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Las Comisiones de Etica Pública
Comisión de Ética Pública de ARS SEMMA
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Generalidades El Poder Ejecutivo de la República Dominicana, en respuesta a las demandas de la sociedad dominicana y de los organismos multilaterales internacionales de financiamiento, emprendió cambios destinados al desarrollo de la institucionalidad que conllevó reformas legislativas en todos los ámbitos y que consecuentemente han creado un nuevo marco legal en la administración del Estado Dominicano. Entre esta nuevas legislaciones y reformas se encuentra la disposición mediante Decreto del Poder Ejecutivo, que obliga a todas las Instituciones Públicas de gobierno central a crear y mantener vigentes el funcionamiento de la Comisión de Ética Pública (CEP). La máxima autoridad de la institución deberá instruir a las unidades de gestión a fin de brindar colaboración y apoyo en el desempeño de las funciones de la CEP.
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Base Legal Las Comisiones de Ética Pública surgen a raíz de promulgación del Decreto No , en fecha 29 de abril del año 1998, el cual ordena a los Ministros, Directores y Administradores Generales la formación, en un plazo no mayor de un mes a contar de la fecha de este decreto, en cada una de sus dependencias de una Comisión de Ética Pública. Posteriormente la Resolución No.003/2014 emitida por la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) que instituye al Reglamento Operativo de las Comisiones de Éticas mediante Decreto No , de fecha 21 de agosto de 2012.
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Conformación La CEP está conformada por nueve (9) servidores públicos, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, raza, discapacidad, religión, condición social o personal, opinión política o filosófica. La integración de miembros se hace en función de titularidad de cargos predeterminados por este reglamento, es decir miembros de Oficio, y a través de procesos electivos, es decir miembro electivos.
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Clasificación Miembros de Oficios Miembros Electivos
a) Consultor(a) Jurídico(a) b) Director(a) Administrativo(a) c) Encargado(a)de Recursos Humanos d) Responsable de Acceso a la Información Pública e) Encargado(a) de la Unidad de Compras Miembros Electivos a) Un (1) miembro que dirija alguna de las aéreas sustantivas de la institución; y b) tres (3) servidores públicos de carrera administrativa.
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Atribuciones El CEP tendrá las siguientes atribuciones, tomando como referencia el proyecto de ley de la Comisión Nacional de Ética Pública y Combate a la Corrupción: Asesorar todo aquel que pertenezca a la institución, para el cumplimiento de las políticas de prevención de la corrupción administrativa, transparencia, promoción de los valores éticos y fortalecimiento institucional; Elaborar un plan de acción articulado con la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción (CNECC), en donde se consideren los diferentes proyectos y actividades, en el marco del plan estratégico nacional en materia de ética y transparencia y que guarde relación directa con el plan estratégico institucional para que todos los servidores públicos trabajen de forma unificada con las acciones de CEP;
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Atribuciones (2) Servir de ente promotor de garante de la ejecución de las políticas de la prevención de la corrupción administrativa, transparencia y promoción de los valores éticos en la gestión administrativa de la ARS SEMMA; Servir de canal de comunicación entre la institución y la (CNECC), para el diseño, promoción, seguimiento y desarrollo de planes y actividades de fortalecimiento de la ética y la transparencia en la gestión pública; Ejecutar cualquier otra actividad relacionada con su ámbito de acción, que sea necesaria para el logro de los objetivos encomendados;
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Atribuciones (3) Ejecutar reuniones de carácter deliberativo frente a casos institucionales que atenten contra el buen hacer de la entidad; Realizar diagnósticos para determinar el cumplimiento de las normativas, regulaciones y mecanismos de transparencia y fortalecimiento institucional; Especializar fondos del presupuesto para el cumplimiento del plan, cuando el caso lo requiera.
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Funciones El CEP desarrollará entre otras actividades, las siguientes funciones: Diseñar, coordinar, desarrollar y ejecutar cursos, talleres y otros eventos educativos, con los funcionarios y empleados de la institución, con el propósito de elevar su nivel ético y personal; Colaborar en la realización de diagnósticos institucionales sobre la corrupción administrativa;
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Funciones (2) Promover y coordinar, dentro de la institución, la elaboración de campañas publicitarias que ayuden a la formación de una conciencia y prácticas anticorrupción; Participar en las actividades relativas en su área que sean realizadas por la (CNECC) u otros mecanismos ordinarios de formación, capacitación y control que dispone el Estado Dominicano.
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Comisión de Etica Pública de ARS SEMMA
En fecha 23 de septiembre de 2013, la Dirección Ejecutiva de ARS SEMMA notifica a la DIGEIG, mediante OficioNo , la conformación de la Comisión de Ética Pública (CEP) de ARS SEMMA. La actual CEP de ARS SEMMA, se conforma en fecha 14 de octubre de 2015, luego de realizarse elecciones institucionales para designar los miembros electivos de la CEP de ARS SEMMA, con el acompañamiento de la DIGEIG.
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Actuales Miembros de la Comisión de Etica Pública de ARS SEMMA
Dra. Efigenia Morrison /Coordinadora Sra. Grace Mota/Secretaria Lic. Wilssy Lopez / Miembro Lic. Amarilis Sánchez / Miembro Lic. Gloria Imbert / Miembro Lic. Mihail García / Miembro Sra. Karina Mueses / Miembro Sr. Juan Tavarez / Miembro
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Estamos para servirte, por lo que si tienes alguna duda o te interesa profundizar sobre el tema, puedes dirigirte al Comité de Ética a través de la Oficina de Acceso a la Información (OAI) de ARS SEMMA, en la ext.323. wlc/jt
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