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SEGURO DE VIDA Es aquel en que la Aseguradora paga el monto del seguro previamente fijado en la póliza, al beneficiario designado por el asegurado fallecido,

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Presentación del tema: "SEGURO DE VIDA Es aquel en que la Aseguradora paga el monto del seguro previamente fijado en la póliza, al beneficiario designado por el asegurado fallecido,"— Transcripción de la presentación:

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2 SEGURO DE VIDA Es aquel en que la Aseguradora paga el monto del seguro previamente fijado en la póliza, al beneficiario designado por el asegurado fallecido, esté debe tener un interés asegurable sobre el asegurado. El objetivo del Seguro de Vida es indemnizar la perdida económica que sufren los Beneficiarios a consecuencia del fallecimiento del Empleado Asegurado.

3 El monto del Seguro de Vida será el que recibirán los Beneficiarios (Persona designada por el Asegurado en la póliza para recibir los beneficios del seguro de vida al fallecimiento del asegurado) a consecuencia de: COBERTURA EDAD LÍMITE SUMA ASEGURADA Muerte Natural 70 24 salarios mensuales (Máximo $.400,000.) Muerte, Desmembración y Pérdida de la Vista Accidental (incluye agresión) - PAGA 2 VECES EL MONTO DE VIDA - 65 24 salarios mensuales (Máximo $.400,000.) Muerte Accidental Especial - PAGA 3 VECES EL MONTO DE VIDA - 65 24 salarios mensuales (Máximo $.400,000.) Incapacidad Total y Permanente 60 24 salarios mensuales (Máximo $.400,000.)

4 Viajando como pasajero en un vehículo publico no aéreo, operado por una empresa de transportes públicos con ruta establecida. Viajando como pasajero de un ascensor corriente de pasajeros (con excepción de ascensores de minas) Como consecuencia de incendio de un teatro, hotel o cualquier otro edificio publico MUERTE ACCIDENTAL ESPECIAL

5 SEGURO DE GASTOS MÉDICOS Es un instrumento financiero utilizado para indemnizar al Asegurado por los gastos médicos elegibles, razonables y acostumbrados, incurridos para el tratamiento de una Enfermedad y/o Accidente.

6 El término "Dependiente" se referirá solamente a: 1.El cónyuge legítimo de un Empleado Asegurado. 2.Los hijos de un empleado asegurado, hijastros e hijos legalmente adoptados: hijos hasta los 24 años, siempre y cuando: a.Sean solteros, b.Tengan el mismo domicilio permanente que el Empleado Asegurado, c.Sean estudiantes a tiempo completo en una institución educativa acreditada en la Republica de Guatemala. d.Dependan económicamente del Empleado Asegurado para su sostenimiento.

7 Los Gastos Médicos Elegibles son: a.Cuarto y alimentación en el hospital b.Servicios generales de enfermería c.Laboratorios y Rayos X en el hospital d.Medicamentos en el hospital e.Gastos varios en el hospital (Sala de Operaciones, Recuperación, etc.) f.Honorarios de los médicos g.Servicios de anestesia h.Ambulancia i.Gastos y servicios médicos como paciente externo

8  Máximo Médico Vitalicio Empleados y Dependientes $.300,000.00 Reducción al cumplimiento de 65 años $.150,000.00  Deducible Año Calendario  Dentro de Centroamérica$. 62.50  Fuera de Centroamérica $. 62.50  Reembolso Aplicado a Gastos Incurridos  Dentro de Centroamérica 80%  Fuera de Centroamérica 70%  Beneficio Diario Por Cuarto y Alimento$. 200.00  Beneficio Diario Por Cuarto Intensivo  Dentro de Centroamérica 80%  Fuera de Centroamérica 70%

9 OTRAS COBERTURAS  Ayuda de Sepelio para Dependientes$.2,000.00  Limite de Coaseguro  Dentro de Centroamérica$.1,250.00  Fuera de Centroamérica$.3,125.00  Maternidad De 0 a 10 meses de coberturaNo Cubierto Del mes 11 en adelanteC.C.O.I. Atención al Recién Nacido$.400.00 Cobertura para Enfermedades Congénitas$.100,000.00  Chequeo Médico Preventivo (solo para el titular)$.200.00  Programa de Asistencia al Viajero (Europ Assistance)Incluido

