad compartida

31 31 Ejes temáticos esenciales de la Política Ambiental D.S. Nº 012-2009- MINAM, 23 de Mayo del 2009 1.Diversidad Biológica 2.Recursos Genéticos 3.Bioseguridad 4.Aprovechamiento de los Recursos Naturales 5.Minería y Energía 6.Bosques 7.Ecosistemas Marino – Costeros 8.Cuencas, Agua y Suelos 9.Mitigación y Adaptación al Cambio Climático 10.Desarrollo Sostenible de la Amazonía 11.Ordenamiento Territorial EJE DE POLITICA 01: Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica.-

32 32 Ejes temáticos esenciales de la Gestión Ambiental D.S. Nº 012-2009- MINAM, 23 de Mayo del 2009 1.Control integrado de la contaminación 2.Calidad del agua 3.Calidad del aire 4.Residuos sólidos 5.Sustancias químicas y materiales peligrosos 6.Calidad de vida en ambientes urbanos 1.Institucionalidad 2.Cultura, educación y ciudadanía ambiental 3.Inclusión social en la gestión ambiental 1.Compromisos internacionales 2.Ambiente, comercio y competitividad EJE DE POLITICA 02: Gestión Integral de la calidad ambiental EJE DE POLITICA 03: Gobernanza Ambiental. EJE DE POLICITA O4. Compromisos y oportunidades ambientales internacionales

33 10 January 2019 33 Trabajo de Grupos Trata de regularizar la emisión de gases de efecto invernadero (GEI), principalmente el bióxido de carbono (CO 2 ) por parte de la mayor parte de los países del mundo, que contribuyen al calentamiento global del planeta Grupo 1: El Informe Bruntland – NN.UU. Madrid 1987 – Comisión mundial sobre el medio ambiente y el desarrollo - “Nuestro futuro común” Grupo 2: Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible – Johannesburgo - 2002: Grupo 3: Declaración de Rio - 1992: “Agenda 21”, El medio ambiente y el Desarrollo Sostenible Grupo 4: Marco de Acción de Sendai – 2015

34 10 January 2019 34 10 January 2019 CORTE

35 35 1.5. LEY GENERAL DEL AMBIENTE LEY N° 28611, 15 de octubre del 2005 LOS DERECHOS de a Ley General del Ambiente califican: 1.Del derecho y deber fundamental: Como Irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado. 2.Acceso a la información: Acceder adecuada y oportunamente a la información respecto al ambiente 3.Participación en la gestión ambiental, toma de decisiones, aplicación de políticas y medidas 4.Acceso a la justicia ambiental, defensa del ambiente, protección de la salud, conservación de la biodiversidad biológica, aprovechamiento sostenible de los RRNN). Derechos y Principios

36 36 Derechos y Principios LOS PRINCIPIOS de a Ley General del Ambiente señalan: 1.Sostenibilidad: integración equilibrada de aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como la satisfacción de las necesidades actuales y futuras. 2.Prevención: Prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. 3.Precautorio: impedir la degradación del ambiente de daños irreversibles 4.Internalización de costos: Toda persona natural o jurídica, publica o privada debe asumir el costo de los riesgos o daños que genere por eventual compensación, relacionadas con la protección del ambiente. 5.Responsabilidad ambiental: obligación a adoptar medidas de restauración, rehabilitación. 6.Equidad: Las políticas deben erradicar la pobreza y reducir las inequidades sociales y económicas. 7.Gobernanza ambiental: las políticas públicas se rigen en toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos responsabilidades definidas.

37 37 Política Nacional del Ambiente y Gestión Ambiental Art. 1°.- Del objetivo: La presente Ley es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Art. 3°.- Del rol del Estado en materia ambiental: El Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios. Art. 5°.- Del Patrimonio de la Nación : Los recursos naturales constituyen Patrimonio de la Nación. Su protección y conservación pueden ser invocadas como causa de necesidad pública, conforme a ley.

38 38 Política Nacional del Ambiental Artículo 9°.- Del objetivo Mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos Artículo 8°.- De la Política Nacional del Ambiente Constituye el conjunto de lineamentos, objetivos, estratégias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del gobierno nacional, regional y local; y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental,

39 39 Política Nacional del Ambiental Artículo 11°.-De los lineamientos ambientales básicos de las políticas públicas 1.Respeto de la dignidad humana y la mejora continua de la calidad de 2.La prevención de riesgos y daños ambientales, así como la contaminación ambiental 3.Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, la conservación de la diversidad biológica, a través de la protección y recuperación de los ecosistemas 4.El desarrollo sostenible de las zonas urbanas y rurales 5.La promoción efectiva de la educación ambiental 6.El fortalecimiento de la gestión ambiental 7.La integración de las políticas y planes de lucha contra la pobreza, con los objetivos de la protección ambiental y el desarrollo sostenible. 8.La información científica, fundamental para la toma de decisiones ambientales. 9.El desarrollo de toda actividad empresarial teniendo en cuenta la implementación de políticas de gestión ambiental y de responsabilidad social.

