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ASISTENTE DE GERENCIA LEGAL
Daniel Echaiz Moreno Doctorando en Derecho y Magíster en Derecho de la Empresa por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado summa cum laude por la Universidad de Lima. Socio fundador de Echaiz Abogados. Presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Empresarial del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Miembro asociado del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. Catedrático de la Universidad de Lima, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y Universidad San Ignacio de Loyola.
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I. Trámite de formalización de una empresa
Daniel Echaiz Moreno Doctorando en Derecho y Magíster en Derecho de la Empresa por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado summa cum laude por la Universidad de Lima. Socio fundador de Echaiz Abogados. Presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Empresarial del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Miembro asociado del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. Catedrático de la Universidad de Lima, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y Universidad San Ignacio de Loyola.
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La personalidad jurídica
La personalidad jurídica ¿Cuándo empieza? ¿Cuándo termina? ¿Actos anteriores? Inscribe su constitución. Inscribe su extinción. Inscripción y ratificación.
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www.echaiz.com Los aportes
- Cada socio está comprometido frente a la sociedad por lo que se haya comprometido a aportar al capital. - Socio moroso: exigir el cumplimiento (proceso ejecutivo) o excluir al socio (proceso sumarísimo). - Transferencia en propiedad (regla) o bajo otro título (excepción). - Aportes dinerarios y no dinerarios.
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www.echaiz.com Generalidades CONSTITUCIÓN INSTANTÁNEA
CONSTITUCIÓN SIMULTÁNEA CONSTITUCIÓN SUCESIVA CONSTITUCIÓN POR OFERTA A TERCEROS
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Constitución simultánea
Constitución simultánea «La constitución simultánea de la sociedad anónima se realiza por los fundadores al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo acto suscriben íntegramente las acciones».
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Constitución por oferta a terceros
Constitución por oferta a terceros - «La sociedad anónima puede constituirse por oferta a terceros sobre la base del programa suscrito por los fundadores». - Oferta pública. - Programa de constitución.
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www.echaiz.com Proceso SUSCRIPCIÓN DEL PROGRAMA
CONVOCATORIA A ASAMBLEA ASAMBLEA DE SUSCRIPTORES DEPÓSITO EN EL REGISTRO PROGRAMA DE CONSTITUCIÓN ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN
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Constitución por oferta a terceros
Constitución por oferta a terceros Extinción del proceso de constitución: Si no se logra el mínimo de suscripciones en el plazo previsto. Si la asamblea resuelve no llevar a cabo la constitución de la sociedad. Si la asamblea no se realiza dentro del plazo previsto.
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www.echaiz.com Los fundadores
Quienes otorguen la escritura de constitución y suscriban todas las acciones. CONSTITUCIÓN SIMULTÁNEA Quienes suscriben el programa de constitución CONSTITUCIÓN POR OFERTA A TERCEROS
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www.echaiz.com Los fundadores Responsabilidad:
En la etapa previa a la constitución, los fundadores que actúan a nombre de la sociedad o a nombre propio, pero en interés y por cuenta de ésta, son solidariamente responsables frente a aquellos con quienes hayan contratado. Quedan liberados de responsabilidad cuando son ratificados por la sociedad dentro de los tres meses siguientes. A falta de pronunciamiento, se presume la ratificación.
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II. Los órganos societarios
Daniel Echaiz Moreno Doctorando en Derecho y Magíster en Derecho de la Empresa por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Abogado summa cum laude por la Universidad de Lima. Socio fundador de Echaiz Abogados. Presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Empresarial del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Miembro asociado del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. Catedrático de la Universidad de Lima, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas y Universidad San Ignacio de Loyola.
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Organización corporativa de la sociedad
Organización corporativa de la sociedad La junta de socios. El directorio. La gerencia.
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La junta de socios definición
La junta de socios definición Es el órgano supremo de la sociedad. Está integrada por todos los socios. Debe ser debidamente convocada.
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www.echaiz.com La Junta de Socios Clasificación
1. La junta de socios general. - La junta de socios anual. - La junta de socios no anual. 2. La junta de socios especial. 3. La junta de socios universal.
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De la junta general anual
La Junta de Socios Competencia De la junta general anual Pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del ejercicio anterior Resolver la aplicación de utilidades Elegir a los miembros del directorio Designar a los auditores externos
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De la junta general no anual
La Junta de Socios Competencia De la junta general no anual Modificar el estatuto social Aumentar o disminuir el capital social Emitir obligaciones Remover a los miembros del directorio Acordar la transformación, fusión o escisión
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www.echaiz.com La junta de socios Convocatoria ¿Quién convoca?
El directorio. La administración de la sociedad.
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La junta de socios convocatoria
La junta de socios convocatoria ¿Cuándo convoca? Cuando lo ordena la ley. Cuando lo establece el estatuto social. Cuando lo acuerda el directorio. Cuando lo soliciten los socios.
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www.echaiz.com La Junta de Socios Convocatoria ¿Cómo convoca?
Mediante aviso de convocatoria que indique el lugar, el día y la hora de celebración, así como los asuntos a tratar.
