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Publicada porPaula Espejo Carrizo Modificado hace 6 años
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EL ASEGURAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
Miguel Angel de la Calle POOL ESPAÑOL DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES, AIE AEVECAR Madrid, 26 de octubre 2017
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Ideas básicas sobre el Pool.
Pool Español de Riesgos Medioambientales Ideas básicas sobre el Pool. La responsabilidad medioambiental.- características y novedades normativas. El seguro de responsabilidad medioambiental.- Estructura y novedades. Ejemplos de siniestros y tramitación..
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Sujeto al reglamento europeo sobre acuerdos de coaseguro y reaseguro.
1.- EL P.E.R.M. CREADO EN 1994 25 ENTIDADES ASOCIADAS CAPACIDAD AGREGADA DE TODOS LOS SOCIOS ACTIVIDAD DE REASEGURO. Sujeto al reglamento europeo sobre acuerdos de coaseguro y reaseguro.
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A través de estas entidades se pueden contratar
RELACIÓN DE COMPAÑIAS ASEGURADORAS ALLIANZ SEGUROS AXA SEGUROS BILBAO SEGUROS CASER CATALANA OCCIDENTE GENERALI FIATC SEGUROS ASEFA GROUPAMA SEGUROS HDI SEGUROS HELVETIA SEGUROS LA UNIÓN ALCOYANA MAPFRE EMPRESAS MUSSAP MUTUA GENERAL DE SEGUROS PATRIA HISPANA REALE SEGUROS GENERALES A través de estas entidades se pueden contratar los nuevos seguros de Responsabilidad Medioambiental RELACIÓN DE COMPAÑÍAS REASEGURADORAS CONSORCIO COMP. DE SEGUROS MAPFRE RE. MÜNCHENER RÜCK NACIONAL DE REASEGURO ODYSSEY RE. SCOR GLOBAL P &C SWISS-RE XL RE. EUROPE
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2.- RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL LEY 26/2007 Reglamento de desarrollo (R.D. 2090/2008, de 22 de Diciembre). RESPONSABILIDAD ADICIONAL A LA RESPONSABILIDAD CIVIL. Dos responsabilidades independientes DOS SINIESTROS PREPONDERANCIA DEL INTERES PUBLICO. Se otorga la iniciativa a la Autoridad Competente. ≠ º PERJUDICADO Es relevante exclusivamente el daño a los recursos naturales. NO SE CUMPLE INDEMNIZANDO; SOLO REPARANDO. El que ha reparado, sí tiene derecho a indemnización. ESTA EN VIGOR DESDE OCTUBRE DE 2007
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CONCEPTO DE DAÑO MEDIOAMBIENTAL
Daño medioambiental significa: Daño a las especies silvestres y hábitats naturales protegidos . Daño al agua. Daño a las riveras del mar y de las rías. Contaminación del suelo.
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NUEVAS DIMENSIONES DE LAS OBLIGACIONES
Prevención de un riesgo inminente Declaración de la situación (de riesgo y de daño) Restauración (Contenido más complejo) CADUCIDAD: 30 AÑOS.
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¿COMO SE REPARA EL DAÑO MEDIOAMBIENTAL?
Aguas, costas y especies naturales y Habitats Reparación primaria. Reparación complementaria Reparación compensatoria.
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SUJETOS CON LEGITIMACION ACTIVA
Principal: La autoridad competente Subsidiaria: Entidades cualificadas (O.N.G.) Personas afectadas
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SUJETOS AFECTADOS TODOS los titulares de actividades económicas o profesionales. Actividades del Anexo III Actividades Anexo III con prioridad (niveles 1, 2, 3) Están sujetos a la responsabilidad Resp. Objetiva. E.R.M. Garantía Financiera
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LA GARANTIA DE LAS RESPONSABILIDADES EN LA L.R.M.
Capítulo IV (Artículos 24 al 33) - Obligación del titular de disponer de una garantía financiera - Modalidades posibles: * Seguro.- Complementado obligatoriamente por el C.C.S. Según próximo reglamento. * Aval de entidad financiera.- A reglamentar por la Administración autorizante. * Constitución de una reserva de finalidad exclusiva, mediante la dotación de fondos que tengan garantía pública - Cuantías mínimas: de a 20 Millones de Euros, según “daño potencial”
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del pasivo de la empresa.
