La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Nuevo entorno en materia de Precios de Transferencia

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Nuevo entorno en materia de Precios de Transferencia"— Transcripción de la presentación:

1 Nuevo entorno en materia de Precios de Transferencia
Evento Anual 2017 Lic. Carlos Pérez Gómez Serrano (SAT) Lic. Edson Uribe Guerrero C.P.C. Arturo Vela Ríos C.P.C. Felipe León Gámez C.P.C. Alejandro Aceves Pérez

2 Agenda Nuevos capítulos en las Guías de Precios de Transferencia vs. LISR Declaraciones Informativas Maestra, Local y País por País Reglas de Ajustes de Precios de Transferencia 2

3 Nuevos Capítulos en las Guías de PT
vs. LISR

4 Guías de PT - Antecedentes
Guías de Precios de Transferencia para las empresas multinacionales y para administraciones fiscales 1995 Guías de Precios de Transferencia para las empresas multinacionales y para administraciones fiscales 2010 Guías de Precios de Transferencia para las empresas multinacionales y para administraciones fiscales 2016 Alinear lo resultados con la creación de Valor 4

5 Guías PT – Otros cambios
Se incorporan obligaciones en materia de Partes Relacionadas a partir del ejercicio fiscal 1997 Interpretación de disposiciones (Artículo 179 de la LISR) Para la interpretación de lo dispuesto en este Capítulo II, serán aplicables las Guías sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en 1995, o aquéllas que las sustituyan, en la medida en que las mismas sean congruentes con las disposiciones de esta Ley y de los tratados celebrados por México. Soft Law- Guías de PT 5

6 Resumen de los cambios Capítulo I, Principio "Arm's Length"
Se elimina completamente la redacción anterior a partir del párrafo 1.33 y se sustituye la Sección D. Sustancia Sobre Forma / Recaracterización / Riesgos y Capacidad Financiera Capítulo II, Métodos de Precios de Transferencia Se adicionan los siguientes párrafos 2.16A, B, C, D y E. Jerarquización de Métodos LISR Vs Guías de PT y Commodities Capítulo V, Documentación Se elimina completamente la redacción anterior y se sustituye con la nueva, junto con sus Anexos. 6

7 Resumen de los cambios (2)
Capítulo VI, Intangibles Se elimina completamente la redacción anterior y se sustituye todo el Capítulo más los Anexos con 29 ejemplos. Funciones DEMPE , Definiciones de Intangibles, HTV Intangibles y Otros Métodos Financieros Capítulo VII, Consideraciones Especiales para Servicios Intra-Grupo Se elimina completamente la redacción anterior y se sustituye todo el Capítulo. Capítulo VIII, Acuerdos de Contribución de Costos Se elimina completamente la redacción anterior y se sustituye todo el Capítulo junto con sus Anexos que incluyen 5 ejemplos. 7

8 Guías PT – Otros cambios
Criterios Normativos a partir del ejercicio fiscal de 2012 Resolución Miscelánea Fiscal: Regla Consultas en materia de Precios de Transferencia Reglas de ajustes Reglas de declaraciones informativas Maestra, Local y País por País 8

9 Declaraciones Informativas Maestra, Local y País por País

10 Declaraciones Informativas BEPS
Consulta PRODECON Inicia el 17 de Octubre Grupo Técnico (AEF, CPT, CCE, IFA, GE y Televisa) 31 de enero Junta Técnica pública SAT / PRODECON / Grupo Técnico 3 de abril se publican en la página de PRODECON las reglas 12 de Abril se publican anticipadamente en la página del SAT 10

11 Declaración Informativa Maestra
Grupo de Empresas Multinacionales (GEM) es cuando se tiene empresas partes relacionadas en dos o mas países Puede presentarse 1 MF por todo el GEM, general o por línea de negocio Debe incluir Denominación o Razón Social y RFC´s de las PR´s que se incluyan en ese MF Si se encuentra en línea con el Reporte Final de la Acción 13, puede presentarse en Ingles o Español Si no coinciden con el año calendario, pueden presentar normal y apegarse a calendario de la Regla Definiciones de personas morales operativas, intangibles, reestructuras de negocio, políticas de pt, controladoras, subsidiarias, etc de acuerdo con NIF B7 y B8, modelo de negocio, 5 principales productos 11

12 Información - Informativa Local
Regla Grupos de Empresas Mexicanas que no tienen partes relacionadas residentes en el extranjero, que por fondo al no tener partes relacionadas residentes en el extranjero, no pueden hacer BEPS. Todas las operaciones celebradas con PRs nacionales, los formatos de la Acción 13 de BEPS se refieren a las operaciones celebradas con PRs RE. Para los intangibles, se incluyó una descripción de las Funciones DEMPE del Grupo. 12

13 Informativa Local – Información
Información requerida: Copia en idioma español o inglés de los Contratos con PR's; Criterios de aceptación o rechazo de las comparables; Descripción de negocios de Comparables se puede presentar en inglés; Información Financiera y Fiscal de las PR's residentes en el extranjero con las cuales se tengan operaciones relacionadas; esta información consiste en activo circulante, activo fijo, ventas, costos, gastos operativos, utilidad neta, base gravable y pago de impuestos, especificando que moneda se utilizó; Se debe señalar la fecha de elaboración, R.F.C. del elaborador y asesor; Confirmación de que las operaciones celebradas con PR's se pactaron a valores de mercado. 13

