PROCEDIMIENTO LEGAL ANTE UN RECLAMO POR VIOLACION DE DDHH.

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Transcripción de la presentación:

PROCEDIMIENTO LEGAL ANTE UN RECLAMO POR VIOLACION DE DDHH

CSJN Cámara de Casación Cámara de Apelaciones Juzgado de 1ra Instancia TSJ Provincia Cámara de Apelaciones Juzgad de 1 ra Instancia Organización de la Administración de Justicia

Presentación del reclamo por violación de DDHH Ante una violación de Dchos. Se presenta un reclamo a la Justicia y siempre se lo hace ante el juzgado de 1ra Instancia, quien resuelve hacer lugar (dar la razón) a quien alega la violación de sus dchos o rechaza la solicitud presentada. Juzgad de 1 ra Instancia

El Juez de 1 inst. denegó la demanda o solicitud la las victimas En caso de que el juez rechace la presentación realizada por quienes alegan haber sufrido violaciones de sus dchos el/la presentaran un recurso de apelación (esto se debe a la obligación constitucional de doble instancia – otro juez debe analizar la causa-) Cámara de Apelaciones Juzgad de 1ra Instancia

Los Jueces de Cámara también rechazan el reclamos presentado TSJ Provincia Cámara de Apelaciones Juzgad de 1 ra Instancia Ante el caso que los Jueces de la Cámara de Apelaciones sostengan la postura del Juez de 1ra Instancia. Los presentaran un recurso (nueva apelación) ante el Tribunal Superior de la Provincia

Los Jueces del Tribunal Superior de la Provincia sostienen la postura de los Jueces anteriores, por los que rechaza el planteo presentado TSJ Provincia Cámara de Apelaciones Juzgad de 1 ra Instancia CSJN Cámara de Casación Cámara de Apelaciones Juzgado de 1ra Instancia Los Jueces del TSJ rechazaron la presentación, por lo que los de las victimas presentan un Recurso Extraordinario Federal, por lo que el reclamo pasa a la CSJN

Resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) Una vez que la CSJN dicte una SENTENCIA y si la misma no es favorable al reclamo que se presento. Esta resolución será la ultima decisión judicial de la Justicia Argentina, por lo que se considera que se han AGOTADO los recurso internos del país para reclamar por las violaciones de DDHH sufridas.

Acceso al Sistema de Protección Interamericano de DDHH (SIDH) victimasUna vez agotado los recursos internos del país, se puede acceder a la Jurisdicción Internacional, de carácter regional (OEA), para que se le reconozca a las victimas que han sufrido violaciones de DDHH. El objetivo que el Estado en cuestión sea declarado como responsable internacional del Estado por las violaciones de DDHH sufridas en el caso.

La Asamblea General es el órgano supremo de la Organización de los Estados Americanos y está compuesta por las delegaciones de todos los Estados MiembrosEstados Americanos El Sistema Interamericano de Derechos Humanos Derechos Humanos (SIDH) identifica los derechos y obligaciones y contiene los organismos encargados de su observancia: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).CIDHCorte IDH

TRAMITE ANTE COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (una vez agotado los recursos internos) ETAPA INICIAL ETAPA ADMISIBILI DAD CASO ETAPA FONDO SOLUCIÓN AMISTOSA

ETAPA ADMISIBILIDAD PETICION REUNE REQUISITOS RECLAMANTES TRASLADO PETICION AL ESTADO. DOS MESES DE PLAZO PARA CONTESTACION. ESTADO TRASLADO DE LA CONTESTACION DEL ESTADO A PETICIONARIOS PARA QUE HAGNA SUS OBSEVACIONES COMISIÓN

CASO ADMISIBILIDAD PETICION Y APERTURA CASO. CASO INFORME ADMISIBILIDAD Teniendo en cuenta la respuesta del Estado y las replica de los peticionantes / reclamantes

ETAPA FONDO ETAPA FONDO PROPUESTAS SOLUCIÓN AMISTOSA. LA CIDH FUNCIONA COMO UNA INSTANCIA DE AMIGABLE COMPONEDOR DEL CONFLICTO

PROPUESTAS SOLUCIÓN AMISTOSA SILENCIO O NEGATIVA SOLUCIÓN AMISTOSA. ETAPA DE FONDO. RESPUESTA AFIRMATIVA DE LAS PARTES A LA SOLUCIÓN AMISTOSA PROCEDIMIENTO DE SOLUCIÓN AMISTOSA. PROSPERA. INFORME SOLUCIÓN AMISTOSA FRACASA SOLUCIÓN AMISTOSA. ETAPA DE FONDO.

TRASLADO ALEGATOS AL ESTADO PARA DETERMINE SU POSICIÓN Y ARGUMENTOS ALEGATOS DE LOS PETICIONARIOS SOBRE EL FONDO CASO DECISIÓN SOBRE EL FONDO.

NO HUBO VIOLACIONES. HUBO VIOLACIONES. INFORME PRELIMINAR O INFORME DE FONDO DECISIÓN SOBRE EL FONDO.

TRASLADA AL ESTADO RESPUESTA DEL ESTADO TRASLADO PETICIONARIOS. EVENTUALIDAD ACUDIR A LA CORTE. TRASLADO PETICIONARIOS. EVENTUALIDAD ACUDIR A LA CORTE. INFORME PRELIMINAR RESERVADO

RESPUESTA DEL ESTADO ESTADO NO ACEPTA RECOMENDACION ES. DEMANDA ANTE LA CORTE INFORME DEFINITIVO. PUBLICACION INFORME DEFINITIVO. PUBLICACION

Una vez que la CIDH emite el informe de fondo, dando recomendaciones al Estado para que subsane las violaciones de DDHH cometidas. El Estado tiene un plazo para cumplir con las recomendaciones y si no las cumple, pasado el plazo la CIDH presenta el caso ante la Corte IDH

PROCEDIMIENTO ANTE CORTE IDH CORTE IDH VERIFICA EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS INFORMAN DE LA DEMANDA AL ESTADO Y LE DAN UN PLAZO DE 5 MESES PARA CONTESTAR LA DEMANDA DE LA CONTESTACIÓN REALIZADA POR EL ESTADO Y DE LAS PRESENTACIONES REALIZADAS POR LA CIDH Y LAS VICTIMAS, LUEGO DISPONE UNA AUDIENCIA

AUDIENCIA PARTES ALEGATOS (30 DÍAS) TESTIGOS DICTAMEN PERICIAL SENTENCIA que declara que el Estado ha violado los DDHH

Excepción al Agotamiento de los Recursos Internos Cunado se produce una violación de DDHH y ha raíz de la misma se pone en riesgo la vida de una persona, la CIDH a pedido de la victima o de cualquier persona puede solicitar una medida cautelar con la finalidad que la CIDH, le ordene al Estado la protección de la vida y la integridad física

Requisitos de las MC Gravedad: que el hecho que produzca la violación de DDHH, tiene que estar vinculada con la naturaleza de la amenaza que sufre la persona Urgencia: esta vinculada a la necesidad de una adopción rápida de la protección de la persona que sufre la amenaza Que se busque evitar un daño irreversible: esta vinculado a la entidad de los derechos amenazados, no es la amenaza a cualquier DDHH

Tramite de MC ante CIDH SOLICITUD DE MC RECEPCIÓN DE SOLICITUD EN CIDH Verificación de cumplimiento de REQUISITOS SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE LA SITUACIÓN AL ESTADO TRASLADO DE LA CONTESTACION DEL ESTADO A LOS SOLICITANTES PARA QUE HAGNA SUS OBSEVACIONES Dispone la adopción de MC