EL SEGURO Es la única opción entre los instrumentos de garantía en que el riesgo garantizado del pasivo de la empresa. Se transfiere
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FUNCIÓN DEL FONDO A GESTIONAR POR EL C.C.S.
Años periodo de actividad 3 primeros años tras el cese Periodo máximo 27 años(año 4º al 30º) Hecho generador del daño Descubrimiento del daño …se constituirá con las aportaciones de los operadores que contraten un seguro para garantizar su responsabilidad medioambiental, mediante un recargo sobre la prima de dicho seguro. Reclamación al operador
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LOS SEGUROS OBLIGATORIOS EN LA ACTUALIDAD
Gestores de residuos peligrosos o especiales: Rgto 2090/2008.- Adaptación a los nuevos requerimientos de la nueva legislación sustituyendo o complementando los antiguos Dto RR.PP. 833/1988. Ley R.y S.C.
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MODIFICACIONES POSTERIORES A 2017:
RD. Leg. 8/2011, de Modifica arts. Cap. 4. O.M /2011 de 22-6 Junio de 2014 Sectores prioridad 1: : Sectores prioridad 2 : : Sectores de prioridad 3 RD 183/2015: Seveso Instalac. combustión pot. térmica >50 MW, Gestores RR.PP.>10 Tm./día Actividades IPPC de prioridad 2. Otras que no queden excluidas. Actividades IPPC; resto Balsas mineras. Simplifica análisis de riesgos Establece un nuevo instrumento para su cálculo:; el IDM
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3.- LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL
La descripción de los seguros que se da a continuación no tiene carácter de oferta ni valor contractual alguno. Los conceptos se resumen para su mejor comprensión
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DOS CAPITALES Y COBERTURAS INDEPENDIENTES
ELEMENTO DAÑADO ESPECIES Y HÁBITATS PROTEGIDOS AGUA COSTA SUELO RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL PERSONAS: - DAÑOS PERSONALES PROPIEDADES: - DE PERSONAS PÚBLICAS O PRIVADAS DERECHOS ECONÓMICOS - LUCRO CESANTE RESPONSABILIDAD CIVIL POR CONTAMINACIÓN No obligatoria
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RASGOS PRINCIPALES Completamente adaptados a la Ley de Responsabilidad Medioambiental Duplican el capital asegurado si se incluye la R. Civil por Contaminación Cubren todo tipo de daños medioambientales; no solo la contaminación
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CONTENIDO DE LA COBERTURA
Cobertura para las tres categorías de obligaciones: Hacen referencia expresa a los recursos naturales regulados: Incluyen las tres fases de restauración: Prevención de riesgo inminente. Minimización del daño causado. Restauración de los recursos dañados. Suelo. Agua. Especies y hábitats protegidos. Costa. Primaria. Complementaria. Compensatoria. Incluyen toda la actividad asegurada, incluso la que se desarrolla fuera de la planta.
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PRESTACIONES Gastos de prevención. Gastos de aminoración “evitación”
Indemnización y/o reparación. Gastos de defensa. Prestación de fianzas.
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CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA L.R.M.
LEY REPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL REQUISITOS: Garantía específica y exclusiva de las responsabilidades de la ley. Gastos para evitar un riesgo inminente de daño por contaminación. LIMITACIONES AUTORIZADAS.- Daños por cualquier causa Origen involuntario e inesperado. Reparación Primaria de las especies y hábitats. POST-CLAUSURA Daños descubiertos tras el cese de actividad, tres años. SEGURO DE REALE Lo cumple: Capitales independientes R.M. y R.C. Lo cumple: sublímite a partir de 1 M. Lo cumple: cubre contaminación y cualquier otro daño medioambiental. Lo cumple. Más amplio, Además reparación complementaria y compensatoria, sin sublímites. Lo cumple
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LA GESTION DE LOS SINIESTROS
y CASOS PRACTICOS Las fotografías que se muestran no rebelan la identidad de las empresas afectadas
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GASOLINERA EN CATALUÑA (AÑO 99)
Causa de la contaminación Acuerdo con el asegurado. Acuíferos y pozos afectados. Periodo de limpieza y de vigilancia .- negoc. Con A.P.
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Derrame gasolinera en casco urbano
Daños a terceros y a los recursos naturales (¿un siniestro o dos?). Negociación con el asegurado (suelo propio) Negociación con la Administración (Proyecto y objetivo de descontaminación). Dificultades técnicas; compatibilidad con uso de la vía pública y coste.
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Datos de contacto: Tfno:
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