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Seminario de Actualización en Sistemas Especiales de Importación y Exportación Plan Vallejo Asociación Colombiana de Ejecutivos de Finanzas - ACEF- Mayo.

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1 Seminario de Actualización en Sistemas Especiales de Importación y Exportación Plan Vallejo
Asociación Colombiana de Ejecutivos de Finanzas - ACEF- Mayo 2005

2 REALIDAD FRENTE A LOS COMPROMISOS CON LA OMC
Introducción REALIDAD FRENTE A LOS COMPROMISOS CON LA OMC En cumplimiento de los compromisos adquiridos por Colombia ante la OMC se efectuaron los siguientes cambios a los sistemas especiales de importación – exportación: Se desmontará el Plan vallejo de Bienes de Capital progresivamente. El Gobierno Nacional solicitó a finales de 2002 una prorroga al compromiso de desmontar antes del 31 de diciembre de 2002 los programas de Plan Vallejo. La solicitud fue aceptada por la OMC hasta el 31 de diciembre de 2004, con un período de transición para la eliminación del Plan Vallejo de bienes de capital que vence el 31 de diciembre de 2006. Los programas de bienes de capital y de repuestos para la exportación de servicios o de bienes utilizados por el sector servicios no está catalogado como subvención a la exportación y por tanto pueden mantenerse con posterioridad al año 2006. Tampoco se considera como una subvención a las exportaciones el Plan Vallejo de materias primas, por lo que esta herramienta papa la promoción de exportaciones también puede mantenerse. Los programas de Plan vallejo de Materias Primas no se considera una subvención a las exportaciones, por lo que continúa vigente. Actualmente se encuentra en vía de reestructuración

3 Objetivos El gobierno nacional se encuentra en el proceso de modificación de los sistemas especiales de importación-exportación Plan Vallejo, tanto desde el punto de vista sustancial como procedimental, a fin de agilizar, facilitar y ejercer un mayor control sobre los mismos. Estas modificaciones incluyen: La sistematización del manejo y control de los programas Cambio de competencia en el manejo de los programas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Control posterior conjunto a los programas (MinComercio – DIAN) Implantación de controles en el valor en aduana de los bienes

4 Objetivos En este sentido, cobra especial relevancia que las empresas beneficiarias de un programa Plan Vallejo: Conozcan el futuro de este sistema Se anticipen a los cambios Empiecen con el proceso de planeación y organización de los procedimientos y controles en relación con sus operaciones de comercio exterior Continúen el desarrollo del programa sin traumatismos Eviten ser sancionados económicamente.

5 Agenda I. Nociones Básicas Definición Modalidades Clases
Opciones de manejo Régimen Aduanero II. Terminación de los programas Plan Vallejo Trámites ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Trámites ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

6 Agenda III. El Plan Vallejo frente a los tratados de libre comercio
TLC con Estados Unidos TLC CAN – MERCOSUR IV. Futuro del Plan Vallejo Situación actual Proyección futura Proyecto informático Régimen transitorio Fiscalización Aduanera Beneficios

7 Recomendaciones en el manejo operativo del programa
Agenda Recomendaciones en el manejo operativo del programa Controles Planeación de operaciones

8 I. NOCIONES GENERALES

9 A. DEFINICIÓN

10 DEFINICION Nociones Generales
Es un incentivo de apoyo a las exportaciones Colombianas mediante el cual se pueden introducir al país, con exención total o parcial de tributos aduaneros, los siguientes tipos de bienes: Insumos y materias primas. Bienes de capital (maquinaria) y Repuestos Los bienes deben ser utilizados en la producción de mercancías y servicios destinados prioritariamente para su venta en el exterior. En cumplimiento de los compromisos con la OMC se eliminará a más tardar el 31 de diciembre de 2006 el Plan Vallejo de Bienes de Capital, sin embargo, pueden importarse para la prestación de servicios.

11 I. Nociones Generales Requisitos para acceder a los Programas
Tener el carácter de empresarios productores, exportadores, o comercializadores, o entidades sin ánimo de lucro. No presentar incumplimiento por obligaciones adquiridas en desarrollo de un Programa Plan Vallejo al momento de presentar la solicitud correspondiente. Mantener vigente la inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios. No haber sido objeto de terminación unilateral de un programa durante los últimos cinco años Requisitos contemplados en el artículo 13 de la Resolución 1860 de 1999 y 1 de la Resolución 1964 de 2001

12 Garantía I. Nociones Generales Respaldar el cumplimiento de Objetivo
las obligaciones derivadas del sistema especial de importación - exportación Objetivo Monto Para todas la modalidades, equivale al 20% del valor FOB del cupo de importación autorizado en el respectivo programa

13 B. MODALIDADES

14 I. Nociones Generales Modalidades Directa Indirecta

15 Nociones Generales B. Modalidades
Directa Es aquella mediante la cual la persona natural o jurídica que importa las Materias Primas o Insumos, Bienes de Capital, bienes intermedios y repuestos, es la misma que efectúa directamente la producción y exportación del bien. No intervienen terceras personas y asume a nombre propio la prestación del servicio destinado a la exportación de los bienes producidos por él. *Cesión de Cupo

16 I. Nociones Generales B. Modalidades
Modalidad Directa Efectúa importaciones de materias primas e insumos Empresa titular del programa Proceso Productivo Exportación de producto final

17 I. Nociones Generales B. Modalidades
Indirecta Es aquella mediante la cual la persona natural o jurídica que importa las Materias Primas o Insumos, Bienes de Capital, bienes intermedios y repuestos, no es la misma que efectúa directamente la producción y exportación del bien, o no asume a nombre propio la presentación del servicio destinado a la exportación de los bienes por él producidos. Es una modalidad que le permite tanto al beneficiario del programa como al exportador del bien, reducir costos, aumentar el margen de utilidad y competir con precios en los mercados internacionales.

18 I. Nociones Generales B. Modalidades
Modalidad Indirecta Importación Empresa titular del programa Venta Prestación de servicio Exportación Empresa exportadora Proceso productivo

19 C. CLASES

20 I. Nociones Generales C. Clases
De materias primas e insumos De bienes de capital y repuestos De servicios Reposición ATPDEA De maquila

21 C. CLASES 1. Plan Vallejo de Materias primas e insumos

22 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de materias primas e insumos Por medio de este Plan Vallejo se pueden importar temporalmente al país materias primas e insumos, sin necesidad de presentar licencia de importación y exentos de gravámenes arancelarios e impuesto a las ventas. Las materias primas e insumos deben destinarse en su totalidad, deducidos los residuos y desperdicios, a la producción de bienes destinados a la exportación. Como son importadas en forma temporal, su disposición es restringida, es decir, que no pueden destinarse a un fin distinto para el cual fueron importados.

23 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de materias primas e insumos ¿Qué se entiende por materias primas e insumos? Se entiende por materias primas e insumos: El conjunto de elementos utilizados en el proceso de producción y de cuya mezcla o combinación, procesamiento o manufactura se obtiene el producto final El conjunto de partes y piezas objeto de ensamble en el proceso productivo

24 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de materias primas e insumos ¿Qué se entiende por materias primas e insumos? Aquellos materiales auxiliares utilizados en el ciclo productivo que, si bien son susceptibles de ser transformados, no llegar a formar parte del producto final. Los elementos utilizados en el proceso de empaque o envase del producto final o en la producción de dichos empaques o envases. Los bienes que vayan a ingresar para su reparación o reconstrucción en el país, así como los repuestos necesarios para tal fin.

