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Presenta: DR. EN D. C. y DR. EN D. P.

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Presentación del tema: "Presenta: DR. EN D. C. y DR. EN D. P."— Transcripción de la presentación:

1 Presenta: DR. EN D. C. y DR. EN D. P. Héctor MARTINIANO Aparicio González.

2 REGULARIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORAL MERCANTIL

3 Articulo 1390-Bis, párrafos tercero y cuarto del Código de Comercio, establecen:
No obstante, las partes podrán solicitar al juez, de manera verbal en las audiencias, que subsane las omisiones o irregularidades que se llegaren a presentar en la substanciación del juicio oral, para el sólo efecto de regularizar el procedimiento. Asimismo, el juez podrá ordenar que se subsane toda omisión que notare en la substanciación, para el sólo efecto de regularizar el procedimiento.

4 FORMAS DE REGULARIZAR EL PROCEDIMIENTO
De la interpretación al precepto legal invocado, se advierte que se podrá regularización del procedimiento de las formas siguientes: A).- Petición de parte B).- Facultad del juez

5 PETICION DE PARTE Las partes podrán solicitar al juez, de manera verbal en la audiencia, regularizar el procedimiento para los efectos de: A).- Subsanar omisiones B).- Subsanar irregularidades

6 FACULTAD DEL JUEZ El juez podrá ordenar que se regularice el procedimiento para el efecto de: A).- Subsanar omisiones.

7 OMISIONES EN EL PROCEDIMIENTO
En una conducta que consiste en la abstención de una actuación del órgano jurisdiccional que constituye un deber legal, siempre que con ello no modifique sus propias terminaciones.

8 IRREGULARIDADES EN EL PROCEDIMIENTO
Es aquello que esta fuera de las reglas del procedimiento o resulta contrario a ellas.

9 A manera de conclusión:
De oficio o a petición de parte se regularizara el procedimiento para efectos de subsanar omisiones y consistiera: En una conducta que consiste en la abstención de una actuación del órgano jurisdiccional que constituye un deber legal, siempre que con ello no modifique sus propias terminaciones. A petición de parte se regularizara el procedimiento para efectos de subsanar omisiones y consistiera: Es aquello que esta fuera de las reglas del procedimiento o resulta contrario a ellas.


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