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REFLEXIONES A 07 AÑOS DE SU IMPLEMENTACION PLAN DE INCENTIVO DE LOS GOBIERNOS LOCALES.

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Presentación del tema: "REFLEXIONES A 07 AÑOS DE SU IMPLEMENTACION PLAN DE INCENTIVO DE LOS GOBIERNOS LOCALES."— Transcripción de la presentación:

1 REFLEXIONES A 07 AÑOS DE SU IMPLEMENTACION PLAN DE INCENTIVO DE LOS GOBIERNOS LOCALES

2 MATERIADETALLE 1. RECAUDACION DE TRIBUTOSMejorar los niveles de recaudación de tributos, así como la gestión de los mismos. 2. EJECUCION PROYECTOS DE INVERSION PÚBLICAMejorar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública, teniendo en cuenta los objetivos de mejorar la calidad de gasto. 3. SIMPLIFICACIÓN DE TRÁMITESSimplificar los trámites para eliminar barreras burocráticas. 4. SERVICIOS PÚBLICOS LOCALESMejorar la provisión de servicios públicos 5. PREVENCIÓN DE RIESGOS Y DESASTRESPrevenir Riesgos y Desastres 6. DESNUTRICIÓN CRÓNICA INFANTILReducir la desnutrición crónica Infantil LEY DE CREACION DE PLAN DE INCENTIVOS LEY 29332

3 Grupo de MunicipiosN° de Distritos Ciudades Principales Tipo A40 Ciudades Principales Tipo B209 Resto con más de 500 viviendas Urbanas555 Resto con menos de 500 viviendas Urbanas1030 Total1834 DECRETO SUPREMO 002-2010-EF CLASIFICADOR MUNICIPAL

4 SOCIALES, DEMOGRÁFICOS Y GEOECONOMICOSCiudades Principales Tipo A Y B NUMERO DE VIVIENDAS URBANASResto con más de 500 viviendas Urbanas Resto con menos de 500 viviendas Urbanas DECRETO SUPREMO 002-2010-EF CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN MUNICIPAL

5  Las 249 municipalidades de ciudades principales del Perú fueron clasificadas en dos tipos (A y B, 40 y 209 respectivamente) siguiendo criterios sociales, demográficos y geoeconómicos.  Dicha clasificación se realizó en dos etapas, atendiendo estos criterios mencionados.  Las 249 Municipalidades de Ciudades Principales del Perú fueron clasificadas en dos tipos (A y B) siguiendo criterios sociales, demográficos y geoeconómicos. Dicha clasificación se realizó en dos etapas, atendiendo estos criterios mencionados. DECRETO SUPREMO 002-2010-EF CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN MUNICIPAL

6  Finalmente, en una segunda etapa, de las 50 municipalidades anteriores se seleccionaron 40 localizadas en centros de desarrollo y dinamizantes del entorno local o regional (criterio geoeconómico), 35 de las cuales corresponden a Lima Metropolitana, excluyendo a las de balnearios; cuatro corresponden a otras Municipalidades de capitales departamentales; y una corresponde a la Provincia Constitucional del Callao. Estas Municipalidades son consideradas del Tipo “A.  Los 209 municipios restantes fueron categorizados como Ciudades Principales del Tipo “B”.  El resto de los municipios que no fueron considerados dentro de las ciudades principales, se clasificaron de acuerdo al número de viviendas urbanas DECRETO SUPREMO 002-2010-EF CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN MUNICIPAL

7  En 07 años se sigue colocando metas sobre Licencia de Funcionamiento, Licencia de Edificaciones, recaudación de impuestos, seguridad ciudadana, ejecución de inversión pública, prevención de riesgos, simplificación de trámites.  La mayoría de municipalidades no cumple el 100% de las Metas establecidas anualmente, por ende son contados los municipios que acceden al bono de éxito. Ejemplo: Lince en el 2013 y Ate en el 2014. El acceso al Bono debe ser reestructurado. Si ninguna municipalidad, del grupo al que pertenece cumple la meta, debiera darse paso al ranking de cumplimiento y distribuirse proporcionalmente entre los que cumplieron la mayoría de metas.  Los instructivos dictados por Decreto Supremo no establecen amigablemente las actividades a cumplir en cada meta. REFLEXIONES

8  Las capacitaciones realizadas por el Ministerio u Órganos Constitucional autónomo encargados de cada meta deben realizarse considerando los resultados prácticos obtenidos durante los 07 años de implantado el Plan de incentivos teniendo en cuenta las deficiencias y eficiencias de cada municipio a fin que sean compartidas y publicadas para que los errores no se cometan y los aciertos se copien.  Debe establecerse sanciones a funcionarios que no cumpla con las actividades propuestas de cada meta, que no tengan causa justificada.  Las metas propuestas por cada ente rector debe cumplir su objetivo, por ejemplo en el caso de sectores que se requiere elaboración de expedientes técnicos.  Las metas de impuesto predial deben considerar la realidad del distrito.  El dinero asignado por metas debe ser distribuido principalmente en las áreas del municipio que cumplieron las metas.  ¿Debe realizarse un nuevo clasificador Municipal? REFLEXIONES


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