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TRAMITES DIGITALES EN SEGURIDAD SOCIAL 2015

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Presentación del tema: "TRAMITES DIGITALES EN SEGURIDAD SOCIAL 2015"— Transcripción de la presentación:

1 TRAMITES DIGITALES EN SEGURIDAD SOCIAL 2015
Puebla, Puebla Expositor: Gabriel Aranda Zamacona Director General de AraZam Grupo Consultor Empresarial S.C.

2 Actualización en Seguridad Social 2015(Reformas y adecuaciones)
TEMARIO Actualización en Seguridad Social 2015(Reformas y adecuaciones) Medios Electrónicos tradicionales IMSS (IDSE, SIPARE, etc) Medios Electrónicos tradicionales INFONAVIT (Portal trabajadores, Portal Patrones) Implementación de los nuevos medios en línea (SIRESO, Escritorio Virtual, etc)

3 ACTUALIZACION EN SEGURIDAD SOCIAL (noviembre 2015)

4 ART 123 APARTADO “A” CPEUM Fracc XIX.- La ley del Seguro Social es de utilidad pública en ella reside el Regimen Obligatorio de la Seguridad Social de los trabajadores . LEY FEDERAL DE TRABAJO Artículo 8o.- Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. .

5 Concepto de Subordinación Laboral
Patrón da ordenes Trabajador recibe y ejecuta ordenes, lo supervisan, lo capacitan y dirigen. Se recibe un pago (salario) Subordinación significa por parte del patrón un poder jurídico de mando, correlativo a un deber de obediencia por parte de quien presta el servicio. Se obliga a desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados los trabajadores en todo lo concerniente al trabajo II-TASS R.T.F.F. Segunda Epoca. Año VIII. No. 85. Enero p. 563 .

6 CONDICIONES LABORALES
Art 25 LFT . Relación por tiempo determinado, indeterminado, por capacitación inicial, a prueba, temporada. El lugar o lugares de trabajo donde se prestaran servicios. Condiciones del pago del Salario (Semanal, Decenal, Quincenal, Destajo) Condiciones para la capacitación. Prestaciones laborales “básicas” Vacaciones Prima Vacacional Aguinaldo etc

7 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
AGENTES, COMISIONISTAS Y/O REPRESENTANTES Acuerdo número 278/2004 Afiliación de comisionistas, agentes de comercio, vendedores y propagandistas (23/VI/2004) En términos de lo dispuesto por el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo, en relación con los artículos 20 y 21, los agentes de comercio, vendedores, viajantes, propagandistas, impulsores de ventas y otros semejantes, incluyendo a los agentes comisionistas denominados “representantes” deben ser considerados como trabajadores de las empresas a las que prestan sus servicios, por tener estos el carácter de permanentes, y por lo tanto, sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio que establece la Ley del Seguro Social, por ubicarse en el supuesto que consigna la fracción I del artículo 12 de dicho ordenamiento legal, salvo que no ejecuten personalmente el trabajo o que únicamente intervengan en operaciones aisladas;

8 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES LISR

9 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES LISR

10 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES LISR

11 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
Artículo 24.- Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte. Artículo 25.- El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener: Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial, o por tiempo indeterminado y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba IV. El lugar o lugares donde deba prestarse el trabajo;

12 19/12/2007 NUEVO REGLAMENTO CFF DOF 03/04/2014

13 NUEVO CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL (5ta RMF 2015 DOF 19/11/2015)
19/12/2007 NUEVO CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL (5ta RMF 2015 DOF 19/11/2015) Inscripción en el RFC de personas físicas con CURP Para los efectos de lo establecido en el primer párrafo del artículo 27 del CFF, las personas físicas que a partir de 18 años de edad cumplidos requieran inscribirse en el RFC con o sin obligaciones fiscales, podrán hacerlo a través del Portal del SAT, siempre que cuenten con la CURP. La inscripción se presentará de conformidad con lo establecido en la ficha de trámite 3/CFF "Inscripción en el RFC de personas físicas con CURP, por Internet" contenida en el Anexo 1-A. Cuando las personas inscritas sin obligaciones se ubiquen en algunos de los supuestos previstos en el artículo 30, fracción V del Reglamento del CFF deberán presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones de conformidad con lo establecido con la ficha de trámite 71/CFF, "Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones en el Portal del SAT o en salas de Internet de las ADSC", contenida en el Anexo 1-A, debiendo estarse a lo señalado en el párrafo siguiente. CFF 27, RCFF 30

