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Publicada porMaría Isabel Gil Romero Modificado hace 7 años
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Control de Contaminación: Aire, Agua y Suelos
Curso Derecho del Medio Ambiente Javier Vergara Fisher Patricio Leyton Florez
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Normas de Calidad Ambiental y de Emisión
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Normas Primarias de Calidad Ambiental
Art. 2 o.Norma Primaria de Calidad Ambiental: aquélla que establece los valores de las concentraciones y períodos, máximos o mínimos permisibles de elementos, compuestos, sustancias, derivados químicos o biológicos, energías, radiaciones, vibraciones, ruidos o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la vida o la salud de la población
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Normas Secundarias de Calidad Ambiental
Art. 2. p.Norma Secundaria de Calidad Ambiental: aquélla que establece los valores de las concentraciones y períodos, máximos o mínimos permisibles de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueda constituir un riesgo para la protección o la conservación del medio ambiente, o la preservación de la naturaleza
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Normas de calidad ambiental
Art. 32 Ley Reglamento para la dictación de las normas de calidad y de emisión emanado del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que reglamenta la dictación de las normas de calidad o de emisión ( D.S Nº93 Min. Sec. Gral. Presidencia año 1995).
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Normas de calidad ambiental
Programa priorizado (marzo de cada año) Lo aprueba el Consejo de Ministros. Debe ser fundado. Publicidad información. Expediente con todos los antecedentes.
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Normas de calidad ambiental (etapas art 32 ley)
análisis técnico y económico, desarrollo de estudios científicos, consultas a organismos competentes, públicos y privados, análisis de las observaciones formuladas y una adecuada publicidad. Reglamento establecerá además los plazos y formalidades que se requieran para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo y, los criterios para revisar las normas vigentes.
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Normas primarias de calidad ambiental
Dictación: mediante D.S. Emana del Ministerio Sec. General de la Presidencia y Ministerio de Salud. Previo proceso reglado cuyos criterios se señalan en la ley y se detallan en el Reglamento (D.S. Nº93 Min. Segpres año 1995).
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Normas primarias de calidad ambiental
Aplicables en todo el territorio de la República. Su cumplimiento se verifica: Donde existan asentamientos humanos (¿desierto, campo, campamentos mineros?). En los medios cuyo uso previsto afecte directa o indirectamente la salud de la población
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Estaciones representativas
a. Estación monitora con representatividad poblacional para gas monóxido de carbono (EMRPG): Una estación de monitoreo que se encuentra localizada en un área habitada. Se entiende como área habitada, a una porción del territorio donde vive habitual y permanentemente un conjunto de personas.
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Normas primarias de calidad ambiental (aire)
Material Particulado respirable (PM-10). Ozono (O3) Compuestos Orgánicos Volátiles (COV) Monóxido de carbono (CO) Dióxido de azufre (SO2) Plomo (Pb) Dioxido de Nitrógeno (NO2)
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Normas primarias de calidad ambiental(contenido)
Los valores máximos o mínimos que no podrán ser sobrepasados. Los valores críticos que determinen situaciones de emergencia. El plazo para su entrada en vigencia Metodologías de control y medición Organismos fiscalizadores
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Normas Secundarias de Calidad Ambiental
D.S, con firma de Ministro Secretario General de la Presidencia y Ministro Competente. Decreto señala el ámbito territorial de su aplicación
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Normas Secundarias de Calidad Ambiental (contenido)
Valores y ámbito de aplicación. Metodologías de mediciones Valores que determinan situaciones críticas.
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Normas Secundarias de Calidad Ambiental
Anhídrido sulfuroso para proteger la agricultura ( D.S. 185 del Ministerio de Minería, año 1992). En Estudio (norma de calidad según usos para diversas cuencas).
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Problemas en el S.E.I.A. respecto de protección agrícola y normas
Casos en que se cumple norma secundaria de SO2, se discuten otros criterios de protección agrícola fundado en emisiones. Casos en que no existen normas secundarias. Daños meramente patrimoniales
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Superación de norma de calidad ambiental
Cuando se entiende superada la norma de calidad ambiental: Criterio resolución 1215 (derogada) Criterio D.S. Nº185 de Minería (sólo norma secundaria de SO2). Criterios de las nuevas normas primarias ( MP-10, SO2, Nox, COV, CO). En general percentil 99 en normas que no son anuales. Tres años de mediciones, salvo excepciones. Normas anuales distinto, infracción a promedio anual, eventualmente tres años de mediciones.
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Zonas latente t) Zona Latente: aquélla en que la medición de la concentración de contaminantes en el aire, agua o suelo se sitúa entre el 80% y el 100% del valor de la respectiva norma de calidad ambiental, y Debe ser declarada por D.S. Ministro respectivo y Minis. Secretario General de la Presidencia. Mediciones y antecedentes que se recaban. Legalmente: Procedimiento a cargo COREMA.
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Zonas saturada (art.43 Ley)
Art. 2. u) Zona Saturada: aquélla en que una o más normas de calidad ambiental se encuentran sobrepasadas. Debe ser declarada por D.S. Ministro respectivo y Minis. Secretario General de la Presidencia. Mediciones y antecedentes que se recaban. Legalmente Procedimiento a cargo COREMA.
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Responsabilidad legal monitoreo calidad ambiental
Ley Artículo 33: Los organismos competentes del Estado desarrollarán programas de medición y control de la calidad ambiental del aire, agua y suelo para los efectos de velar por el derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
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Normas de Emisión Art. q.Normas de Emisión: las que establecen la cantidad máxima permitida para un contaminante medida en el efluente de la fuente emisora;
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Normas de emisión Instrumentos de regulación en ausencia de norma de calidad ambiental. Normas de emisión con objeto de cumplir norma de calidad ambiental. Norma de emisión como un límite mínimo aún existiendo norma de calidad ambiental.
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Norma de emisión Artículo 35.- Toda norma de emisión contendrá, además de lo estipulado por el artículo 28, las siguientes materias: a) La cantidad máxima permitida para un contaminante medida en el efluente de la fuente emisora; b) Los objetivos de protección ambiental y resultados esperados con la aplicación de la norma; c) El ámbito territorial de su aplicación; d) Los tipos de fuentes reguladas; y, e) Los plazos y niveles programados para el cumplimiento de la norma.
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Norma de emisión vigentes
D.S. Nº4, 1992 Ministerio de Salud, regula las emisiones de fuentes estacionarias puntuales en la R.M. Norma de emisión que regula descargas a alcantarillados. D.S. Nº609. Norma que regula la descarga de residuos industriales líquidos a cursos de agua superficiales, lagos y mar. D.S. Nº90. Norma de emisión a cursos de aguas subterráneas Norma de emisión de Arsénico. Norma de emisión lumínica. Norma de emisión de TRS Diversas normas para fuentes móviles. Normas de NOx PPDA RM.
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Algunas Normas de emisión en preparación
Norma de emisión para instalaciones de incineración o co-incineración. Norma para el estero Carén. Norma de ruido que regula la actividad de la Construcción. Norma para calefectores a leña.
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Norma de emisión de ruido (D.S. Nº146 de Min. Segpres)
Problema de las normas de ruido: Norma de emisión Norma de inmisión En algunos casos se requieren criterios diversos que las normas de emisión no cubren adecuadamente.
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