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NMÁS1 SYZ VALORES AGENCIA DE VALORES, S.A

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Presentación del tema: "NMÁS1 SYZ VALORES AGENCIA DE VALORES, S.A"— Transcripción de la presentación:

1 NMÁS1 SYZ VALORES AGENCIA DE VALORES, S.A
POLÍTICA DE EJECUCIÓN Y GESTIÓN DE ÓRDENES CLIENTES MINORISTAS

2 3. Factores de la Política de Ejecución de Órdenes
Introducción La Directiva de la Unión Europea relativa a los mercados de instrumentos financieros (Directiva MiFID) exige que en el desarrollo de los servicios de recepción, ejecución y transmisión de órdenes las empresas de servicios de inversión adopten las medidas razonables destinadas a obtener el resultado óptimo en la transmisión y ejecución de las órdenes de clientes en relación con instrumentos financieros. El presente documento informa sobre las medidas adoptadas por Nmás1 Agencia de Valores, S.A. (“N+1 Syz AV”) para intentar obtener el mejor resultado posible para los clientes al llevar a cabo la recepción, ejecución y transmisión de sus órdenes (“Política de Ejecución de Órdenes”). 2. Ámbito de aplicación La presente Política de Ejecución de Órdenes será de aplicación a los clientes minoristas de N+1 Syz AV de conformidad con la clasificación de clientes establecida por MiFID. En consecuencia la presente Política de Ejecución de Órdenes no será aplicable a los clientes de N+1 Syz AV que tengan la consideración de profesionales o contrapartes elegibles. La Política de Ejecución de Órdenes será de aplicación a los instrumentos financieros cubiertos por MiFID, y en particular a los instrumentos financieros sobre los que N+1 Syz AV presta sus servicios de inversión (Anexo 1). 3. Factores de la Política de Ejecución de Órdenes N+1 Syz AV ha adoptado todas las medidas razonables para obtener el mejor resultado posible para la transmisión y ejecución de las órdenes de sus clientes sobre instrumentos financieros. Para la ejecución de las órdenes de clientes N+1 Syz AV seleccionará el centro de ejecución que en cada caso concreto, dependiendo del tipo de orden e instrumento financiero de que se trate, resulte más conveniente en interés del cliente. N+1 Syz AV transmitirá las órdenes de los clientes a terceros intermediarios para su ejecución, aplicando una estricta política para la selección de los mismos, para lo cual N+1 Syz AV tendrá en cuenta que las políticas de ejecución y las prácticas utilizadas por tales intermediarios cumplan con todos los requerimientos MiFID. Los factores que tienen en cuenta la Política de Ejecución de Órdenes de N+1 Syz AV a la hora de determinar cómo lograr la ejecución óptima de las órdenes recibidas de sus clientes son el precio, los costes de ejecución, la rapidez de ejecución, la probabilidad de ejecución y liquidación, el volumen de la orden, la naturaleza de la orden y cualquier otra circunstancia relevante que debiera tenerse en cuenta para conseguir la mejor ejecución una orden en particular. 2

