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Publicada porEmilia Mendoza Sosa Modificado hace 6 años
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GANANCIAS – RENTAS FINANCIERAS Y SU TRATAMIENTO
LEY 27430 GANANCIAS – RENTAS FINANCIERAS Y SU TRATAMIENTO RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTAS FINANCIERAS Y SU TRATAMIENTO
Inversiones: análisis no solo financiero sino fiscal tanto en las inversiones inmediatas sino también el cambio de escenario para la ya existentes. Inflación vs renta financiera Impuesto cedular con una alícuota mas reducida respecto a la media RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTAS FINANCIERAS Y SU TRATAMIENTO
NUEVOS HECHOS IMPONIBLES EN LAS RENTAS DE CAPITAL IG – Art. 2 – nuevo apartado 4 Valores representativos y certificados de depósitos de acciones Cuotapartes de fondos comunes de inversión Certificados de participación de fideicomisos financieros Monedas digitales RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTAS FINANCIERAS Y SU TRATAMIENTO
CONSIDERACIONES GENERALES Las rentas indicadas se encuentran alcanzadas por el impuesto, cualquiera sea el sujeto que las obtenga Se incorporan como rentas de 2da.categoria por sustitución del inc. K del art. 45 (IG) RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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COMPARACION ART. 45 INC K Los resultados provenientes de la compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores. (hasta 2017) “k) Los resultados provenientes de operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares-, monedas digitales, Títulos, bonos y demás valores, así como por la enajenación de inmuebles o transferencias de derechos sobre inmuebles RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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MONEDAS DIGITALES Imposición sobre los beneficios obtenidos por su enajenación Gravado aun sin habitualidad RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTA FINANCIERA - FUENTE
FUENTE ARGENTINA: Cuando el emisor se encuentre domiciliado, establecido o radicado en nuestro país. Cuando los valores representativos o certificados de depósitos de acciones y demás valores el emisor de las acciones se encuentre domiciliados, constituido o radicado en nuestro país, sin importar el lugar de emisión de los certificados o del deposito de las acciones RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTA FINANCIERA - FUENTE
Es de vital importancia la determinación de la fuente a los efectos de determinar de parte del asesor fiscal, dado que la renta de fuente extranjera se realiza a través del impuesto personal y unitario mientras que las de fuentes argentinas a través de la imposición cedular. RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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EXENCIONES SOBRE RENTAS FINANCIERAS – Art. 20 IG
Se excluye los beneficios obtenidos a través de plazos fijos u otras formas de captación de fondos por parte de las entidades financieras. Se aplicara un impuesto cedular cuya alícuota dependerá de las condiciones de emisión Solo corresponderá para los intereses obtenidos en C de Ah y cuentas especiales de ahorro. RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTAS DE TITULOS PUBLICOS Art. 20 inc k IG
las ganancias derivadas de títulos, acciones, cédulas, letras, obligaciones y demás valores emitidos o que se emitan en el futuro por entidades oficiales cuando exista una ley general o especial que así lo disponga o cuando lo resuelva el Poder Ejecutivo – DEROGADO Pasan a estar alcanzadas todas las rentas derivadas de dichas ganancias RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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RENTAS DE TITULOS PUBLICOS
Ley – Obligaciones Negociables – Beneficios Fiscales : se derogan los puntos 3 y 4 del art. 36bis eliminándose los beneficios que se concedían al resultado por enajenación de los títulos públicos en general y los rendimientos de las obligaciones negociables. Se mantiene el beneficio respecto de las obligaciones negociables con relación a los beneficiaros del exterior. RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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Títulos, obligaciones negociables y otros. Beneficios de exención para beneficiaros del exterior Están exentos por las ganancias obtenidas por la transferencia de acciones en la medida que los beneficiaros no residen en el país y los fondos invertidos no provengan de jurisdicciones no cooperantes. También estarán exentos los intereses o rendimientos por la compraventa, cambio, permuta de títulos públicos, obligaciones negociables, títulos de deuda de fideicomisos financieros, cuatapartes de rentas de fondos comunes de inversión. RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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Beneficio de exención por la enajenación de acciones
Total sustitución del inc W del art. 20 (IG) Establece mayores precisiones al respecto. RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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DIVIDENDOS COMPUTABLES
Art.46 derogado: Los dividendos, así como las distribuciones en acciones provenientes de revalúos o ajustes contables, no serán incorporados por sus beneficiarios en la determinación de su ganancia neta. Igual tratamiento tendrán las utilidades que los sujetos comprendidos en los apartados 2, 3, 6 y 7 del inciso a) del artículo 69, distribuyan a sus socios o integrantes. TEXTO S/LEY BO: 30/12/1998 Por lo tanto los dividendos, en dinero o especie serán considerados como ganancias gravadas por sus beneficiarios, cualquiera fueran los fondos empresarios con que se efectúen su pago. Incluyendo las reservas anteriores, con independencia de la fecha de su constitución y las ganancias exentas del impuesto y provenientes de primas de emisión. RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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DIVIDENDOS COMPUTABLES
Idéntico tratamiento se otorga a las utilidades que distribuyan los siguientes sujetos incluidos en el inc. A del art. 69 (IG) SRL S.C. por A S. en C. Simple Asociaciones Fundaciones Cooperativas Entidades Civiles Mutuales Fideicomisos Fondos comunes de inversión cerrados Soc.irregulares y de hecho y empresa unipersonales se optan por tributar con la alícuota del art 69 (ahora el 25%) RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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IMPUESTO CEDULAR SOBRE LOS DIVIDENDOS
Aplicación de un impuesto cedular según art agregado a continuación del art. 90 (IG) PERIODO SOCIEDAD UTILIDAD Tasa Efectiva 2017 35% 2018/2019 30% 7% 34.90% 2020 en adelante 25% 13% 34.75% RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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IMPUESTO CEDULAR SOBRE LOS DIVIDENDOS
La alícuota indicada depende de la que se hubiere aplicado en cabeza de la sociedad para determinar su impuesto. Los dividendos originados en resultados alcanzados a l 35% continuaran siendo no computables. A estos efectos se admite sin admitir prueba en contrario que las ganancias distribuidas corresponden a los periodos mas antiguo El impuesto cedular deberá ser retenido por parte de la entidad pagadora del beneficio. Carácter de la retención: Para personas humanas o suc indivisas residentes no inscriptos o para sujetos no residentes pago único y definitivo. Para contribuyente inscripto: pago a cuenta o pago definitivo???? RED DE CONTADORES - SOLIDARIDAD PROFESIONAL
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