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Publicada porMargarita Velázquez Santos Modificado hace 9 años
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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA LICENCIATURA DE DERECHO Alumna: Rosa Mar í a V á zquez Cabrera Materia: DHTIC´S ENSAYO OR Í GEN DEL C Ó DIGO PENAL Y DEL C Ó DIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES MEXICANOS
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Desde que la humanidad se consolido como una sociedad como tal el surgimiento de planteamientos del hecho de que se pudiera tener una norma jurídica que ayudará a regular el comportamiento de la misma, y a su vez crear un sistema que al que no obedeciera dicha norma se le tuviera un (Castigo), es por eso que se creó dentro de nuestro país una (Constitución) pero dentro de la misma se necesitaba ser más específica para cada área en la que engloba el comportamiento social. Y fue así como se dividió en diversa áreas entre ellas civil, mercantil, agrario, fiscal etc. Pero entre todas las antes mencionadas destaca una en particular y es el Penal, ya que esta área del derecho se encarga de regular el comportamiento social que involucre algo que ponga en peligro la vida, la integridad física o moral del individuo.
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El siglo XIX fue un lapso en el que se dieron grandes avances en materia de Derecho Penal mexicano, en éste se encuentran los orígenes y los procesos por los cuales pasaron el Código Penal y el Código de Procedimientos Penales Mexicanos. El primero sufrió dos intentos de consolidación los cuales fueron fracasados debido a factores como fue la intervención francesa y la decadencia de Maximiliano de Habsburgo. Y el segundo, el ser promulgado el Código Penal, surgió casi de manera inherente. “Las leyes penales de los pueblos indígenas (aztecas, mayas, etc.), no influyeron en lo absoluto en las disposiciones de la época colonial y del México Independiente. Durante el virreinato, rigieron las leyes penales de la Metrópoli, aun cuando se dictaron también ordenamientos propios para la Nueva España.
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El 15 de septiembre de 1810 estalla el movimiento de independencia que se consuma en 1821. A partir de entonces, como es lógico, la principal preocupación de los legisladores, consistió en elaborar las bases constitucionales, para estructural el Estado adecuadamente”. (Ricardo Franco Guzmán, 1976). La legislación penal estaba insatisfecha con los nuevos ordenamientos ya que el problema de los forjadores de la Independencia de México estaba centrado en la visión del Nuevo Estado y su conformación política. Había quienes solo querían matizar el acto de independencia y contra esa postura, estaban los que querían romper con un hecho histórico que duró trescientos años, así también estaba la discusión abierta si México sería un país centralista o con carácter federal
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DERECHO SIGLO XV
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“En cuanto a la legislación en particular mexicana, además de la Recopilación de Indias (1680), que, aunque tenía normas de aplicación general a toda la América Español, contenía no obstante, prevenciones especialmente aplicables a la Nueva España; y de los Autos Acordados, que las complementaban por ser disposiciones dictadas por el Consejo Real y a las que se concedió fuerza de ley, hallábanse en vigor, como leyes de la Nueva España, las Ordenanzas de Minería (1783) y las de intendentes (1786). Desgraciadamente la decadencia jurídica de España se tradujo, en México, en un grave retardo en la labor codificadora, por lo que las leyes citadas estuvieron en vigor prácticamente hasta el segundo tercio del siglo XIX. En vano se había iniciado vigorosamente el rebosamiento jurídico de España y sus colonias con la espléndida obra legislativa, de tipo netamente liberal, de las Cortes de Cádiz (1812) y con sus decretos subsecuentes. A pesar de ellos el estancamiento de las instituciones jurídicas fue tal que logro retrasar considerablemente la evolución del derecho patrio mexicano.” (Francisco González de la Vega, 2002)
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Que se cumpla como tal las normas jurídicas que involucran nuestro Código Penal como tal. Que constantemente se regulen las normas para que se logre una adaptación a las necesidades de la sociedad. Que la impartición de la Justicia sea justa y precisa. Que tenga rapidez y eficacia en la impartición del Código Penal.
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DÍAZ DE LEÓN, Marco Antonio, Historia del Derecho Penal y Procesal Penal mexicanos, Tomo I, Porrúa, México, 2005, p. 296. DÍAZ DE LEÓN, Marco Antonio, Historia del Derecho Penal y Procesal Penal mexicanos, Tomo I, Porrúa, México, 2005, p. 311. FRANCO GUZMÁN, Ricardo, “75 años de Derecho penal en México”, en LXXV años de evolución jurídica en el mundo, Derecho Penal, vol. I, págs.139 – 166, Imprenta Universitaria, México 1976. GONZÁLEZ DE LA VEGA, Francisco, El Código Penal Comentado, 13ª ed., Porrúa, México, 2002. GONZÁLEZ DE LA VEGA, René. Derecho Penal Electoral (p.79). JIMENEZ HUERTA, Mariano, Derecho Penal Mexicano, Tomo I, 6ª. ed., Porrúa, México, 2000, p. 21. KRAUZE, Enrique. Siglo de caudillos (Biografía política de México 1810- 1910) Editorial TusQuets, México, 1994. MACEDO, Miguel, Apuntes para la historia del derecho penal mexicano, 1ª reimpresión, INACIPE, 2010. Recuperado de: http://www.inacipe.gob.mx/stories/publicaciones/mas_colecciones/clasico s/Apuntes%20para%20la%20historia.pdf
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