40 40 Política Nacional del Ambiental Artículo 12°.- De la política exterior en materia ambiental 1.La defensa de los intereses del Estado, en armonía con la Política Ambiental 2.Implementación de los acuerdos internacionales ambientales. 3.Respeto a la soberanía de los Estados sobre sus respectivos territorios para conservar, administrar, poner en valor y aprovechar sosteniblemente los recursos naturales y el patrimonio cultural. 4.La consolidación del reconocimiento internacional del Perú como país de origen y centro de diversidad genética. 5.La promoción de estrategias y acciones internacionales que aseguren un adecuado acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales 6.La búsqueda de soluciones a los problemas ambientales globales, regionales y subregionales 7.La cooperación internacional destinada al manejo sostenible de los recursos naturales y a mantener las condiciones de los ecosistemas 8.Cooperar en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica marina

41 41 Gestión Ambiental Art.13°. La Gestión Ambiental Es un proceso permanente y continuo, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política ambiental. Art. 14°.- Del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Tiene a su cargo la integración funcional y territorial de la política, normas e instrumentos de gestión, así como las funciones públicas y relaciones de coordinación de las instituciones del Estado y de la sociedad civil, en materia ambiental. Se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; contando con la participación del sector privado y la sociedad civil. La Autoridad Ambiental Nacional es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

42 42 Gestión Ambiental 1.Planeamiento y ordenamiento territorial ambiental 2.La evaluación del impacto ambiental 3.Programas de Adecuación y Manejo Ambiental – PAMA, medidas de prevención, control, mitigación, recuperación y eventual compensación. 4.Planes de cierre de actividades 5.Declaratoria de emergencias 6.Planes de descontaminación y el tratamiento de pasivos ambientales 7.Los estándares nacionales de calidad ambiental 8.La certificación ambiental. 9.Planes de prevención y de mejoramiento de la calidad ambiental 10.Sistema Nacional de Información. Art°15 INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL, Son mecanismos orientados a la ejecución:

43 43 Acceso a la Información ambiental y Participación Ciudadana Art° 41, El acceso a la información ambiental y la obligación de informar, así como entregar al MINAM la información que se genere sobre el estado del ambiente para la incorporación de información al SINIA, en el marco de las normas de transparencia y acceso a la información publica. Art°47, El deber de participación responsable en la gestión ambiental actuando de buena fe, transparencia y veracidad conforme a las reglas y procedimientos de los mecanismos de participación establecidas por la ley. Art°51, Mecanismos de participación ciudadana ambiental, que incluyen consultas, audiencias públicas, encuestas de opinión, buzones de sugerencias, publicación de proyectos normativos, grupos técnicos y mesas de concertación. Art°50, Los deberes del estado en materia de participación ciudadana son las sgtes: Promover el acceso oportuno, capacitar, facilitar asesoramiento para la activa participación de la población organizada sin discriminación de las personas naturales o jurídicas en la gestión ambiental.

44 44 Sujetos de la Gestión Ambiental Artículo 54°.-De los conflictos de competencia Cuando dos o más entidades públicas se atribuyan funciones ambientales de carácter normativo, fiscalizador o sancionador sobre una misma actividad, le corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional a través de su Tribunal de Solución de Controversias Ambientales, determinar cuál de ellas debe actuar como la autoridad competente. Artículo 52°.-De las competencias ambientales del Estado Las políticas y normas ambientales de carácter nacional es una función exclusiva del gobierno nacional. Son ejercidas por organismos constitucionalmente autónomos, del gobierno nacional, regional y local; en sus respectivos ámbitos. Artículo 53°.-De los roles de carácter transectorial Las entidades que ejercen funciones en materia de salud ambiental, protección de recursos naturales renovables, calidad de las aguas, aire o suelos y otros aspectos de carácter transectorial ejercen funciones de vigilancia, establecimiento de criterios y expedición de opinión técnica previa, para evitar los riesgos y daños ambientales.