3 4. Instrucciones especificas del cliente
Para conseguir la ejecución óptima de las órdenes de los clientes, además de los factores anteriormente referidos, N+1 Syz AV tiene en cuenta las características particulares de las órdenes, las características de los instrumentos financieros sobre los que recaen las órdenes, y las características de los centros de ejecución o intermediarios a los que la orden puede ser dirigida. Asimismo, N+1 Syz AV tiene en cuenta si la orden puede ser ejecutada en un mercado regulado o fuera de un mercado regulado. Como norma general, los factores de precio y costes de ejecución son los factores determinantes de la Política de Ejecución de Órdenes de N+1 Syz AV. No obstante, en función de las características de las órdenes el resto de factores anteriormente referidos podrían primar sobre el precio y los costes a la hora de obtener una ejecución óptima de las órdenes de los clientes. 4. Instrucciones especificas del cliente N+1 Syz AV puede recibir instrucciones específicas de los clientes a la hora de transmitir o ejecutar sus órdenes, tales como que la orden sea transmitida a un intermediario financiero determinado, que sea ejecutada en un centro de ejecución distinto a los habitualmente utilizados, limitaciones al precio, volumen y cualquier otra que afecte a alguna parte de la orden o al modo de transmitirla para su ejecución. En caso de recibir instrucciones específicas de los clientes, N+1 Syz AV transmitirá las referidas órdenes de acuerdo con las instrucciones recibidas, en cuyo caso se entenderá cumplida la consecución de la ejecución óptima de las mismas. En cuanto a los aspectos no determinados en las instrucciones del cliente, N+1 Syz AV transmitirá la orden para su ejecución siguiendo los criterios de la Política de Ejecución de Órdenes. Cualquier instrucción específica del cliente relativa a la orden puede impedir la consecución de una ejecución óptima de acuerdo con los criterios de mejor ejecución de N+1 Syz AV. 5. Transmisión de órdenes para su ejecución. En función del tipo de instrumento financiero, N+1 Syz AV transmitirá las órdenes de sus clientes para su ejecución a los terceros intermediarios referidos en el Anexo 2. N+1 Syz AV verificará que los intermediarios seleccionados para la ejecución de las órdenes recibidas de clientes han establecido políticas de ejecución óptima adecuadas que permitan a N+1 Syz AV cumplir con los criterios establecidos en su Política de Ejecución de Órdenes. En este sentido, N+1 Syz AV hará sus mejores esfuerzos para verificar que el intermediario seleccionado sea capaz de obtener de forma sistemática y consistente una ejecución igual o mejor que otros intermediarios alternativos que operen en los mismos centros de ejecución. N+1 Syz AV podrá utilizar un único intermediario en función del instrumento financiero de que se trate. 3

4 7. Acumulación y atribución de órdenes
Sin perjuicio de que N+1 Syz AV no realice directamente la ejecución de las órdenes recibidas de los clientes en los distintos centros de ejecución, N+1 Syz AV realizará un seguimiento continuado de la ejecución y liquidación de dichas órdenes a fin de conseguir la ejecución óptima de las mismas, y llevará un riguroso control para evitar cualquier tipo de error en relación con la recepción, transmisión y ejecución de las órdenes. 6. Centros de ejecución Con carácter general, y en función de los instrumentos financieros sobre los que N+1 Syz AV presta sus servicios de inversión, las órdenes de los clientes serán transmitidas por N+1 Syz AV para que sean ejecutadas por los intermediarios correspondientes en los mercados regulados referidos en el Anexo 2. No obstante, N+1 Syz AV podrá aceptar, siempre en interés del cliente, que las órdenes transmitidas a los intermediarios en nombre de sus clientes puedan ser ejecutadas por dichos intermediarios al margen de mercados regulados o sistemas multilaterales de negociación (SMN), tal y como éstos se definen en MiFID. 7. Acumulación y atribución de órdenes N+1 Syz AV cuenta con una política de acumulación y atribución de órdenes de clientes (“Política de Órdenes Globales”) que podrá aplicar siempre que se cumplan las siguientes condiciones: Que la acumulación vaya razonablemente a redundar en el beneficio o protección de los intereses de los clientes afectados por la acumulación de sus órdenes. Que los clientes afectados no hayan manifestado su desaprobación a dicha acumulación, en cuyo caso, N+1 Syz AV podría negarse a gestionar su ejecución, si entendiese que de esa forma perjudica injustamente al resto de clientes. Que en ningún caso se acumulen órdenes de clientes con órdenes de la propia N+1 Syz AV. Que sea razonablemente posible establecer un sistema justo de reparto de las ejecuciones entre los clientes cuyas órdenes se estén acumulando. Asimismo, N+1 Syz AV cuenta con unos criterios de atribución de órdenes en caso de ejecuciones parciales que fundamentalmente se caracteriza por seguir un reparto proporcional al tamaño de la orden de cada cliente, tomando solo las ejecuciones cuyos precios estén incluidos en los límites que, en su caso, se hayan instruido. 4

