ORIGEN Y TIPOS DE LAS INVESTIGACIONES. ASPECTOS BÁSICOS DE ANÁLISIS EN LAS INSPECCIONES. CARLOS PAVEZ TOLOSA JEFE DIVISION DE INVESTIGACIÓN SUPERINTENDENCIA.

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ORIGEN Y TIPOS DE LAS INVESTIGACIONES. ASPECTOS BÁSICOS DE ANÁLISIS EN LAS INSPECCIONES. CARLOS PAVEZ TOLOSA JEFE DIVISION DE INVESTIGACIÓN SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS CHILE Santa Cruz, Octubre de 2005

Potestad Sancionadora de la SVS: Incumplimientos formales v/s Infracciones de fondo. Requerimientos diversos de estructuras, procesos y recursos para perseguir y sancionar ambos tipos de conductas. El objetivo principal de la legislación de valores se refleja, claramente, en los principios contenidos en la regulación contra los abusos de mercado: garantizar la integridad de los mismos aumentando la confianza de los inversionistas. Las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado impiden la transparencia del mercado, requisito previo de negociación para todos los agentes que participan en él.

Aspectos a considerar para un combate efectivo de los abusos de mercado Elementos estructurales y funcionales Organismos participantes Facultades de los órganos administrativos Competencia y Coordinación Aspecto geográfico o espacial Aplicación de la ley local Cooperación Internacional

Organismos partipantes Superintendencia (Comisión) de Valores Preparación Técnica-Especialización Independencia-Autonomía Regulador-Garante del Orden Público Económico Tribunales de Justicia Investigación y sanción penal Revisión judicial de sanciones administrativas

Existencia y facultades de los órganos administrativos Existencia de Superintendencia con facultades sancionadoras, en conjunto con una legislación que contempla infracciones castigadas administrativa y penalmente, indica que: Legislador se preocupa de una aplicación expedita de las leyes para resguardar la confianza de los mercados Menores exigencias para acreditar infracciones administrativas en relación a las requeridas para sancionar ilícitos penales Existe acuerdo para dotar a la autoridad competente con todas las facultades necesarias Principios IOSCO relativos al Enforcement El regulador tendrá extensos poderes de inspección, investigación y supervisión El regulador tendrá amplios poderes para la aplicación de la ley El sistema regulador garantizará un uso efectivo y creíble de los poderes de inspección, supervisión, aplicación de la ley y la implantación de un programa efectivo de cumplimiento.

Experiencia Chilena Leyes relacionadas con Abuso de Mercado Ley de Mercado de Valores (18.045), especialmente: Titulo X Responsabilidades Titulo XI Sanciones Titulo XX Responsibilidades de los Administradores de Fondos Titulo XXI Informacion Privilegiada Ley Orgánica SVS (D.L. N° 3.538) define, entre otros: Objetivo, funciones y facultades de SVS Sanciones Ley de Procedimientos Administrativos (19.880)

Acciones Civiles/Penales LMV contempla sanciones civiles y penales SVS esta obligada, en caso de posibles delitos, a denunciar los hechos a los tribunales del crimen (Ministerio Público a partir de Junio de 2005) Casos penales tiene mayores exigencias de prueba (requiere coordinación con autoridades judiciales)

Procedimiento de Investigación SVS A fines de 2001 fue creada la División de Investigación (DIV) con el objeto de hacerse cargo de los procesos de investigación, incluyendo la representación de la SVS ante tribunales en los casos de reclamación de multas. DIV depende directamente del Comité de Investigación integrado por el Superintendente, Intendente de Valores y Fiscal de Valores. Note: Un funcionario con el título de Superintendente de Valores y Seguros es el jefe superior de la Superintendencia y tiene la representación legal, judicial y extrajudicial de la misma. El Superintendente será nombrado por el Presidente de la República, siendo de su exclusiva confianza. Articulo 7, LOS.

Organización y Funciones de la DIV Las funciones de la DIV son desarrolladas con la asistencia y cooperación de las divisiones técnicas del área de valores de la Superintendencia: División Fondos Patrimoniales; División Control Financiero, y División Intermediarios. La DIV esta compuesta por abogados y analistas financieros. Las funciones y facultades de la DIV están definidas por Circular Interna. Entre sus principales funciones se encuentran: investigar las infracciones a la legislación de valores; recomendar al Comité la apertura de un proceso formal de investigación o la presentación de una acción judicial, cuando corresponda; proponer sanciones; tomar la defensa legal de la SVS en relación a las sanciones impuestas.

Etapas de un Proceso de Investigación Supervisión: iniciada y conducida por la división técnica correspondiente. Investigación: iniciada y conducida por la DIV con la colaboración de la división técnica. Apertura de un procedimiento formal: decidido por el CI, formalizado por el Superintendente a través de oficio de formulacion de cargos dirigido al inculpado. Formacion de expediente administrativo. Apertura eventual de un periodo probatorio Imposicion de sanciones.