25 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de materias primas e insumos Materias primas e insumos Proceso productivo Productos exportables No causa arancel No causa IVA Obligaciones Asignación del programa por el MinComercio Presentación de cuadros insumo-producto Constitución de garantías Acreditar cumplimiento de compromisos Terminación adecuada de los programas

26 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de materias primas e insumos - pasos 1. Autorización del programa 2. Constitución de la garantía de cumplimiento 3. Presentación de registros de importación 4. Importación de materias primas 5. Producción de bienes de exportación 6. Presentación de cuadros insumo - producto 7. Exportación de bienes

27 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de materias primas e insumos - pasos 8. Presentación estudio de demostración 9. Verificación de cumplimiento de compromisos de exportación 10.Terminación del programa. 11.Régimen sancionatorio (DIAN – MINCOMERCIO) 12. Efectividad de la garantía 13. Actuación administrativa

28 C. CLASES Plan Vallejo de Materias primas e insumos a. Importación temporal para procesamiento industrial

29 I. Nociones Generales C. Clases
Importación temporal para procesamiento industrial Modalidad bajo la cual se importan temporalmente materias primas e insumos sin el pago de tributos aduaneros, que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, con base en la cual su disposición queda restringida. El término de exportación será determinado por la DIAN, de conformidad con la solicitud formulada por el importador.

30 I. Nociones Generales C. Clases
Importación temporal para procesamiento industrial Usuarios Altamente Exportadores ¿Quienes pueden ser importadores? Usuarios Aduaneros Permanentes

31 I. Nociones Generales C. Clases
Importación temporal para procesamiento industrial Obligaciones Los bienes resultantes del proceso industrial, o transformación deben destinarse en su totalidad a la exportación en la oportunidad que hubiere señalado la DIAN, de conformidad con la solicitud presentada por el importador Los importadores deberán entregar a la aduana con la periodicidad que ésta establezca un informe del desarrollo de sus operaciones de importación y exportación Artículo 185 DECRETO 2685 DE 1999 Los bienes resultantes de la transformación, procesamiento o manufactura industrial, deberán destinarse en su totalidad a la exportación en la oportunidad que hubiere señalado la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con la solicitud formulada por el usuario altamente exportador. Los usuarios altamente exportadores deberán entregar a la aduana, con la periodicidad que establezca dicha entidad, un informe del desarrollo de sus operaciones de importación y exportación, identificando las declaraciones que hubieren tramitado durante el periodo correspondiente y los saldos iniciales y finales de materias primas, insumos, productos en proceso y bienes terminados. Cuando el usuario altamente exportador realice operaciones de importación temporal para procesamiento industrial, deberá acreditar la contratación de una firma de auditoría que certifique las operaciones tributarias, cambiarias y de comercio exterior realizadas por el usuario altamente exportador y sobre los componentes de materias primas extranjeras y de materias primas nacionales utilizados en la producción de sus bienes finales, respecto de cada una de las operaciones realizadas bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial. Nota: De acuerdo con el artículo 184-1, adicionado por el artículo 11 del Decreto 4434 de 2004, estas obligaciones también serán aplicables a los Usuarios Aduaneros Permanentes. Acreditar la contratación de una firma de auditoría que certifique las operaciones tributarias, cambiarias y de comercio exterior.

32 I. Nociones Generales C. Clases
Importación temporal para procesamiento industrial La presentada para ser reconocido e inscrito como usuario aduanero permanente o como usuario altamente exportador deberá respaldar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la importación Garantía De conformidad con los artículos 31 y 38 del Decreto 2685 de 1999, el monto de la garantía tratándose de Usuarios Aduaneros Permanentes y de Usuarios Altamente exportadores, respectivamente, será determinado por la DIAN y no podrá ser superior al 5% del valor FOB de las importaciones y exportaciones realizadas durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de reconocimiento e inscripción. El inciso final del artículo 38 agrega: “Cuando el usuario altamente exportador sea, además, usuario aduanero permanente, la garantía global constituida en calidad de este último, cubrirá el pago de los tributos aduaneros y de las sanciones a que haya lugar por el incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades consagradas en este decreto para los usuarios altamente exportadores”.

33 I. Nociones Generales C. Clases
Importación temporal para procesamiento industrial Exportación definitiva de los productos resultantes; Reexportación de las materias primas e insumos; Destrucción de la mercancía por fuerza mayor o caso fortuito; Formas de Terminación ART Terminación de la modalidad. La modalidad de importación temporal para procesamiento industrial se terminará por: a) Exportación definitiva de los productos resultantes del procesamiento industrial, dentro del plazo establecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales; b) Reexportación de las materias primas e insumos; c) La destrucción de la mercancía por fuerza mayor o caso fortuito demostrados ante la autoridad aduanera;

34 I. Nociones Generales C. Clases
Importación temporal para procesamiento industrial Importación ordinaria de los insumos y materias importados temporalmente; Abandono Voluntario; Aprehensión y decomiso; Salida del bien temporalmente importado hacia el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Formas de Terminación ART Terminación de la modalidad. La modalidad de importación temporal para procesamiento industrial se terminará por: d) Importación ordinaria de los insumos y materias primas importados temporalmente, o de los productos resultantes de su procesamiento industrial, antes del vencimiento del término fijado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para la respectiva operación de procesamiento industrial. Para el efecto se pagarán los tributos aduaneros correspondientes y una sanción equivalente al cien por ciento (100%) de los mismos. Para la liquidación de los tributos aduaneros de los bienes obtenidos como resultado del procesamiento industrial, se tendrá en cuenta el valor en aduana de los insumos y materias primas de origen extranjero y las tarifas correspondientes a la subpartida por la cual se clasifique el bien final. Los residuos, desperdicios o partes resultantes de la transformación, procesamiento o manufactura industrial, podrán exportarse o someterse a importación ordinaria, pagando los tributos aduaneros correspondientes a la subpartida arancelaria por la cual se clasifiquen; e) Abandono voluntario de las materias primas e insumos importados; f) La aprehensión y decomiso de la mercancía por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones inherentes a la importación temporal para procesamiento industrial, o g) La legalización de la mercancía, cuando se presente uno cualquiera de los eventos previstos en el literal anterior. h) Adicionado Decreto 577 /2002 ART. 2. La salida del bien obtenido con las materias primas e insumos importados, hacia el puerto libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Para la salida vía aérea o marítima de las mercancías a que se refiere el presente literal, las mismas se someterán al régimen de tránsito aduanero.

35 I. Nociones Generales C. Clases
Depósitos privados para procesamiento industrial Son aquellos lugares habilitados por la DIAN para el almacenamiento de materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de personas jurídicas reconocidas e inscritas como Usuarios Aduaneros Permanentes o Usuarios Altamente Exportadores y autorizadas por la DIAN, para declarar bajo la modalidad de importación temporal para procesamiento industrial. Para obtener la habilitación de depósito los UAP o ALTEX deberán cumplir con los siguientes requisitos, contenidos en el artículo 51 del Decreto 2685/99: “c) La persona jurídica, al momento de la presentación de la solicitud, deberá manifestar expresamente que se compromete a obtener los equipos que le permitan atender adecuada, segura y eficientemente las actividades de almacenamiento de acuerdo con el tipo, naturaleza, cantidad, volumen y peso de las mercancías que pretenda almacenar, y d) La persona jurídica, al momento de la presentación de la solicitud, deberá manifestar expresamente que se compromete a adquirir los equipos y a realizar los ajustes en materia tecnológica que sean necesarios para garantizar su conexión al sistema de comunicaciones y de transmisión electrónica de información y documentos que determine la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.”

