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Folio. 2015-0187 Hablemos de Género.

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Presentación del tema: "Folio. 2015-0187 Hablemos de Género."— Transcripción de la presentación:

1 Folio Hablemos de Género

2 Holones de la sexualidad

3 Son los aspectos biológicos, genéticamente heredados que colocan a los individuos de una especie en algún punto de un continuo en cuyos extremos se encontrarán individuos reproductivamente complementarios HOMBRE MUJER SEXO

4 Es una categoría social con creencias de como “debe de ser cada uno”
Es una categoría social con creencias de como “debe de ser cada uno”. Se refiere a un status logrado que es en función de la socialización y que tiene componentes culturales y psicológicos. (características socioculturales asociadas con el sexo). Ejemplo: Las muñecas para las niñas y los carritos para los niños. GÉNERO

5 Alude al género con el que una persona se identifica es decir, si se percibe a sí mismo como masculino , femenino o de otra manera menos convencional Identidad de Género

6 Es todo aquel comportamiento determinado que se espera cumplan las mujer y los hombre que se considera como apropiado o “normal”. Dentro de estos se encuentran tanto comportamientos, funciones, derechos, obligaciones y “privilegios” sobre el otro género. Rol de género

7 ¿Cómo se trasmiten los estereotipos de género y roles?
Las madres y padres de familia, las personas encargadas de la educación en las diferentes instituciones de estudio, son los principales transmisores de valores y creencias sobre el sexo. La familia transmite estereotipos de género por: 1. Las expectativas de las madres y los padres respecto al comportamiento de sus hijas e hijos. 2. La forma diferente de tratar si son niñas o niños. 3. Las relaciones entre las madres y los padres (la madre tiene que limpiar la casa, hacer la comida y el padre no; el niño juega al fútbol con su padre, mientras que la niña le ayuda a su madre.) ¿Cómo se trasmiten los estereotipos de género y roles?

8 Folio Las violencias

9 Aquel acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, emocional, patrimonial, económica o sexualmente a cualquier persona integrante de la familia, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantenga o haya mantenido una relación de hecho, y que tiene por efecto causar daño. Investigaciones realizadas en varios estados de la República Mexicana, indican que la incidencia de la violencia , particularmente ejercida contra las mujeres por su pareja, es entre 30% y el 70% en las mujeres mayores de 15 años.

10 Tipos de violencia FISICA SEXUAL PSICOLOGICA PATRIMONIAL ECONÓMICA
Cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las Mujeres SEXUAL

11 Mujeres vulnerables Diferencia entre vulnerabilidad y riesgo
De 3 a 6 veces más que un hombre en una relación heterosexual Tres aspectos de la vulnerabilidad Factores biológicos: diferencias sexuales Epidemiológicos Sociales Mujeres vulnerables

12 En caso de violación, las instituciones prestadoras de servicios de atención médica, deberán, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana aplicable 046: Ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, la anticoncepción de emergencia, previa información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la persona tome una decisión libre. ¿A quien que haya sido violentada sexualmente se le otorga? Violencia Sexual

13 Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos
Folio Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos

14 ¿Los Derechos Sexuales
también son Derechos Humanos?

15 “Los Derechos Humanos son el conjunto de privilegios , libertades, facultades inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral y para la garantía de una vida digna, de la persona que vive en una sociedad organizada” Sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

16 ¡SI!

17 Fue hasta 1994 en el Cairo se aceptó de manera consensuada que los Derechos Reproductivos son elementales para lograr la salud sexual y reproductiva. En 1974 en Bucarest y con perspectiva demográfica se crean los Programas de Planificación Familiar. En 1984 se celebra la Conferencia de Población en México y no logran ponerse de acuerdo. Sin embargo hasta 1995 en Beijing se reconoció la importancia de los Derechos Sexuales para el bienestar social.

18 En Beijing 1995 los Derechos Sexuales se reconocen como Derechos Humanos incluyendo el derecho a tomar decisiones libre y responsablemente, sin coacción, discriminación ni violencia, en todo lo relacionado con la vida sexual, la salud sexual y reproductiva, así como promover la equidad y la igualdad entre mujeres y hombres.

19 La Cumbre del Cairo y la IV Conferencia Internacional de La Mujer de Beijing 1995
México firmó esos documentos adquiriendo el compromiso que es vigilado y obligado por la población civil y a través de las Organizaciones No Gubernamentales

20 Cartilla de los Derechos Sexuales de las y los Jóvenes,
Foro Nacional de Jóvenes por los Derechos Sexuales que se llevó a cabo en agosto del 2000 en Tlaxcala Fue organizado por el Instituto Mexicano de la Juventud y la Dirección de Programas para la Juventud del Gobierno del Distrito Federal. Avalada por 78 organizaciones participantes. Cartilla de los Derechos Sexuales de las y los Jóvenes, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión de Organizaciones Civiles, Promotora de la Campaña Nacional por los Derechos Sexuales de las y los Jóvenes: Hagamos un Hecho Nuestros Derechos.

21 1.- Derecho a decidir de forma libre sobre mi cuerpo y mi sexualidad.
Tengo derecho a que se respeten las decisiones que tomo sobre mi cuerpo y mi vida sexual. Soy responsable de mis decisiones y actos. Nadie debe presionar, condicionar ni imponer sus valores particulares sobre la forma en que decido vivir mi sexualidad.

