LA IGUALDAD Y LA DIVERSIDAD

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
5ª SESIÓN QUE SON LAS POLITICAS DE IGUALDAD Y SUS ESTRATEGIAS
Advertisements

DERECHOS DEL NIÑO Elena Beleña Andrea Tatay.
1ª SESIÓN LOS DERECHOS DE LAS MUJERES Y LA IGUALDAD
Página web Contacto – Mensajes para el docente Si aún no has creado tu cuenta Creala en 1 minuto desde aquí.
CONAPRED Teoría del Derecho.
DIGNIDAD HUMANA Teoría del Derecho.
Análisis del discurso escrito como
DERECHOS HUMANOS.
Derechos del niño El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños, sin excepción.
Institución Educativa Integrada JOSÉ GUILLERMO OTERO
DERECHOS HUMANOS = DERECHOS FUNDAMENTALES
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS INDIVIDUALES
Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959.
Derechos Humanos ¿qué son? Derechos Humanos ¿qué son?
Ley de Antidiscriminación a las acciones referidas a la raza, nacionalidad, ideología, religión, orientación sexual, apariencia y discapacidad de las.
Igualdad en el empleo y la ocupación
¿Qué son derechos humanos?
LA PERSPECTIVA DE GÉNERO Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS MIGRATORIAS
Principios Éticos Universales
LOS DERECHOS HUMANOS Por:
TEMA 1. DERECHOS HUMANOS. TEMA 1. DERECHOS HUMANOS.
BIENVENIDOS Y BIENVENIDAS Jornadas de autoformación Instituto de estudios humanitarios Nodo - Pasto.
LOS DERECHOS.
Derechos Humanos.
Módulo “Los Derechos Humanos en la Legislación Nacional”
Line Bareiro Taller OIT , SINTRADOP, Comisión Nacional Tripartita
POLÍTICAS PÚBLICAS Y GÉNERO DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS SERNAM Mayo de 2004.
DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS INDIVIDUALES
Red educativa para el desarrollo social sostenible Radio Chat “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados.
Secretaría de Bienestar Social LAS POLÍTICAS DE BIENESTAR SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN EUROPEA “Por una Europa más social ” Otro motivo para votar sí.
Tema: Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas
“ II Foro Nacional sobre Acciones Afirmativas en la Lucha contra el Racismo ” RACISMO EN EL SISTEMA DE JUSTICIA: El caso de los buzos del Caribe nicaragüense.
‘ ‘Estereotipos’’.
Mónica González Contró Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM
Sistema Único de Educación Pública
AREA: FORMACIÓN CIUDADANA Y CÍVICA
 ¿QUÉ SON? «Aquellos derechos y libertades que toda persona posee por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran reconocidos y garantizados por el.
Valores y contravalores de una sociedad democrática y pluralista
Guía de Buenas Prácticas en Materia de Conciliación del Trabajo y la Vida Familiar y Personal (R.M. N° TR)
4to CURSO INTERNACIONAL DE ALTA FORMACIÓN La Armonización del orden jurídico nacional en material de igualdad y no discriminación a la luz de la Reforma.
Salida crédito referencia contenido.
1.2 Del Estado liberal al Estado Social de Derecho
OBJETIVOS 1) Conocer que es género.
DERECHOS HUMANOS PPT N° 2.
SALIDA REFERENCIA CONTENIDO CREDITOS. SALIDA REFERENCIA CONTENIDO CREDITOS.
TALLER Nº 1 PARÁMETROS DE LA DISCRIMINACIÓN. Consigna: lean el material y analicen en grupo: ¿Qué elementos merituados por el Tribunal / Comité pueden.
DERECHOS FUNDAMENTALES
Ley de minorías: los grupos étnicos frente a la ley
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
SEGUNDA UNIDAD DIPLOMADO INCLUSIÓN Y DIVERSIDAD Sincelejo, 24 y 25 de julio de 2014.
PRINCIPIOS DE SEGURIDAD SOCIAL Turin noviembre 2007.
DERECHOS HUMANOS Y SECTORES VULNERABLES
En la lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explicitas con base.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Marco Normativo y Principios generales
Unidad nº 6 Derechos Humanos. Artículo 1 CADH. Obligación de Respetar los Derechos 1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar.
CONSTITUCION POLITICA 1991: Los derechos y deberes.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
Actos humanos y actos del hombre
Consuelo Moreno RED MAYOR Puntos a tratar ¿Qué son los Derechos Humanos? Persona Mayor como sujeto de DDHH Necesidad de una Convención Convención Interamericana.
Juan Diego Ángel Jorge Luis Nelson Andrés.
“LA IGUALDAD Y LA DIVERSIDAD”
Constitución política De Colombia Articulo 13: Derecho de libertad e igualdad Elaborado por: Alejandro Patiño Valdés 11-2.
1 En un Estado de Derecho la aplicación de la ley es imperante, el Estado está obligado a ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentren en minusvalía.
“Todos los seres humanos tenemos derechos fundamentales” Los Derechos Humanos son aquellos que emanan de la propia naturaleza humana. Entre sus principales.
+ Los derechos económicos, sociales y culturales Renata Bregaglio.
Escuela Sindical Primer Semestre  ¿QUÉ SON? «Aquellos derechos y libertades que toda persona posee por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran.
Instituto de Investigaciones Jurídicas Núcleo Multidisciplinario sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia “Cecilia Loria Saviñón”
R E S G U A R D O D E D E R E C H O S CAPACITACIÓN OFICINA 600 Octubre 2006.
Transcripción de la presentación:

LA IGUALDAD Y LA DIVERSIDAD Cuestionar y rechazar la discriminación, analizando, dentro de la comunidad, los prejuicios y estereotipos que la hacen posible.

