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Publicada porLorena Prado Rivero Modificado hace 9 años
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POLÍTICAS DE INVERSIÓN PARA LOS FONDOS DE PENSIONES Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS Abril 2011
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Contexto En un sistema de capitalización individual existen diversos riesgos: de mercado(volatilidad); de longevidad; de operación; fiduciario (conflicto de interés), etc. El riesgo fiduciario dice relación con la posibilidad de que el administrador no persiga como fin último el interés del afiliado. Ley y normas de Superintendencia de Pensiones tienden a alinear los objetivos de la AFP con los del afiliado.
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Ley y Normativa: La Ley N° 20.255 estableció mayor responsabilidad a las AFP, especialmente de su directorio. Contar con una política de inversión para cada tipo de fondo de pensiones, así como política de solución de conflictos de interés, ambas aprobadas por el directorio. Creación de un Comité de Inversiones y de Solución de conflicto de interés, integrado por tres directores de la Administradora, dos de los cuales deben tener el carácter de autónomo (supervisar cumplimiento de las políticas). Gobierno corporativo de las AFP: transacciones, directores autónomos, comité de resolución de conflictos de interés, políticas. Encaje: 1% del valor del fondo constituido por patrimonio propio de las AFP, alinea intereses entre administrador del fondo y afiliados.
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Ley y Normativa: Funciones y Atribuciones del Comité de Inversiones y Solución de Conflictos Supervisar el cumplimiento de las políticas de inversión elaboradas y aprobadas por el directorio. Revisar los objetivos, las políticas y procedimiento para la administración del riesgo de las inversiones los Fondos. Examinar los antecedentes relativos a las operaciones de los Fondos de Pensiones con instrumentos derivados y títulos extranjeros. Elaborar la política de solución de conflicto de interés y proponerla al directorio para su aprobación. Supervisar el adecuado cumplimiento de la política de solución de conflictos de interés. Evacuar informe anual al directorio sobre las materias antes señaladas (evaluación aplicación y cumplimiento) Otras funciones que le encomiende el directorio.
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Ley y Normativa: Contenido mínimos de las Políticas de Inversión Objetivos de la gestión de los recursos de cada tipo de fondo. Identificación de las fuentes de riesgo y descripción de los tipos de riesgo considerados. Política de administración según tipo de riesgo, considerando métodos de evaluación y definición de parámetros. Criterios generales para la evaluación y selección de áreas geográficas de inversión, emisores, familias de fondos, instrumentos, operaciones con derivados o otras, mandatarios, intermediarios, etc. Criterios adoptados sobre los subyacentes de inversiones directas, su impacto en rentabilidad y riesgo de cartera.
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Ley y Normativa: Contenido mínimos de las Políticas de Inversión Criterios y procedimientos para evaluar el desempeño de la gestión de las inversiones. Estructura organizacional para efectuar proceso de inversiones (facultades, atribuciones y responsabilidades). Condiciones éticas y profesionales exigidas al personal involucrado en área de inversiones. Políticas de control interno relativas a inversiones. Existencia de manuales de procedimientos y códigos de conducta que guíen la función inversionista y la gestión de riesgos.
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Ley y Normativa: Contenido mínimos de las Políticas de Solución de Conflicto Definición e identificación de potenciales conflictos de interés. Criterios para prevenir, gestionar y superar situaciones de conflictos de interés que puedan afectar el proceso de inversión. Procedimientos y normas de control interno que aseguren un adecuado manejo y solución de los conflictos de interés de la Administradora, sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales y personal en general que acceda a información de las inversiones de un fondo.
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Ley y Normativa: Contenido mínimos de las Políticas de Solución de Conflicto Confidencialidad y manejo de información privilegiada. Requisitos y procedimientos para la elección de candidatos a director en las sociedades anónimas en que se invierten los recursos de los Fondos. Consideración de inversiones tales como: inversión con relacionados, cautelando consideraciones de mercado, de transparencia y equidad, selección de intermediarios, asignación de activos entre fondos, entre otras. Mecanismo de difusión para procurar adecuado conocimiento, e instancias de control y consulta. Políticas de control interno relativas a conflictos de interés, apoyadas en una estructura organizacional adecuada. Existencia de manuales de procedimiento y códigos de conducta que tiendan a la prevención y solución de conflictos de interés y de control.
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Ley y Normativa: Flujo de Información Requerida Enviar a la Superintendencia de Pensiones, el documento de Políticas de Inversión y de Solución de Conflictos de Interés, dentro de los cinco días posteriores a la aprobación del directorio. Difusión: 15 días después si no existen comentarios de la SP. Lo anterior a través de página web y disponible en agencias para consulta. Remitir copia a la Comisión de Usuarios del Sistema de Pensiones. En notas explicativas de los estados de resultados dar cuenta de existencia de documento de Política de inversión y de Solución de Conflictos de Interés.
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Ley y Normativa: Flujo de Información Requerida Las AFP podrán elaborar una síntesis de las políticas de inversión con el objeto de facilitar su comprensión y finalidad informativa. Informe de evaluación de los procedimientos y sistemas de control interno y administración de riesgos aplicados al cumplimiento de las políticas, elaborado por auditores externos. Cada vez que la administradora detecte una infracción o incumplimiento de la Política de Inversión y de Solución de Conflicto de Interés, deberá informar a la SP dentro de cinco días hábiles.
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