DEMOCRACIA FORMAL Y DEMOCRACIA SUSTANTIVA

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Transcripción de la presentación:

DEMOCRACIA FORMAL Y DEMOCRACIA SUSTANTIVA OBJETIVO Reconocer a la Constitución del Ecuador como el instrumento que permite la organización institucional del Estado para el ejercicio efectivo de los derechos de la ciudadanía

DEMOCRACIA FORMAL La democracia formal se refiere al conjunto de reglas o procedimientos universales de juego democráticas, que permite tomar decisiones que favorezcan tanto a una minoría como a un sector mayoritario de la población Se denomina democracia formal al sistema de gobierno que cumple una serie de reglas, entre ellas:

El máximo órgano político con función legislativa debe estar compuesto por miembros elegidos directa o indirectamente por el pueblo en elecciones libres.  Junto al supremo órgano legislativo deben existir otras instituciones cuyos dirigentes también sean elegidos, por ejemplo, el jefe de Estado en las repúblicas.  Deben ser electores todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin distinción de raza, de religión, de ingresos o de sexo.  Todos los votos de los electores deben valer lo mismo. Todos los electores deben ser libres de votar según su opinión, formada lo más libremen­te posible, es decir, en una libre contienda de los grupos o partidos políticos que compiten por la representación nacional. Para ser libres, deben tener alternativas reales, es decir que una elección con lista única y bloqueada está excluida de la democracia formal.   El principio de mayoría numérica vale para las elecciones de los representantes y también para las decisiones del supremo órgano político, aunque pueden establecerse diversas formas de mayoría.  Ninguna decisión tomada por la mayoría puede limitar los derechos de la minoría. Ésta debe contar con igualdad de oportunidades para convertirse en mayoría.  El órgano del gobierno debe gozar de la confianza del Parlamento o bien del jefe del Poder Ejecutivo, que, a su vez, es elegido por el pueblo. 

DEMOCRACIA SUSTANTIVA Se caracteriza por poner el acento en la búsqueda de la igualdad, no sólo de la igualdad política sino también de la igualdad social, es decir, la igualdad de oportunidades en el acceso a la alimentación, a la vivienda, a la salud, a la educación y a todo aquello que implique condiciones dignas e igualitarias de existencia para todos los ciudadanos. 

CONCLUSIÓN La democracia formal respeta los medios o procedimientos, con independencia de los fines; la democracia sustantiva, en cambio, pone el acento en los fines, sobre todo, en la igualdad no sólo jurídica sino también social y económica. Una democracia perfecta sería, quizás, aquella que fuera al mismo tiempo formal y sustancial.