45 45 Art° 64, Población y Ambiente : Creación, desarrollo y reubicación de asentamientos poblacionales planificados de acuerdo a las decisiones de acondicionamiento territorial y el desarrollo urbano, que aseguren condiciones adecuadas de habitabilidad, protección de la salud ambiental, saneamiento básico, conservación y aprovechamiento sostenible de los RRNN y la diversidad biológica y del patrimonio cultural. Art°69, La relación entre cultura y ambiente: Señala la articulación y el aprovechamiento de los RRNN y la valoración del os conocimientos colectivos de pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas. Población y Ambiente

46 46 Art. 82°.-Del consumo responsable: a través de acciones educativas de difusión y asesoría, promueve el consumo racional y sostenible. Empresa y Ambiente Art. 78°, Responsabilidad social de la empresa: adopción voluntaria de políticas, prácticas y acciones orientadas al establecimiento de un adecuado ambiente de trabajo, así como de relaciones de cooperación y buena vecindad. Art. 77°, Promoción de la producción limpia. fomento de incentivos tributarios, difusión, asesoría y Capacitación. Art. 81°.-Turismo sostenible: Las entidades públicas en coordinación con el sector privado adoptan medidas para prevenir, controlar y mitigar el deterioro del ambiente y de sus componentes, en particular, los recursos naturales y los bienes del Patrimonio Cultural de la Nación

47 47 Aprovechamiento de los Recursos Naturales Art°85, Aprovechamiento sostenible de los RRNN: El Estado promueve la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, así como, mediante el otorgamiento de derechos. Art. 84°, Del concepto: Se consideran recursos naturales a todos los componentes de la naturaleza, susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para la satisfacción de sus necesidades y que tengan un valor actual o potencial en el mercado, conforme lo dispone la Ley. Artículo 93°.-Del enfoque ecosistémico: enfocarse de manera integral, evaluando científicamente el uso y protección de los recursos naturales e identificando cómo afectan la capacidad de los ecosistemas para mantenerse y sostenerse en el tiempo, tanto en lo que respecta a los seres humanos y organismos vivos, como a los sistemas naturales existentes.

48 48 Aprovechamiento de los Recursos Naturales Art. 95°.-De los bonos de descontaminación Para promover la conservación de la diversidad biológica, la Autoridad Ambiental Nacional promueve, a través de una Comisión Nacional, los bonos de descontaminación, u otros mecanismos alternativos, a fin de que las industrias y proyectos puedan acceder a los fondos creados al amparo del Protocolo de Kyoto y de otros convenios de carácter ambiental. Art. 94°.-De los servicios ambientales Los recursos naturales y demás componentes del ambiente cumplen funciones que permiten mantener las condiciones de los ecosistemas y del ambiente, generando beneficios que se aprovechan sin que medie retribución o compensación, por lo que el Estado establece mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisión de dichos servicios ambientales; procurando lograr la conservación de los ecosistemas, la diversidad biológica y los demás recursos naturales.

49 49 Conservación de la Diversidad Biológica Art° 97, Conservación de la diversidad biológica: (Principios) 1.La conservación de la diversidad de ecosistemas, especies y genes. 2.El reconocimiento de los derechos soberanos del Perú como país de origen sobre sus recursos biológicos, incluyendo los genéticos. 3.La protección de la diversidad cultural y del conocimiento tradicional 4.La valorización de los servicios ambientales que presta la diversidad biológica 5.El fomento de la inversión pública y privada en la conservación y el aprovechamiento sostenible de los ecosistemas frágiles. 6.Conservación de los ecosistemas frágiles – montaña – marinos costeros.

50 50 Calidad Ambiental Art°113. Calidad ambiental: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, tiene el deber de contribuir a prevenir, controlar y recuperar la calidad del ambiente y de sus componentes. 1.Agua para consumo humano, 2.Ruidos – vibraciones, 3.Radiaciones, 4.Control de emisiones, 5.Protección de la Calidad del aire, 6.Manejo de residuos solidos, 7.Protección de la calidad de las aguas, 8.Vertimiento de aguas residuales, 9.Tratamiento de residuos líquidos.

51 51 Ciencia, tecnología y educación ambiental Art° 123. Ciencia, Tecnológica y Educación ambiental: Investigación ambiental científica y tecnológica, orientada a proteger la salud ambiental, optimizar el aprovechamiento sostenible de RRNN y prevenir el deterioro ambiental, promoción e implementación de la Política nacional de educación ambiental. Corresponde al Estado y a las universidades, en cumplimiento de sus respectivas funciones y roles, promover: 1.La investigación y el desarrollo científico y tecnológico en materia ambiental. 2.La investigación y sistematización de las tecnologías tradicionales. 3.La generación de tecnologías ambientales. 4.La formación de capacidades humanas ambientales en la ciudadanía. 5.El interés y desarrollo por la investigación sobre temas ambientales en la niñez y juventud. 6.La transferencia de tecnologías limpias. 7.La diversificación y competitividad de la actividad pesquera, agraria, forestal y otras