14 Declaración Informativa País por País
Regla Para los efectos del artículo 76-A, primer párrafo, fracción III de la LISR, la Declaración Informativa País por País del GEM deberá contener la siguiente información respecto al ejercicio fiscal declarado de la entidad controladora multinacional, tanto de forma agregada, como por cada país o jurisdicción fiscal: Se apega al formato internacional, considera ciertas excepciones Los empleados se reportarán incluyendo tiempo completo y contratistas independientes No aclara si se puede presentar en idioma distinto al español Se puede presentar en moneda extranjera; si se convierte a moneda nacional, se deberá indicar el tipo de cambio, fuente y fecha de conversión 14

15 Precios de Transferencia
Reglas de Ajustes de Precios de Transferencia

16 Tipos de Ajustes Ajustes Técnicos Comerciales, a las comparables
Económicos, tasas de retorno a Activos y Pasivos Estadísticos, mediante métodos estadísticos Ajustes Formales Primarios (Auto determinados, Determinados por la autoridad) Secundarios Correspondientes 16

17 Ajuste Correspondiente LISR
Artículo 184.- "Cuando de conformidad con lo establecido en un tratado internacional en materia fiscal celebrado por México, las autoridades competentes del país con el que se hubiese celebrado el tratado, realicen un ajuste a los precios o montos de contraprestaciones de un contribuyente residente de ese país y siempre que dicho ajuste sea aceptado por las autoridades fiscales mexicanas, la parte relacionada residente en México podrá presentar una declaración complementaria en la que se refleje el ajuste correspondiente. Esta declaración complementaria no computará dentro del límite establecido en el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación." 17

18 Ajustes de Precios de Transferencia
Regla RMF para 2017 Se considera ajuste de precios de transferencia, cualquier modificación a los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad correspondientes a las operaciones celebradas por el contribuyente con sus partes relacionadas, que se realice para considerar que los ingresos acumulables o deducciones autorizadas derivados de dichas operaciones se determinaron considerando valores de mercado. Incluso cuando no se efectúe una entrega de efectivo u otros recursos materiales entre las partes. Tendrán el mismo concepto o naturaleza de la operación objeto del ajuste. 18

19 Ingresos y Deducciones
Regla Aumento o disminución de ingresos o deducciones derivado de ajustes de PT. Cuando aumenta el precio, contraprestación o margen de utilidad: Contribuyentes y EPs que hayan obtenido ingresos acumulables con motivo de la celebración de la operación referida, deberán incrementar dichos ingresos en un monto equivalente al del ajuste. Contribuyentes y RE que hayan efectuado deducciones, podrán incrementar dichas deducciones en un monto equivalente al del ajuste, siempre que cumplan con lo previsto en la regla Para efectos de la retención efectuada a un RE sin EP en el país, el retenedor deberá enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido de conformidad con dicho ajuste. 19

20 Ingresos y Deducciones (2)
Regla Aumento o disminución de ingresos o deducciones derivado de ajustes de PT. Cuando disminuye el precio, contraprestación o margen de utilidad: Los contribuyentes, así como los RE con EP en México podrán incrementar sus deducciones autorizadas en un monto equivalente al del ajuste, siempre que cumplan con lo previsto en la regla Los contribuyentes así como los RE con EP en México que hayan efectuado deducciones con motivo de la celebración de la operación referida, deberán disminuir dichas deducciones autorizadas en un monto equivalente al del ajuste. 20

21 Incremento a las Deducciones
Regla Cuando incremente sus deducciones, de conformidad con la regla , y poder deducirlo, además de cumplir con los demás requisitos que establezcan las disposiciones fiscales deberán: Presentar en tiempo y forma las declaraciones normales o, en su caso, complementarias manifestando el ajuste; Obtener y conservar toda la documentación e información mediante la cual se identificó que la(s) operación(es) ajustada(s) originalmente no correspondían a valores de mercado; Obtener y conservar una manifestación, bajo protesta de decir verdad, mediante la cual se explique la razón; 21

22 Incremento a las Deducciones (2)
Regla (Cont…) Obtener y conservar una manifestación, bajo protesta de decir verdad, mediante la que se explique la consistencia o inconsistencia en la aplicación de las metodologías de precios de transferencia por el contribuyente y en la búsqueda de comparables, al menos en relación con el ejercicio fiscal inmediato anterior; Obtener y conservar toda la documentación e información. Esta debe incluir el cálculo aritmético del ajuste; Contar con el CFDI o comprobante fiscal que cumpla con los requisitos establecidos; 22

23 Incremento a las Deducciones (3)
Regla (Cont…) Cuando reconozca un efecto contable, contar o emitir, según corresponda, un CFDI o comprobante fiscal que ampare dicho ajuste y cumpla con los requisitos establecidos, deberá incluir al menos la descripción de la operación ajustada, el monto de la operación original y el ejercicio fiscal en que se declaró como ingreso acumulable o deducción autorizada; Registrar los ajustes en la contabilidad en cuentas de orden y reconocerlos en la conciliación entre el resultado contable y el fiscal para efectos del ISR, cuando solamente tengan efecto fiscal y no contable; 23

24 Incremento a las Deducciones (4)
Regla (Cont…) Acreditar que la parte relacionada, acumuló o disminuyó la deducción, según corresponda, en el mismo ejercicio fiscal en el que éste se dedujo y por el mismo monto, así como que no representan ingresos sujetos a un régimen fiscal preferente; Cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR a cargo de terceros. 24

25 GRACIAS Evento Anual 2017 Lic. Carlos Pérez Gómez Serrano (SAT)
Lic. Edson Uribe Guerrero C.P.C. Arturo Vela Ríos C.P.C. Felipe León Gámez C.P.C. Alejandro Aceves Pérez


Descargar ppt "Nuevo entorno en materia de Precios de Transferencia"

Presentaciones similares


Anuncios Google