Principales Fuentes de Casos Denuncias/reclamos Fiscalizaciones Prensa Requerimientos periodicos de informacion Antecedentes remitidos por otras autoridades

Medios para obtener informacion de las personas sujetas a investigacion Cooperación voluntaria Requerimientos formales por oficio Declaraciones

Fuentes de Informacion para Investigaciones Registros de intermediarios Registros bancarios (aportados en forma voluntaria) Registros de comunicaciones Telefónicas, Fax, Mail (aportados en forma voluntaria) Bases de datos públicas Registros de emisores Regsitros de transacciones de inversionistas relevantes Papeles de trabajo de auditores Reclamantes Denunciantes

Procedimiento de Investigacion Formal Cuando el CI decide iniciar una investigacion formal, en consideracion a los antecedentes recopilados en la fase previa, se notifica la infraccion correspondiente mediante oficio firmado por el Superintendente. El inculpado dispone de un plazo que va de los 10 a los 30 dias hábiles para formular los descargos y alegaciones que estime conveniente a sus intereses. El inculpado puede solicitar a la Superintendencia la apertura de un periodo probatorio. El CI decide la imposición de sanciones o solo el cierre de la investigación.

Sanciones SVS puede imponer sanciones a las siguientes personas: Sociedades anónimas abiertas y otros emisores. Personas o entidades diversas de aquellas a que se refiere el punto anterior, pero sujetas a la fiscalización o supervisión de la Superintendencia, que incurrieran en infracciones a las leyes, reglamentos, estatutos y demás normas que las rijan, o en incumplimiento de las instrucciones y órdenes que les imparta la Superintendencia,.

Sanciones (Cont……) SVS puede imponer una o mas de las siguientes sanciones : Censura. Multa a beneficio fiscal, hasta por un monto global por entidad o persona equivalente a unidades de fomento. En el caso de tratarse de infracciones reiteradas de la misma naturaleza, podrá aplicarse una multa de hasta cinco veces el monto máximo antes expresado. Revocación de la autorización de existencia de la sociedad, cuando proceda. Tratándose de personas nombradas o autorizadas por la Superintendencia para ejercer determinadas funciones o actuaciones, ésta podrá aplicarles también las sanciones de: a) Suspensión de su cargo hasta por un año, y b) Revocación de su autorización o nombramiento por causa grave. Artículos 27 y 28, LOS

Sanciones (Cont……) No obstante lo expresado en los artículos 27 y 28 al aplicar una multa, la Superintendencia, a su elección, podrá fijar su monto de acuerdo a los límites en ellos establecidos o hasta en un 30% del valor de la emisión u operación irregular.

Sanciones (Cont……) Artículo 30, LOS.- El monto de las multas aplicables de conformidad a la ley será fijado por el Superintendente y deberá ser pagado en la Tesorería comunal correspondiente al domicilio del infractor, dentro del plazo de diez días, contado desde que la Superintendencia notifique su resolución mediante el envío de carta certificada, ingresándose los comprobantes respectivos en sus oficinas dentro de quinto día de efectuado el pago. El afectado podrá reclamar de la aplicación de la multa o de su monto ante el juez de letras en lo civil que corresponda, dentro del plazo de diez días indicado en el inciso anterior, previa consignación del 25% del monto total de la multa, en la Tesorería General de la República. La consignación no podrá ser superior al equivalente a 500 unidades de fomento o a unidades de fomento, si la multa se aplicare a una persona natural o a una persona jurídica, respectivamente, salvo que se trate de infracciones reiteradas o de aquellas del Título XXI de la ley Nº en cuyo caso se deberá consignar el 25%. La reclamación se resolverá en juicio sumario y su sentencia podrá ser apelada.

Propuestas para superar las principales barreras que atentan contra un Enforcement más efectivo Validar una de las Razónes de ser de órgano administrativo: Potestad sancionadora. Importancia de leyes que garanticen el debido proceso en investigaciones administrativas. Adopción de estructuras que garantizan independencia del regulador: Comisión v/s Superintendencia Capacitación de integrantes de instituciones judiciales (Jueces y Fiscales). Acotar probabilidades de iniciar o continuar investigaciones sin destino. Coordinación voluntaria, y forzada por ley, entre órganos administrativos y judiciales destinada a entender el problema para hacer más eficientes los procesos de investigación. Otorgar al órgano administrativo la facultad de transar (con o sin autorización judicial), la sanción con el inculpado-Incentivar cooperación de inculpados.

Propuestas para superar…. (Continuación) De las experiencias revisadas a partir del análisis de casos concretos sobre abusos de mercado, se puede concluir, categóricamente, que uno de los factores clave en el éxito de una investigación está dado por el alcance de las facultades con que cuenta la institución fiscalizadora. En este aspecto, destaca la situación de España, atendida la cercanía de su realidad jurídica con la latinoamericana, dado que la CNMV no requiere, por ejemplo, autorización judicial para acceder a los movimientos de las cuentas corrientes bancarias asociadas a las cuentas de inversión de cada partícipe del mercado. Ampliar el espectro de las sanciones administrativas llevándolas a un plano que va más allá del tema pecuniario, afectando, vía publicidad de las sanciones ejecutoriadas, la imagen y el prestigio de los infractores. Creación de unidades especializadas, con dedicación exclusiva, en investigación y aplicación de la ley (Experiencia demuestra que, de lo contrario, se produce una administración tardía de justicia en consideración a la lógica priorización de las otras actividades y responsabilidades del ente regulador: Registros, regulación y desarrollo de nuevos productos y servicios, etc.).