10 PLAN DENTAL  MAXIMO ANUAL$.1,500.00  Deducible Anual $.28.00  Fase I Tratamiento Preventivo80%  Fase II Tratamiento Restaurativo80%  Fase III Servicios Restaurativos Mayores50%

11 BAYER HIJOS (Cobertura hasta los 30 años de edad)  Suma Asegurada Vida $.10,000.00  Máximo vitalicio Seguro Médico$.62,500.00  Deducible (dentro y fuera de Centro America) $.62.50  Cuarto y Alimento  Dentro de Centroamérica$.93.75  Fuera de Centroamérica$.350.00  Maternidad Parto normal $.1,600.00 Cesárea$.2,000.00 Aborto legal $.1,333.33

12 BAYER JUBILADOS (Cobertura hasta los 70 años de edad)  Suma Asegurada Vida $.3,125.00  Máximo vitalicio Seguro Médico$.89,000.00  Reducción a edad 65 años $.18,750.00  Deducible (dentro y fuera de Centro America) $.44.53  Cuarto y Alimento  Dentro de Centroamérica$.95.43  Fuera de Centroamérica$.350.00  Reembolso dentro de Centro América80%  Reembolso fuera de Centro América70%

13 Reclamos Pólizas de Gastos Médicos

14 Reembolso Convencional Reembolso Convencional

15 Reembolso Convencional El “Reembolso Convencional” se refiere a la forma de indemnización en la cual el Asegurado incurre y paga el 100% de los gastos médicos, posteriormente solicitando a la Compañía, el reembolso correspondiente a los gastos elegibles, aplicándose para el efecto las Condiciones contratadas en la Póliza.

16 Completar “FORMULARIO DE RECLAMACION PARA GASTOS MEDICOS”: Sección A:Por el Asegurado. Sección B:Debe ser completada por el Departamento de Recursos Humanos de su Empresa. Sección C:Por el Médico Tratante. Adjuntar al Formulario de Reclamación todas las facturas originales de Hospitales, Honorarios Médicos, Farmacias, Centros de Diagnóstico (Laboratorios y Rayos X), con las respectivas recetas y órdenes médicas. Las facturas pueden ser emitidas a nombre del asegurado o bien a nombre de ASEGURADORA GENERAL NIT 74455-7, de ser emitidas a nombre de la aseguradora deberán presentarse en un lapso de tiempo no mayor a 30 días después de su emisión para el reintegro del IVA. Reembolso Convencional

17 . Principales exclusiones  Lesión causada a sí mismo estando o no en el uso de sus facultades mentales.  Tratamiento de Alcoholismo o adicción de drogas.  Honorarios por reconocimientos médicos o exámenes generales.  Tratamiento dental y sus complicaciones a menos que sea requerido por lesión accidental a los dientes.  Tratamiento para la infertilidad, inseminación artificial e impotencia o frigidez, así como cualquier método de planificación familiar.  Tratamiento de obesidad exógena, control de peso, control dietético, raquitismo, bulimia y anorexia. Así como calvicie y/o alopecia, dermatitis o seborrea del cuero cabelludo.  Tratamiento de queratoplastias, queratotomias y queratoconos, así como somnoplastia.  Medicinas naturales, vitaminas, complementos o suplementos alimenticios y medicina preventiva.  Enfermedad y/o anomalías congénitas.  Menopausia o climaterio y sus complicaciones: incendios, bochornos o sudoraciones.

18 . Principales exclusiones Acupuntura, medicina naturista y otros tratamientos que se consideren no convencionales. Tratamientos para corregir trastornos del sueño. Tratamientos en centros de SPA, gimnasios e hidroclinicas. No se cubrirá gastos por problemas de crecimiento, déficit de atención, problemas de lenguaje Se excluye lesión o enfermedad que resulte a consecuencia de insurrección o de guerra declarada o no, o de participación en motines, huelgas, o conmociones civiles. Curas de rejuvenecimiento, curas de reposo, convalecencia, curas de custodia o períodos de cuarentena o aislamiento. Cirugía estética o tratamiento cosmético, a menos que sea necesitado por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado esté cubierto por esta póliza. Cualquier tipo de transporte utilizado para el traslado del paciente, que no sea un servicio de ambulancia local. Exclusiones que aparezcan en las condiciones de la póliza.

19 SOMOS LO QUE BUSCAS... EN UN SÓLO LUGAR. Muchas Gracias

20 PBX: 2285-6500 Para mayor información, comunicarse al PBX: 2285-6500 www.aisfa.com

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