La igualdad Principio que intenta colocar a las personas situadas en idéntica condición, en un plano de equivalencia. Ello implica: 1.- Una conformidad o identidad por coincidencia de naturaleza. 2.- No se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a una persona de los derechos que se conceden a otra

La igualdad

PROCESO HISTÓRICO 1.-Fue asociado inicialmente de manera inseparable al concepto justicia. Aristóteles (384 AC - 322 AC): “Parece que la justicia consiste en igualdad, y así es, pero no para todos, sino para los iguales; y la desigualdad parece ser justa, y lo es, en efecto pero no para todos, sino para los desiguales”.

2.- Luego aparece como hipótesis de una abstracción generalizada que “resuelve todos los casos idénticos de la misma manera” (punto de vista objetivo). 3.- Luego se desarrolló el principio atendiendo a los sujetos, esto es, haciendo énfasis en la igualdad de los individuos ante el derecho; ante la norma jurídica. (Revolución Francesa y la Declaración de los Derechos del Hombre ). 4.- Fue a partir del 10 de diciembre de 1948, fecha en la que la Asamblea de las Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos dando una aceptación general y una aplicación y desarrollo en las diversas áreas jurídicas.

¿A que conlleva el Principio de Igualdad? Conlleva a lo siguiente: a) ABSTENCIÓN de toda acción legislativa o jurisdiccional tendiente a la diferenciación arbitraria, injustificada y no razonable. b) EXISTENCIA DE UN DERECHO SUBJETIVO destinado a obtener un trato igual, en función de hechos, situaciones y relaciones homologas.

¿Cómo se constituye el principio de Igualdad? Se constituye simultáneamente de la siguiente manera : a) Como un límite para la actuación de los poderes públicos. b) Como mecanismo de reacción frente al hipotéticos uso arbitrario del poder. c) Como una expresión de demanda del actuar del Estado para remover los obstáculos políticos, sociales, económicos o culturales que restringen de hecho la igualdad de los hombres.

CONCRECION DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD plano formal Es el deber estatal de abstenerse en la generación legal de diferencias arbitrarias o caprichosas.(igualdad en la ley, igualdad ante la ley, en la aplicación de la ley, en el contenido de la ley; y, en el mandato de no discriminación en la ley) plano material Conlleva a la responsabilidad del cuerpo político de proveer las óptimas condiciones para una simetría de oportunidades para todos los seres humanos, removiendo los obstáculos negativos que la ley pueda presentar

PRINCIPIO DE IGUALDAD REAL Para la igualdad real, la diferencia es motivo de valoración, pues reconoce y le da igual valor, defendiendo los derechos de aquellos diferentes al modelo de lo humano, y exigiendo que éstos sean respetados y tratados como iguales. En España: Art. 14 de la Constitución: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquiera otra condición o circunstancia personal o social.

En Argentina  Art. 16 de la Constitución: La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas En Chile Art. 19 N° 2 de su Carta Fundamental: La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias.

Art. 13º de la constitución: En Colombia  Art. 13º de la constitución: Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL ECUADOR

Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.

LA IGUALDAD Y SUS DOS DETERMINACIONES 1. LA IGUALDAD DE TRATO.- Todas las personas tienen el derecho a recibir un trato idéntico ante la ley. Desde esta perspectiva se prohíbe cualquier forma de discriminación: diferenciar, excluir o separar a una persona o privarle de cualquiera de sus derechos por sus ideas, orientación sexual, rol social, estatus social o por ciertas características físicas. 2 LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.- Tiene relación con la equidad, es decir, con el derecho de las personas a tener las mismas oportunidades. Son los poderes públicos los que adoptan medidas que equilibran la posición de desventaja social en ciertas personas o grupos sobre los que recaen insultos, falsedades o perjuicios muy arraigados.

Ejemplos: En el ámbito privado.- la legislación realiza cambios en el ambiente de trabajo o en la forma en que se desempeña el cargo para garantizar que cierto empleado pueda desarrollar su trabajo en igualdad de condiciones. Ej. Ajustes de horario En el ámbito público.- Se impulsan acciones para garantizar la igualdad de oportunidades en beneficio de personas grupos con capacidades especiales. Ej. Inclusión de personas con discapacidad en el mercado laboral.

DIVERSIDAD, DESIGUALDAD E INTEGRACIÓN https://www.youtube.com/watch?v=cyWkqXPGXvU

“Iguales derechos, diferentes personas” Actividad: ¿Qué te transmite este dibujo? Comenta con tus compañeros qué relación hay entre el título del tema y el dibujo.

DESIGUALDAD y DIVERSIDAD Desigualdad: La desigualdad social se refiere a una situación en la que no todas las personas y ciudadanos de una misma sociedad, comunidad o país, tienen iguales derechos y obligaciones. Diversidad: La diversidad es la coexistencia de sociedades humanas o culturas dentro de un espacio concreto. La diversidad cultural es la existencia de varias culturas en todo el mundo.

Para desarrollar en clases ACTIVIDADES: Colócate con un compañero y pensad todas las igualdades y diferencias que podáis encontrar entre vosotros. Compare su situación social y económica con la de la niña que aparece en la siguiente foto:

integración Incorporación o inclusión en un todo. Integrar a una persona en la sociedad quiere decir que la aceptamos como tal, sin ningún tipo de discriminación y hacemos todo lo posible para que desaparezcan las barreras arquitectónicas.

Grupos étnicos del ecuador

Tarea para la ksa Investigue sobre la ubicación, modos de vida de tres grupos étnicos de nuestro país