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Publicada porJosé Ángel Serrano Quintero Modificado hace 6 años
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ANDIME en la REFORMA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
AGOSTO 2016
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EDUSUP vista desde las/los trabajadoras/es del MINEDUC
Diagnóstico compartido: Existe un sistema mixto de Educación Superior, de baja regulación que ha derivado en segregación, endeudamiento y baja calidad. Toma de posición respecto a la contradicción fundamental Un bien de consumo en un mercado regulado pero entregado mayoritariamente a la iniciativa privada. Como un derecho social habilitante garantizado por el Estado NOSOTROS: Que el Estado garantice el derecho a la educación, debiendo la economía ponerse al servicio del cumplimiento de ese objetivo y no al revés.
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CRITERIOS GENERALES CONSTITUYENTES La educación como pilar fundamental para nuestro desarrollo democrático. Reforzamiento permanente y progresivo del rol de nuestro Ministerio como garante de la educación como un derecho social y una inversión social estratégica. Inclusión , equidad e igualdad de oportunidades en el acceso al conocimiento, la ciencia y la técnica es lo que puede resolver el problema de la distribución desigual. Desde el rol rector del MINEDUC aportar con trabajo e ideas a un Modelo de Desarrollo Nacional productivo, industrial y sustentable.
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En materia de financiamiento: Aumentar las capacidades fiscalizadoras de la Superintendencia propuesta en el proyecto que incluya penas especiales que sancionen adecuadamente a quienes defrauden la ley. No puede continuar el crédito con aval del Estado (CAE).
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Marco regulatorio, cuerpos normativos en IES con aportes del Estado: Sólo se le garantiza presencia en cuerpos normativos colegiados en las IES estatales. En los IES privados debe existir cuerpos normativos democráticos conformado por sus estamentos.
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En materia de financiamiento: La propuesta de transferir recursos directos desde el Estado a instituciones privadas no tradicionales, con el argumento de que si estas adhieren a la gratuidad perderán recursos por los aranceles regulados y por ello el Estado debe entregarles fondos para amortiguar dichas perdidas. Destinar recursos orientados a planificar una expansión de la matrícula estatal. Establecer mayores y mejores procesos de cierre de IES. Dar mayores atribuciones al sector estatal que le permitan absorber matrícula privada, garantizando el derecho a la educación.
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Periodo de transición: Permitirá hasta el fin de la transición hacia la gratuidad, el financiamiento de ayudas estudiantiles a IES no adscritas a la gratuidad, estableciendo condiciones mínimas para acceder a dichos recursos. Mecanismos y atribuciones que establezcan exigencias inmediatas en tanto se entreguen recursos indirectamente.
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Materia Laboral para Subsecretaría y Superintendencia : Solicitamos que por ley se fijen las plantas de esta nueva institucionalidad. Modificar todos aquellos artículos que apliquen potestades de DFL. Aplicación del estatuto administrativo por la calidad estatal de las nuevas reparticiones. Valoramos que: Todo funcionario del Mineduc que fuere traspasado a estas entidades debe hacerse bajo el régimen de sin solución de continuidad, con todos sus derechos adquiridos. En el caso de la Superintendencia, debe asimilarse al grado más cercano de la EUS, pero que no signifique detrimento de remuneraciones a pagar. Para la fijación de plantas debe regir, necesariamente, el Art. 10 del Estatuto Administrativo, tendiente a dar estabilidad y generar una futura carrera funcionaria en ambas entidades. Por lo tanto, suprimir numeral 5 de Art. Quinto transitorio.
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Para la Subsecretaria de Educación Superior: Respecto del traspaso de funcionarios desde Subsecretaria de Educación Escolar y de la propia DIVESUP, exigimos: Voluntariedad de las/os funcionarias/os. Realización de concursos internos para aquellos cupos no provistos. Se propone artículo transitorio: Todo el personal traspasado desde otras reparticiones del Mineduc a este nuevo ente, podrán seguir perteneciendo al Servicio de Bienestar del Mineduc y a su Asociación de Funcionarios, toda vez que siguen siendo parte de la estructura institucional del Ministerio de Educación. Hacer extensiva esta figura también a quienes fueron traspasados a la Subsecretaria de Educación Parvularia.
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