36 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de MP Vs. Importación para procesamiento industrial Plan Vallejo MP Importación para procesamiento industrial Entidad que vigila trámite Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Bienes a importar Materias primas e insumos Modalidad de Importación Temporal Hay pago de tributos aduaneros? No Requiere constitución de garantía? Si, personal global Si, la misma constituida como UAP o ALTEX.

37 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de MP Vs. Importación para procesamiento industrial Plan Vallejo MP Importación para procesamiento industrial Quienes pueden efectuarlo/a Quien cumpla con los trámites ante el Ministerio y obtenga la autorización del programa Quien haya sido reconocido por la Autoridad aduanera como Usuario Aduanero Permanente o como Usuario Altamente Exportador Tratamiento a los bienes importados Transformación, procesamiento o manufactura Lugar de almacenamiento de bienes importados habilitado? No se regula Depósito privado para procesamiento industrial

38 C. CLASES 2. Plan Vallejo de Bienes de Capital y Repuestos

39 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Bienes de Capital y repuestos Permitía importar temporalmente al territorio aduanero Colombiano maquinaria y equipo libre de derechos de aduana con destino a la producción de bienes de exportación.

40 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Bienes de Capital y repuestos Bienes de capital y de repuestos Proceso productivo Productos exportables Puede o no causar arancel Causa IVA en importación ordinaria Obligaciones Asignación del programa por el Ministerio de Comercio Constitución de garantías Acreditar cumplimiento de compromisos Terminación adecuada de los programas

41 C. CLASES 3. Plan Vallejo de Servicios

42 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios Se entiende por Plan Vallejo de servicios aquél que permite importar temporalmente al territorio aduanero colombiano bienes de capital y repuestos con exención total o parcial de derechos de aduanas y el diferimiento del pago del IVA, con el objeto de utilizarlos para la exportación de servicios.

43 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios Bienes de capital y repuestos (No pago de arancel, IVA diferido) Proceso Servicios exportables Obligaciones Compromisos de exportación y su demostración

44 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios – Pasos Inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de bienes y servicios, hoy Registro Único Tributario (RUT). Aprobación del programa por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Constitución de garantía por el 20% del valor FOB del cupo autorizado y por la duración del programa. Autorización registros de importación

45 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios ¿Qué servicios se pueden exportar? Alojamiento en hoteles Transporte aéreo de pasajeros Arquitectura, diseño arquitectónico y planeación urbana. Ingeniería y administración de proyectos. Salud humana Consultoría en administración Diseño de interiores Servicios agregados de telecomunicaciones Investigación y desarrollo experimental. Consultoría en computadores y hardware Unicamente se considerará en los servicios de telecomunicaciones aquéllos que se refiera a servicios de valor agregado, definidos en el artículo 31 del Decreto 1900 de 1990, como aquéllos que utilizan como soporte servicios básicos, telemáticos, de difusión, o cualquier combinación de estos, y con ellos proporcionan la capacidad completa para el envío o intercambio de información, agregando otras facilidades al servicio soporte o satisfaciendo nuevas necesidades específicas de telecomunicaciones. Forman parte de estos servicios, entre otros, el acceso, envío, tratamiento, depósito y recuperación de información almacenada, la transferencia electrónica de fondos, el videotexto, el teletexto y el correo electrónico. Sólo se considerarán servicios de valor agregado aquéllos que se puedan diferenciar de los servicios básicos definidos en el mismo decreto.

46 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios ¿Qué bienes pueden ser importados? Calderas de vapor Bombas centrífugas Compresores Hornos Máquinas para limpieza Máquinas para procesamiento de datos Emisores de radiotelefonía Conmutación para telefonía Grupos electrógenos Hélices Electrocardiógrafos Densímetros, aerómetros Instrumentos y aparatos para análisis físico y químico Aparatos de rayos X Mobiliario para medicina Quemadores Frigoríficos

47 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios Concepto de exportación de servicios Interpretaciones restringidas desde el punto de vista tributario Prestado en Colombia Utilizado en el exterior Prestado a personas sin negocios o actividades en Colombia

48 I. Nociones Generales C. Clases
Tratamiento Tributario a la exportación de Servicios Exclusión de IVA (artículo 481, literal e) ET) No aplicación de la retención en la fuente por ingresos de exportaciones, siempre que las divisas que se generen se canalicen a través del mercado cambiario. (artículo 366-1, paragrafo1° ET) El acceso a estos beneficios depende, conforme al artículo 6 del Decreto 2681 de 1999 a la inscripción en el Registro Nacional de Exportadores hoy RUT y la radicación ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo de una declaración escrita sobre los contratos de exportación de servicios que se efectúen, para su registro, previamente a efectuar el reintegro de divisas. Exención de timbre nacional para los documentos privados mediante los cuales se acuerde la exportación de bienes de producción nacional y de servicios. (artículo 530 , numeral 51 ET)

49 I. Nociones Generales C. Clases
Compromisos de Exportación en el Plan Vallejo de Servicios Deberá exportarse, como mínimo, un valor equivalente a uno punto cinco veces del valor FOB de los bienes de capital y sus repuestos importados. Certificación del representante legal y revisor fiscal, donde consten los valores facturados por concepto de la exportación de servicios y los valores en dólares efectivamente recibidos por dicho concepto. Prueba de Cumplimiento La certificación deberá estar acompañada de la prueba y los respectivos soportes de la operación, aplicable según el caso, declaración de cambio por reintegro de divisas, cuentas de compensación, certificación venta de divisas en el mercado libre; y las declaraciones sobre contratos de exportación de servicios registradas ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo; que el servicio prestado está exento del impuesto sobre las ventas de conformidad con el literal e) del artículo 481 del Estatuto Tributario; que opera la no aplicación de la retención en la fuente por ingresos de exportaciones señalado en el parágrafo 1° del artículo del Estatuto Tributario; y la declaración dado el caso, sobre el pago del impuesto de timbre que se genere por el contrato. El exportador conservará certificación del país de destino del servicio, sobre la existencia y representación legal del contratante extranjero.

50 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Servicios – Tratamiento cambiario El reintegro de divisas debe canalizarse Formulario 5

51 C. CLASES 4. Plan Vallejo de Reposición

52 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Reposición Quienes exporten productos en cuya manufactura se hayan utilizado materias primas e insumos importados por el conducto ordinario o reposición, tienen la opción de importar una cantidad igual de aquellas MP o insumos sin gravámenes, impuestos u otras contribuciones. 12 meses contados a partir del embarque de la respectiva exportación Término fijado para solicitar el derecho

53 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Reposición Documentos requeridos: Formulario de solicitud debidamente diligenciado Copia original de documentos de exportación donde se declare la utilización del mecanismo de reposición Copia original de las declaraciones de importación

54 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Reposición Documentos requeridos: Contrato debidamente suscrito por los usuarios que intervengan en la operación en la cual se demuestre la cesión del derecho si fuere el caso Aval de la solicitud suscrito por un economista Archivo plano debidamente diligenciado que contenga la información de los documentos de exportación de conformidad con las especificaciones señaladas por el MinComercio

55 I. Nociones Generales C. Clases
El exportador puede ceder su derecho a: Productor de los bienes exportados Quien haya importado las materias primas o insumos A terceras personas que hayan intervenido en alguna de las etapas del proceso

