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Los procedimientos europeos

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Presentación del tema: "Los procedimientos europeos"— Transcripción de la presentación:

1 Los procedimientos europeos
Master en Abogacía Los procedimientos europeos Pablo Martín Rodríguez Dpto. de Derecho Internacional Público y RRII Universidad de Granada Granada, 15 y 16 de noviembre de 2017

2 El sistema de actos y normas Sesión 1

3 El sistema de actos y normas Sesión 1
5. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea mediante sentencia de 15 de octubre de 2016 (publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea del 15 de noviembre de 2016) declara que la Ley de Economía Colaborativa es contraria al Derecho de la Unión Europea. Usted, abogado en ejercicio, recibe a un cliente que ha sufrido daños por la aplicación de dicha Ley. ¿Qué actuaciones recomendará emprender a su cliente? Indique la respuesta correcta: a) Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública en todo caso, dado que la Ley ha sido declarada contraria al Derecho de la Unión Europea. b) Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública siempre que así se hubiera previsto en la Ley de Economía Colaborativa. c) Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública si el cliente hubiera recurrido los actos administrativos dictados en aplicación de la Ley de Economía Colaborativa alegando la infracción del Derecho de la Unión Europea posteriormente declarada, con independencia del sentido de la sentencia recaída y se cumplieran el resto de requisitos legales. d) Podrá exigir responsabilidad patrimonial de la Administración Pública si el cliente hubiera recurrido los actos administrativos dictados en aplicación de la Ley de Economía Colaborativa alegando la infracción del Derecho de la Unión Europea posteriormente declarada, y hubiera obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria, y se cumplieran el resto de requisitos legales.

4 El sistema de actos y normas Sesión 1
6. Siguiendo con el caso anterior, ¿qué plazo tiene su cliente para solicitar el inicio del procedimiento de responsabilidad patrimonial? Indique la respuesta correcta: a) El plazo es de un año desde que se notifica el acto dictado en aplicación de la Ley de Economía Colaborativa que ha producido el daño. b) El plazo es de un año desde que se notifica la sentencia recaída como consecuencia del recurso contra el acto lesivo. c) El plazo es de un año desde que se dictó la sentencia que declara contraria al Derecho de la Unión Europea la Ley de Economía Colaborativa. d) El plazo es de un año desde que se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea la sentencia que declara que la Ley de Economía Colaborativa es contraria al Derecho de la Unión Europea.

5 El sistema de actos y normas Sesión 1
24. Usted, abogado en ejercicio, defiende a Pilar en un procedimiento ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo ha dictado sentencia en única instancia. Dado que es contraria a los intereses de su cliente, se plantea interponer un recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. ¿En cuál de los siguientes supuestos NO concurre el interés casacional necesario?: a) Una sentencia dictada en el seno de un procedimiento relativo al derecho constitucional de fundación b) Una sentencia que resuelva un proceso en el que se impugnó el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. c) Una sentencia que interprete y aplique el Derecho de la Unión Europea en contradicción aparente con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia d) Una sentencia que afecte a un gran número de situaciones, bien en sí misma o por trascender del caso objeto del proceso.

6 El sistema de actos y normas Sesión 1
CARACTERES GENERALES Importancia del sistema jurídico como factor del proceso de integración Estado = Derecho Sistema jurídico particular Van Gend en Loos y Costa c. ENEL Relevancia labor jurisprudencial Summa divisio: Derecho originario o primario /Derecho derivado o secundario

7 El sistema de actos y normas Sesión 1
DERECHO ORIGINARIO Tratados constitutivos y todas sus modificaciones TCECA 1951 (expirado), TCEE (denominado TFUE) y TCEEA de 1957 TUE 1992 Carta de derechos fundamentales de la UE Modificaciones: Generales: AUE 1986, TA 1997, TN 2001, TL 2007 (con la Carta de derechos fundamentales) y otras específicas. Adhesiones nuevos Estados: 1972, 1979, 1985, 1994, 2003, 2005, 2011.

8 El sistema de actos y normas Sesión 1
Caracteres del DERECHO ORIGINARIO Normas jurídicas convencionales Pluralidad y autonomía: art. 40 TUE y 106.bis TCEEA Supremacía sobre el Derecho derivado: arts. 263 y TFUE (Carta constitucional, Sentencia PE c. Consejo acuerdo PNR-, Dictamen 2/2013, CEDH) Eficacia directa Ámbitos de aplicación Temporal: arts. 53 TUE/356 TFUE/208TCEEA. Espacial: arts. 52 TUE y 355 TFUE. Retirada: art. 50 TUE Material: contenidos Revisión de los Tratados art. 48 TUE

9 El sistema de actos y normas Sesión 1
Principios generales Principios “constitucionales” (reconocidos en los Tratados constitutivos) Principios generales del Derecho de la Unión Creación jurisprudencial “inspirados desde”: Tratados constitutivos Derecho Internacional Derechos internos Se sitúan en nivel equivalente al Derecho originario: (supremacía y eficacia directa)

