DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

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Transcripción de la presentación:

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Curso Introductorio sobre Derecho Internacional Humanitario Consejo de Asuntos Jurídicos y Políticos Washington D.C., 28 de enero de 2010 Mtra. Ximena Medellín Urquiaga

DERECHO INTERNACIONAL Estados e Individuos Tiempo de paz y de conflicto armados Fuentes de derecho internacional (Articulo 38 del Estatuto de la CIJ) Tratados internacionales Costumbre Internacional Principios Generales del Derecho Interpretaciones judiciales Trabajos doctrinarios

DERECHO INTERNACIONAL DE LOS CONFLICTOS ARMADOS Ius in bello Ius ad bellum Conjunto de normas que definen las razones legitimas por las cuales un Estado podría involucrarse en una guerra, centrándose en los criterios para identificar la “guerra justa”. Normas aplicables durante el conflicto armado

IUS AD BELLUM Prohibición general al uso de la fuerza en las relaciones entre Estados Artículo 2(4) Carta de las Naciones Unidas Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.

IUS AD BELLUM Excepciones al uso de la fuerza: Operaciones bajo el control o autorización del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; Legitima defensa, individual o colectiva, de conformidad con el artículo 51 de la Carta de la ONU; Guerras de liberación e independencia (derecho a la libre determinación)

IUS IN BELLO Derecho Internacional Humanitario Conjunto de normas destinadas a mitigar, por razones humanitarias, los efectos de los conflictos armados. Protege a las personas que no participan o que han dejado de participar en las hostilidades y limita el empleo de medios y métodos de guerra. Comité Internacional de la Cruz Roja

IUS IN BELLO Derecho Internacional Humanitario Dada su naturaleza y objetivos humanitarios el Derecho Internacional Humanitario DEBE SER APLICADO POR TODAS LAS PARTES EN EL CONFLCITO sin importar las causas, legalidad o legitimidad del conflicto; La aplicación del Derecho Internacional Humanitario NO esta sujeto a criterios de reciprocidad entre las partes del conflicto.

DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Conjunto de normas que se ocupan de la protección de la dignidad humana y de la libertades fundamentales derivadas de ella, mediante instrumentos, organismos y procedimientos internacionales, regionales [o nacionales] “Derechos Humanos” Hernando Valencia Villa Conjunto de normas que buscan proteger, de forma específica, a las personas que de conformidad con los procedimiento nacionales han adquirido el estatuto de refugiados de conformidad con los instrumentos internacionales en la materia

RAMAS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Lato sensu Derechos internacional de los conflictos armados Derecho de la Haya Conducción de las hostilidades Derecho de Ginebra Derecho Internacional Humanitario Stricto sensu

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Normas Convencionales Convenios de Ginebra de 1949: Enfermos, heridos, náufragos, prisioneros de guerra, población civil en conflictos armados internacionales; Primer Protocolo Adicional: complemento a los cuatro Convenios de Ginebra; Segundo Protocolo Adicional: Protección a personas específicas en conflictos armados no internacionales; Tercer Protocolo Adicional: Establecimiento de un símbolo distintivo adicional;

CONVENIOS DE GINEBRA DE 1949 Primer Convenio Segundo Convenio Náufragos Enfermos y heridos Tercer Convenio Cuarto Convenio Prisioneros de guerra Población Civil

EMBLEMA Uso distintivo y protector

Convenio (II) relativo a las leyes y usos de la guerra terrestre y su anexo: Reglamento sobre las leyes y usos de la guerra terrestre (1899) Convenio (IV) relativo a las leyes y usos de la guerra terrestre (1907) Convención sobre la prohibición de utilizar técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros fines hostiles Convención sobre la prohibición o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados Protocolo relativo a fragmentos no localizables Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampas otros artefactos Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de armas incendiarias

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Normas consuetudinarias Normas desarrolladas en el tiempo y que son aceptadas como obligatorias por los sujetos de derecho internacional; Se derivan de las prácticas, adiestramientos y manuales militares, así como de las resoluciones de organismos nacionales e internacionales Estudio del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre el Derecho Internacional Humanitario consuetudinario

PRINCIPIOS BÁSICOS Principio de distinción Principio de proporcionalidad Principio de necesidad militar Principio de humanidad

