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Publicada porRosario Pinto Quintana Modificado hace 7 años
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Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública
GUÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN BIENVENIDO
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ÍNDICE UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
INFORMACIÓN GENERAL ARTÍCULO 8 ARTÍCULO 14 SOLICITUD DE INFORMACIÓN TRÁMITE RECURSO DE REVISIÓN
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UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ES LA INSTANCIA DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE JALISCO ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES DE INFORMACIÓN. EJERCE TU DERECHO A LA INFORMACIÓN. EN 1977 NUESTRO PAÍS INCORPORÓ A SU ORDEN JURÍDICO EL DERECHO A LA INFORMACIÓN BAJO LOS PRINCIPIOS DE RECIBIR, INVESTIGAR Y DIFUNDIR INFORMACIÓN. EL 21 DE MAYO DEL 2002 ENTRÓ EN VIGOR LA LEY DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO, EN LA QUE SE CONTEMPLABAN COMO SUJETOS OBLIGADOS A LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS, ENTRE OTROS. EN 2005 JALISCO ADICIONÓ AL TEXTO DE SU CONSTITUCIÓN POLÍTICA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. EL 1RO DE ABRIL DE 2012 CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE INFORMACIÓN PÚBLICA SE INICIA UNA NUEVA ETAPA EN EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, UN AÑO Y CUATRO MESES DESPUÉS SE DIÓ PASO A LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, MISMA QUE ENTRÓ EN VIGOR EL 9 DE AGOSTO DE EL 10 DE NOVIEMBRE DE 2015, SE REFORMAN ENTRE OTROS DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, ARMONIZÁNDOSE CON LA NUEVA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, MISMA QUE FUE PUBLICADA EL 4 DE MAYO DE CON EL PROPÓSITO DE SER GARANTE DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y SER PARTÍCIPE EN LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DE LA TRANSPARENCIA, EL IEPC JALISCO PONE A SU DISPOSICIÓN LA PRESENTE GUIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PARA QUE EJERZA TU DERECHO A LA INFORMACIÓN ANTE ESTE ORGANISMO ESPECIALIZADO EN MATERIA ELECTORAL.
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INFORMACIÓN GENERAL EN CUMPLIMIENTO A LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, EL IEPC JALISCO PONE A TU DISPOSICIÓN EN SU PÁGINA DE INTERNET LA SIGUIENTE INFORMACIÓN. ART. 8 DE LA LEY TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS. ART. 14 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS.
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ARTÍCULO 8 LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS -LEYES Y REGLAMENTOS. -LINEAMIENTOS Y CRITERIOS. -DIRECTORIO. -ESTADÍSTICAS. -PROGRAMAS OPERATIVOS. -MANUALES DE ORGANIZACIÓN, OPERACIÓN, PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS. -PRESUPUESTO. -NÓMINAS. -ESTADOS FINANCIEROS. -GASTOS EN MATERIA DE COMUNICACIÓN SOCIAL. -LAS CUENTAS PÚBLICAS. -LAS AUDITORÍAS. -PADRÓN DE PROVEEDORES. -CONVOCATORIAS A CONCURSO PÚBLICO O LICITACIÓN. -INVENTARIO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES. -VIAJES OFICIALES. -PÓLIZAS DE CHEQUES. -FUNCIONES PÚBLICAS. -SERVICIOS. -CONVENIOS Y CONTRATOS. -AGENDA DE ACTIVIDADES. -SESIONES. -ACTAS DE SESIONES. -INFORMES DE ACTIVIDADES.
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ARTÍCULO 14 LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS REGISTROS DE PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES REGISTRO DE OBSERVADORES ELECTORALES. REGISTROS DE AGRUPACIONES POLÍTICAS ESTATALES CONVOCATORIA PARA ELECCIONES CONSTITUCIONALES. ACUERDOS Y RESOLUCIONES SOBRE ASIGNACIÓN DE TIEMPO DE RADIO. INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES DEL INSTITUTO. RESULTADOS DE LOS MUESTREOS DE LA COBERTURA DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOBRE LAS CAMPAÑAS POLÍTICAS. FINANCIAMIENTO PÚBLICO A PARTIDOS POLÍTICOS. FISCALIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. RESOLUCIONES SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS ELECTRÓNICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL VOTO. DIVISION TERRITORIAL RESOLUCIONES SOBRE REGISTRO Y ACREDITACION DE AGRUPACIONES POLÍTICAS. VIDEO Y AUDIO DE LOS DEBATES DE CANDIDATOS A GOBERNADOR. CALENDARIO INTEGRAL DE LOS PROCESOS ELECTORALES. ORGANIZACIONES Y EMPRESAS PARA ESTUDIOS DE OPINIÓN, ENCUESTAS, SONDEOS. INFORMES DE LA UNIDAD DE FISCALIZACIÓN. PREP RESOLUCIONES SOBRE TOPES MÁXIMOS DE CAMPAÑA Y PRECAMPAÑA CONVENIOS PLATAFORMAS ELECTORALES. UBICACIÓN DE LAS CASILLAS ELECTORALES CANDIDATURAS REGISTRADAS LISTA DE FUNCIONARIOS DE LAS MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA CÓMPUTOS ELECTORALES COMPUTOS PARCIALES DISTRITALES CALIFICACIÓN DE LAS ELECCIONES ACTAS DE LOS CÓMPUTOS MUNICIPALES CONSTANCIAS DE MAYORÍA SOLICITUDES DE REFERENDUM Y PLEBISCITO. ASIGNACION DE DIPUTADOS DE RP. CONVOCATORIAS A PROCESOS DE REFERENDUM Y PLEBISCITO. CONSTANCIAS DE DECLARATORIAS DE GOBERNADOR, DIPUTADOS Y MUNICIPES. INICIATIVAS POPULARES ENVIADAS AL CONGRESO. RESOLUCIONES QUE IMPONGAN SANCIONES. RESOLUCIONES DE LOS RECURSOS Y MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. RESOLUCIONES DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN. RESOLUCIONES SOBRE LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES. VIDEO Y AUDIO DE LAS SESIONES DEL CONSEJO GENERAL. EL DIRECTORIO Y ORGANIGRAMA DEL CONSEJO GENERAL, CONSEJOS DISTRITALES Y MUNICIPALES. …. ENTRE OTROS. REPRESENTANTES DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.