14 NUEVO CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL (5ta RMF 2015 DOF 19/11/2015)
19/12/2007 NUEVO CEDULA DE IDENTIFICACION FISCAL (5ta RMF 2015 DOF 19/11/2015) Inscripción en el RFC de personas físicas con CURP Continua.. Quienes se inscriban con obligaciones fiscales deberán acudir a cualquier ADSC, dentro de los treinta días hábiles siguientes a su inscripción para tramitar su Contraseña o FIEL o tratándose de contribuyentes del RIF, la Contraseña de conformidad con lo establecido en las fichas de trámite 105/CFF "Obtención del certificado de FIEL" y 7/CFF "Obtención y actualización de la Contraseña" respectivamente, si el contribuyente no se presenta en el plazo y términos señalados el SAT podrá dejar sin efectos temporalmente las claves en el RFC proporcionada hasta que el contribuyente cumpla con lo establecido en el presente párrafo. No será aplicable lo establecido en el párrafo anterior, tratándose de contribuyentes que por su régimen o actividad económica no estén obligados a expedir comprobantes fiscales. CFF 27, RCFF 30

15 FUNDAMENTOS PARA TOMAR EN CUENTA:
19/12/2007 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES FUNDAMENTOS PARA TOMAR EN CUENTA: LEY DEL SEGURO SOCIAL Articulo 177. Los patrones estaran obligados siempre que contraten un nuevo trabajador a solicitar su numero de seguridad social y el nombre de la administradora que opere su cuenta individual.

16 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
19/12/2007 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES

17 MOVIMIENTOS AFILIATORIOS
ALTA 01 Léase en Art 177 LSS, a OBLIGACION de acudir a la Subdelegación más cercana a su domicilio particular o bien en algunos casos la institución más cercana a la empresa donde va a prestar sus servicios para obtener su Número de Seguridad Social, antes esto se le conocía como la obtención de su HOJA ROSA. Ahora es conocido como una PRE-AFILIACION, y a su vez ante el IMSS esto se le conoce como ALTA IMSS

18 ¿Cuántos NSS se pueden tener en la vida?
19/12/2007 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES ¿Cuántos NSS se pueden tener en la vida? BENEFICIARIO SEGURO FACULTATIVO ASEGURADO BENEFICIARIO PENSIONADOS

19 FUNDAMENTOS PARA TOMAR EN CUENTA:
19/12/2007 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES FUNDAMENTOS PARA TOMAR EN CUENTA: REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN, PAGO DE APORTACIONES Y ENTERO DE DESCUENTOS INFONAVIT ARTÍCULO 12. Para la inscripción de los trabajadores, los patrones deberán presentar el número de seguridad social que el Instituto Mexicano del Seguro Social les haya otorgado a dichos trabajadores y el número de Clave Única de Registro de Población correspondiente

20 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
OUTSOURCING LFT Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación….. Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: b) Deberá justificarse por su carácter especializado….. .

21 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
OUTSOURCING LFT Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación….. Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones: c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante... De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, Incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. .

22 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
OUTSOURCING De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, Incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social. .

23 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
OUTSOURCING INFONAVIT SIRESO INFORMACION TRIMESTRAL . IMSS CONTRATOS PS-1 INCIDENCIAS MENSUALES .

24 ADECUACIONES OBLIGACIONES LABORALES
ST-7 O ST-9 IMSS Artículo V: Dar aviso escrito o por medios electrónicos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, al Inspector del Trabajo y a la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de las 72 horas siguientes, de los accidentes que ocurran, proporcionando los siguientes datos y elementos: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Instituto Mexicano del Seguro Social deberán intercambiar información en forma permanente respecto de los avisos de accidentes de trabajo que presenten los patrones CM 2-A STPS

25 OBLIGACION DE DAR AVISO A LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.
De acuerdo con la NOM-021-STPS-1994, los formatos que deben llenar las empresas son: CM-2A “Reporte de Accidentes de Trabajo” CM-2B “Datos Adicionales al Reporte de Accidentes de Trabajo” Ante el incumplimiento de esta obligación, la autoridad laboral está facultada para imponer al patrón infractor una multa por el equivalente de tres a 315(21,196.35) veces el salario mínimo general vigente en el momento y lugar en que se cometa la infracción. (art LFT).

