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Publicada porJoaquín Benítez Ponce Modificado hace 5 años
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PROGRAMACION DE NEGOCIACIONES EN EL SISTEMA DE ADQUISICIONES
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La Ley de Contrataciones del Estado, establece en el:
ARTICULO 4.- Programación de negociaciones. Para la eficaz aplicación de la presente ley, las entidades públicas, antes del inicio del ejercicio fiscal, deberán programar las compras, suministros y contrataciones que tengan que hacerse durante el mismo.
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PROGRAMACIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES
Ingresar en el Sistema de Adquisiciones
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En la programación se deberá considerar:
El techo presupuestario aprobado a cada unidad ejecutora. La programación presupuestaria por resultados -Ppr-. La planificación operativa anual – POA-.
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Modalidades de Compra, según lo establece la Ley de Contrataciones del Estado:
a) Licitación pública (Licitación). Art. 17 "Monto. Cuando el monto total de los bienes, suministros y obras, exceda de las cantidades establecidas en el Artículo 38, la compra o contratación deberá hacerse por Licitación Pública, salvo los casos de excepción que indica la presente ley, en el Capítulo III del Título III. Si no excede de dicha suma; se sujetará a los requisitos de cotización o a los de compra directa, conforme se establece en esta ley y en su reglamento. “
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b) Cotización. Art. 38 " Monto. Cuando el precio de los bienes, de las obras, suministros o remuneración de los servicios exceda de noventa mil quetzales (Q.90,000.00) y no sobrepase los siguientes montos, la compra o contratación podrá hacerse por el sistema de cotización así: .... b) Para el Estado y otras entidades, que no exceda de novecientos mil Quetzales (Q.900,000.00). ...." Excepciones i. Compra directa. Art. 43 " La contratación que se efectúe en un solo acto, con una misma persona y por un precio de hasta noventa mil quetzales (Q.90,000.00), se realizará bajo la responsabilidad y autorización previa de la autoridad administrativa superior de la entidad interesada, tomando en cuenta el precio, calidad, plazo de entrega y demás condiciones que favorezcan los intereses del Estado, sus entidades descentralizadas y autónomas, siguiendo el procedimiento que establezca dicha autoridad. ..” Así mismo considerar lo que establece el Artículo 81 Fraccionamiento, de la Ley de contrataciones.
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ii. Casos de excepción (Art. 44)
1. Inciso 1.9 Servicios Individuales, las contrataciones se realizará de forma directa, ver procedimiento ADQ-PRO-03 2. Inciso 2.1 Arrendamientos de inmuebles. la contratación se basara en lo que se establece en la circular DIDE CO/DIR/MRBM/mjpg/ 3. Inciso 2.2 Profesionales encaminados a la realización de estudios, diseños y supervisión de obras y técnicos. Las contrataciones se regirán por el procedimiento ADQ-PRO-05
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d) Contrato Abierto. Art .46
d) Contrato Abierto. Art .46 " Se denomina contrato abierto al procedimiento que realiza el Ministerio de Finanzas Públicas, con el objeto de seleccionar proveedores de bienes, suministros y servicios, previa calificación y adjudicación de los distintos rubros que se hubieren convocado a concurso público. ..." A continuación se describe contratos vigentes a la presente fecha, para el ejercicio fiscal 2016: CATEGORÍAS NOG ALIMENTOS A GRANEL, EMPAQUE Y TRANSPORTE DNCAE No Vence 26/octubre/2016 ALIMENTOS SERVIDOS PARA PERSONAS DNCAE No Vence 13/abril/2017(según contrato ) EQUIPO DE COMPUTO DNCAE No Vence 16/enero/2016 ÚTILES, ACCESORIOS Y MATERIALES ELÉCTRICOS: DNCAE No Vence 06/marzo/2016 ARTÍCULOS DE LIMPIEZA DNCAE No Vence 25/diciembre/2016 SERVICIOS DE PUBLICIDAD DNCAE Vence 20/marzo/2016
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GRUPO DE GASTOS Grupo de gasto 1. Servicios no personales
Grupo de gasto 2. Materiales y suministros Grupo de gasto 3. Propiedad, planta, equipo e intangibles
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¡ GRACIAS !
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