TEMA IV: BASES CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
62 Tratados en materia ambiental BASES FUNDAMENTALES PARA LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE 62 Tratados en materia ambiental ALEMANIA (3) ARGELIA (1) ARGENTINA (3) BELICE - GUATEMALA - HONDURAS (1) CANADÁ (1) CHINA (2) COREA (3) CUBA (1) ESPAÑA (3) EUA (12) FRANCIA (2) GUATEMALA (1) INDONESIA (2) ITALIA Ley suprema de la Unión Tratados Internacionales Art. 133 CPEUM MARIA ELIZABETH HUH PUC
BASES FUNDAMENTALES PARA LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Tratados Internacionales Materia de protección ambiental, recursos naturales, desarrollo sustentable, contaminación por hidrocarburos, etc. ITALIA: COOPERACIÓN EN FORESTACIÓN, REFORESTACIÓN Y BIOENERGÍA DE LOS RECURSOS FORESTALES EUA: CONTAMINACION DEL MEDIO MARINO POR DERRAMES DE HIDROCARBUROS Y OTRAS SUSTANCIAS NOCIVAS ARGELIA: EN MATERIA DE RECURSOS HÍDRICOS MARIA ELIZABETH HUH PUC
BASES CONSTITUCIONALES Art. 27 La propiedad privada, sujeta a la propiedad original. Modalidades de la propiedad privada Aprovechamiento de los elementos naturales Art. 73 Función del Consejo de Salubridad General: “Combatir la contaminación ambiental” Art. 25 Cuidado al medio ambiente frente al uso de los recursos productivos por los sectores privado y social. MARIA ELIZABETH HUH PUC
OTRAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES ARTÍCULO 3° Art. 32 LOAPF Aprovechamiento de los recursos Planes y programas de estudio Coordinación con la SEP MARIA GORETTI TUN CHAN
ARTÍCULO 4° A la protección de la salud A un medio ambiente sano Uso sustentable de recursos hídricos Párrafo 4° Derechos humanos Párrafo 5° Párrafo 6° SUSTENTABILIDAD MARIA GORETTI TUN CHAN
DESARROLLO SUSTENTABLE/SUSTENTABLE ARTÍCULO 25 Desarrollo nacional: Integral Sustentable Empresas del sector social y privado de la economía: Conservación de recursos productivos Cuidado del medio ambiente DESARROLLO SUSTENTABLE/SUSTENTABLE Por primera vez el término en el Informe Brundtland: Nuestro Futuro Común Gro Harlem Brundtland, primera ministra de Noruega. Territorios nacionales: Islas Arrecifes Mar territorial Zócalos submarinos, etc. ARTÍCULO 42 MARIA GORETTI TUN CHAN
COMPETENCIAS EN MATERIA AMBIENTAL ARTÍCULO 73 XXIXG. COMPETENCIA CONCURRENTE en materia de protección al ambiente y de preservación y restauración del equilibrio ecológico. Federación Estados/ D.F. Municipios LEYES FEDERALES REGLAMENTARIAS DE LA CPEUM EN MATERIA AMBIENTAL LOAPF LEY DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE LEY GENERAL DE PESCA Y AGUACULTURA SUSTENTABLE LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE ANA KAREN CEJA FLORES
Objeto primordial: perseguir la contaminación LGEEPA de 1988 Denominada “LEY MARCO”. Resultado material de las disposiciones básicas de la constitución relativas al medio ambiente. Antecedentes Ley Federal del Protección al Ambiente 1982 Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental. 1971 Objeto primordial: perseguir la contaminación Conservación, protección, preservación, mejoramiento y restauración del medio ambiente ANA KAREN CEJA FLORES
Estructura de la LGEEPA Disposiciones generales Biodiversidad Aprovechamiento sustentable de los recursos Norma integral para la protección al ambiente Protección al Ambiente Participación Social e Información Ambiental Medidas de control y Seguridad y Sanciones ANA KAREN CEJA FLORES
Artículo 122, Base Primera, V, j) RÉGIMEN JURÍDICO ESTATAL EN MATERIA AMBIENTAL Competencia ambiental compartida Artículo 122, Base Primera, V, j) Constitución de Quintana Roo Facultades legislativas de la Asamblea Legislativa del D.F. en materia ambiental Preservación del medio ambiente y protección ecológica Art. 10 Derecho humano ambiental. Obligación de aprovechamiento sustentable Art. 31 KATY ESTELA EUAN CORDERO
Leyes reglamentarias de la Constitución estatal Ley para la Prevención y la Gestión Integral de Residuos del Estado de Quintana Roo. Ley de Acción de Cambio Climático en el Estado de Quintana Roo. Ley de Asentamientos Humanos en el Estado de Quintana Roo. Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente del Estado de Quintana Roo. Ley de Vida Silvestre para el Estado de Quintana Roo KATY ESTELA EUAN CORDERO
PROCURADURÍA DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Investigación de las denuncias sobre: Daños al ambiente Riesgos graves para el mismo. Vigilar, inspeccionar y sancionar todas aquellas violaciones a leyes ambientales Funciones Asesoría a particulares Declaratoria de áreas naturales protegidas Verificar el cumplimiento de normas de protección ambiental. KATY ESTELA EUAN CORDERO
COMPETENCIA MUNICIPAL EN MATERIA AMBIENTAL Artículo 115 CONSTITUCIONAL Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos. (no peligrosos) Creación y administración de sus reservas territoriales. Creación y administración de zonas de reservas ecológicas. LUCÍA AGUAYO TORRES
LUCÍA AGUAYO TORRES Contaminación auditiva Cuidado de parques y jardines Drenaje y alcantarillado Mercados Panteones LUCÍA AGUAYO TORRES
LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS RESERVAS TERRITORIALES PRESERVACIÓN ECOLÓGICA ART. 9°. ATRIBUCIONES DE LOS MUNICIPIOS LUCÍA AGUAYO TORRES
EL AMBIENTE EN CONSTITUCIONES DE OTROS PAÍSES VENTAJAS DE UN DERECHO COMPARADO Derecho a un ambiente equilibrado Amparo Obligación de recomponer el daño ambiental ARGENTINA MERLY PAT PINTO
Ecuador España Desarrollo sustentable Responsabilidad del estado, concesionarios y delegatarios Medidas preventivas ambientales Derecho a un ambiente sano –Estado Deber de conservarlo. Solidaridad Colectiva Sanciones penales y administrativas Reparación del daño MERLY PAT PINTO
Nuevo Derecho Ambiental Mexicano Art. 4 Derecho humano Art. 3 Educación ambiental Art. 25 Desarrollo sustentable Art. 73 Competencia concurrente MERLY PAT PINTO
BIBLIOGRAFÍA QUINTANA VALTIERRA, Jesús. “Derecho Ambiental Mexicano: Lineamientos Generales”. Editorial Porrúa. México 2000. BAQUEIRO ROJAS, Edgar. BAQUEIRO CÁRDENAS Lizbeth. BAQUEIRO CÁRDENAS Erick. “Introducción al Derecho Ecológico”. Oxford. Segunda Edición. México, 2010. SOTO FLORES, Armando. “Bases Constitucionales del Derecho Ambiental Mexicano y Derecho Comparado”.