Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) Por Claudia Frutos-Peterson Consejero Jurídico Octubre 2004.

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Transcripción de la presentación:

Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) Por Claudia Frutos-Peterson Consejero Jurídico Octubre 2004

¿Quiénes Somos y Qué Hacemos?

¿Quiénes Somos ? Una de las 5 organizaciones del Grupo del Banco Mundial El CIADI se estableció mediante el Convenio de Washington de 1965 CIADI tiene 140 Estados Contratantes

¿Qué Hacemos? El CIADI provee servicios para la conciliación y el arbitraje de diferencias sobre inversión entre un Estado y un nacional de otro Estado El CIADI trabaja para promover la inversión internacional para el desarrollo facilitando a los inversionistas y Estados con un foro independiente para la solución de controversias

Mecanismo Complementario Autorizado por el Consejo Administrativo en 1978 Tipos de Controversias: Cuando el Estado parte en la diferencia o el Estado del cual es nacional el inversionista no es un Estado Contratante Cuando la diferencia no surje directamente de una inversión Estos casos no se benefician de las disposiciones del Convenio

¿Cuál es la Estructura del CIADI? Consejo Administrativo Un representante por cada Estado Contratante Presidente: ex officio, Presidente del Banco Mundial Secretariado Secretario General Secretario General Adjunto Consejeros Jurídicos

Funciones Consejo Administrativo Elige al S-G y al S-G Adjunto Adopta: La Reglamentación y Reglas del CIADI El Presupuesto Anual del CIADI Secretario General Actúa como representante legal del CIADI Responsable de administrar el Centro Supervisa el registro de los casos bajo el Convenio CIADI

Funciones cont. Consejero Jurídico Revisa y recomienda el registro de las solicitudes Sirve como Secretario de Tribunales Contribuye a la difusión sobre el CIADI y su sistema

Listas de Paneles Lista de Conciliadores y Lista de Arbitros Nombramiento: Estados Contratantes: 4 personas para cada Lista Presidente del Consejo Administrativo: 10 personas para cada Lista, de diferente nacionalidad Duración: 6 años (renovables) Cualidades: Calidad Moral Competencia en el Derecho, Comercio, Industria, o Finanzas Imparcialidad de juicio

¿Qué casos vienen al CIADI?

Jurisdicción del CIADI Artículo 25 La jurisdicción del Centro se extenderá a las diferencias de naturaleza jurídica que surjan directamente de una inversión entre un Estado Contratante (o cualquiera subdivisión política u organismo público de un Estado Contratante acreditados ante el Centro por dicho Estado) y el nacional de otro Estado Contratante y que las partes hayan consentido por escrito en someter al Centro. El consentimiento dado por las partes no podrá ser unilateralmente retirado.

Jurisdicción del CIADI cont. Tres requisitos: Un consentimiento por escrito de someter la diferencia a arbitraje Una diferencia entre un Estado Contratante (o subdivisión política u organismo público de un Estado Contratante) y un nacional de otro Estado Contratante Una diferencia de naturaleza jurídica en relación directa con una inversión

Competencia Ratione Personae Estados Contratantes Subdivisión política u organismo público del Estado Contratante Designación del Estado ante el Centro Aprobación del Estado del consentimiento al arbitraje, salvo notificación en contrario Designaciones/Aprobaciones Ad hoc

Competencia Ratione Personae cont. Persona física Nacional de otro Estado Contratante al momento de presentar la solicitud de arbitraje y al momento del registro de la solicitud NO debe ser nacional del Estado parte en la diferencia en ninguna de las dos fechas mencionadas 14 arbitrajes incoados por individuos

Competencia Ratione Personae cont. Persona jurídica Nacional de un Estado Contratante diferente del Estado parte en la diferencia en la fecha en que las partes dieron su consentimiento Nacional del Estado parte en la diferencia, si las partes acordaron considerarla como nacional de otro Estado Contratante por estar sometida a control extranjero

Competencia Ratione Materiae Diferencia de naturaleza jurídica Existencia de un derecho o una obligación No incluye diferencias de carácter político o comercial Diferencia debe surgir directamente de una inversión Definición amplia, pero debe interpretarse a la luz del Convenio

Jurisdicción del CIADI cont. Fuentes del consentimiento al arbitraje CIADI Contratos Leyes de inversión Tratados bilaterales de inversión Acuerdos multilaterales (TLCAN, TLC US-Chile)

La Situación Actual del CIADI 81 casos pendientes de arbitraje 1 caso pendiente de conciliación

¿Por qué tantos casos nuevos?