56 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Reposición Importación 100 unidades Importación 100 unidades Con pago de tributos Sin pago de tributos Empresa que busca el beneficio Proceso productivo Empresa beneficiada Exportación

57 C. CLASES 4. Plan Vallejo ATPDEA

58 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de ATPDEA Marco Legal - Resolución 1791 de 2002 del Mincomex Se entiende por Programas ATPDEA, a los programas PV de MP e insumos y Bienes de Capital cuya finalidad sea la exportación de bienes finales al amparo de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de Erradicación de Drogas ATPDEA, de los Estados Unidos. De ser firmado el TLC con Estados Unidos este programa sería eliminado

59 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de ATPDEA Personas Jurídicas con el carácter de empresarios productores, exportadores, o comercializadores a quienes MinComercio le apruebe un programa ATPDEA Usuarios

60 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de ATPDEA Bienes finales ATPDEA Materias primas e insumos Proceso Productivo

61 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de ATPDEA Cualquier Usuario Beneficios Trámite más ágil Las personas jurídicas que cumplan las condiciones señaladas podrán solicitar la autorización de un programa Atpdea directamente al grupo de sistemas especiales de la dirección general de comercio exterior del Ministerio de Comercio Exterior, adjuntando los siguientes documentos: a) Formato suministrado por el grupo sistemas especiales debidamente diligenciado y suscrito por el representante legal del solicitante y un economista con matrícula profesional vigente; b) Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de radicación de la solicitud; c) Contrato de suministro o de venta o carta de compromiso del comprador en los Estados Unidos de América, en la que conste la clase, cantidad, plazo y valor FOB en dólares estadounidenses, de los bienes a exportar; d) En el caso de operaciones no reembolsables, contrato o acuerdo de manufactura o de suministro con el proveedor en el exterior, en el que consten claramente la causa del no reembolso, las cantidades, descripción de las materias primas, monto en dólares de los Estados Unidos de América y período durante el cual se realizarán las importaciones no reembolsables; e) Relación en medio magnético de los bienes finales a exportar bajo la ley Atpdea, especificando las correspondientes subpartidas arancelarias; f) En el caso de aplicar modalidad indirecta, contrato de operación indirecta. Aprobación del programa en un día

62 C. CLASES 4. Plan Vallejo de Maquila

63 I. Nociones Generales C. Clases
Esta operación se caracteriza porque, en su totalidad, las materias primas e insumos son suministrados por el contratante extranjero de manera que, aunque se utilicen para la producción  de bienes para la exportación, las materias primas e insumos tienen el carácter de  no reembolsables. Tiene como obligación adaptar un sistema de control de inventarios de MP y productos terminados Plan Vallejo de Maquila

64 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Maquila La demostración y verificación de compromisos se hace mediante: La presentación de los inventarios y MP o insumos importados y producto final exportado; Certificados del contratante extranjero; Certificados del representante legal y revisor fiscal del productor nacional en donde conste el grado de cumplimiento por cada periodo de importación.

65 I. Nociones Generales C. Clases
Plan Vallejo de Maquila Tipo de Garantía Personal Bancaria Compañía de Seguros Con respecto al cupo de importación, plazo para demostrar, compromiso de importación y exportación se remite a las normas de carácter generales de PV

66 D. OPCIONES DE MANEJO

67 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación empresarial Cesión de Cupo

68 D. OPCIONES DE MANEJO 1. Asociación Empresarial

69 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial Se trata de la unión de empresas que con el fin de optimizar sus procesos productivos, lograr un incremento en sus exportaciones, las cuales pueden acceder a los programas de Plan Vallejo. Regulada por la Resolución 1964 de 2000 Esta es una herramienta útil para las Pymes que desafortunadamente no es muy común en su aplicación.

70 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial Asociación Asociación de personas que aportan para lograr un fin común Independencia de las sociedades en materia tributaria, laboral, aduanera y cambiaria. Unión únicamente para el desarrollo del Plan Vallejo Toma de decisiones independientes Solidaridad Joint Venture. Acuerdo de voluntades entre dos o más personas que buscan el desarrollo de un negocio conjunto en el cual cada uno de los asociados aporta determinados elementos que permiten la ejecución del proyecto. Las partes participan aportando conocimientos, bienes o servicios para el directo desarrollo del negocio, pero también están sujetos a los riesgos propios del mismo, los cuales son distribuidos entre ellas, asumiendo cada una en diferentes proporciones las posibilidades de las ganancias o pérdidas que de él se deriven. Contrato de Asociación Contrato por medio del cual un grupo de personas acuerdan participar en un proyecto común en procura de una utilidad que puede ser de diferente naturaleza para cada una de ellas y no necesariamente equivalente, mediante una combinación de los recursos que ellas aportan, sin necesidad de crear una sociedad, fondo o patrimonio autónomo.

71 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
PLAN VALLEJO POR ASOCIACIÓN EMPRESARIAL Único Plan Vallejo Cada compañía importa y exporta a su nombre Una sola compañía se encarga del la administración del programa

72 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial - Beneficios Control Administrativo más eficiente sobre los cuadros insumo producto Menores costos administrativos para la compañía en relación con los controles Mayor control sobre el cumplimiento del compromiso de exportación Las empresas asociadas podrán seguir utilizando los distintos regímenes de importación.

73 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial - Obligaciones Cumplir con los compromisos de exportación Presentar un cuadro único de Insumo Producto por cada uno Velar por el control total de las importaciones con el objeto de no superar el monto autorizado Designar la empresa responsable del programa, que será la encargada de coordinar el cupo asignado y el desarrollo del mismo. Constituir la garantía que amparará las obligaciones adquiridas en virtud del programa autorizado, por cada una de las empresas que hacen parte de la asociación empresarial

74 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial – Responsabilidades La responsabilidad será solidaria únicamente en lo relacionado con las obligaciones del Plan Vallejo, sin embargo en lo que respecta a las obligaciones aduaneras, cambiarias y tributarias, cada empresa responde de manera individual. En caso de incumplimiento del programa Plan Vallejo, la responsabilidad será solidaria, razón por la cual se verían afectadas todas las compañías asociadas.

75 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial – Garantía Se constituirá una garantía global única en cabeza de la Asociación. Todas las empresas que conformen la asociación serán solidariamente responsables.

76 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial – Subrogación Subrogación de Planes Vallejo individuales a la Asociación Comienzo de operaciones a través del Plan Vallejo único Cada compañía continua con sus operaciones aduaneras, cambiarias y tributarias Una de las empresas asume las obligaciones del programa Plan Vallejo La Asociación Empresarial no necesariamente debe partir de cero, puede ocurrir que laguna de las empresas a asociarse cuente de antemano con un programa aprobado.

77 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial – Requisitos Tener objetos sociales similares o complementarios No presentar incumplimiento por obligaciones adquiridas en desarrollo de un programa PV al momento de presentar la solicitud correspondiente Las empresas que van a asociarse deben Deben tener carácter de empresarios productores, exportadores o comercializadores Mantener vigente la inscripción en el Registro Nacional de Exportadores hoy RUT No haber sido objeto de terminación unilateral de un Programa durante los últimos 5 años

78 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Asociación Empresarial – Trámite Estudio del Comité de Evaluación Suscripción contrato asociación Presentación de documentos Rechazo por no Viabilidad Decisión Rechazo para efectuar correcciones Aprobación Inicio operaciones a través de PV

79 D. OPCIONES DE MANEJO 2. Cesión de Cupo

80 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Cesión de Cupo En esta modalidad , el beneficiario del programa puede ceder parte de su cupo de importación a otra persona natural o jurídica, pero con la obligación de demostrar los compromisos adquiridos.

81 I. Nociones Generales D. Opciones de Manejo
Cesión de Cupo Empresa titular del programa Cesión de cupo Exportación Importación Empresa importadora Eventualmente participa en el proceso productivo Prestación de servicio

82 E. RÉGIMEN ADUANERO

83 E. RÉGIMEN ADUANERO 1. Tributos Aduaneros

84 I. Nociones Generales E. Régimen Aduanero
Tributos Aduaneros Hay una suspensión total o parcial de tributos aduaneros: Materia primas e insumos No se liquidan ni pagan tributos aduaneros Artículo 169 D 2685 /1999 En las declaraciones de importación temporal de materias primas e insumos al amparo de los artículos 172 y 173 literal b) del Decreto-Ley 444 de 1967, no se liquidarán ni pagarán tributos aduaneros.

85 I. Nociones Generales E. Régimen Aduanero
Tributos Aduaneros Hay una suspensión total o parcial de tributos aduaneros: Bines de Capital y repuestos Para la instalación o ensanche de empresas cuando los aumentos de producción se destinan a la exportación Cuando se obtenga financiación externa para el montaje o ensanche de empresas productoras de artículos exportables. Artículo 169 D2685 / 1999 En las declaraciones de importación temporal de bienes de capital, partes y repuestos al amparo del artículo 173, literal c) del Decreto-Ley 444 de 1967, no se liquidarán ni pagarán tributos aduaneros. En las declaraciones de importación temporal de bienes de capital, partes y repuestos al amparo del artículo 174 del Decreto-Ley 444 de 1967, se liquidarán y pagarán los derechos de aduana. No se liquidan ni pagan tributos aduaneros Se liquidarán y pagarán los derechos de aduana

86 E. RÉGIMEN ADUANERO 2. Valor en Aduana

87 I. Nociones Generales E. Régimen Aduanero
Valor en Aduana El decreto 4431 de 2004 estableció el control al valor en aduana para las mercancías importadas al amparo de un programa Plan Vallejo La norma adiciona como uno de los documentos soporte la declaración andina del valor y señala una sanción cuando se declare un valor inferior al establecido por la autoridad aduanera.

88 I. Nociones Generales E. Régimen Aduanero
Valor en Aduana – Posición doctrinaria DIAN Deben presentar Declaración Andina del Valor Plan Vallejistas de MP No se admite el valor efectivamente pagado o por pagar, se establece basándose en mercancías idénticas, similares, de acuerdo con el precio de reventa, o conforme a los costos de producción Se debe determinar el valor en aduana de la mercancía Los Plan Vallejistas de materias primas e insumos deben presentar Declaración Andina del Valor y sus documentos soporte cuando el valor FOB total determinado en la declaración de importación sea igual o superior a US $ Los Plan Vallejistas de bienes de capital no deben presentarla. Ya que no existe venta no es aplicable a esta modalidad de importaciones el método del valor de transacción, por lo cual la mercancía ha de valorarse conforme a los métodos subsiguientes del acuerdo del valor del GATT ¿Para qué establecer una base gravable, si no se pagan tributos aduaneros?

89 I. Nociones Generales E. Régimen Aduanero
Valor en Aduana – Posición doctrinaria DIAN Estudio de valor posterior por la DIAN Se encuentra que el valor denunciado en la DAV no esta legalmente determinado Impondrá sanción equivalente al 50% de La diferencia que resulte entre el valor declarado y el valor que realmente Corresponda.

90 I. Nociones Generales E. Régimen Aduanero
Valor en Aduana – Posición doctrinaria DIAN La imposición de sanciones por incumplimiento de las normas en materia de valoración, es independiente del cumplimiento de los compromisos de exportación ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo.

91 II. TERMINACIÓN DE LOS PROGRAMAS PLAN VALLEJO

92 A. TRAMITES ANTE EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

93 TRAMITES ANTE EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
1. Demostración de cumplimiento de los compromisos de exportación

94 Demostración de cumplimiento
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Demostración de cumplimiento Presentación del estudio de demostración de exportaciones Plazo Los Usuarios de Bienes de Capital y repuestos pueden Presentarla anualmente Los Usuarios deberán presentar ante la Grupo de Control y Seguimiento del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, un estudio de demostración de cumplimiento de las obligaciones máximo en la fecha fijada en la garantía global de cumplimiento. Programas de bienes de capital y repuestos pueden presentar anualmente la demostración de las exportaciones realizadas, las cuáles serán acreditadas por la Grupo de Control y Seguimiento del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, esta demostración no excluye de la obligación de demostrar el cumplimiento de los compromisos al final del período del acuerdo. Se puede solicitar una ampliación al plazo para efectuar y demostrar el cumplimiento de los compromisos de exportación, para lo cual se debe presentar una solicitud por escrito Ministerio. Máximo en la fecha fijada en la garantía global de cumplimiento Solicitud ampliación de plazo

95 Demostración de cumplimiento
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Demostración de cumplimiento Escrito; Formatos; Copia declaraciones de Exportación; Archivo plano; Copia original del las declaraciones que amparen la reexportación o a importación ordinaria de mercancías importadas con el programa. Requisitos La comunicación debe precisar el grado de cumplimiento del período que se pretende demostrar y la cantidad de documentos que se anexan; Los formatos son aquellos establecidos por la DGCE; La copia de las Declaraciones de Exportación deben ser originales o fotocopias habilitada por la DIAN. El usuario del programa debe tener en cuenta que los datos declarados en el DEX en las casillas correspondientes a los Sistemas especiales, se identifiquen con aquellos autorizados en el programa y en el respectivo cuadro insumo – producto. En el caso en que la unidad comercial no sea la misma, la que haya declarado deberá permitir su convertibilidad a la unidad de medida del cuadro insumo – producto. En el archivo plano se registra la información contenida en el documento físico de exportación;

96 Demostración de cumplimiento
Inconsistencias de forma o fondo Devolución del estudio detallando las causales 4 meses Presentación estudio de demostración Verificación de la DGCE 1 mes 1 mes Emite comunicación respecto al grado de cumplimiento Verificación de la DGCE Corregir y presentar nuevamente DGCE = División General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Si una vez devuelto el estudio no se corrige y presenta nuevamente la solicitud dentro de término concedido, se ordenara hacer efectiva la garantía. Al presentarse incumplimiento la garantía se hace efectiva en un 20% del saldo no demostrado o sobre el 50% del mismo, en los casos de programas de aplicación simultánea de sistemas especiales y licencia anual. Si el estudio se presenta de manera extemporánea, se aplican las siguientes sanciones: El 5% del valor de la garantía, si la presentación se realiza antes de la expedición de la resolución de festividad e la garantía; El 10% del valor de la garantía, si la presentación se realiza en el momento de interponer el recurso de reposición contra la resolución de efectividad por incumplimiento de la garantía. Establece el monto, suspende importaciones a cargo del programa, ordena hacer efectiva la garantía Incumplimiento Certificación de Cumplimiento Cumplimiento

97 TRAMITES ANTE EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
2.Terminación Anticipada

98 Terminación Anticipada
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Terminación Anticipada Unilateralmente por el Ministerio Por solicitud del usuario del programa

99 Terminación Anticipada unilateral
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Terminación Anticipada unilateral Es la decisión de oficio adoptada por el Ministerio en frente alguno de los siguientes casos: Por inconsistencias en la información presentada por el usuario Por adulteración en los documentos presentados Por darles a los bienes de capital y repuestos o a las materias primas e insumos, una destinación diferente para la cual se importaron Por no acreditar el usuario a satisfacción del Ministerio, el lugar en que se encuentren los bienes de capital y repuestos o a las materias primas e insumos importados al amparo de un PV

100 Terminación Anticipada por solicitud del usuario
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Terminación Anticipada por solicitud del usuario Se debe justificar ante el Ministerio de Industria y Turismo la incapacidad de cumplir con los compromisos de importación antes del vencimiento del plazo. Estudiada la justificación el Ministerio emite una certificación sobre la justificación de la imposibilidad total o parcialmente los compromisos de exportación. Por ejemplo, el cambio de las condiciones del mercado externo.

101 TRAMITES ANTE EL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
3. Reestructuración

102 Reestructuración de programas
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Reestructuración de programas Procede la reestructuración de los compromisos de exportación fijados por solicitud del interesado, presentada al Grupo de Sistemas Especiales dentro de la vigencia del plazo para demostrar su cumplimiento, previsto en la garantía correspondiente, en los siguientes casos: Cuando el cupo de importación no haya sido utilizado en su totalidad Cuando el usuario haya importado bienes diferentes a los mencionados en su solicitud, o los importados varíen la capacidad de producción establecida inicialmente

103 Reestructuración de programas
II. Terminación de los programas Plan Vallejo A. Trámites ante el Ministerio de Comercio Industria y Turismo Reestructuración de programas Cuando el producto de exportación previsto en el compromiso inicial sea modificado Cuando las vigencias inicialmente previstas en el compromiso de exportación, sean afectadas por condiciones del mercado externo

104 B. TRAMITES ANTE LA DIAN 1. Por cumplimiento de los compromisos de exportación

105 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Por cumplimiento total de los compromisos de exportación a. Materias Primas e insumos Certificación de cumplimiento del Ministerio Cancelación Garantía del Ministerio La exportación definitiva del bien obtenido con las materias primas e insumos importados

106 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Por cumplimiento total de los compromisos de exportación b. Bienes de Capital y Repuestos Reexportación Cumplimiento de compromisos de exportación Certificación de cumplimiento del Ministerio 60 días Importación ordinaria (pago de IVA) Si vencido el plazo de 60 días el importador no ha modificado la declaración de importación inicial al ordinaria, o reexportado los bienes procederá la aprehensión y decomiso de la mercancía, sin perjuicio de la efectividad de la garantía.

107 B. TRAMITES ANTE LA DIAN 2. Por imposibilidad de cumplir los compromisos de exportación

108 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Por imposibilidad de cumplir los compromisos de exportación a. Materias Primas e insumos Imposibilidad de cumplimiento de compromisos antes de vencer el plazo Si vencido el plazo de 30 días el importador no ha modificado la declaración de importación inicial al ordinaria procederá la aprehensión y decomiso de la mercancía, sin perjuicio de la efectividad de la garantía. Justificación de imposibilidad de cumplir Pago tributos aduaneros (Arancel + IVA) Importación ordinaria Certificación Ministerio 30 días Reexportación de las materias primas e insumos, sin sanción.

109 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Por imposibilidad de cumplir los compromisos de exportación b. Bienes de Capital y Repuestos Imposibilidad de cumplimiento de compromisos antes de vencer el plazo Si vencido el plazo de 60 días el importador no ha modificado la declaración de importación inicial al ordinaria, o reexportado los bienes procederá la aprehensión y decomiso de la mercancía, sin perjuicio de la efectividad de la garantía. Justificación de imposibilidad de cumplir Importación ordinaria Pago de tributos aduaneros Arancel + IVA Certificación Ministerio 60 días Reexportación

110 B. TRAMITES ANTE LA DIAN 3. Por incumplimiento parcial o total de los compromisos de exportación

111 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Por incumplimiento total o parcial de los compromisos de exportación Incumplimiento de compromisos de exportación vencido el plazo Certificación de incumplimiento del Ministerio Importación ordinaria pago de tributos aduaneros más una sanción del 100% del gravamen arancelario Hacer efectiva la Garantía sobre el 20% del saldo no demostrado 30 días a. Materias Primas e insumos

112 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Por incumplimiento total o parcial de los compromisos de exportación b. Bienes de Capital y Repuestos Pago de tributos aduaneros, más sanción de 100% de gravamen arancelario Incumplimiento de compromisos de exportación vencido el plazo Certificación de incumplimiento del Ministerio 60 días Efectividad de la garantía

113 B. TRAMITES ANTE LA DIAN 4. Legalización

114 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Legalización Intervención DIAN Aprehensión Mercancía Legalización = Tributos aduaneros + 50 % del valor en aduana de la mercancía por rescate Legalización = Tributos aduaneros + 20% del valor en aduana de la mercancía por rescate Si los bienes no son nacionalizados o reexportado en los términos señalados, procede su aprehensión y decomiso. Se pueden nacionalizar pagando la totalidad de los tributos aduaneros (IVA + arancel) y una sanción por rescate cuyo monto depende de la etapa del procedimiento en que se efectúe. Cuando la declaración de legalización se presente voluntariamente sin intervención de la autoridad aduanera, deberá liquidarse y pagarse además de los tributos aduaneros que correspondan, el 20% del valor en aduana de la mercancía por concepto de rescate. Cuando la declaración de legalización se presente voluntariamente una vez haya sido aprehendida la mercancía, se deberán pagar tributos aduaneros más el 50% del valor en aduana de la mercancía por concepto de rescate. Si se presenta declaración de legalización voluntariamente posteriormente a la expedición por parte de la autoridad aduanera de la resolución que resuelve su decomiso se deberán pagar los tributos aduaneros y un 75% del valor en aduana de la mercancía por concepto de rescate. Resolución que declara el decomiso Legalización = Tributos aduaneros + 75 % del valor en aduana de la mercancía por rescate

115 B. TRAMITES ANTE LA DIAN 5. Valor en aduana en Sistemas Especiales de importación - exportación

116 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Valor en aduana en los sistemas especiales de importación – exportación. Terminación PV Bienes de capital con Importación ordinaria Pago de tributos aduaneros Será el precio efectivamente Pagado o por pagar Debe determinarse el valor en aduana de los bienes Para efectos de terminar el Plan Vallejo de bienes de Capital con la importación ordinaria de los equipos, deben pagarse tributos aduaneros. Por lo cual debe determinarse el valor en aduana de los bienes, con base en el valor de transacción, el cual puede reducirse si los éstos presentan señales de uso, y por ende pueden ser objeto de una depreciación para efectos de establecer su valor en aduana. Tratándose de mercancías importadas temporalmente al amparo de un sistema especial de importación – exportación, la base gravable (el valor en aduanas de la mercancía) se determinará de conformidad con el estado de la mercancía en el momento de la valoración, dependiendo de si la operación estuvo precedida de una compraventa Compraventa anterior ¿Procede una reducción de la base gravable por depreciación de los bienes? NO Compraventa anterior

117 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Valor en aduana en los sistemas especiales de importación – exportación. Mercancía precedida de una compraventa No se tendrá en cuenta el valor efectivamente pagado o por pagar por el bien, su valor se determinará por el valor de mercancías Idénticas, mercancías similares, de acuerdo con el precio de reventa, o conforme a los costos de producción. En este caso no procede aplicar porcentaje alguno por concepto de depreciación.

118 II. Terminación de los programas Plan Vallejo B. Trámites ante la DIAN
Valor en aduana en los sistemas especiales de importación – exportación. Mercancía no precedida de una compraventa Se aplicará un procedimiento razonable para determinar el valor en aduana al cual se le descontarán los porcentajes por uso, obsolescencia, daño, deterioro o avería.

119 III. EL PLAN VALLEJO FRENTE A LOS
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

120 A. TLC CON ESTADOS UNIDOS

121 III. El Plan Vallejo frente a los Tratados de Libre Comercio A
III. El Plan Vallejo frente a los Tratados de Libre Comercio A. TLC con Estados Unidos Solicitud Estados Unidos Eliminar el programa Como resultado de la VII Ronda de Negociaciones se acordó la permanencia de herramienta

122 B. CAN - MERCOSUR

123 III. El Plan Vallejo frente a los Tratados de Libre Comercio B
III. El Plan Vallejo frente a los Tratados de Libre Comercio B. CAN - MERCOSUR Acuerdo de Complementación Económica suscrito por lo miembros del Mercado Común del Sur – MERCOSUR – (Brasil, Argentina, Paraguay y Uruguay) y Colombia, Ecuador y Venezuela, miembros de la Comunidad Andina. Busca el establecimiento de un área de libre comercio entre sus miembros, el desarrollo de programas de liberación comercial, la eliminación de restricciones arancelarias y no arancelarias, y la promoción de la complementación y cooperación económica, energética, científica y tecnológica entre otros. Empezó a regir de manera provisional el 1° de Febrero de 2005. No toco el tema del plan Vallejo Bolivia el otro país miembro de la CAN no suscribió este acuerdo por qué ya contaba con uno.

124 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO

125 A. SITUACIÓN ACTUAL – PROYECCION FUTURA

126 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
El Consejo Superior de Comercio Exterior en su sesión de noviembre 6 de 2004, recomendó la adopción de la “Nueva Pólitica de Operación y Control de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación: Régimen de Perfeccionamiento Activo para Materias Primas” El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio de Hacienda tiene a su cargo para un futuro la expedición de la nueva regulación en materia de Plan vallejo de Materias Primas e Insumos Disponible en:

127 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Justificaciones: Los Usuarios de Sistemas especiales de Importación – exportación para materias primas son aproximadamente el 67% de los usuarios totales No existe un aprovechamiento óptimo del potencial que ofrecen los Sistemas, en razón a problemas operativos que impiden una adecuada atención a los usuarios Dilación de los términos por el represamiento de un alto volumen de documentos y actuaciones, lo que impide una oportuna respuesta al usuario

128 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Justificaciones: Insuficiencia y deficiencia del recurso humano profesional, falta de unidad de criterio al aplicar los procedimientos Complejidad y multiplicidad de normas Largos tiempos de respuesta

129 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Objetivos específicos del proyecto de reestructuración Eliminar los problemas que se derivan del represamiento de la evaluación de las matrices insumo producto y de los estudios de demostración. Implementar la nueva operación de los Sistemas Especiales de Importación – Exportación Permitir el acceso en línea a las partes involucradas en el mecanismo

130 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Objetivos específicos del proyecto de reestructuración Disminuir los tiempos de respuesta, generando respuestas en tiempo real Control y seguimiento efectivo permanente a los usuarios Unificación de criterios Oportunidad de información para la toma de decisiones Simplificación del trámite

131 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Lineamientos de la reestructuración El Ministerio autorizará la utilización del régimen de perfeccionamiento activo de materias primas e insumos hasta por 10 años Eliminación de las garantías La autorización se efectuará mediante acto administrativo en el cual se relacionan las subpartidas arancelarias de las materias primas e insumos a importar y mención de los productos a exportar. Se pretende eliminar la doble sanción pecuniaria a los usuarios, en aplicación del régimen aduanero y del régimen de comercio exterior, se determinó la eliminación de las garantías y el establecimiento de un régimen sancionatorio (no pecuniario) para los incumplimientos al régimen de comercio exterior Implementación de cuadros de componentes integrales, se elimina la remisión al Ministerio y se establece su disponibilidad permanente en la empresa, para revisión por parte del Gobierno. Eliminación de los cuadros insumo – producto para la implementación de cuadros de componentes integrales

132 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Lineamientos de la reestructuración Seguimiento y control permanente de las utilizaciones del programa Se reduce el plazo para certificar el cumplimiento de los compromisos estableciéndose con base en el ciclo productivo de las empresas. Seguimiento y control permanente de las utilizaciones del programa, mediante la remisión en línea, vía electrónica de informes periódicos y cruce de información con la DIAN El cumplimiento de los compromisos se acredita mediante certificación de cumplimiento expedida por el Representante Legal y el Revisor Fiscal.

133 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Lineamientos de la reestructuración Para los usuarios de la modalidad indirecta la demostración de cumplimiento de compromisos se efectuará a través de un certificado al proveedor y no a través del DEX. El control se efectuará a través de una cuenta corriente de materias primas e insumos importados y producto final exportado Para los usuarios que utilicen la modalidad indirecta, se establecerá la demostración de compromiso a través del certificado al proveedor (CPV). El CPV registra las transacciones que involucran materias primas e insumos importados bajo el régimen entre usuarios, habilitando la trazabilidad de los mismo hasta el momento de su exportación. Se llevará una relación de la cantidad de mercancías (cuenta corriente) ingresadas temporalmente al Territorio Aduanero Nacional al amparo del régimen de perfeccionamiento activo, así como de la cantidad de las mismas que fueron utilizadas para la elaboración o ensamble de los productos exportados o de los productos ingresados y no utilizados que se devuelven a su país de origen; se establecen saldos de materias primas e insumos de manera permanente. Con la autorización de reposición por una sola vez se busca restringir su utilización solamente a aquellas empresas que eventualmente exportan sus productos y evitar así las utilización reiterada de la operación por parte de empresas que presentan exportaciones recurrentes y, por tanto, es viable su calificación en el régimen de perfeccionamiento activo, adquiriendo los derechos, incentivos y obligaciones correspondientes. Autorización de reposición por una sola vez.