26 ZONA “A” $3,505.00 NUEVO REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ZONA “B” $3,322.50 SANCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 118. Se impondrá multa de 50 a 2000 veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de ubicación del centro de trabajo, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo: III. Los avisos a la Secretaría o a las instituciones de seguridad social sobre los accidentes de trabajo que ocurran, de conformidad con los artículos 14, fracción XVI, y 83 de este Reglamento; IV. Los avisos a la Secretaría sobre las defunciones que ocurran con motivo de accidentes y enfermedades de trabajo, con base en los artículos 14, fracción XVII, y 84 del presente Reglamento

27 IMPLICACIONES REFORMAS EN PRESTACIONES
42 NOM’S Artículo OBLIGACIONES DE LOS PATRONES XVII. Cumplir el reglamento y las NORMAS OFICIALES MEXICANAS en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios. .

28 SALARIOS MINIMOS 2015 01/01/ ZONA “A” 01/01/ ZONA “B” 01/04/ ZONA “B” 01/10/ TODOS

29 IMSS DESDE SU EMPRESA

30 IMSS DESDE SU EMPRESA Por disposición expresa del artículo 15, último párrafo de la Ley del Seguro Social, los patrones están obligados a comunicar al Instituto, las altas, modificaciones salariales y bajas de sus trabajadores a través de documentos impresos (formatos AFIL-02, aviso de inscripción del trabajador, AFIL-03, aviso de modificación de salario del trabajador y AFIL-04, aviso de baja del trabajador o asegurado), medios magnéticos (dispmag), digitales, electrónicos (IMSS desde su empresa vía Internet), ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias. En este sentido, el numeral 46 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, establece que cuando los patrones presenten en una sola exhibición cinco o más movimientos afiliatorios, deberán utilizar cualquiera de los medios no impresos señalados en la Ley.

31 IMSS DESDE SU EMPRESA

32 MODULO MOVIMIENTOS AFILIATORIOS
IMSS DESDE SU EMPRESA MODULO MOVIMIENTOS AFILIATORIOS

33 MODULO MOVIMIENTOS AFILIATORIOS (manual)
IMSS DESDE SU EMPRESA MODULO MOVIMIENTOS AFILIATORIOS (manual)

34 MODULO MOVIMIENTOS AFILIATORIOS
IMSS DESDE SU EMPRESA MODULO MOVIMIENTOS AFILIATORIOS

35 IMSS DESDE SU EMPRESA MODULO SATIC

36 MODULO AUTORIZACIONES PERMANENTES
IMSS DESDE SU EMPRESA MODULO AUTORIZACIONES PERMANENTES

37 IMSS DESDE SU EMPRESA

38 IMSS DESDE SU EMPRESA EVOLUCION DEL IDSE 1999-2001 1973-1997 1997-1999
IDSE v1.0 2004- ¿? IDSE v 2.0

39 DISPOSITIVOS MAGNETICOS
IMSS DESDE SU EMPRESA DISPOSITIVOS MAGNETICOS Cuando se acercaba el año 2000, en nuestro país se vivía un auge para la “innovación” de la tecnología gubernamental fue así que el IMSS no se quedo atrás y empezó a realizar software para eficientar la simplificación administrativa en lo trámites, con el objeto de facilitar el cumplimiento de los artículos 15 y 37 de la Ley del Seguro Social, en lo referente a la notificación de modificación de salarios, reingresos y bajas de asegurados por parte de los patrones al I.M.S.S., las Coordinaciones de Afiliación y de Informática desarrollaron el programa "DISPMAG", tendiente a la presentación de dichas notificaciones en medios magnéticos. Lo anterior con el propósito de contribuir al mejor aprovechamiento de los recursos de cómputo de las Empresas.

