REGIMEN SIMPLIFICADO IMPUESTO INDUSTRIA Y COMERCIO Si usted es persona natural o comercial que tenga como ejercicio o realización directa o indirecta cualquier actividad industrial, comercial o de servicios, entiéndase entre los servicios: (los profesionales independientes como: médicos, odontólogos, estilista, ingenieros, etc.) que desarrollen sus actividades en la jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumplan de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ellos; están obligados a pagarlo anualmente si es del régimen simplificado o cada dos meses si pertenece al régimen común
Ingrese al siguiente link para verificar si pertenece al Régimen Simplificado del Impuesto de Industria y Comercio http://www.shd.gov.co/shd/industria-y-comercio
Para liquidar su impuesto de Industria y Comercio ICA, revise su declaración de renta de la vigencia inmediatamente anterior 2014, en especial los siguientes aspectos: Código de actividad principal Total ingresos por honorarios, comisiones y/o servicios Para pertenecer al régimen simplificado sus ingresos no deben ser inferiores a 80 SMLV ni superiores a 4000 UVT Valor UVT ((http://www.shd.gov.co/shd/sites/default/files/files/DIAN-Resolucion-2015-N0000115_20151106(1).pdf)) Valor SMLV año 2016 ( $689.455) Decreto 2552 del 30-12-2015 Si sus ingresos superan los 4000 UVT pertenece al Régimen Común
Para realizar la liquidación del impuesto ingrese a la página web http://www.shd.gov.co/shd/formulario-del-impuesto-de-industria-comercio-ica seleccione el vínculo “pagos y servicios” , “servicios virtuales”, “Liquidación de ICA”. Aparecen dos opciones: OPCION 1 y OPCION 2 En la opción 1 si el contribuyente no ha sido objeto de emplazamientos o sanciones y va a pagar puede ingresar sus datos por esta opción. Haga click en INGRESE AQUÍ.
LEA CUIDADOSAMENTE las condiciones de uso del autoliquidador ICA
DILIGENCIE LA INFORMACIÓN SOLICITADA Código CIIU Total ingresos ordinarios y extraordinarios del periodo Total ingresos obtenidos fuera del distrito capital Valor retenido a titulo de impuesto de industria y comercio
Si aparece este mensaje puede continuar, de lo contrario debe revisar el adecuado ingreso de la información.
Ingrese los datos del contribuyente. Si no tiene contador o revisor fiscal no debe ingresar las casillas correspondientes a estas personas.
Una vez diligenciada la información hacer click en generar asistida y descargar el formato PDF en su computador
Descargue el formulario e imprima dos copias en una impresora laser o si prefiere realice el pago por la opción PSE
La Opción 2 se recomienda para la personas que han sido emplazadas o sancionadas o que simplemente van a realizar un pago ICA de una declaración presentada sin pago. Digite los datos de su actividad económica. Calcule las sanciones e intereses (Decreto 807 de 1993, art.60) Siga los mismos pasos de la Opción 1