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Hermosillo, Sonora 7 de mayo de 2010. Consolidación de la competencia económica y la mejora regulatoria para la competitividad en México Caso. Jalisco.

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1 Hermosillo, Sonora 7 de mayo de 2010

2 Consolidación de la competencia económica y la mejora regulatoria para la competitividad en México Caso. Jalisco Jalisco, a través de SEPROE y otros organismos tanto gubernamentales como privados, participaron de manera conjunta para la realización del estudio realizado por la OCDE, en el que se reconoce la gran importancia del mismo, ya que existen pocos diagnósticos en materia de calidad regulatoria y medios de control al respecto. Las recomendaciones del diagnóstico. Algunas de las observaciones que derivaron de este Estudio, refieren a la mejora de ciertos temas en los que ya se tiene trabajo realizado, por ejemplo: 1.Respecto a procesos de calidad y aplicación de normas de calidad en la administración pública; el INJAC ha extendiendo sus servicios de certificación de procesos a los gubernamentales, tanto internos como hacia la ciudadanía;

3 2.Sobre el acceso a servicios y trámites gubernamentales en portales electrónicos, se cuenta con la Ley de Firma electrónica, un reglamento, y actualmente está en proceso la certificación de firmas electrónicas de funcionarios; además, Municipios como Guadalajara, tiene trámites electrónicos como la pre-licencia; otros tienen en proceso el pago de las obligaciones catastrales; asimismo, en el estado existen avances en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, además del pago de algunos impuestos y derechos estatales ante la Secretaría de Finanzas; 3.Por lo que se refiere al tema de inspecciones y comportamiento de los inspectores; el estudio reconoce que el Municipio de Guadalajara facilita esta práctica dada la existencia de la Unidad de Verificación Multifuncional, a finales del año pasado se hizo el compromiso con otras Administraciones Municipales de replicar este modelo de acuerdo a sus posibilidades: esto es, un inspector multifuncional o inspecciones únicas con todos los inspectores de las materias involucradas en el domicilio visitado;

4 4.Sobre establecer un mecanismo mediante el cual los reguladores faciliten el cumplimiento de las normas y el seguimiento al espíritu de la misma, o el objetivo por el que se creó; además de tener la figura de la MIR y su dictamen, se tiene programado el diseño del esquema de seguimiento al costo beneficio del impacto de la norma, ya en la aplicación, lo cual es uno de los temas a atender en el proyecto que tiene Jalisco con el Gobierno Británico, derivado del intercambio de buenas prácticas, el diagnóstico y la capacitación, etapas del mismo que están en proceso en este momento; y 5.Finalmente, en cuanto a difundir y ampliar el ejercicio de Cartas Compromiso Ciudadanas; Jalisco cuenta con un área encargada de este tema (SECADMON), coordinada con la Secretaría de promoción Económica (SEPROE), y se han realizado varios talleres al respecto; además, la Contraloría del Estado está promoviendo la elaboración de CCCs sobre trámites y procesos de Dependencias del Poder Ejecutivo del Estado, mediante un Programa denominado Jugando Limpio; y en el citado proyecto con Gobierno Británico (creadores de esta figura), la difusión y desarrollo de CCCs es una de las líneas de acción.

5 ESQUEMA DE EVALUACIÓN : Contemplado en la nueva Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Jalisco y sus Municipios Objeto de la Ley. Promover la mejora regulatoria y la simplificación administrativa en la administración pública estatal, como medios para lograr el desarrollo económico y la competitividad en el Estado. Herramientas de la Ley. el esquema para la evaluación de las regulaciones es la Manifestación de Impacto Regulatoria (MIR) y su Dictaminación, ligado con el COMERJAL (sustituye y actualiza al CEDESPE), que se apoya en el resto de las herramientas citadas en dicha norma como son: el Registro Público de Trámites Estatales (REPTE-antecedente en la Ley de Procedimiento Administrativo Estatal y Municipal), Registro Estatal de Personas Acreditadas (REPA- el modelo federal se denomina RUPA), Sistemas de Apertura Rápida de Empresas (SARE- modelo del COFEMER) y Centros Integrales de Negocios (CIN- lo que para COFEMER se denomina CAE). Publicación y Vigencia. Se publicó el 24 de octubre de 2009 y entró en vigor 90 días hábiles posteriores a su publicación, el 5 de marzo de 2010. EVALUACIÓN DEL IMPACTO REGULATORIO

6 Evaluación del impacto regulatorio La Manifestación de Impacto Regulatorio Concepto. Estudio que identifica, justifica y analiza los problemas, posibilidades y oportunidad de diseño de políticas públicas de un proyecto de regulación (crear, derogar o reformar), y destaca los costos y beneficios que la propuesta normativa implica (debe hacer una proyección de su aplicación para evaluar los costos y beneficios del proyecto). Jalisco, cuenta con un manual que propone y guía la elaboración de la MIRs; En este se sugiere un formato que contempla los aspectos básicos que una Manifestación conforme a lo establecido en la Ley de Mejora Regulatoria; además orienta sobre técnica legislativa y las cualidades y características que debe de tener una norma; también contiene cuestionarios para la evaluación de la problemática, previo a la elaboración de un proyecto, con lo que si la MIR representa un filtro para valorar la necesidad y eficacia de un anteproyecto, un valoración de la problemática y las alternativas para atenderla, bajo las condiciones que proponemos, disminuye sobreregulación, ya que se evaluaría si se elabora o no una propuesta normativa.

7 Evaluación del impacto regulatorio Formato. NOMBRE DEL ANTEPROYECTO: RESPONSABLE (s): DEPENDENCIA: DIRECCION: CONTACTO: CORREO ELECTRONICO Y TELEFONO: FECHA : RESUMEN DEL PROYECTO. (Resumen breve y claro de los objetivos del proyecto y los medios sugeridos para alcanzarlos) 1. Propósito de la regulación. a) Definición del Problemab) Fundamento Jurídico y Antecedentes Regulatorios 2. Alternativas consideradas y solución propuesta. a) Alternativas consideradasb) Solución Propuesta 3. Recursos o medios para asegurar la aplicación.

8 Evaluación del impacto regulatorio Formato. 4. Sanciones previstas. 5. Costos a) Cuantificables: Identifique los sectores que incurrirían en costos cuantificables (pesos anuales) b) No cuantificables. 6. Beneficios a) Cuantificables: Identifique los sectores que incurrirían en beneficios cuantificables (pesos anuales) b) No cuantificables. 7. Creación, modificación o eliminación de trámites. Identifique los trámites, descríbalos, sintetice y destaque los cambios, resalte las ventajas y desventajas en el trámite de las cambios propuestos 8. Citas Bibliográficas y fuentes de información.

9 Hasta por dos ocasiones Evaluación del impacto regulatorio Proceso de Dictaminación. Exenciones de MIR. En los proyectos materia de seguridad pública, financiera, hacendaria y de ejercicio presupuestario, responsabilidad de servidores públicos y servicios civil de carrera, laboral, salubridad pública, electoral, educativa y notarial; y en los casos en los que se justifique que el proyecto no implica costos.

10 En agosto de 1995, se creó mediante acuerdo del C. Gobernador un órgano de carácter honorífico denominado Comité Estatal para la Desregulación y Promoción Económica (CEDESPE), en el que los sectores se coordinaran para atender y resolver problemáticas en materia de desregulación económica. Con la entrada en vigor de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Jalisco y sus Municipios, el CEDEESPE se convirtió en Comité de Mejora Regulatoria del Estado de Jalisco (COMERJAL), respetando la organización pero actualiza y fortalece su funcionamiento y objetivos. Qué es el COMERJAL. Órgano de carácter permanente honorífico y de consulta del Poder Ejecutivo del Estado, que tiene por objeto de coordinar, orientar, promover y fomentar las políticas en materia de mejora regulatoria en el Estado, organizado en mesas de trabajo denominados Subcomités. Éste sirve de mecanismo de consulta para la dictaminación de la MIR y enriquecer los proyectos o propuestas normativas, contemplar la visión de diferentes sectores y actores del Estado.

11 Integración. Presidente.- el C. Gobernador del Estado. Vicepresidente.- el Secretario de Promoción Económica. Secretario Técnico.- el Director General de Mejora Regulatoria de la SEPROE. Vocales.- Delegaciones Federales, el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, los Gobiernos Municipales, Cámaras y Colegios de profesionistas. Proyectos. Sometido a consulta y opinión del Comité algunos de los siguientes proyectos normativos, entre otros temas y asuntos: 1.Reforma a la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios Aplicación automática; 2.Homologación de Reglamentos Municipales de la ZMG; 3.La Ley de Mejora Regulatoria del estado de Jalisco y sus Municipios; 4.Revisión de la Ley para el Fomento Económico del Estado de Jalisco; 5.Creación del Consejo Estatal de Infraestructura; 6.El Código Urbano del Estado de Jalisco; 7.La Licencia Ambiental Única Electrónica (LAU); 8.Ley y Reglamento en materia de Agua del Estado; 9.Ley y Reglamento de Firma Electrónica para el Estado de Jalisco y sus Municipios; 10.La Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios para el Estado de Jalisco y sus Municipios

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