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Publicada porFrancisco Javier Carmona Aguilar Modificado hace 8 años
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LEY1147 de 2007 AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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ESTRUCTURA DE FUNCIONAMIENTO AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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LA UNIDAD COORDINADORA DE ASISTENCIA TECNICA LEGISLATIVA Y LAS UNIDADES DE TRABAJO LEGISLATIVO. Actualmente, los congresistas cuentan con una asesoría técnica política ejercida por las unidades de trabajo legislativo compuestas por un grupo operativo y de profesionales de confianza del parlamentario. Sin embargo, se hace necesario y prioritario ofrecer una asesoría técnica institucional que sea elemento clave para aportar elementos técnicos que sirvan al legislador para tomar decisiones. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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LA UNIDAD COORDINADORA DE ASISTENCIA TECNICA LEGISLATIVA Y LAS UNIDADES DE TRABAJO LEGISLATIVO. Actualmente, los congresistas cuentan con una asesoría técnica política ejercida por las unidades de trabajo legislativo compuestas por un grupo operativo y de profesionales de confianza del parlamentario. Sin embargo, se hace necesario y prioritario ofrecer una asesoría técnica institucional que sea elemento clave para aportar elementos técnicos que sirvan al legislador para tomar decisiones. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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Brindar servicios de investigación jurídica y asesoría técnica legislativa de la más alta calidad a las comisiones constitucionales y bancadas con representación en el Congreso, a la vez, que se aumenta la participación de la ciudadanía en el proceso de elaboración de la ley. PROPÓSITO AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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RESULTADO ESPERADO “Un Congreso moderno y fortalecido, capaz de dar respuesta efectiva a los requerimientos de la sociedad y a las exigencias de la democracia” “Un Congreso moderno y fortalecido, capaz de dar respuesta efectiva a los requerimientos de la sociedad y a las exigencias de la democracia” AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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METODOLOGIA PARA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS DE ANTECEDENTES Y PROYECTOS DE LEY. ¿ QUÉ ES UN ESTUDIO DE ANTECEDENTES ?¿ QUÉ ES UN ESTUDIO DE ANTECEDENTES ? PRINCIPIOS: Objetividad y confidencialidadPRINCIPIOS: Objetividad y confidencialidad CARACTERISTICAS: Selectivo, completo, objetivo, claro, práctico, oportuno.CARACTERISTICAS: Selectivo, completo, objetivo, claro, práctico, oportuno. CONTENIDO: Resumen ejecutivo: normatividad, proyectos de ley, conceptos – circulares- informes jurídicos o técnicos, jurisprudencia, legislación extranjera o derecho comparado, doctrina y bibliografía comparada.CONTENIDO: Resumen ejecutivo: normatividad, proyectos de ley, conceptos – circulares- informes jurídicos o técnicos, jurisprudencia, legislación extranjera o derecho comparado, doctrina y bibliografía comparada. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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DESARROLLO DE ESTUDIO DE ANTECEDENTES -Fase preparatoria: Delimitación del tema Delimitación del alcance Delimitación de metodología Cronograma de actividades -Fase de recopilación de información Visita a fuentes Recopilar documentos Investigación de campo AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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DESARROLLO DE ESTUDIO DE ANTECEDENTES - Fase de estudio y análisis Lectura activa Subrayar Hacer resúmenes Relacionar datos - Fase de ordenamiento y clasificación Clasificar el material Ordenar el material - Fase de síntesis Resumen ejecutivo Índice de contenido Cuadros de referencia AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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TRABAJOS ACTUALES Manual de técnica legislativaManual de técnica legislativa Manual de incompatibilidades e inhabilidadesManual de incompatibilidades e inhabilidades Manual de protocoloManual de protocolo Proyecto de ley para incluir la realización del examen serológico del VIH/Sida como requisito para contraer matrimonio o que se declare la unión marital de hecho.Proyecto de ley para incluir la realización del examen serológico del VIH/Sida como requisito para contraer matrimonio o que se declare la unión marital de hecho. Creación de observatorio legislativo.Creación de observatorio legislativo. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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TECNICA PARA ELABORACIÓN DE MANUALES FASES DE LA INVESTIGACIÓN: Fase preparatoria Fase preparatoria Fase de recopilación Fase de recopilación Documentación preliminar Documentación preliminar Elaboración de documentos: Elaboración de documentos: -Introducción -Características generales -Antecedentes en la asamblea nacional constituyente -Problemas jurídicos a partir de líneas jurisprudenciales ¿ En qué sentido se debe interpretar el articulo…? Uso de metodología de Manuel Atienza -*Identificación del problema -*En qué consiste el problema -*Hipótesis -Justificación de hipótesis -Conclusión o Síntesis AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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A MANERA DE EJEMPLO ¿En qué sentido se debe interpretar el artículo 241 de la Constitución Nacional, que establece que los actos legislativos solo podrán ser declarados inconstitucionales por vicios de forma? AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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Se entrará a determinar entonces, si el Congreso de la República por medio de un acto legislativo puede hacer cualquier tipo de reformas a la Constitución vigente y en caso de ser cierto, si la Corte Constitucional no puede en desarrollo de su función, hacer ningún reparo en cuanto al contenido material de la reforma, quedando limitada su revisión a los vicios de forma. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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Una primera respuesta al problema diría que no existen limites al poder de reforma en virtud que la Carta de 1991 no es de tipo rígida y por lo tanto no contiene las denominadas clausulas pétreas. Una segunda respuesta al problema plantearía que si bien es cierto, en nuestra Constitución no existen clausulas pétreas y que el articulo 241 constitucional solo faculta a la Corte para revisar los actos legislativos por vicios de forma, el articulo 374 consagra que la Constitución solo puede ser reformada mas no sustituida o cambiada por otra totalmente distinta AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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Se trata entonces de un caso difícil donde se mezclan problemas de relevancia y de interpretación. El problema de relevancia se resolvería al identificar cual norma debe aplicarse preferiblemente: si la de las facultades limitadas de la Corte para revisar los actos legislativos o la de las facultades limitadas del Congreso para reformar la Constitución. Por su parte, el problema de interpretación se resuelve al identificar que debe entenderse por facultad para “reformar” la Constitución por parte del Congreso. Se trata entonces de un caso difícil donde se mezclan problemas de relevancia y de interpretación. El problema de relevancia se resolvería al identificar cual norma debe aplicarse preferiblemente: si la de las facultades limitadas de la Corte para revisar los actos legislativos o la de las facultades limitadas del Congreso para reformar la Constitución. Por su parte, el problema de interpretación se resuelve al identificar que debe entenderse por facultad para “reformar” la Constitución por parte del Congreso. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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La hipótesis que permite resolver las cuestiones antes planteadas puede resumirse en el sentido que pese a que nuestra Constitución no contiene clausulas pétreas y que la Corte Constitucional expresamente solo tiene facultades para revisar las demandas de inconstitucionalidad por vicios de forma, también es cierto que el Congreso como órgano constituido no tiene facultades para cambiar la Constitución existente por una totalmente distinta, lo cual sucede cuando se cambian los principios que definen al Estado Colombiano. De esta manera cuando el Congreso excede sus competencias se vulnera la Constitución y al vulnerarse la Constitución está la Corte facultada para revisar el contenido material de la reforma en virtud de su deber de preservar la guarda e integridad de la norma de normas. La hipótesis que permite resolver las cuestiones antes planteadas puede resumirse en el sentido que pese a que nuestra Constitución no contiene clausulas pétreas y que la Corte Constitucional expresamente solo tiene facultades para revisar las demandas de inconstitucionalidad por vicios de forma, también es cierto que el Congreso como órgano constituido no tiene facultades para cambiar la Constitución existente por una totalmente distinta, lo cual sucede cuando se cambian los principios que definen al Estado Colombiano. De esta manera cuando el Congreso excede sus competencias se vulnera la Constitución y al vulnerarse la Constitución está la Corte facultada para revisar el contenido material de la reforma en virtud de su deber de preservar la guarda e integridad de la norma de normas. AQUÍ VIVE LA DEMOCRACIA
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