10 El sistema de actos y normas Sesión 1
DERECHO DERIVADO DE LA UNIÓN Principio de atribución de competencias Principio de publicidad: art. 297 TFUE (Heinrich, Skoma-Lux) Principio de motivación: art. 296 TFUE Base jurídica, procedimiento, subsidiariedad y proporcionalidad, oportunidad. Distinción actos legislativos/no legislativos: art. 289 TFUE Jerarquía y prohibición de actos legislativos atípicos Aparición de actos normativos delegados: art. 290 TFUE Mantenimiento actos de ejecución: art. 291 TFUE

11 El sistema de actos y normas Sesión 1
ACTOS TÍPICOS (art. 288 TFUE) [efectos jurídicos] REGLAMENTO ALCANCE GENERAL OBLIGATORIO EN TODOS SUS ELEMENTOS DIRECTAMENTE APLICABLE EN LOS ESTADOS MIEMBROS DIRECTIVA DESTINATARIO: uno o más EEMM OBLIGACIÓN DE RESULTADO Y EJECUCIÓN, PERO LIBERTAD DE MEDIOS Vinculación de los efectos a la norma nacional de transposición ALTERACIÓN CARACTERÍSTICAS (Jurisprudencia del TJ: Ratti, Becker, Marleasing, Inter-Environnement Wallonie, Farrell) Asegurar la obligación de resultado Mayor control de discrecionalidad del EM en libertad de medios

12 El sistema de actos y normas Sesión 1
ACTOS TÍPICOS (art. 288 TFUE) DECISIÓN DESTINATARIO CONCRETO O GENERAL OBLIGATORIA EN TODOS SUS ELEMENTOS MATIZACIÓN: seguramente sustituirá a la directiva como instrumento normativo más complicado, ya que tras el Tratado de Lisboa, se canalizarán como decisiones muy distintos actos jurídicos (p.ej.: art. 25 TUE) ACTOS NO VINCULANTES RECOMENDACIÓN (art. 292 TFUE) DICTAMEN ACTOS ATÍPICOS

13 El sistema de actos y normas Sesión 1
INSTRUMENTACIÓN NORMATIVA INTERNACIONAL DERECHO INTERNACIONAL Derecho internacional general (asuntos Racke, Mox-Plant, Intertanko, Kadi) Tratados internacionales de los EEMM: art. 351 TFUE TRATADOS INTERNACIONALES CONCLUIDOS POR LA UNIÓN Jerarquía entre DO y Dº derivado. Problemático efecto directo

14 PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PROCEDIMENTAL E INSTITUCIONAL
PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS RELACIONES ENTRE EL DERECHO DE LA UNIÓN Y LOS DERECHOS INTERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS PRINCIPIO DE AUTONOMÍA PROCEDIMENTAL E INSTITUCIONAL Autonomía del DºUE como ordenamiento (Costa c. ENEL y Dictamen 1/91, Dictamen 2/13). Desde la perspectiva de las relaciones con los Dº internos: el principio de autonomía institucional y procedimental. Significado: donde el DºUE no fija institución o procedimiento, se aplica el establecido por el Dº interno Rationale: la integración no suplanta las estructuras jurídicas estatales, porque no posee sustitutivas ni pretende crearlas (ppio atribución), antes bien lo que hace es utilizar las estatales. Problema de esta opción: no garantice el DºUE, por ello: DOS LÍMITES: Principio de equivalencia: no más gravoso que el equivalente interno Principio de efectividad: no haga prácticamente imposible ni excesivamente difícil la obtención del derecho

15 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE EFICACIA DIRECTA Cuestión complicada, su construcción no está clara en razón a una relativa indeterminación del TJ Cabe distinguir desde el punto de vista conceptual Aplicabilidad inmediata/aplicación directa (G. Isaac): interpositio legislatoris Eficacia directa: definición Invocabilidad de sustitución: Van Gend en Loos Invocabilidad de exclusión: Ratti, Kolpinghuis Eficacia directa vertical/eficacia directa horizontal

16 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE EFICACIA DIRECTA Enunciado: Van Gend en Loos 63’ Vinculado a características de la norma y no al tipo normativo Requisitos: SUFICIENTEMENTE PRECISA INCONDICIONAL No problema en normas con aplicabilidad directa (Reglamento), sino en las que carecen de ella: directivas y más recientemente principios generales Eficacia directa de las directivas: Fundamento: (obligatoriedad de la directiva + incumplimiento del deber de transposición por el Estado). Por eso, particular frente al Estado (Van Duyn, Marshall, Foster, Farrell, etc. Requisitos. Suficientemente precisa e incondicional Transcurso del plazo de transposición sin que el Estado haya transpuesto la directiva o lo haga incorrectamente Efecto bloqueo: Prohibición de adoptar medidas durante el plazo de transposición que pongan en peligro la consecución del resultado de la directiva: Inter-environnement Wallonie

17 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE PRIMACÍA Lógica subyacente DTC 1/2004: es existencial Esa lógica se encuentra en la práctica totalidad de los principios creados. En efecto, todos estos principios se pueden ver como una construcción tendente a garantizar la primacía. Reténgase que el cuando el TJ acude a la plena eficacia del DC y a la garantía de los derechos que el Dº UE otorga a los particulares está mencionando la primacía.