52 52 Art° 135. Responsabilidad por el daño ambiental: Sanciones y medidas correctivas, buenas Practicas, Responsabilidad de los profesionales y técnicos, el régimen de incentivos. Fiscalización y control Art° 130. Fiscalización por daño ambiental: La fiscalización ambiental comprende las acciones de vigilancia, control, seguimiento y verificación de daños ambientales. Art° 131, Toda persona natural o jurídica que genere impactos ambientales significativos está sometida a las acciones de fiscalización y control ambiental que determine la Autoridad Ambiental Nacional y las demás autoridades competentes Art°134°.-De la vigilancia ciudadana, Las autoridades competentes dictan medidas que faciliten el ejercicio de la vigilancia ciudadana y el desarrollo y difusión de los mecanismos de denuncia frente a infracciones ambientales.

53 10 January 2019 53 10 January 2019

54 54 1.6 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION AMBIENTAL LEY N° 28245 CONTENIDO I.Sistema nacional de gestión ambiental II.Gestión ambiental III.Autoridad ambiental nacional IV.Ejercicio sectorial de las funciones ambientales V.Ejercicio regional y local de funciones ambientales VI.Sistema nacional de información ambiental VII.Educación ambiental Decreto Supremo N° 008-2005-PCM Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (Publicada el 28 de enero de 2005) Publicada el 04 de junio de 2004 La Gestión Ambiental Nacional se ejerce en base a la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, la cual tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes y acciones destinadas a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

55 55 1.6 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION AMBIENTAL Artículo 1.- Del objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto asegurar el más eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental Artículo 2.- Del Sistema Nacional de Gestión Ambiental - SNGA Se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil. LEY N° 28245 Art° 17. Ejercicio sectorial de las funciones ambientales, Las autoridades sectoriales ejercen sus funciones ambientales de conformidad con la Política Ambiental Nacional y las políticas sectoriales.

56 56 Estructura básica del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Consejo de Ministros - PCM MINAM. Grupos Técnicos Nacionales y Estratégicos Ministerios, OPDs Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Sector privado, Sociedad civil Sistemas Regionales de Gestión Ambiental Sistemas Locales de Gestión Ambiental Niveles Funcionales del SIGA

57 57 Los Niveles Territoriales de Gestión Ambiental Art° 25. Sistema Local de Gestión Ambiental. - Ley Nº 27972 Las Comisiones Ambientales Municipales. CAM Aprobación de los instrumentos de gestión ambiental Mecanismos de participación ciudadana GRRNN Y GMA, GTM. Art° 22. Del Gobierno Regional: Responsable de aprobar y ejecutar la Política Ambiental Regional, en el marco de lo establecido por el artículo 53 de la Ley Nº 27867, Implementa el Sistema Regional de Gestión Ambiental en coordinación con la CAR. Los Consejos Regionales cuentan con instancias de sobre RRNN y GMA. La política ambiental regional, articulada con la política y planes de desarrollo Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente Grupos Técnicos Regionales.

58 58 Instrumentos de Gestión Ambiental 1.Sistema de Gestión Ambiental 2.Ordenamiento ambiental territorial 3.Zonificación Ecológica y Económica 4.Ordenamiento urbano 5.Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA 6.Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) 7.Planes de Descontaminación y el Tratamiento de Pasivos Ambientales 8.Estándar de Calidad Ambiental – ECA 9.Límite Máximo Permisible - LMP.- 10.Sistema Nacional de Información Ambiental - (SINIA) 11.Tributación y Ambiente 12.Financiamiento Público de la gestión ambiental. 13.Fondos Ambientales 14.Estrategias, planes y programas 15.Participación ciudadana ambiental Artículo 51.- Instrumentos de Gestión Ambiental – Reglamento Decreto Supremo N° 008-2005-PCM Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional

59 59 Instrumentos de Gestión Ambiental Artículo 69.- De los instrumentos económicos Art° 70.- Tributación y Ambiente: vinculados directamente al manejo de recursos naturales y el control de la contaminación ambiental Art° 72.- Financiamiento Público de la gestión ambiental Art° 74.- Fondos Ambientales y la cooperación internacional Art° 76.- Financiamiento privado de la gestión ambiental - principios de internalización de costos y de responsabilidad ambiental Decreto Supremo N° 008-2005-PCM Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional Artículo 77.- De las estrategias, planes y programas.- Estructuran y organizan objetivos, recursos, plazos y responsabilidades a fin de ejecutar de forma efectiva, eficaz y oportuna la política ambiental y de los recursos naturales. El gobierno nacional, y los niveles descentralizados de gobierno, diseñan y aplican participativamente dichos instrumentos

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