5 8. Aceptación de la Política de Ejecución de Órdenes
De conformidad con MiFID, N+1 Syz AV debe obtener el consentimiento previo de sus clientes a su política de ejecución antes de proceder a la ejecución de cualquier orden. En este sentido, N+1 Syz AV entenderá obtenido dicho consentimiento una vez que el cliente haya recibido la Política de Ejecución de Órdenes y transmita cualquier orden a N+1 sin manifestar previamente por escrito objeciones a dicha información. 9. Revisión y actualización de la Política de Ejecución de Órdenes La Política de Ejecución de Órdenes será objeto de revisión periódica con el objetivo de detectar y, en su caso, corregir cualquier deficiencia en la aplicación de la misma. Asimismo, N+1 Syz AV comprobará periódicamente si los centros de ejecución, los intermediarios seleccionados para la ejecución de las órdenes, y el resto de factores contemplados para la ejecución de las órdenes de los clientes permiten obtener de forma consistente y sistemática los mejores resultados posibles para las órdenes de los clientes. Con carácter general, dichas revisiones se realizarán anualmente, sin perjuicio de las modificaciones puntuales que N+1 Syz AV considere convenientes. Los clientes serán informados, a través de los canales habituales establecidos entre los clientes y N+1 Syz AV, de cualquier cambio relevante de la presente Política de Ejecución de Órdenes. 5

6 Instrumentos Financieros
Anexo 1 Instrumentos Financieros Los valores negociables emitidos por personas o entidades, públicas o privadas, y agrupados en emisiones. Contratos de opciones, futuros, permutas, acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de instrumentos financieros derivados relacionados con valores, divisas, tipos de interés o rendimientos, u otros instrumentos financieros derivados, índices financieros o medidas financieras que puedan liquidarse en especie o en efectivo. Contratos de opciones, futuros, permutas, acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de instrumentos financieros derivados relacionados con materias primas que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a petición de una de las partes (por motivos distintos al incumplimiento o a otro suceso que lleve a la rescisión del contrato). Contratos de opciones, futuros, permutas, acuerdos de tipos de interés a plazo y otros contratos de instrumentos financieros derivados relacionados con variables climáticas, gastos de transporte, autorizaciones de emisión o tipos de inflación u otras estadísticas económicas oficiales, que deban liquidarse en efectivo o que puedan liquidarse en efectivo a elección de una de las partes (por motivos distintos al incumplimiento o a otro supuesto que lleve a la rescisión del contrato), así como cualquier otro contrato de instrumentos financieros derivados relacionado con activos, derechos, obligaciones, índices y medidas no mencionados en los anteriores apartados del presente artículo, que presentan las características de otros instrumentos financieros derivados, teniendo en cuenta, entre otras cosas, si se negocian en un mercado regulado o sistema multilateral de negociación, se liquidan a través de cámaras de compensación reconocidas o son objeto de ajustes regulares de los márgenes de garantía. 6

7 Instrumento financiero Intermediario financiero
Anexo 2 Centros de ejecución e intermediarios por instrumento financiero: Instrumento financiero Centro de ejecución Intermediario financiero Acciones y participaciones de IIC extranjeras. NA Allfunds Bank, S.A. Participaciones de IIC nacionales Directamente a través de la sociedad gestora de la IIC Acciones de SICAV nacionales MAB o Bolsa de Valores Santander Investment Bolsa, SV, S.A. Renta variable nacional Bolsa de Valores Nacional RBC Dexia Investor Services, S.A. Morgan Stanley SV, S.A. Renta variable internacional Bolsa de Valores Internacional Renta Fija privada nacional No hay centro de ejecución previamente seleccionado No hay intermediario previamente seleccionado Renta Fija privada internacional Instrumentos derivados cotizados en mercados nacionales MEFF Instrumentos derivados cotizados en mercados internacionales 7


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