40 DISPOSITIVOS MAGNETICOS
IMSS DESDE SU EMPRESA DISPOSITIVOS MAGNETICOS Este sistema fue diseñado bajo un ambiente MS-DOS 6.22 en aquel entonces lo que con la entrada en funcionamiento de los ambientes Windows 2000 en adelante empezó a quedar obsoleto, sin embargo, los formatos de la información que desde entonces se realizaba hasta nuestros días se sigue ocupando sin ningún problema, para el envió de los mov-afil al sistema IDSE

41 DISPOSITIVOS MAGNETICOS
IMSS DESDE SU EMPRESA DISPOSITIVOS MAGNETICOS Al día de hoy estos son los movimientos afiliatorios que se siguen ocupando mediante el formato DISPMAG: 02 BAJA 07 MODIFICACION DE SALARIOS 08 REINGRESOS De forma interna el DISPMAG contiene información de otros movimientos: 09 APORTACIONES VOLUNTARIAS 11 AUSENTISMOS 12 INCAPACIDADES OBLIGACION ENVIAR AL IDSE PARA SU OPERACIÓN SOLO POR SUA

42 IMSS DESDE SU EMPRESA R E I N G R E S O S

43 IMSS DESDE SU EMPRESA B A J A S

44 IMSS DESDE SU EMPRESA M O D I F I C A C I O N E S

45 DISPOSITIVOS MAGNETICOS
SISTEMA UNICO DE AUTODETERMINACION DISPOSITIVOS MAGNETICOS Los DISPMAG desde hace una década siempre han manejado dos tipos de estructuras en sus archivos las cuales son: ASEG.TXT USO EXCLUSIVO PARA INGRESOS MOVT.TXT CUALQUIER OTRO MOVIMENTO AFILIATORIO ANTERIORMENTE DESCRITOS

46 PUNTOS DE INTERES ACTUALES

47 APLICACIÓN E IMPLATANCION DEL SISTEMA DE PAGOS REFERENCIADOS (SIPARE)

48 APLICACIÓN E IMPLATANCION DEL SISTEMA DE PAGOS REFERENCIADOS (SIPARE)

49 APLICACIÓN E IMPLATANCION DEL SISTEMA DE PAGOS REFERENCIADOS (SIPARE)

50 LEY FEDERAL DEL TRABAJO
CFDI CUOTAS Y AMORTIZACIONES INFONAVIT LEY FEDERAL DEL TRABAJO ARTICULO 517. PRESCRIBEN EN UN MES: I. LAS ACCIONES DE LOS PATRONES PARA DESPEDIR A LOS TRABAJADORES, PARA DISCIPLINAR SUS FALTAS Y PARA EFECTUAR DESCUENTOS EN SUS SALARIOS

51 PUNTOS A OBSERVAR RETENCIONES EN MATERIA DE AMORTIZACION CREDITOS INFONAVIT

52 RETENCIONES DE AMORTIZACIONES
DESCUENTOS AL SALARIO. SI EL TRABAJADOR ACEPTÓ LIBREMENTE QUE SE LE APLICARA DETERMINADO PORCENTAJE SOBRE SU SALARIO INTEGRADO PARA EL PAGO DE ABONOS DE PRÉSTAMOS PROVENIENTES DEL FONDO PARA LA VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES, DEBE ESTARSE A LO ACORDADO POR LAS PARTES. El artículo 110, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo establece que los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos, salvo para el pago de abonos a fin de cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas habitación o al pago de pasivos adquiridos por estos conceptos, siempre que los descuentos hayan sido aceptados libremente por el trabajador, sin que dicho numeral contemple si tales descuentos se hagan respecto del salario base o integrado, ni el porcentaje máximo de descuento; en consecuencia, si el actor percibía un salario superior al mínimo y aceptó de manera libre que le fuera descontado el veinticinco por ciento de su salario integrado, debe estarse a lo concertado por las partes. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. Amparo directo 499/2003. Fausto Núñez Castillo. 4 de febrero de Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ramos Salas. Secretario: Rodolfo Munguía Rojas. Tesis Aislada, III.1o.T.81 L, Semanario de la Suprema Corte de Justicia y su Gaceta, novena época, tribunales colegiados de circuito, XIX, junio 2004, pág. 1433