18 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE PRIMACÍA Enunciado: Costa c. ENEL 64’ Significado Fundamento: (carácter obligat normas art. 249, deber de lealtad y en especial naturaleza y caracts específicas de la Com –no sólo Estados, sino particulares y pueblos- “al constituir una Comunidad de duración ilimitada, dotada de instituciones propias, de personalidad, de capacidad jurídica, de capacidad de representación internacional y más particularmente de poderes reales nacidos de una tranferencia de atribuciones de los Estados a la Comunidad, éstos han limitado, aunque en ámbitos restringidos, sus derechos soberanos, y han creado así un cuerpo de Derecho aplicable a sus nacionales y a ellos mismos”

19 El sistema de actos y normas Sesión 1
ALCANCE DEL PRINCIPIO DE PRIMACÍA - Inaplicación Dº interno, aplicación DºUE - Simmenthal 78’: Impedir formación válida de normas posteriores No esperar cauces internos Facultad y obligación del juez procedente del DºUE - Costazo 89’: todos los poderes - INCOGE 98: Inexistencia como consecuencia (DºUE no la impone, pero primacía no impide al juez aplicar los expedientes técnicos de su Dº interno) - Desarrollos últimos: la revisión de los actos firmes contrarios al DC - Kühne, Kapferer, i-21 Germany, Kempter - Desde una perspectiva no jurisdiccional, este alcance no impide la obligación de los EEMM de derogar las leyes contrarias al Dº UE - Problema principal: alcance absoluto (Comis c. Bélgica, 81): Contradicción entre el DºUE – Constitución

20 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN CONFORME: Una consecuencia natural de la primacía, en conjunción con el principio de cooperación leal contemplado en el art. 4 TUE, es la obligación de los jueces de interpretar su derecho interno de conformidad con el Derecho de la Unión (Marleasing, Maria Pupino, etc.) el juez está obligado a interpretar su Derecho interno (no sólo la normativa de transposición, sino toda norma legal existente dentro del ordenamiento interno) de manera que se alcance el resultado perseguido por la directiva Límites: interpretación contra legem y violación de los principios generales como los de seguridad jurídica o legalidad penal ¿Qué pasa si no es posible la interpretación conforme?

21 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO DE LA UNIÓN Aparición: Francovich: directiva fin dº, contenido precisado por directiva, relación causalidad Inspiración funcional cubrir el espacio dejado por falta de ef. directa directivas Régimen general: Brasserie du pêcheur Violación de una norma que tiene por objeto conferir derechos a los particulares Violación suficientemente caracterizada Nexo causal entre la violación y el daño sufrido por el particular

22 El sistema de actos y normas Sesión 1
PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO DE LA UNIÓN Inherente al sistema del tratado: alineación con Francovich: Dillenkoffer alineación con resp CCEE: Bergaderm extensión a actos judiciales: Köbler y Traghetti Clave Nº 1: concepto de violación suficientemente caracterizada: British Telecom; Hedley Lomas. Clave Nº2: instrumentado a través de derechos internos (principios de autonomía procedimental , efectividad y equivalencia) - Régimen: Dº interno si más beneficioso (Brasserie: culpa) - Procedimiento: Dº interno (equivalencia) - Determinación cuantía (Brasserie: punitive damages); deudor (Konle); etc.

23 El sistema de actos y normas Sesión 1
LA GARANTÍA JUDICIAL DE LOS DERECHOS LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA DE LOS DERECHOS RECONOCIDOS POR EL DERECHO DE LA UNIÓN Problema de base: gestión de la autonomía procedimental e institucional con la primacía y el derecho a la tutela judicial efectiva. La jurisprudencia clásica del TJUE ya había reforzado esta protección Tutela judicial: (Johnston: dº a recurso; Heylens: motivado; Marshall: efectivo) Conexión con los recursos existentes en Derecho interno: art. 19 TUE (UPA o Unibet) Relevancia del art. 47 de la Carta En consecuencia, la autonomía procesal está limitada por tales principios, en un análisis de conjunto del procedimiento Existencia de recurso: Borelli. Respeto plazos: Emmot. Aplicación de oficio y respeto normas procesales: Océano editores, Kapferer Peterbroek, Heemskerk B) TUTELA CAUTELAR Factortame I, Zuckerfabrik.


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