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GRACIAS A FOROS SEMANA: MARCELA PRIETO
GRACIAS A FINAGRO: CARLOS RAMIRO CHAVARRO Cuando llegó al Ministerio de Agricultura ya sabía cual era la reforma que quería plantear para el financiamiento a agropecuario Cuando se aprobó la Ley 45 del 90 que reformó el sistema financiero colombiano, la Ley 16 de 1990 fue incorporada del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sin modificación alguna. Sus visiones sobre el crédito de fomento se anticiparon a las reformas constitucionales de 1991, y Finagro fue modelo para la constitución de los demás bancos de segundo piso que hoy existen Rosas no era un experto en agricultura, era un reconocido analista de la situación fiscal y monetaria de Colombia, pero a la postre uno de los mejores intérpretes de la realidad de la agricultura colombiana en su momento Los debates de la Ley 16 en el Congreso de la República, las opiniones de los distintos gremios de la producción, de los académicos, generaron un gran conceso alrededor de la necesidad de hacer esta reforma al sistema de financiamiento agropecuario La claridad conceptual del Ministro Rosas se podría resumir en que concibió, planeo y ejecutó una estrategia para dotar al sector de un instrumento muy poderoso para canalizar recursos. Del RR de los bancos de segundo piso, de una institución influyente para el desarrollo de la agricultura colombiana
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“Finagro no es un instituto más del sector
“Finagro no es un instituto más del sector. Es un sistema de financiación para la producción primaria con recursos estables, que tiene características únicas frente a otros sectores de la economía, que le da autonomía al Ministerio de Agricultura en la dirección de esta herramienta estratégica de la política, y que hace parte de los programas macroeconómicos” GRACIAS A FOROS SEMANA: MARCELA PRIETO GRACIAS A FINAGRO: CARLOS RAMIRO CHAVARRO Cuando llegó al Ministerio de Agricultura ya sabía cual era la reforma que quería plantear para el financiamiento a agropecuario Cuando se aprobó la Ley 45 del 90 que reformó el sistema financiero colombiano, la Ley 16 de 1990 fue incorporada del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sin modificación alguna. Sus visiones sobre el crédito de fomento se anticiparon a las reformas constitucionales de 1991, y Finagro fue modelo para la constitución de los demás bancos de segundo piso que hoy existen Rosas no era un experto en agricultura, era un reconocido analista de la situación fiscal y monetaria de Colombia, pero a la postre uno de los mejores intérpretes de la realidad de la agricultura colombiana en su momento Los debates de la Ley 16 en el Congreso de la República, las opiniones de los distintos gremios de la producción, de los académicos, generaron un gran conceso alrededor de la necesidad de hacer esta reforma al sistema de financiamiento agropecuario La claridad conceptual del Ministro Rosas se podría resumir en que concibió, planeo y ejecutó una estrategia para dotar al sector de un instrumento muy poderoso para canalizar recursos. Del RR de los bancos de segundo piso, de una institución influyente para el desarrollo de la agricultura colombiana Gabriel Rosas Vega
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Cuál fue la visión del SNCA?
Superar as restricciones que el FFAP había tenido en sus últimos 20 años: El crédito agropecuario era un apéndice de la política monetaria, se fijaba un presupuesto y los déficits se cubrían con emisiones, no respondía a las necesidades del sector El crédito creció en la década de los 70, pero en la década de los 80 cayó en forma sostenida hasta Entre el 88 y el 90 se recuperó, pero solo alcanzó el nivel del 84 Ley 5° del 73, Resolución 57 de 1887 de la Junta Monetaria y crédito del BIRF 1357 El crédito subsidiado ha sido siempre escaso y tiene altos riegos Nuevas fuentes de financiación: captación y crédito externo SNCA eliminó las carteras de entidades no financieras Resolución 77 de 1990 de la Junta Monetaria
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Hay autonomía para manejar el financiamiento del sector?
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Cómo aumentaron los recursos?
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Cambió la estructura del financiamiento?
La fuente casi exclusiva de crecimiento de la cartera es la sustitución de inversiones forzosas por los bancos privados Los créditos sustitutos deben ser similares a los créditos ordinarios de Finagro La CNCA merece darle un análisis detenido a este fenómeno, y Finagro tiene la obligación de presentar un seguimiento a dichas operaciones de sustitución de inversiones forzosas. Lo inconveniente sería que la sustitución fuera al revés, es decir, que los créditos comerciales de los intermediarios se conviertan en créditos de fomento agropecuario
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Cómo ha evolucionado el redescuento?
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Cómo evaluar el efecto de mayores recursos?
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Cómo ha evolucionado el crédito a pequeños productores?
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Se ha dado la conversión de plazos?
Fuente: FINAGRO 2017
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Cuales son los temas claves para el futuro del SNCA?
La política de crédito para los próximos 20 años Dinámica del redescuento y suficiencia de los TDA Nuevas fuentes de financiación Captación Crédito externo Fondos de inversión Revisión de las reglas para sustitución de cartera Repensar el crédito a pequeños Revisar el crédito de inversión El papel del crédito para la competitividad y el mejor uso del suelo Articulación de la política de crédito con otros instrumentos El papel del crédito en la orientación de los subsidios La activación de la CNCA
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Muchas gracias
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