ÁMBITOS DE APLICACIÓN Ámbitos de aplicación temporal y geográficos “Desde el inicio de estos conflictos armados y se extiende más allá de la cesación de las hostilidades, hasta la concertación general de la paz; o, en el caso de los conflictos internos, hasta que se logre una solución pacífica. Hasta ese momento, el derecho internacional humanitario sigue aplicándose en todo el territorio de los Estados en conflictos o, en el caso de conflictos internos, en todo el territorio bajo el control de una parte, se produzcan en él o no combates efectivos”. TPIY. Caso Tadic, Decisión de la Sala de Apelaciones del 2 de octubre de 1995, párrafo 70

ÁMBITOS DE APLICACIÓN

CONFLICTO ARMADO Definición “Se entiende que existe un conflicto armado cuando se recurre a la fuerza entre Estados o hay una situación de violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados o entre estos grupos dentro de un Estado” TPIY. Sentencia del caso Tadic del 7 de mayo de 1997, párrafo 628.

CONFLICTOS ARMADOS INTERNACIONALES Tienen lugar en el territorio de dos o más Estados Implican la ocupación total o parcial del territorio de un Estado (CG artículo 2 común) Se caracterizan como conflictos armados internacionales la lucha de pueblos contra: la dominación colonial, la ocupación extranjera o regímenes racistas, en el ejercicio de su derecho a la libre determinación (PA I: 1.4)

CONFLICTOS ARMADOS INTERNOS Aplicación del artículo 3 común Todos los casos de conflicto que no sean de índole internacional y que surjan en el territorio de una de los Estados parte Los conflictos desestructurados Normas humanitarias básicas (jurisprudencia de Tribunales Ad Hoc)

CONFLICTOS ARMADOS INTERNOS Aplicación del Segundo Protocolo Adicional Desarrollo en el territorio de un Estado parte Entre las fuerzas de un Estado y fuerzas disidentes o grupos armados organizados Los grupos deben contar con un mando responsable Deben ejercer un control en un territorio que les permita realizar operaciones constantes y sostenidas

TENDENCIAS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS Human Security Commission, Human Security Brief, 2005

NORMAS APLICABLES CONFLICTOS SITUACIONES NO INT’L DE TENSIONES TIEMPO Y DISTURBIOS INTERNOS TIEMPO DE PAZ CONFLICTOS INTERNACIO- NALES Articulo 3 común Usos y costumbres Derecho Nacional DDHH Convenios de Ginebra Protocolo A I Articulo 3 común Usos y costumbres Otras regulaciones de DIH Derecho Nacional DDHH Derecho nacional Derecho Internacional de los Humanos Derecho nacional Derecho Internacional de los Humanos CONFLICTOS NO INT’L Protocolo Adicional II Articulo 3 común Usos y costumbres Derecho Nacional DDHH

SUJETOS EN EL DERECHOS INTERNACIONAL HUMANITARIO Sujetos activos u obligados Partes en conflicto, ya que el DIH no se dirige de forma exclusiva a los Estado, como en el caso de las normas de derechos humanos. Estados parte de los tratados internacionales de DIH Grupos u organizaciones que participen en el conflicto Persona que participa directamente en las hostilidades y no sólo el “combatiente” Normas humanitarias también se dirigen a aquellos que les brindan apoyo (personal médico, de prisiones, magistrados)

SUJETOS EN EL DERECHOS INTERNACIONAL HUMANITARIO Sujetos Pasivos o Beneficiarios Personas que no participan directamente en las hostilidades Enfermos, heridos, náufragos, sean civiles o militares; Prisioneros de guerra Población civil Personal de servicios sanitarios y religiosos Grupos con protección específica como mujeres, niños y periodistas

APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Todas las partes en el conflicto tienen la obligación de respetar y hacer respetar el derecho internacional humanitario Mecanismos de cumplimiento Adopción y ratificación de tratados internacionales Implementación e integración del DIH en el marco jurídico nacional Entrenamiento, capacitación y educación en materia de DIH

APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Mecanismos de control: Potencia Protectora Sustituto (CIRC) Comisión Internacional de Encuesta Comisiones Internacionales Investigadoras

APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Mecanismos de coerción: Procedimientos legales de responsabilidad estatal, penal y disciplinaria (entre otros) bajo derecho nacional Corte Internacional de Justicia (determinando incumplimiento a tratados y obligaciones internacionales) Tribunales Penales Internacionales Órganos Internacionales de Derechos Humanos (de forma indirecta a través de la interpretación de normas de DIDH) Régimen de cooperación internacional