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Marco legal de la introducción del Euro. EL MARCO LEGAL DEL EURO Derecho Comunitario -El Tratado de Adhesión de España a las Comunidades Europeas(12.

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1 Marco legal de la introducción del Euro

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3 EL MARCO LEGAL DEL EURO Derecho Comunitario -El Tratado de Adhesión de España a las Comunidades Europeas(12 junio 1985). -El Tratado de Maastricht(7 febrero 1992) o fundamento jurídico de la Unión Económica y Monetaria, y de la moneda única, que se desarrolla en 3 fases,la tercera de las cuales se inició el 1 enero 1999.

4 La COMISIÓN (Bruselas) propone textos de reglamentos a Dictamen del Instituto Monetario Europeo, hoy Banco Central Europeo Dictamen del Parlamento Europeo (Estrasburgo, Bruselas, Luxemburgo) El Consejo (Bruselas) adopta los reglamentos

5 Los reglamentos comunitarios entran en vigor al día siguiente de su publicación en el DOCE(Diario Oficial de las Comunidades Europeas), y son directamente aplicables.

6 Reglamentos de los que nos vamos a ocupar: 1103/97,de 17 junio, de introducción al euro. - sustitución del ecu por el euro - principio de continuidad de los contratos. -definición de los tipos de conversión del euro: seis cifras significativas -determinación de las reglas de conversión y redondeo

7 974/98, de 3 mayo, de sustitución de la moneda nacional por el euro. 1 euro =100 céntimos - no debe existir ninguna prohibición legal. - coexistencia del euro con las monedas nacionales -continuidad de contratos o que la entrada en vigor del euro, no es causa de modificación, extinción,revocación,rescisión o resolución unilateral del contenido de una obligación

8 DERECHO ESTATAL - Ley O. 10/1998,de 17 diciembre, complementaria de la Ley sobre introducción del euro. Las referencias a importes monetarios (pesetas o ecus) contenidas en las LL.OO se entenderán también realizadas al correspondiente importe monetario expresado en euros. - Ley 46/1998 de 17 diciembre sobre introducción del euro (ley paraguas) constituye el marco legal del euro en España La aplicación directa de los reglamentos comunitarios eximiría, en principio, de dictar otra normativa. La "ley paraguas" quiere preparar y completar el ordenamiento jurídico estatal para la recepción de la moneda única.

9 ALGUNOS PRINCIPIOS QUE GOBIERNAN LA MODIFICACION DEL SISTEMA MONETARIO de continuidad en los contratos: "La introducción de la nueva moneda no afecta a la continuidad de los contratos y otros instrumentos jurídicos"; la Ley no concede acción para reclamar ante los Tribunales de Justicia la modificación, extinción, revocación, rescisión o resolución del contenido de una obligación alegando la modificación de cualquier elemento del negocio jurídico o la alteración del valor de las prestaciones debidas de gratuidad: "La sustitución de la peseta por el euro será gratuita para los consumidores, sin que pueda suponer el cobro de gastos, suplidos, comisiones, precios o conceptos análogos". Se considerará nula de pleno derecho cualquier cláusula, pacto o convenio, en contrario. de equivalencia nominal: El importe monetario expresado en euros, resultante de la aplicación del tipo de conversión, y del redondeo en su caso, es equivalente al importe monetario expresado en pesetas que fue objeto de conversión.

10 LA TERCERA FASE DEL PROCESO DE LA CREACION DE LA UNION ECONOMICA Y MONETARIA:1 ENERO 1999. DESDE ESTA FECHA EL EURO ES LA MONEDAOFICIAL a) conversión pesetas-euro=166,386 pesetas por 1 euro. b) entran en funcionamiento: el B C E y el S.E.B.C.

11 c) la introducción paulatina del euro: - materialización y fabricación de 7.800 millones de monedas y 1.900 millones de billetes. - medios de pago que no impliquen utilización física de moneda (cuentas bancarias,pagos con cheques,prestamos,créditos). - medios de pagos en unidades físicas (monedas y billetes).

12 Navarra Parlamento de Navarra Gobierno de Navarra Municipios de Navarra Leyes Forales Acuerdos Decretos Forales Órdenes Forales Actos Ordenanzas

13 AMEJORAMIENTO DEL FUERO.LORAFNA, ART. 58.2 COMPETENCIAS DE NAVARRA Corresponde asimismo a la Comunidad Foral la ejecución dentro de su territorio de los Tratados o Convenios Internacionales en lo que afectan a las materias propias de la competencia de Navarra. La puesta en práctica del ordenamiento jurídico europeo corresponde a Navarra. ¿Hasta qué punto? Aplicando el principio de autonomía institucional o la legislación de detalle, mediante Leyes Forales, reglamentos forales, bandos y ordenanzas municipales etc.

14 PARLAMENTO DE NAVARRA (I) Ley Foral 10/1998,de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas Disposiciones adicionales. Segunda: Se autoriza al Gobierno de Navarra para acomodar las cuantías y plazos señalados en los artículos de esta Ley Foral, a lo que sobre su importe y duración se haya establecido por la Comunidad Europea... Los valores en pesetas que figuran en el texto de la presente Ley Foral son equivalentes a los umbrales expresados en unidad de cuenta europeas.....

15 PARLAMENTO DE NAVARRA (II) - Ley Foral 14/1999,de 6 abril 1999,de modificaciones fiscales. -,con ocasión de la introducción al euro-, sobre redenominación de las cifras del capital social y el ajuste, al céntimo más próximo, del valor nominal de las acciones, participaciones y cuotas sociales, a resultas de dicha redenominación - Ley Foral 19/2000,de 29 diciembre, sobre la posibilidad de aplicar a la partida Introducción al euro, los gastos de cualquier naturaleza relacionados con los trabajos e inversiones necesarios para dicha introducción.

16 GOBIERNO DE NAVARRA (I) - Acuerdo de 12 septiembre de 1984 (BON nº 118,de 26 septiembre 1984) Crea una Comisión Técnica para Asuntos Comunitarios entre cuyos concretos objetivos se encuentra: Medición y evaluación del impacto en Navarra de la adhesión a las Comunidades El Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas es de: 12 junio de 1.985. Decretos Forales nº 367/1998,de 28 diciembre 1998,sobre redenominación a Euros de la Deuda de Navarra nº 11/2000,de 10 enero 2000,de adaptación de normas tributarias a la introducción del euro nº 326/2000.de 2 octubre 2000,por el que se crea el Observatorio del Euro en Navarra

17 GOBIERNO DE NAVARRA (II) Ordenes Forales nº 280/1998,de 29 diciembre, de criterios para la confección de modelos de carta de pago para satisfacer deudas tributarias en la unidad de cuenta euros. nº 258/1999,de 29 diciembre, sobre modelos del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de determinados impuestos, en pesetas y en euros nº 172/2000,de 19 septiembre, sobre modelos de declaraciones en pesetas y en euros

18 SISTEMAS INFORMÁTICOS:Han de estar preparados para la repercusión del euro. RECIBOS DE CONTRIBUCIONES:idem. COBROS EN AYUNTAMIENTOS:La cuestión para las Depositarías tradicionales: Desde enero de 2002 hasta el 28 de febrero se podrán realizar pagos y cobros en efectivo,tanto en pesetas como en euros,y ambas deberán aceptarse como medio de pago(II PLAN NACIONAL DE TRANSICION AL EURO,DE 1 SEPTIEMBRE 2000). NOMINA DE PERSONAL: Ha de reflejarse en euros solamente.

19 ENTES LOCALES DE NAVARRA: Acuerdos. Bandos. Ordenanzas La formación de : A) Su personal,ante el tránsito a la euromoneda: En especial, y siempre a titulo orientativo, en materias de a)Secretaría (asesoramiento legal, registros, personal, contratos, inventarios, formularios, contratos, informática, proyectos y licencias de obras) b) Intervención - Tesorería (nóminas. presupuestos, contabilidad, tesorería, tributos y recaudación)

20 B) Sus vecinos,ante el tránsito a la euromoneda. La imprescindible pública información: Videos,charlas,mapas, paneles, euros en papel y moneda,,cajas de plásticos para su ordenación, calculadoras convertibles, etc. Las experiencias pilotos : Cintruenigo y Peralta C) Herramienta de indudable importancia y que de ningún modo debe ser infrautilizada: Las Agrupaciones de Servicios Administrativos

21 NOTA:NO SE HAN INCLUIDO LAS PAUTAS DE MODIFICACION A EUROS DE RESULTAS, PRESUPUESTO EN EUROS, TASAS EN EUROS, PRECIOS PUBLICOS EN EUROS,NI OTRAS MEDIDAS IMPOSITIVAS, CONTABLES Y PRESUPUESTARIAS, POR SER OBJETO DE INTEREVENCIONES POSTERIORES DE OTROS PONENTES


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