El CIADI y los Tratados de Inversión ¿Cómo se ha transformado la carga de trabajo del CIADI? Más de 2,000 tratados bilaterales de inversión se han firmado por Estados de todas las regiones del mundo La mayoría de estos tratados incluyen el consentimiento al arbitraje del CIADI

El efecto del consentimiento derivado de tratados en el número de casos del CIADI De 1985 a 1995: 2 casos por año De 1996 a 1998: 5 casos por año En 1999: 12 casos por año En 2002: 17 casos En 2003: 31 casos

El efecto en el sistema del Mecanismo complementario TLCAN: 8 casos en contra de México (3 pendientes) 3 casos en contra de los Estados Unidos (concluidos) Tratados bilaterales de inversión: 5 casos (3 pendientes)

¿Cuánto ha cambiado la carga de trabajo en el CIADI?

¿Cómo administramos un caso CIADI?

¿Cómo administramos un caso CIADI? Solicitud de arbitraje Constitución del Tribunal Marco del procedimiento Laudo Recurso contre el laudo Autonomía del arbitraje CIADI

Solicitud de Arbitraje Contenido de la Solicitud Datos relativos al objeto de la diferencia Inversión; diferencia jurídica relativa a una inversión Identidad de las partes Nacionalidad del inversionista; Estado Contratante Datos referentes al consentimiento de las partes

Constitución del Tribunal Artículo 37 del Convenio Arbitro único o un número impar de árbitros nombrados de conformidad con el acuerdo de las partes (Art. 37 (2) (a)) A falta de acuerdo sobre el número y método de nombramiento, el tribunal se constituirá con tres árbitros: uno nombrado por cada parte y el tercero (Presidente) de común acuerdo (Art. 37 (2) (b))

Constitución del Tribunal cont. Artículo 38 del Convenio Se aplica después de 90 días del registro de la solicitud El Presidente del Consejo Administrativo nombra, a solicitud de parte, a los árbitros faltantes

Primera Sesión del Tribunal Asuntos preliminares y de organización (por ejemplo: el lugar del procedimiento, el idioma o idiomas, fechas para las presentaciones escritas, producción de la prueba) Si no hay acuerdo entre las partes, el Tribunal de Arbitraje decide

Audiencias De jurisdicción y sobre el fondo Se llevan a cabo en Washington, D.C., salvo acuerdo en contrario Las actuaciones orales, interrogatorios de testigos y peritos, preguntas del Tribunal

El Laudo El Tribunal rinde su laudo después de haber cerrado el procedimiento (Regla 46) Recursos post-laudo disponibles: Rectificación Interpretación Revisión Anulación

Anulación del Laudo Artículo 52 Constitución incorrecta del Tribunal Extralimitación manifiesta en las facultades del Tribunal Corrupción de un miembro del Tribunal Quebrantamiento grave de una norma de procedimiento Falta de motivos en que se funde el laudo

Autonomía del Arbitraje del CIADI Reglas independientes del derecho nacional Reglas no sujetas a control de las cortes nacionales Sólo existen controles limitados: Solicitud de Arbitraje: Secretario General Tribunales de Arbitraje Recursos previstos por el Convenio

Autonomía del Arbitraje del CIADI Ejemplos Registro de la Solicitud de Arbitraje (Artículo 36(3)) Facultades y Funciones del Tribunal (Artículo 41) Protección Diplomática (Artículo 27) Reconocimiento y Ejecución del Laudo (Artículo 53 y 54)

Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones ¿Cómo se puede obtener información adicional sobre el CIADI y su sistema? Puede visitar nuestro sitio de internet o contactarnos: Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones 1818 H Street, N.W. Washington, D.C. 20433 Tel: (202) 458-1534 Fax: (202) 522-2615 www.worldbank.org/icsid