53 RETENCIONES DE AMORTIZACIONES
DESCUENTOS AL SALARIO. SI EL TRABAJADOR ACEPTÓ LIBREMENTE QUE SE LE APLICARA DETERMINADO PORCENTAJE SOBRE SU SALARIO INTEGRADO PARA EL PAGO DE ABONOS DE PRÉSTAMOS PROVENIENTES DEL FONDO PARA LA VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES, DEBE ESTARSE A LO ACORDADO POR LAS PARTES. El artículo 110, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo establece que los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos, salvo para el pago de abonos a fin de cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas habitación o al pago de pasivos adquiridos por estos conceptos, siempre que los descuentos hayan sido aceptados libremente por el trabajador, sin que dicho numeral contemple si tales descuentos se hagan respecto del salario base o integrado, ni el porcentaje máximo de descuento; en consecuencia, si el actor percibía un salario superior al mínimo y aceptó de manera libre que le fuera descontado el veinticinco por ciento de su salario integrado, debe estarse a lo concertado por las partes. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. Amparo directo 499/2003. Fausto Núñez Castillo. 4 de febrero de Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ramos Salas. Secretario: Rodolfo Munguía Rojas. Tesis Aislada, III.1o.T.81 L, Semanario de la Suprema Corte de Justicia y su Gaceta, novena época, tribunales colegiados de circuito, XIX, junio 2004, pág. 1433

54 OBLIGACION PATRONAL DE REALIZAR DESCUENTOS
RETENCIONES DE AMORTIZACIONES OBLIGACION PATRONAL DE REALIZAR DESCUENTOS De conformidad con el artículo 46 del Reglamento para la Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Amortizaciones del INFONAVIT, los patrones son solidariamente responsables del entero de los descuentos para la amortización de los créditos otorgados a los trabajadores que tienen a su servicio, responsabilidad que comienza desde el momento en que están obligados a iniciar los descuentos correspondientes y fenece hasta la presentación del aviso de baja de dichos trabajadores, o bien cuando reciban por parte del Instituto el aviso de suspensión de descuentos respectivo.

55 CRITERIO JURIDICO INFONAVIT NUM 18.
RETENCIONES DE AMORTIZACIONES CRITERIO JURIDICO INFONAVIT NUM 18. DESCUENTOS PARA LA AMORTIZACIÓN DEL CRÉDITO HABITACIONAL. DEBEN PRACTICARSE POR TODOS Y CADA UNO DE LOS PATRONES QUE RECIBAN LOS SERVICIOS DE UN TRABA-JADOR ACREDITADO.. Cuando un trabajador beneficiado con un crédito habitacional otorgado por el INFONAVIT presta servicios para dos o más patrones, éstos deben efectuar y enterar los descuentos respectivos por el porcentaje que haya señalado el INFONAVIT, pues ninguna disposición limita esta obligación, solamente a algunos de ellos. Cualquier patrón que reciba los servicios de un trabajador que haya sido, beneficiado con un crédito otorgado por el INFONA¬VIT, deberá efectuar y enterar los descuentos respectivos para la amortización de los créditos correspondientes desde el bimestre siguiente al en que reciba el Aviso para Retención de Descuentos, independientemente de que el trabajador acreditado preste sus servicios, simultáneamente para otros diferentes patrones, los cuales a su vez tendrán las mismas obligaciones en esta materia.

56 RETENCIONES DE AMORTIZACIONES
En la página del INFONAVIT, sección Empresarios, apartado Avisos de Suspensión o retención, se les informa que pueden solicitar al Instituto la emisión de un Aviso de Suspensión de Descuentos, para entregarlo al patrón con quien reciben el salario menor, a fin de que éste no efectúe la retención a su salario. Para tal efecto los interesados deberán comunicarse al INFONATEL al en el DF o al en el interior de la República Mexicana, y proporcionar los siguientes datos: Número de Seguridad Social (NSS) Número de crédito, y Cuenta de correo electrónico del responsable de los trámites inherentes al INFONAVIT en su empresa Con estos datos el personal del INFONAVIT les asignará un número de caso que servirá para darle seguimiento a su solicitud de aviso de suspensión, documento que recibirán vía correo electrónico los propios acreditados y los encargados de esos trámites en su centro laboral, en un plazo de 48 a 72 horas. Si el aviso de suspensión no llega en ese lapso, el acreditado afectado deberá ponerse en contacto con el Instituto a través del Infonatel, proporcionar su número de caso para que le den seguimiento a su solicitud.

57 MODIFICACION DE MONTO A DESCONTAR
RETENCIONES DE AMORTIZACIONES MODIFICACION DE MONTO A DESCONTAR En el INFONAVIT el día 22 de Febrero de 2008, publico la reforma a las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit (ROC), para ser más precisos el cambio se produjo en la REGLA VIGESIMA QUINTA, donde se estipula que a partir de la entrada en vigor de las mismas todos los créditos otorgados deberán sujetarse a ellas, esto es, que si ustedes quieren obtener financiamiento para su casa A PARTIR DEL 23 DE FEBRERO DE 2009, la tasa de interés con la cual ustedes devengarán sus amortizaciones será variable, quedando así la REGLA VIGESIMA QUINTA

58 PRIMERA FORMA: PARA DESCUENTOS EN PORCENTAJE.
RETENCIONES DE AMORTIZACIONES El descuento de la amortización se realiza de dos formas, dependiendo del tipo de descuento que le haya asignado el INFONAVIT al trabajador. PRIMERA FORMA: PARA DESCUENTOS EN PORCENTAJE. SEGUNDA FORMA: PARA DESCUENTOS EN CUOTA FIJA O V.S.M.

59 CALCULO DE LA PRIMERA FORMA(Porcentaje):
RETENCIONES DE AMORTIZACIONES CALCULO DE LA PRIMERA FORMA(Porcentaje): ( S.B.C. ) x (DIAS. TRA) = SBC TRABAJADO x (% DE DESCUENTO) % = + SEGURO $13=

60 RETENCIONES DE AMORTIZACIONES 59.82 25.467= CALCULO DE LA SEGUNDA FORMA: ( S.M.G.D.F. ) x (V.S.M. Ò CUOTA FIJA) X (2 MESES) + SEGURO ($13)

61 PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER CREDITOS INFONAVIT

62 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT
REQUISITOS PARA OBTENER CREDITOS INFONAVIT Ser Asegurado IMSS o Derechohabiente INFONAVIT con relación laboral vigente Reunir 116 puntos de acuerdo a los criterios del INFONAVIT Tomar el curso “Saber para decidir” (en línea o presencial)

63 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT
INFONAVIT (Cálculo de puntuación de los trabajadores) El Infonavit asignará los créditos conforme al sistema de puntuación que tiene por objeto seleccionar a los trabajadores que serán susceptibles de ser acreditados, para ello a nivel nacional ha fijado un total de 116 puntos mínimos para cualquier tipo de crédito que se solicite, mismo que será calculados tomando 3 criterios: 1.- De acuerdo con la edad y el salario del trabajador, se otorgarán los siguientes puntos:

64 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT
INFONAVIT (Cálculo de puntuación de los trabajadores) 2.- Ahorro acumulado en la subcuenta de vivienda, aquí se toman en cuenta el saldo y se divide entre el Salario Base de Cotización mensual y se obtiene de la siguiente tabla:

65 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT
INFONAVIT (Cálculo de puntuación de los trabajadores) 3.- Finalmente se considerará el número acumulado de los últimos bimestres que haya cotizado al Infonavit. Con el mismo o con diferentes patrones, se otorgan:

66 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT TALLER SABER PARA DECIDIR
Lo primero que debe hacer es obtener la precalificación de su crédito, tomando en cuenta el municipio donde pretenda ejercerlo. La precalificación indicará la modalidad que le corresponde, ya sea presencial o por Internet y, para ello, el derechohabiente debe contar con al menos 100 puntos en su precalificación. Para tomar el taller presencial, el derechohabiente sólo tiene que llamar al Infonatel al y reservar su lugar en alguno de los planteles del Conalep que se encuentran disponibles en todo el país para este programa, o bien acudir a un Centro de Servicio Infonavit (Cesi), para que se inscriba. El taller es totalmente gratuito y se imparte los fines de semana (viernes, sábado y domingo) en diferentes horarios. Para tomar el taller por Internet, es necesario que el trabajador acceda al portal del Infonavit ( en la sección Educación y Cultura, e ingrese su Número de Seguridad Social (NSS). En esta modalidad el taller se puede tomar en una o en varias sesiones, dependiendo de la disponibilidad de tiempo de cada derechohabiente. Al final del taller el sistema permite imprimir la constancia de participación.

67 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT TALLER SABER PARA DECIDIR
Este taller, es necesario ya que en el se recibe información valiosa para responder a preguntas que todos nos hacemos, tales como: ¿Cuánto dinero tengo ahorrado en el Infonavit y para qué lo puedo utilizar? ¿Me conviene obtener un crédito hipotecario en este momento o es mejor mantener mi ahorro para el futuro? ¿Me alcanza para pagar un crédito hipotecario? ¿Qué destino puedo darle a mi crédito del Infonavit? ¿Qué tipos de crédito ofrece el Infonavit? ¿Qué beneficios y obligaciones adquiero al contratar un crédito? ¿Cómo debo pagar mi crédito hipotecario? ¿Qué apoyos me ofrece el Infonavit si pierdo mi empleo? ¿Qué tipo de vivienda me conviene y cómo la debo elegir? ¿Qué beneficios y obligaciones adquiero al comprar una casa?

68 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT
INFONAVIT (Líneas de créditos que otorga ) De acuerdo con el artículo 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), los recursos del Fondo de Vivienda de los trabajadores pueden destinarse a una de las siguientes líneas de crédito para: Construcción de conjuntos habitacionales que podrán ser adquiridos por los trabajadores (línea I); Adquisición de vivienda (línea II) Construcción en terreno propiedad del trabajador (línea III) Remodelación o ampliación de vivienda (línea IV) Liberación de pasivos por concepto de vivienda (línea V) No obstante lo anterior, actualmente el Instituto ofrece alternativas de crédito adicionales para sus derechohabientes, las cuales son conocidos en la actualidad como “productos Infonavit” entre otros están lo siguientes

69 Opciones de crédito para todos los derechohabientes
PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT Opciones de crédito para todos los derechohabientes Derechohabientes Opciones de crédito Opciones de destinos Crédito Infonavit con subsidio Crédito Infonavit Crédito Infonavit conyugal Crédito Infonavit hipoteca verde Crédito Infonavit - Fovissste Cofinavit Ingresos adicionales Apoyo Infonavit Ingresos 1- hasta 4 vsm Vivienda nueva Vivienda usada Vivienda ecológica Construcción en terreno propio Remodelación Pago de pasivo Crédito Infonavit Crédito Infonavit conyugal Crédito Infonavit hipoteca verde Crédito Infonavit -Fovissste Crédito Infonavit Total Cofinavit Cofinavit AG Apoyo Infonavit Ingresos 4 vsm en adelante

70 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT Adquisición de vivienda (línea II)
INFONAVIT (Productos) Adquisición de vivienda (línea II) Tradicional FINANCIAMENTO PURO Cofinanciamiento INFONAVIT + SOFOLES O BANCO Apoyo Infonavit GARANTIA INFONAVIT

71 PROCEDIMIENTOS CREDITOS INFONAVIT

72

73 ESCRITORIO VIRTUAL

74 ESCRITORIO VIRTUAL

75

76 REGIMEN DE INCORPORACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL (RISS)
DOF 08/04/2014 VIGENTE 01/07/2014

77 REGIMEN DE INCORPORACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL (RISS)
DOF 08/04/2014 VIGENTE 01/07/2014

78 REGIMEN DE INCORPORACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL (RISS)
DOF 08/04/2014 VIGENTE 01/07/2014

79 ESCRITORIO VIRTUAL

80 ESCRITORIO VIRTUAL

81 ESCRITORIO VIRTUAL

82 ESCRITORIO VIRTUAL

83 ESCRITORIO VIRTUAL

84 APLICACIÓN IMSS ART 32-D CFF
Surge una nueva Constancia de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de acuerdo Acuerdos de consejo Técnicos publicados en la página de Cofemer donde se pueden ver todas las características y elementos que llevara esa constancia, lo sobre saliente es que esa constancia será OBLIGATORIA PARA: Empresas particulares que quiera participar en LICITACIONES, de ADQUISICION DE BIENES, ARRENDAMIENTOS, PRESTACION DE SERVICIOS (sin importar valores) Y/O CONSTRUCCION DE OBRA PUBLICA, cuyo valor sea mayor de $300, Pesos  Empresas que requieran OBTENER ESTIMULOS O SUBSIDIOS de la Administración Federal y el monto máximo de $30, Pesos Esta opinión será NEGATIVA(Con créditos Fiscales firmes) o POSITIVA sin adeudos Dicha CONSTANCIA, se obtenida SOLO POR EL ESCRITORIO VIRTUAL DEL IMSS. En 2015, habrá una modificación al Reglamento de la Industria de la construcción para hacer "obligatoria" esta Constancia

85 APLICACIÓN IMSS ART 32-D CFF

86

87 Gabriel Aranda Zamacona
GRACIAS POR SU ASISTENCIA Su Servidor y Amigo Gabriel Aranda Zamacona A sus ordenes en: Oficina Nacional Oficina Veracruz (01-272) Nextel I.D. 32*776206*1 Facebook: El Nido de la Seguridad Social


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