22 2.- Derecho a ejercer y disfrutar plenamente mi vida sexual
El disfrute pleno de mi sexualidad es fundamental para mi salud y bienestar físico, mental y social. Tengo derecho a vivir cualquier experiencia sexual o erótica que yo elija, siempre que sea lícita, como práctica de una vida emocional y sexual plena y saludable. Nadie puede presionarme, discriminarme, inducirme al remordimiento o castigarme por ejercer o no actividades relacionadas con el disfrute de mi cuerpo y mi vida sexual.

23 3.- Derecho a manifestar públicamente mis afectos.
Las expresiones públicas de afecto promueven una cultura armónica afectiva y de respeto a la diversidad sexual. Tengo derecho a ejercer mis libertades individuales de expresión, manifestación, reunión e identidad sexual y cultural, independientemente de cualquier prejuicio. Puedo expresar mis ideas y afectos sin que por ello nadie me discrimine, coarte, cuestione, chantajee, lastime, amenace o agreda verbal o físicamente.

24 4.- Derecho a decidir con quién compartir mi vida y mi sexualidad
Existen varios tipos de familias, reuniones y convivencia social. Tengo derecho a decidir libremente con quien compartir mi vida, mi sexualidad, mis emociones y afectos. Nadie debe obligarme a contraer matrimonio o a compartir con quien yo no quiera mi vida ni mi sexualidad.

25 5.- Derecho al respeto de mi intimidad y vida privada.
Mi cuerpo, mis espacios, mis pertenencias y la forma de relacionarme con las demás personas son parte de mi identidad y privacía. Tengo derecho al respeto de mis espacios privados y a la confidencialidad en todos los ámbitos de mi vida, incluyendo el sexual. Sin mi consentimiento, ninguna persona debe difundir información sobre los aspectos sexuales de mi vida.

26 6.- Derecho a vivir libre de violencia sexual
Cualquier forma de violencia hacia mi persona afecta el disfrute pleno de mi sexualidad. Tengo derecho a la libertad, a la seguridad jurídica, a la integridad física y psicológica. Ninguna persona debe acosar, hostigar, abusar o explotarme sexualmente. El estado debe garantizarme el no ser víctima de tortura, maltrato físico y psicológico, abuso, acoso o explotación sexual.

27 7.- Derecho a la libertad reproductiva
Las decisiones sobre mi vida reproductiva forman parte del ejercicio y goce de mi sexualidad. Como mujer u hombre tengo derecho a decidir, de acuerdo con mis deseos y necesidades, tener o no hijas e hijos, cuántos, cuándo y con quién. El estado debe respetar y apoyar mis decisiones sobre mi vida reproductiva, brindándome la información y servicios de salud que requiero, haciendo efectivo mi derecho a la confidencialidad.

28 8.- Derecho a la igualdad de oportunidades y a la equidad
Las mujeres y los hombres, aunque diferentes, somos iguales ante la ley. Tengo derecho a un trato digno y equitativo, y a gozar de las mismas oportunidades de desarrollo personal integral. Nadie, bajo ninguna circunstancia, debe limitar, condicionar o restringir el pleno goce de todos mis derechos individuales, colectivos y sociales.

29 discriminación. 9.- Derecho a vivir libre de toda
Las mujeres y los hombres somos diversos y, por tanto, tenemos diferentes formas de expresar nuestras identidades. Tengo derecho a que no se me discrimine por mi edad, género, sexo, preferencia sexual, estado de salud, religión, origen étnico, forma de vestir, apariencia física o por cualquier otra condición personal. El estado debe garantizarme protección contra cualquier forma de discriminación.

30 10.- Derecho a información completa,
científica y laica sobre sexualidad. Tengo derecho a recibir información veraz, no manipulada o prejuiciada, Para decidir libremente sobre mi vida sexual Los temas relativos a la información sobre sexualidad deben incluir todos los componentes de ésta: el género, el erotismo, los vínculos afectivos, la reproducción y la diversidad. El estado debe brindar información laica y científica de manera continua conforme a las necesidades particulares de las mujeres y los hombres.

31 11.- Derecho a Educación Sexual.
La educación sexual es necesaria para el bienestar físico, mental y social, y para el desarrollo humano; de ahí su importancia para todas las personas. Tengo derecho a una educación sexual sin prejuicios, que fomente la toma de decisiones libre e informada, la cultura del respeto a la dignidad humana, la igualdad de oportunidades y la equidad. Los contenidos sobre sexualidad en los programas educativos del Estado deben ser laicos y científicos, ser adecuados a las diferentes etapas de la juventud

32 12.- Derecho a servicios de salud sexual y salud reproductiva.
La salud es el estado de bienestar físico, mental y social de las personas. Tengo derecho a recibir servicios de salud sexual gratuitos, oportunos, confidenciales y de calidad. El personal de los servicios de salud pública no debe, bajo ninguna condición, negarme información o atención y éstas no deben estar sometidas a ningún prejuicio.

33 13.- Derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad.
Puedo tener acceso a cualquier iniciativa, plan o programa público que involucre mis derechos sexuales y puedo expresar mi opinión sobre los mismos. Tengo derecho a participar en el diseño, implantación y evaluación de políticas públicas sobre sexualidad, salud sexual y salud reproductiva. Ninguna autoridad o persona servidora pública debe negarme o limitarme, de manera injustificada, la información o participación referente a las políticas públicas sobre sexualidad.


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