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Publicada porAndrés Lagos Castillo Modificado hace 8 años
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Ley de educación Nacional: Decreto 12-91 Derechos y obligacio-nes
Principios y fines Dependen-cias Modalidades Derechos y obligacio-nes
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Desarrollo y perfeccionamiento integral
Fines Educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso histórico Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Derecho de la persona y Obligación del estado
Principios Derecho de la persona y Obligación del estado Tiene al educando como centro Desarrollo y perfeccionamiento integral
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Sistema Educativo Nacional
•Un sistema ordenado que desarrollan la acción educativa; de acuerdo a la necesidad histórica, económica y cultural de Guatemala. MINEDUC •Institución del Estado, responsable de coordinar y ejecutar políticas educativas
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Centros Educativos Los fines y principios de la educación
•Capítulos IV, V, VI, VII •Públicos (Estado) •Privados (Lucro) •Por Cooperativa (Tripartito) Los fines y principios de la educación •Principios y fines educativos: “Son aquellas verdades, proposiciones o ideas que norman el pensamiento y la conducta educativa”.
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PRINCIPIOS Es un derecho obligación del estado
cumplimiento efectivo de los derechos humanos. Tiene al educando como centro Está orientada al desarrollo y perfeccionamiento integral del ser humano ser un instrumento de una sociedad justa y democrática Se define y se realiza en un entorno en función de las comunidades que la conforman Es un proceso científico, participativo y transformador
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6 FINES Educación basada en principios humanos, científicos y técnicos
Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la población Fortalecer en el educando, la importancia de la familia como núcleo básico social Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca Impulsar en el educando el conocimiento de la ciencia y la tecnología moderna Respeto a los Derechos Humanos y a la declaración de los derechos del niño
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Derechos: •Estado: ¿No tiene derechos?
•Alumnos: Conocimientos por metodología adecuada, Orientación integral, respetar sus valores humanos, Actividades, becas, estimulado. •Padres: Optar por la mejor educación, informados con privacidad, organizarse como «padres de familia», exigir por la eficiente educación del hijo. •Docente: Ubicado por nivel, Actividades, Libertad de enseñanza, Organizase, material didáctico
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Obligaciones: •Estado: Garantizar al docente su libertad de criterio, Proporcionar educación gratuita, Garantizar el correcto funcionamiento de los Centros educativos O-P-C, Valijas didácticas, becas, Construir ericios para centros oficiales •Alumnos: Participar en planificación, respetar a los miembros de la comunidad educativa, cuidar los bienes muebles e inmuebles, Participar activo, puntual, regular en el proceso •Padres: Brindar a los hijos apoyo moral y material, orientar a sus hijos, Asistir a reuniones, velar por el cumplimiento de las obligaciones por parte del hijo •Docente: Orientar la educación histórica, social, cultural de G., Actualizar contenidos, Planificar su trabajo, Cumplir con los horarios y calendarios, Integrar comisiones, Conciencia cívica nacionalista a alumnos
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En el titulo 4 la ley de Educación Nacional, modalidades de educación
Educación Inicial Educación Experimenta Educación Especial Educación Estética Educaron a Distancia Educación Bilingüe Educación Física Educación Acelerada para Adultos Educación por Madurez
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Principales Artículos de La Ley de Educación Nacional
•Artículo 72: Supervisión, coordina y evalúa el proceso •Articulo 77: Diplomas y títulos, Ministerio-Direcciones •Articulo 78: Programas, apoyando la Salud, Nutrición, Recreación (muchas veces solo se centra en Estudio) •Articulo 79: Útiles escolares, Gratis a principios de ciclo •Articulo 85: Becas, Cualquiera de los niveles educativos, por vocación, sobresalgan, bajos recursos para sostener sus estudios •Articulo 93: Traducción de esta ley esta traducida en 4 idiomas indígenas: Quiche, Cachiquel, Kekchi, Mam •Articulo 58 del reglamento: el ciclo escolar, 2 periodos, Lectivo 180 días de clases y Vacas 2 meses
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BECAS: El MINEDUC las otorgará para realizar estudios de especialización en cualquiera de los niveles educativos, dentro del país o en el extranjero.
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RECURSOS ECONÓMICOS FINANCIEROS:
35% del presupuesto general de la Nación. Donaciones nacionales o internacionales. Transferencias de ISR. Fondos escolares de autofinanciamiento. Aportes de municipalidades Cuotas por concepto de operación de cada establecimiento.
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FORMACION CULTURAL, MORAL Y CIVICA:
Evitar todo incentivo de violencia y deformación del lenguaje, fomentando la cultura, moral y cívica, por medio de programas permanentes, con el fin de exaltar los valores y las buenas costumbres.
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APLICACIÓN DE LA LEY: El MINEDUC con otros ministerios del Estado, actuaran en forma coordinada. Las autoridades municipales quedan obligadas a colaborar para el cumplimiento de estas normativas.
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Subsistemas de Educación Escolar
Niveles del Subsistema de Educación Escolar. El Subsistema de Educación Escolar, se conforma con los niveles, ciclos, grados y etapas siguientes: 1er. Nivel EDUCACIÓN INICIAL 2do. Nivel EDUCACIÓN PREPRIMARIA Párvulos 1,2,3. 3er. Nivel EDUCACIÓN PRIMARIA 1ro. Al 6to. Grados Educación acelerada para adultos de 1ra. A la 4ta. Etapas. 4to. Nivel EDUCACIÓN MEDIA Ciclo de Educación Básica Ciclo de Educación Diversificada.
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