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www.echaiz.com La Junta de Socios Concurrencia Regla general.
Directores y gerente general. Estatuto social, directorio y la propia junta de socios. Representación.
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Presidencia y secretaría
LA JUNTA DE SOCIOS Presidencia y secretaría Regla general: Presidente de la junta: presidente del directorio. Secretario de la junta: gerente general. Excepciones: Disposición distinta del estatuto social. Ausencia o impedimento del presidente del directorio o del gerente general.
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www.echaiz.com La Junta de Socios Actas ¿Qué es? ¿Dónde consta?
¿Qué contiene? ¿Cuándo se redacta? ¿Quién la firma?
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www.echaiz.com La impugnación
Artículo 139 de la LGS (primer párrafo).- Pueden ser impugnados judicialmente los acuerdos de la junta general cuyo contenido sea contrario a esta Ley, se oponga al estatuto o al pacto social o lesione, en beneficio directo o indirecto de unos o varios accionistas, los intereses de la sociedad. Los acuerdos que incurran en causal de anulabilidad prevista en la Ley o el Código Civil también serán impugnables…
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www.echaiz.com La impugnación
Artículo 139 de la LGS (primer párrafo).- … Acuerdos contrarios a la LGS. Acuerdos que se opongan al estatuto. Acuerdos que se opongan al pacto social. Acuerdos que lesionen el interés social. Acuerdos anulables según la ley. Acuerdos anulables según el CC.
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www.echaiz.com La nulidad Artículo 150 de la LGS (primer párrafo).-
Procede acción de nulidad para invalidar los acuerdos de la junta contrarios a normas imperativas o que incurran en causales de nulidad previstas en esta Ley o en el Código Civil. Acuerdos contrarios a normas imperativas. Acuerdos nulos según la LGS. Acuerdos nulos según el Código Civil.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Definición
Es un órgano colegiado elegido por la junta de socios Denota la desvinculación entre propiedad y gestión.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Características
Estatuto: número máximo y número mínimo de directores (mínimo legal: 3). Cargo de director: personal, personas naturales, no requiere ser socio. Estatuto (duración): mínimo legal (1 año), máximo legal (3 años), presunción legal (1 año). El cargo de director es retribuido: estatuto o junta general anual.
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Directores de la minoría
DIRECTORIO Directores de la minoría En el directorio también debe representarse la minoría. Sistema del voto acumulativo: cada acción da derecho a tantos votos como directores deban elegirse y cada votante puede acumular sus votos a favor de una sola persona o distribuirlos entre varias.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Convocatoria ¿Quién convoca?
¿Cuándo convoca? ¿Qué señala la convocatoria? ¿Cómo se convoca? El caso del directorio universal.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Actas
Recoge acuerdos y deliberaciones del directorio. ¿Dónde constan? ¿Quiénes firman?
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www.echaiz.com DIRECTORIO Ejercicio del cargo
Diligencia de un ordenado comerciante y de un representante leal. Guardar reserva de los negocios sociales. Cautelar el interés social. No puede participar por cuenta propia o de terceros en actividades que compitan con la sociedad
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www.echaiz.com DIRECTORIO Información
El directorio tiene la obligación de proporcionar a los accionistas y al público la información que la ley determine. Cada director tiene derecho a que la gerencia le brinde información sobre la marcha de la sociedad.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Responsabilidad
Responden ilimitada y solidariamente por los daños y perjuicios que causen los acuerdos o actos contrarios a la ley, al estatuto o realizados con dolo, abuso de facultades o negligencia grave. Responden por el incumplimiento de los acuerdos de la junta general. Responden por las irregularidades de los anteriores directores.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Responsabilidad
¿Cómo salvan su responsabilidad? Manifestando su disconformidad. Exigiendo que se consigne en acta o expresándolo mediante carta notarial.
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www.echaiz.com DIRECTORIO Responsabilidad Responsabilidad civil.-
Si la sociedad se afecta por la actuación de cualquier director: pretensión social de responsabilidad. Si un socio o un tercero ve lesionados sus derechos por los actos de un director: pretensión individual de responsabilidad. Responsabilidad penal.
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www.echaiz.com GERENCIA Características ¿Quién lo designa? ¿Cuántos?
¿Duración? ¿Quién puede ser? ¿Remoción?
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www.echaiz.com GERENCIA Atribuciones
Se establecen en el estatuto, al ser nombrado o por acto posterior. Presunción para el gerente general.- 1 Asistir con voz pero sin voto a las sesiones de la junta general y del directorio 2 Representar a la sociedad con las facultades generales y especiales del CPC y de la Ley de Arbitraje
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www.echaiz.com GERENCIA Atribuciones
Presunción para el gerente general.- 3 Actuar como secretario en las sesiones de la junta de socios y del directorio 4 Celebrar y ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social
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www.echaiz.com GERENCIA Responsabilidad
Responde por los daños y perjuicios que ocasiones por incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave. La absolución antelada de responsabilidad (estatuto, junta general o directorio): nula. Responsabilidad: civil y penal.
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