BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS.

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Transcripción de la presentación:

BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS

CONVENIO 169 de la OIT

¿Cuándo nació el convenio 169? Este convenio fue analizado y aprobado en 1989 por representantes de todos los países integrantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de las Naciones Unidas. Ratificado por el Gobierno de Bolivia, mediante la Ley Nº 1257 del 11 de julio de 1991 1981, recuperación de la democracia. 1985, nueva política económica. Arremetida fuerte de los gobierno liberales. Fuerza de los movimientos indígenas y campesinos. 1992, 500 años de conquista y coloniaje.

Partes centrales del Convenio. PARTE I. POLITICA GENERAL Los Gobiernos son responsables de proteger los derechos de los pueblos indígenas, garantizar el respeto integridad, identidad. A gozar de los mismos derechos y oportunidades, así como libertades en condición de igualdad social y económicamente con otros miembros de la población

Establece que los Pueblos Indígenas tiene derecho a: Decidir sobre su propio desarrollo para un mejor bienestar, participando en elaboración de planes y su evaluación a nivel local, municipal, regional o nacional en educación, salud, desarrollo económico productivo Los Gobiernos deben proteger y preservar el medio ambiente y territorio en el que habitan Considerar y respetar las diferentes culturas, organización y costumbres de sus antepasados

En la medida de que no sea contradictoria con los DDHH, debe ser respetada y considerada la manera de resolver los conflictos y las faltas internas de las organizaciones por parte de las autoridades y tribunales Los pueblos deben tener la protección contra la violación de sus derechos y poder iniciar procedimientos legales

PARTE II. TIERRAS En cuanto a la posesión de tierra, se reconoce la posesión sobre las tierras que tradicionalmente han sido ocupado por ellos En cuanto a los RRNN (minerales o recursos de los subsuelos), en las tierras ocupadas por los pueblos indígenas, deben ser consultados para evitar perjuicios en sus intereses o daños medioambientales como resultado de las actividades que se realicen para la explotación o extracción de dichos RRNN

La reubicación o traslado de las familias, en otras tierras, deben ser con el consentimiento de los pueblos afectados. Sin embargo estos pueblos podrán regresar a sus tierras tradicionalmente ocupadas por ellos. No se permite el aprovechamiento o el uso de las tierras pertenecientes a los pueblos. Todos uso no autorizado en las tierras de los pueblos interesados serán sancionados por ley.

PARTE III. CONTRATACION Y CONDICIONES DE EMPLEO No se acepta ningún tipo de discriminación a los trabajadores en: *Acceso al empleo (Calificado o no) *Remuneración o pago justo *Ascenso o promoción de cargo *Asistencia médica, seguridad social *Seguridad e higiene *Derechos a asociarse a sindicatos y realizar convenios *La contratación debe ser libre, no bajo presión (incluidas la formas de servidumbre por deudas)

Formación profesional artesana e industrial *Los miembros de los pueblos deben tener acceso a la información y formación profesional como los todo ciudadan@ *Las diferentes modalidades de formación deberán tener en cuenta los aspectos económico, social, cultural y las necesidades de los pueblos interesados

Seguridad social y salud * Los regímenes de Seguridad Social deberán beneficiar sin discriminación * Los gobiernos deberán poner a disposición servicios de salud a nivel comunitario (si es posible), teniendo en cuenta sus condiciones económicas, geográficas, sociales y culturales, así como sus métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales.

Educación y medios de comunicación *Deberán adoptarse medidas para garantizar la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles *Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos deberán a responder a sus necesidades particulares, considerando su historia, conocimientos, técnicas, valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales

*Siempre que sean viable se deberá enseñar a los niños a leer y escribir en su propia lengua indígena para apoyar la preservación de la legua madre, o la que más comúnmente se hable en el grupo al que pertenezca *A los niños de los pueblos deberán impartirles conocimientos generales y aptitudes que les ayuden a participar plenamente e igualitariamente a nivel interno y nacional

CONTRATOS Y COOPERACIÓN A TRAVÉS DE LAS FRONTERAS *Los gobiernos deben garantizar contactos y cooperación entre indígenas y tribales a través de las fronteras

¡¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN !!