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DE LOS MOVIMIENTOS SOCIALES
LA VISIÓN DE LOS MOVIMIENTOS SOCIALES
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DATOS RELEVANTES: Número de personas con discapacidad en España: 3,8 millones (8,5% de la población). Encuesta de Discapacidad, Autonomía personal y situaciones de dependencia (EDAD). 2008 Esperanza de vida 2014 (INE): 85,6 años mujeres 80,1 años hombres Población con 65 y más años (INE): 2015: 18,4 % 2061: 38,7% 2015 2050
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A NIVEL JURÍDICO: CONSTITUCIÓN: El Estado debe:
Garantizar prestaciones básicas en materias como: Familia art. 39 Seguridad Social art. 41 Discapacidad física, sensorial y psíquica art. 49 Tercera edad art. 50 Poner las bases para que el ejercicio de los derechos se lleve a cabo en condiciones de igualdad en todo el territorio. Art
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LEY 39/2006, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA 2006 REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD 2012
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No al copago confiscatorio
INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR (ILP) No al copago confiscatorio Objetivo: MODIFICAR LA LEY Y ESTABLECER CRITERIOS MÁS CLAROS, JUSTOS E IGUALES EN RELACIÓN CON LA CAPACIDAD ECONÓMICA Y LA PARTICIPACIÓN EN EL COSTE DE LAS PRESTACIONES POR PARTE DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS
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CAMBIOS QUE SE SOLICITAN:
Tener en cuenta, a la hora de establecer el nivel de participación en el coste de las prestaciones, para que el resultado sea más equitativo, factores como: la renta, el patrimonio el momento en el que aparece la situación de dependencia y su prolongación en el tiempo. Excluir el copago a quienes perciban menos de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM. (2015: 532,51 €) Establecer como aportación máxima por persona el 60% del coste del servicio. Garantizar que cada persona disponga de una cantidad mínima para destinar a gastos personales que no sea inferior al 40% de su capacidad económica. AÚN LA ILP ESTÁ PENDIENTE DE SER TOMADA EN CONSIDERACIÓN
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PLANTEAMIENTOS DEL CERMI Y SUS ENTIDADES:
Un pacto de Estado que redefina lo que debería ser un auténtico y efectivo dispositivo de derechos sociales para las personas, incluyendo niños y niñas, que precisan apoyos intensos para su autonomía personal. El modelo tendría que insertarse dentro de la Seguridad Social, para garantizar la igualdad y equidad territoriales. Debe estar dotado de financiación suficiente sin copagos. Debe abandonar la concepción pasiva de atención a la dependencia y promover de forma real la autonomía personal, la vida independiente y la inclusión en la comunidad. Debe tener en cuenta el enfoque de género, evitando que las mujeres y niñas con discapacidad sufran una exclusión múltiple. Debe promocionar la autonomía personal y la vida independiente y la protección a situaciones de dependencia.
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OTRAS PROPUESTAS: Compatibilidad de las prestaciones.
Reducir el tiempo de espera desde que se solicita la prestación. Reducir al mínimo el tiempo de espera para la concesión de cambio de prestación. Que las prestaciones concedidas sean coherentes con el PIVI de la persona dependiente. Igualdad territorial. Que la promoción de la autonomía personal y la vida independiente sea una realidad.
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PREDIF PIDE LA PROMOCIÓN DE LA ASISTENCIA PERSONAL:
PORQUÉ: Es la figura que permite a la persona con discapacidad llevar una vida independiente al mismo tiempo que fomenta su autodeterminación, autonomía personal y toma de decisiones. A fecha 31 de octubre tan solo un 0,51% de personas que están dentro del sistema son beneficiarias de la prestación de Asistencia Personal, mientras que el 34% corresponde a la ayuda de cuidados familiares. Por cada euro invertido en Asistencia Personal retornan 3 (Estudio del Ayuntamiento de Barcelona) CÓMO: Con financiación suficiente Con carácter universal para todas las personas en situación de dependencia Contemplando todas las actividades que pueda desarrollar la persona
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Informe: Situación de la Asistencia Personal en España
Conclusiones La Asistencia Personal actualmente tiene un largo camino por recorrer y tiene varias dificultades para hacerlo: A nivel individual y social: Gran desconocimiento conceptual, de la propia existencia de la prestación y del modelo de vida que lleva implícito. Las propias entidades sociales han tardado en promocionan esta figura por su desconocimiento. No existe un discurso y compromiso social sobre AP y el Asistente Personal y cómo promocionar y gestionar la prestación.
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Conclusiones A nivel normativo:
Existe una amplia normativa que reconoce el derecho subjetivo a la AP, pero no está bien definida la forma de garantizar su ejercicio y disfrute. “Maraña” normativa que dificulta a las Admons. Publicas promocionarla y disuade a la persona dependiente. Además hay diferentes niveles de compromisos de las Admons. Públicas (promoción de autonomía y atención a la dependencia). Genera desigualdades en las CC.AA : Determinan la prestación para actividades relacionadas con el empleo y la educación Edad para poder acceder a la prestación Diferente nivel de cobertura económica El estudio recoge el análisis comparativo con el apoyo de las D.G. de Políticas Sociales de las CC.AA.
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Tiene una triple rentabilidad: individual, social y económica.
Conclusiones A nivel económico: Cuantías establecidas por el SAAD son insuficientes. El modo de pago (adelanto en muchas ocasiones) no es el adecuado. No cubre gastos asociados al servicio que son derechos laborales del trabajador. Incompatibilidad entre los derechos del beneficiario y el Asistente Personal. Una financiación adecuada no llevará un sobrecoste: Es una demanda muy reducida y que no se prevé masiva. Los estudios que hay coinciden en el retorno social de la inversión económica que se hace, de cada euro invertido se retornan 3€. Tiene una triple rentabilidad: individual, social y económica.
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EN SER DUEÑOS DE LA PROPIA VIDA
LA LIBERTAD ESTÁ EN SER DUEÑOS DE LA PROPIA VIDA (Platón)
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¡MUCHAS GRACIAS!
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