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SOLICITUD PODRÁ SOLICITAR INFORMACIÓN POR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES MEDIOS:
VÍA ELECTRÓNICA Con la implementación del Sistema Nacional de Transparencia, el procedimiento para atender las solicitudes de información será a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, las cuales podrá presentar en el siguiente hipervínculo: También podrá acceder a través de la página web del IEPC Jalisco en su apartado «TRANSPARENCIA» menú «SOLICITUD DE INFORMACIÓN» VÍA OFICIALÍA DE PARTES Puede presentar su solicitud en la Oficialía de Partes del IEPC Jalisco (Florencia 2370, esquina Av. López Mateos, Colonia Italia Providencia. C.P , Guadalajara, Jalisco), mediante escrito libre, de forma respetuosa y con los siguientes datos: - De manera opcional nombre del solicitante o seudónimo y en su caso, autorizados para recibir la información. -Domicilio, número de fax, correo electrónico o los estrados de este instituto para recibir notificaciones. -Información solicitada, incluida la forma y medio de acceso de la misma. VÍA TELEFÓNICA Estamos a sus órdenes en los teléfonos: (01 33) / También podrá presentar su solicitud vía fax, telegrama, mensajería o al correo electrónico Señalando los datos antes referidos. De igual forma podrá comparecer ante esta Unidad de Transparencia (Florencia 2370, esquina Av. López Mateos, Colonia Italia Providencia. C.P , Guadalajara, Jalisco) y se le proporcionará la asesoría y material para realizar su solicitud de información.
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TRÁMITE UNA VEZ REALIZADA TU SOLICITUD, LA MISMA PASARÁ POR EL SIGUIENTE PROCESO:
Revisión de requisitos. La Unidad debe revisar que las solicitudes de acceso a la información pública cumplan con los requisitos. (Los requisitos son: I. Nombre del sujeto obligado a quien se dirige; II. De manera opcional, nombre del solicitante o seudónimo y en su caso, autorizados para recibir la información; III. Domicilio, número de fax, correo electrónico o los estrados de la Unidad, para recibir notificaciones, e IV. Información solicitada, incluida la forma y medio de acceso de la misma) Prevención. Si a la solicitud le falta algún requisito, la Unidad debe notificarlo al solicitante dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación, y prevenirlo para que lo subsane dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación de dicha prevención, so pena de tener por no presentada la solicitud. Notificación. La Unidad debe dar respuesta y notificar al solicitante, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud
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RECURSO DE REVISIÓN ES LA HERRAMIENTA JURÍDICA QUE PUEDE PRESENTAR ANTE EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO (ITEI) SI NO RESPONDIMOS SU SOLICITUD O SE ENCUENTRA INCONFORME CON LA RESPUESTA QUE LE PROPORCIONAMOS PLAZOS PARA PRESENTARLO Quince días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación de la repuesta impugnada o del acceso o la entrega de la información o el término en que se debió dar respuesta a la solicitud de información, sin que se hayan realizado. ¿EN DÓNDE PRESENTARLO? En las instalaciones del ITEI o del IEPC por escrito y en duplicado o en forma electrónica a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. ¿EN CUÁNTO TIEMPO SE RESOLVERÁ? Admisión: El recurso de revisión se admitirá o desechará dentro de los cinco días hábiles siguientes a su recepción o de subsanadas las omisiones en caso de requerimiento al recurrente. Informe: El IEPC debe presentar un informe en contestación, dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación que le realice el ITEI. Resolución: El ITEI debe resolver el recurso de revisión dentro de los diez días hábiles siguientes al vencimiento del término para que el IEPC presente su informe.
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