134 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Implementación de la nueva política ¿En qué vamos? Definición de competencias para el manejo del programa Proyecto de Decreto Enero de 2005 Sometido a observaciones de usuarios Decisión CSCE Oportunidad para participar activamente en el proceso reglamentario

135 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Implementación de la nueva política ¿En qué vamos? Analizar el proyecto de decreto en forma critica ante la realidad de las operaciones; Anticiparse a la entrada en vigencia para formular observaciones; Participar en las discusiones previas y efectuar aportes para mejorar la operación Oportunidades Usuarios

136 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Proyecto de Decreto Plan Vallejo de Materias Primas Administración Control y Vigilancia Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

137 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Acceso al programa Situación Actual Situación Futura Aprobación de un programa Calificación de Usuario Participan personas naturales y jurídicas Sólo para personas jurídicas Duración general por 1 año Calificación por 10 años Autorización de un cupo Autorización de Subpartidas Arancelarias a importar y productos a exportar Cuadros de Insumo Producto (presentados y aprobados por el Ministerio) Cuadros de Componentes Integrales (disponibles en la empresa)

138 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO A. Situación actual – Proyección Futura
Administración de la operación Situación Actual Situación Futura Seguimiento del programa a través de visitas aleatorias Envío de informes periódicos y cruce de información con la DIAN Manejo de materias primas e insumos por códigos en los CIP´S Administración del programa a través del manejo de Cuenta Corriente sobre cada materia prima e insumo. Plazo de demostración 1 año + 6 meses Rotación de inventarios + plazo para verificar Demostración de cumplimiento a través de estudios de demostración al finalizar el programa Certificación de cumplimiento expedida por el Representante legal y el Revisor Fiscal

139 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO B. Proyección futura
Garantía Se eliminaría la garantía global, y sería reemplazada por una garantía bancaria o de compañía de seguros cuyo monto se establecería progresivamente, así: Primera vez: Equivalente al 0.5% del patrimonio líquido del usuario; Renovación usuario 1 año: Equivalente al 5% del valor FOB de las importaciones realizadas en el año inmediatamente anterior; Renovación usuario 2 años: Equivalente al 2% del valor FOB de las importaciones realizadas en el año inmediatamente anterior; Renovación usuario 3 años: No garantía Aunque en el lineamiento establecido por el CSCE, se establece la eliminación de las garantías, en el proyecto de decreto se consagran garantías con un monto progresivo. En las renovaciones el monto de la garantía desminuye tratándose de usuarios que cuenten con un óptimo manejo del programa. Frente al usuario con tres años de manejo óptimo del programa, se requiere además que no hubiere sido sancionado por infracciones al régimen aduanero o de comercio exterior.

140 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO B. Proyección futura
Certificación del exportador Plan Vallejo Indirecto En el Plan Vallejo Indirecto el cumplimiento de las obligaciones por parte del plan vallejista calificado se efectuará con una certificación del exportador en la que conste la entrega del producto final con destino a la exportación, denominado certificado al proveedor vinculado. El Plan Vallejo de Reposición solamente podría ser utilizado una sola vez, con lo cual se pretende que los usuarios de esta figura se califiquen como usuarios del plan vallejo Utilizado por una sola vez Plan Vallejo de Reposición

141 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO B. Proyección futura
Valoración Con la expedición de la reciente doctrina por parte de la DIAN, se esperan mayores pronunciamientos en la materia. En el Plan Vallejo Indirecto el cumplimiento de las obligaciones por parte del plan vallejista calificado se efectuará con una certificación del exportador en la que conste la entrega del producto final con destino a la exportación, denominado certificado al proveedor vinculado. El Plan Vallejo de Reposición solamente podría ser utilizado una sola vez, con lo cual se pretende que los usuarios de esta figura se califiquen como usuarios del plan vallejo

142 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO B. Proyección futura
ASOCIACIÓN EMPRESARIAL Pyme + Pyme Acceso al programa Asociación + Se busca la participación de las Pymes, pero no solas, sino en unión a través de asociaciones, para tener cadenas productivas completas. No es un imperativo sino un fin que debe buscar el proyecto. Pyme + Pyme

143 B. PROYECTO INFORMÁTICO

144 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO C. Proyecto Informático
Se busca adaptar el trámite, aprobación, desarrollo y control a las nuevas tecnologías. Movimiento de Materias primas Cuenta “corriente” en línea El movimiento de materias primas e insumos y productos finales se administraría a través de una “cuenta corriente”. Es así como en una base de datos se registrará la introducción de las materias primas e insumos y la posterior exportación de productos terminados y la información allí registrada podrá ser confirmada posteriormente tanto por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo como por parte de la Autoridad Aduanera.

145 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO C. Proyecto Informático
Implica la ausencia de documentos físicos Control en línea a través de los sistemas informáticos de la DIAN La DIAN ejercería un control permanente de la información en línea, la cual no podría ser modificada. Control que se traduce en una intensificación del control de la operación mientras se desarrolla y de la fiscalización posterior. SYGA MUISCA

146 C. RÉGIMEN TRANSITORIO

147 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO D. Régimen transitorio
Empresas con programas vigentes Registro automático a partir del 1 de enero de 2005 Se encuentran habilitados para importar las subpartidas que hayan ingresado en los últimos dos años Las empresas que tengan programas que a la fecha se encuentren vigentes gozarán de un registro automático a partir del 1 de Enero de 2005 y contarían con un plazo de seis meses para solicitar ante el Ministerio la calificación como usuarios del Plan Vallejo. Por tal motivo, se encontrarían habilitados para importar las subpartidas arancelarias que hayan ingresado al territorio aduanero nacional en los últimos dos años. Sin embargo si requirieren de un insumo o materia prima no contemplado en las mencionadas subpartidas, deberán acogerse a un régimen de transición en el cual podrán optar por hacer la importación ordinaria del bien o solicitar la calificación como usuario del plan vallejo.

148 D. FISCALIZACIÓN ADUANERA

149 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO E. Fiscalización Aduanera
Se eliminaría la garantía global Solo quedarían vigentes las Sanciones de índole aduanero Se eliminaría la garantía global, quedando ahora solamente vigentes las sanciones de índole aduanero, fruto del control conjunto que ejercerían el Ministerio y la DIAN mediante cruces de información constante. Control conjunto DIAN - MinComercio

150 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO E. Fiscalización Aduanera
Pérdida de la calificación Si el importador incumple el régimen En el evento en que el exportador incumpliese el régimen, la gravosa consecuencia sería la pérdida de la calificación y la imposibilidad de solicitarla nuevamente, así sea bajo la denominación de una persona jurídica diferente.

151 E. BENEFICIOS

152 IV. FUTURO DEL PLAN VALLEJO F. Beneficios
Agilización de trámites Implementación de procesos en línea Eliminación de represamiento Eliminación de documentos a remitir por parte de los exportadores Transparencia en los procesos Seguimiento en tiempo real

153 V. RECOMENDACIONES EN EL MANEJO
OPERATIVO DEL PROGRAMA

154 A. CONTROLES

155 V. Recomendaciones en el manejo operativo del programa A. Controles
Verificar el adecuado cumplimiento de compromisos de exportación Tomar con la debida anticipación, las medidas que permitan corregir cualquier inconsistencia en desarrollo del programa o con el cumplimiento de compromisos. Disminuir los valores a pagar por concepto de tributos aduaneros o sanciones Ante los programas de control que están desarrollando y ejecutando el Ministerio de Comercio Exterior en conjunto con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las compañías requieren estrictos controles internos a sus operaciones de Plan Vallejo Brindar información oportuna y confiable a la gerencia, para la toma de decisiones

156 V. Recomendaciones en el manejo operativo del programa A. Controles
Beneficios de los controles Planear adecuadamente las operaciones de compra y venta de mercancías. Utilizar Adecuadamente los cupos de importación. Reducir contingencias y riesgos de sanción a corto, mediano y largo plazo Optimizar las operaciones de importación y exportación Reducir costos administrativos

157 B. PLANEACIÓN DE OPERACIONES

158 V. Recomendaciones en el manejo operativo del programa B
V. Recomendaciones en el manejo operativo del programa B. Planeación de Operaciones Programar las operaciones de importación de materias primas y el volumen de exportaciones Conocer y preparar el mercado externo para cumplir con los compromisos de exportaciones Conocer y aplicar los eventuales beneficios tributarios derivados de las operaciones Preparar el ciclo productivo

159 Firm Name/Legal Entity and Legal Copy
A member firm of Deloitte Touche Tohmatsu


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